a. Medidas preventivas
1. Se deberá contemplar lo señalado en las NOM-114-SEMARNAT/1998 que establece las especificaciones de protección ambiental para la planeación, diseño, construcción, operación y mantenimiento de líneas de transmisión eléctrica que se pretendan ubicar en áreas rurales.
2. Todo el equipo fijo que utilice motores de combustión interna y que será utilizado para alguna actividad en particular, y que se pueda considerar como una fuente de contaminación al ambiente, deberá cumplir con las normas siguientes: NOM- SEMARNAT L-043/1993 y NOM- SEMARNAT-085/1994, las cuales regulan los niveles máximos permitidos de emisiones a la atmósfera.
3. Los niveles de ruido ocasionados por los vehículos automotores, deberán cumplir con los parámetros establecidos en la NOM- SEMARNAT -080/1994.
4. Se prohíbe el vertido de los residuos (aceites, estopas, entre otros) al suelo y estos deberán ser gestionados de acuerdo con la normativa ambiental aplicable.
5. Toda la maquinaria y equipo que se utilice para este proyecto deberá estar en buenas condiciones mecánicas, con el fin de evitar fugas de lubricantes y combustibles evitando la posible contaminación a cuerpos de agua, ríos, arroyos, entre otros.
6. Se deberán tomar todas las precauciones para evitar la contaminación del suelo cuando se realicen reparaciones y suministro de combustible de vehículos en los sitios de la obra, de esta manera se evitará modificar la calidad del
agua precipitada que logre infiltrarse. El mantenimiento preventivo se debe de realizar en los talleres apropiados para tal fin.
7. No se permitirá el acumulamiento del suelo fuera del área establecida como áreas de maniobra.
8. Queda prohibido afectar cualquier tipo de vegetación y hábitat de zonas con naturalidad alta, vegetación densa y vegetación arbórea, fuera del sitio donde se ubicaran el derecho de vía. Cuando la construcción de la brecha no sea necesaria en estas comunidades solo se hará una poda a fin de permitir la elevación de los cables durante el tendido y tensionado.
9. Durante las labores de desmonte no se permite el uso del fuego ni de agroquímicos que pudieran ocasionar mayores impactos al ecosistema.
10. Todo el personal que labore en la obra deberá recibir y acatar indicaciones de no atrapar, cortar, colectar, azuzar, pescar o dañar ningún ejemplar de flora o fauna silvestre. El contratista deberá establecer reglamentaciones internas que eviten cualquier afectación derivadas de las actividades del personal, sobre las poblaciones de flora y fauna silvestre y especialmente sobre aquellas que se encuentran bajo estatus de protección, de acuerdo al listado establecido en la NOM-059-SEMARNAT-2001. Al respecto, se responsabilizará a la empresa de cualquier ilícito en el que incurran sus trabajadores.
11. Los vehículos automotores y maquinaria en general, deberán circular a velocidades moderadas y solo por los caminos establecidos, con la finalidad de prevenir el atropellamiento de fauna silvestre que transite por el sitio del proyecto.
12. El personal deberá contar con las medidas mínimas de seguridad que señala las normas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como son: SEMARNAT-017-1993/STPS referente al equipo de protección para los trabajadores en los centros de trabajo, y NOM-011-1993-STPS relacionada con las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo
13. A lo largo de la línea de Distribución 34.5 kV deberán colocarse estratégicamente señales de riesgo y/o precaución, dirigidas específicamente hacia la población.
14. Los residuos que se generen durante el desarrollo del proyecto, así como los desperdicios de material utilizados por el contratista, serán recolectados.
15. Los materiales que puedan ser reutilizados en alguna otra obra, serán colectados y almacenados temporalmente para su posterior utilización.
16. Los residuos sólidos de tipo doméstico que se generen durante las diferentes etapas del proyecto, deberán manejarse por separado de acuerdo a sus características. Deberán depositarse en contenedores metálicos o de plástico, con tapa de cierre hermético indicando su contenido: La disposición de dichos residuos será lo que señalen las normas aplicables y la autoridad ambiental correspondiente.
17. En el desarrollo de la obra deberán colocarse letrinas portátiles con la finalidad de mantener un estricto control de los residuos sanitarios y evitar las evacuaciones al aire libre.
18. Los residuos que sean generados se clasificaran de acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT/2001; con la finalidad de no afectar la vegetación adyacentes a la obra estos serán dispuestos de acuerdo a lo estipulado por la normatividad y autoridad correspondiente.
19. En la contratación de mano de obra no calificada, se deberá dar preferencia a los habitantes de las localidades próximas a la línea de transmisión.
20. Se deberá contemplar un programa de restauración del área impactada a diseñarse y ejecutarse en función de las condiciones reales después de la ejecución de la obra o etapa a fin de corregir y restaurar los factores afectados. 21. Antes de iniciar las labores de desmonte el contratista deberá realizar un recorrido por el área a desmontar
provocando el mayor ruido posible con el fin de ahuyentar la mayor cantidad de individuos.
22. No deberán ejecutarse trabajos de remoción o que pudieran afectar al hábitat de la fauna en áreas fuera de la superficie autorizada.
23. Colocar En el cable guía de la línea el aditamento especial Bird Flight Diverter para evitar colisiones de aves, principalmente migratorias y rapaces.
b. Medidas de mitigación
24. En la etapa de preparación del sitio y construcción el contratista bajo supervisión, deberá establecer un procedimiento de rescate y/o protección de las especies de fauna que pudieran ser afectadas, como por ejemplo reubicación de nidos, ahuyentamiento, entre otras, poniendo especial atención a las especies que se encuentren bajo estatus de protección de acuerdo a la NOM-059-SEMARNAT-2001.
