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Democracy as an integral part of the development state

4.4 VARIABLES IMPACTING NETWORK GOVERNANCE WITHIN

4.4.1 Democracy as an integral part of the development state

Constituye una herramienta didáctica de enseñanza ya será aplicada dentro del estudio de materia laboral en lo que respecta a las actividades complementarias, ya que contiene bases legales, adoptadas de los instrumentos internacionales, la constitución referentes al trabajo.

3.7. Conclusiones parciales del capítulo

 Con la elaboración de la guía didáctica de derechos contribuirá para las partes intervinientes en la relación laboral en de actividades complementarias, conozcan los derechos y obligaciones y la normativa constitucional vigente que regula a esta modalidad, no solo a los trabajadores sino también a los propietarios de compañías de actividades complementarias de la ciudad de Ibarra.

 La aplicación de este mecanismo legal sirvió como herramienta para que los trabajadores mantengan una visión clara de las actividades complementarias como una forma de contratación y de trabajo en el ecuador misma que adquieren los mismos derechos que cualquier otra modalidad de trabajo que protege la ley.

 Dentro del presente trabajo investigativo se ha determinado que las actividades complementarias se han convertido en una rama de trabajo vulnerable de derechos y poco mencionada en el campo laboral, por cuanto las autoridades de trabajo no aplican un programa de difusión adecuada sobre derechos y obligaciones que tiene las compañías contratantes frente a los trabajadores. Po lo que consideramos importante proponer esta guía práctica de derechos de trabajadores en actividades complementarias con el objetivo de que se difundan derechos y obligaciones los sujetos que intervinientes en este campo laboral.

CONCLUSIONES GENERALES

 El derecho laboral como el conjunto de principios, normas e instituciones, que protegen, dignifican la relación de empleador y trabajador, se inserta en el ordenamiento jurídico ecuatoriano tras haber atravesado una serie de acontecimientos de luchas y exigencias por parte de los trabajadores que sentían la necesidad de que exista rama del derecho que procure establecer una regulación justa para los trabajadores que vivían bajo un sistema de opresión y esclavitud.

 Dentro del desarrollo del primer capítulo se ha determinado a través de pensamientos y criterios de diversos tratadistas quienes definen y aportan para el entendimiento del derecho laboral, así como el roll fundamental que cumple el sindicalismo en el ecuador y el aporte de sus conquistas y reivindicaciones gestadas para el establecimiento de derechos laborales que beneficien al trabajador dentro de la relación laboral.

 Es importante resaltar que el derecho laboral mantiene vital importancia en la constitución ya que se encuentra establecido como un derecho y un deber social que garantiza el estado ecuatoriano esto con la enunciación del reconocimiento de todas las formas de trabajo así como elaborar normas que hagan efectivo la igualdad de derechos mediante la regulación y vigilancia de los organismos establecidos.

 Es de gran importancia así mismo resaltar que en materia laboral, luego de la abolición de la tercerización y e intermediación laboral, entra en vigencia el mandato constituyente N.8, la cual estipula las actividades complementarias, modalidad de trabajo en la cual se encuentran las prestación de vigilancia y seguridad, mensajería, alimentación, y limpieza, normativa que en él estudió del presente trabajo se ha logrado determinar el desconocimiento de derechos y la falta de control por parte de las autoridades de trabajo dando como resultado la existencia de vulneración de derechos.

RECOMENDACIONES

 El estado ecuatoriano debe mantener la protección sobre los derechos de los trabajadores mediante la creación de normas que tengan concordancia con la modernización de los derechos y a la realidad que experimentan en los lugares de trabajo y con el accionar de los empleadores siempre en aras de una igualdad ante la ley.

 Es necesario que en la ley regulatoria al trabajo se incluya a las actividades complementarias dentro de la clasificación de celebración de contratos, ya que de una u otra manera dentro de la legislación laboral forma parte de una modalidad de trabajo que mantienen los mismo derechos y obligaciones de la ya existentes.

 Necesariamente se requiere que las autoridades de trabajo como entes de control y vigilancia de los derechos de los trabajadores, mantenga un control permanente no solo a la infraestructura de las empresas dedicadas a la contratación de personal para la prestación de actividades complementarias sino también en el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los empleadores para con sus trabajadores.

 Finalmente que se debe aplicar mecanismos legales prácticos de derechos y obligaciones por parte de las autoridades de trabajo sobre actividades complementarias que aporten a mantener conocimientos a empleadores y trabajadores sobre lo que expresa la constitución, los tratados internacionales, la ley y el mandato constituyente N.8, y así evitar la vulneración de derechos.