25. Las actividades que involucren el uso de maquinaria y equipo, cuyas emisiones de ruido sean superiores a los límites establecidos en la normatividad ambiental mexicana, deberán desarrollarse en estricto horario diurno.
26. Para evitar afectar la vegetación circundante, no se deberán acumular los desechos producto del desmonte fuera de los límites del derecho de vía y del trazo de la línea de Distribución 34.5 kV. Tales residuos se triturarán y dispersarán en las áreas aledañas al sitio o bien en áreas autorizadas por la autoridad competente.
27. Para reducir los efectos de erosión asociados a la remoción de la cubierta vegetal, el contratista deberá realizar obras compensatorias.
28. Al realizar las actividades en las que se involucre movimiento de material edáfico, se procurará humedecer la superficie con la finalidad de minimizar el movimiento de partículas en la atmósfera. Los riegos se realizarán en mayor énfasis en aquellos sitios de la obra que se encuentren cercanos a asentamientos humanos.
29. No deberán ejecutarse trabajos fuera de la superficie autorizada, lo anterior con la finalidad de prevenir mayores modificaciones ambientales.
30. El material resultante del desmonte no deberá ser depositada en sitios adyacentes sin la autorización por parte de la autoridad competente y/o previa notificación a la misma, evitando así la modificación al terreno.
31. Para evitar modificaciones a la topografía e hidrodinámica de la zona, el suelo sobrante de las acciones de despalme se utilizará para nivelar aquellas áreas del proyecto que sean factibles.
c. Medidas de restauración
32. Se debe ejecutar un procedimiento de saneamiento de suelos para el caso de que accidentalmente los residuos en general se viertan o diseminen (según corresponda) tanto en el área del proyecto, así como en el trayecto de transporte de los mismos.
33. El contratista deberá realizar periódicamente limpieza general en todas las áreas donde se estén desarrollando las actividades que implique la construcción de la línea de Distribución 34.5 kV. Al término de las actividades que implique la obra, deberá implementar medidas de rehabilitación con la finalidad de atender las afectaciones al factor suelo, este tipo de medidas pueden ser terrazas, bordos de contención, o bien aquellas que la autoridad ambiental competente manifieste al momento de autorizar el desarrollo de las actividades.
34. A fin de disminuir o eliminar el efecto de compactación del suelo y por ende su capacidad de infiltración por el paso de maquinaria y equipo, una vez terminada la obra se aplicará la técnica más adecuada sobre el suelo de acuerdo a lo establecido en el programa de restauración.
35. Para disminuir los efectos reales de la obra al término de la etapa de construcción se realizará una evaluación de las condiciones de los factores impactados principalmente suelo y vegetación a fin de diseñar y ejecutar las estrategias más acordes constituyendo el programa de restauración del área, mismo que finalmente contemplará desde el saneamiento de suelos si fuese necesario y la restauración de las áreas impactadas con desmontes.
36. Para evitar una disminución en la calidad del suelo y modificación del microrelieve, no se deberán acumular los desechos producto del desmonte o las excavaciones fuera de los límites del derecho de vía y del trazo de la línea de Distribución 34.5 kV. Tales residuos se triturarán, dispersarán o utilizarán en las labores de rellenos y restauración o bien lo que en última instancia determine la autoridad competente al momento de la autorización
d. Medidas de compensación
37. Para compensar la afectación al hábitat por la remoción de la cubierta vegetal y sus efectos en el suelo y procesos hidrológicos que serán ocasionados por los desmontes permanentes, se realizará acciones de restauración ambiental (reforestaciones, obras de conservación de suelos, control de escurrimientos, entre otros) en una superficie igual a los terrenos forestales afectados por el desarrollo del proyecto de acuerdo a la siguiente tabla.
Tabla VI.1.- Actividades de restauración, metas y costo
ACTIVIDAD U. DE M. COSTO UNIT. CANT. TOTAL
PRESAS FILTRANTES M³ 350.00 100 35,000.00
ACOMODO DESPERDICIOS Ha. 900.00 2.51 2,259.00
REFORESTACION Ha. 4,500.00 2.51 11,295.00
REPOSICION DE PLANTAS Ha. 4,500.00 0.65 3,000.00
T O T A L 51,554.00
48. El producto de madera y leña obtenido del desmonte y podas será puesto a disposición del ejido.
VI.10. Impactos residuales
Una vez realizada la evaluación de los impactos generados, se realizo un análisis a fin de identificar aquellos impactos que se considerarán resultantes o residuales del desarrollo del proyecto, además se valoró la efectividad de la medida aplicada a fin de dimensionar su efecto y obtener el valor del impacto residual en cada factor y componente ambiental resultante.
Si consideramos que el área total del derecho de vía es de 50,336.08 m2, sin afectación al medio ambiente, de manera
inicial antes del proyecto, con la apertura de la brecha de manera permanente se afectará en una superficie de 25,210.00 m2, esto nos arroja un impacto residual de acuerdo a los cálculos de la siguiente formula:
Antes
I = 50,336.08 m2*(100)/ 50,336.08 m2 = 100 % Después
I = 25,210.00 m2*(100)/ 50,336.08 m2 = 50.08 % Donde:
C.A. Calidad Ambiental
Sin proyecto: Valor 100.00% CA 1.0
Con proyecto Valor 50.08 % CA 0.4219
Donde el impacto residual es de 50.08 %% considerado como moderado, esto debido a que en la superficie que sustenta vegetación arbórea y arbustiva se eliminará totalmente a matarraza.