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ANEXOS

ANEXOS N°1

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES ‘‘UNIANDES - IBARRA’’

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

“EL CONTROL DE LA LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS PAR PARTE DE LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE RELACIONES LABORES”

AUTOR: SARABIA LEON DIEGO ARMANDO ASESOR: Dr. Diego Chamorro Valencia

IBARRA-ECUADOR 2015

1.- TEMA: “EL CONTROL DE LA LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS PAR PARTE DE LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE RELACIONES LABORES”

2.- DESARROLLO

2.1.- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

El presente tema es de actualidad y de suma importancia para la ciudadanía ya que la constitución del 2008 de carácter garantistas busca precautelar los derechos de las y los trabajadores de nuestro país, en la relación contractual de trabajo por lo que la norma constitucional ha establecido dentro del régimen laboral eliminar toda forma de precarización del trabajo, o al menos esa era la idea de crear una normativa estrictamente enfocado a la defensa y protección de las viejas formas de celebración de contratos que poco beneficiaba al obrero o al empleado, estas ambiguas formas de contratación que no permitía a la clase obrera a obtener un estilo de vida acorde a las necesidades ya que no se acogían a los beneficios básicos que por ley les correspondía, significando esto un buen negocio para los empleadores, porque se evitaba tener que afiliar al seguro social a los trabajadores, se evitaba tener que pagarles utilidades, vacaciones anuales, darles la garantía de estabilidad laboral, es decir estos trabajadores no tenían ningún tipo de derechos y por lo tanto eran explotados fácilmente, podían ser despedidos de sus trabajos sin que existiera ningún tipo de razón, eran sometidos a una continua inestabilidad, cambiados de patronos continuamente, con la finalidad de evitar justamente el cumplimiento de los derechos y responsabilidades que tenía el empleador para con sus trabajadores” es así que a través del poder legislativo se ha expedido el Mandato Constituyente Número 8, normativa que rige en el Ecuador desde Abril del 2008.

Artículo 1.- ´´Artículo 1.- Se elimina y prohíbe la tercerización e intermediación laboral y cualquier forma de precarización de las relaciones de trabajo en las actividades a las que se dedique la empresa o empleador. La relación laboral será directa y bilateral entre trabajador y empleador´´

Artículo 2.- ´´Se elimina y prohíbe la contratación laboral por horas´´

Dentro de dicho mandato que guardan concordancia con nuestra carta magna que busca suprimir toda forma de precarización que formas de contratación que transgredían los derechos de los trabajadores, pese al contenido del mandato constituyente 8 que enuncia la

eliminación de estas ambiguas formas contractuales y que hoy si bien son reguladas las compañías prestadoras de dichos servicios, deja un trasfondo dentro del el rol fundamental que debería cumplir los órganos competentes en cuanto al control y vigilancia del cumplimiento de los derechos de los trabajadores, si bien es cierto en el mandato constituyente y su reglamento de aplicación materia de este estudio se establece que las Inspectorías de Trabajo son los entes encargados para dicha regulación de esta forma de contratación, pero solo pone énfasis en las autorizaciones y requisitos para la aprobación de dichas compañías, mas no en el control y vigilancia del cumplimiento de los derechos de los trabajadores.

Según el Dr. Fabián Jiménez en referencia al mandato 8 “ por lo tanto, queda a vuestro criterio, deducir si es factible proponer tal marco jurídico a un pueblo y basados en un fundamento de Mandatos Constituyentes, reformar y transgredir derechos adquiridos, irrenunciables, intangibles, que la Constitución eleva a condición de norma Constitucional.” (Jimenez, 2009).

Es por ello que mediante esta investigación a las actividades complementarias y su regulación en la legislación ecuatoriana establecidos en el mandato N.8 ponemos interés en analizar jurídicamente sobre la importancia y obligación que tienen las Autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales en el cumplimiento y garantía de los derechos de los trabajadores que desarrollan su actividad bajo esta modalidad, dicho tema trasciende de manera exclusiva en el ámbito Constitucional y Laboral.

2.2.- SITUACIÓN PROBLEMÁTICA

El derecho al trabajo es reconocido por la Constitución en todas sus modalidades como fuente de desarrollo económico para el estado ecuatoriano así como para el propio trabajador y de su familia base principal para alcanzar una vida digna adecuada a las necesidades y avances constantes del mundo contemporáneo, se ha establecido una estricta protección a los derechos de los trabajadores eliminado toda forma precarizadora en la relación laboral, dentro de la diferentes formas de contrato de trabajo, pese a ello el legislativo da la oportunidad a la celebración de contratar actividades complementarios aquellos servicios, que si bien es cierto no son parte de la actividad cotidiana a la que se dedica, complementa el desarrollo de la misma. El análisis que planteamos recae en analizar el cumplimiento de los derechos del trabajador a través del control y vigilancia a las empresas empleadoras dedicadas a la

prestación de actividades complementarias en el régimen laboral ecuatoriano por parte de las Autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales a través de las Direcciones Regionales, entes que de acuerdo a la disipaciones del mismo mandato y la normativa Constitucional son los encargados de hacer prevalecer los derechos de los trabajadores sea cual sea la relación y forma de contratación.

2.3.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿Cómo promover el control por parte de las autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales, para que los empleadores cumplan con los derechos que les asiste a los trabajadores que prestan sus servicios en las compañías de Actividades Complementarias?

2.4. OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN 2.4.1 Objeto De Investigación.-

La Normativa Constitucional que garantiza los derechos de los trabajadores.

4.2Campo De Acción.-

El campo de acción de esta investigación son “los derechos que les asisten a los trabajadores que prestan sus servicios para compañías destinadas a actividades complementaria”

Este trabajo lo realizaremos en el Cantón Ibarra, Provincia de Imbabura en el periodo comprendido de enero a diciembre 2015.

2.5.- IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

El presente trabajo se encuentra enmarcado dentro de la línea de protección de derechos y garantías constitucionales del trabajo de acuerdo al manual de investigación de Uniandes.

2.6.- OBJETIVO GENERAL

Elaborar mecanismos legales que promuevan el control a las compañías de actividades complementarias para que se cumplan los derechos de los trabajadores que prestan sus servicios bajo esta modalidad, conforme lo dispone la Constitución y las leyes de la Republica.

2.7.- OBJETIVOS ESPECIFICOS

 Analizar desde el punto de vista jurídico la regulación de las actividades complementarias en el ecuador, en base a la constitución, leyes internas, jurisprudencia, tratados internacionales.

 Determinar el control y vigilancia que realizan los organismos de trabajo a las compañías que prestan actividades complementarias.

 Diseñar mecanismos legales que permitan el cumplimiento de los derechos de los trabajadores por parte de las compañías.

 Validar la propuesta a través de la elaboración de una guía de derechos y obligaciones laborales para actividades complementarias.

2.8.- IDEA A DEFENDER

Con la elaboración de mecanismos legales adecuados se promoverá un efectivo control por parte de las Autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales hacía los trabajadores y a las compañías de prestación de Actividades Complementarias, para evitar la vulneración de derechos.

2.9.- VARIABLE DE LA INVESTIGACIÓN. 2.9.1.- Variable Independiente.-

La normativa Constitucional que regula prestación de servicios complementarios.

2.9.2.- Variable Dependiente.-

Las Autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales.

2.10.- METODOLOGÍA A EMPLEAR

La metodología que emplearemos en la presente investigación son las siguientes:

2.10.1.- Método Científico Jurídico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar a cabo una investigación cuyos resultados sean aceptados como válidos de un todo su naturaleza y comportamiento con el propósito de identificar las características del

fenómeno observando, siguiendo un fenómeno similar al del análisis. Y el método analítico: consiste en la separación de las partes de un todo para estudiantes en la forma individual análisis, y la reunión racional de elementos dispersos para estudiarlos en su totalidad.

Este método lo utilizaremos por cuanto lo vamos a llevar a cabo desde las perspectivas las cuales reuniremos para dar una conclusión final.

2.10.3.- Método Histórico – Lógico.- Esta vinculado al conocimiento de las distintas etapas de los objetos en sucesión cronológica, para conocer la evolución y desarrollo del objeto o fenómeno de investigación se hace necesario revelar su historia , las etapas principales de su desenvolvimiento y las conexiones históricas fundamentales, mediantes el método histórico se analiza la trayectoria concreta de la teoría, su condicionamiento a los diferentes periodos de la historia.

Los métodos lógicos se basan en el estudio histórico poniendo de manifiesto la lógica interna de desarrollo, de su teoría y halla el conocimiento más profundo de esta , de su esencia.

2.10.4.- Técnica e Instrumentos.

La encuesta.- Se aplicara mediante un formulario previamente elaborado, a los involucrados en el tema y a la ciudadanía en general en base de muestras para obtener datos confiables.

La entrevista.- Es un formulario previamente elaborado, este tipo de entrevistas se aplica a personas conocedoras y prestadoras de servicios complementarios.

Observación.- Es una actividad realizada por un ser vivo (como sr humano) que decreta y asimila la información de un hecho, o registro de los datos utilizados, los sentidos como instrumentos principales. El término puede transferirse a cualquier dato recogido durante la actividad. En esta actividad nos permitirá obtener información real para el objeto de estudio.

2.10.5. Instrumentos Cuestionario de preguntas

Guía de entrevistas

Fichas de observación.

2.11.- ESQUEMA DE CONTENIDOS

2.11.1.- Antecedentes y Evolución Histórica del Derecho Laboral

 Diferentes Conceptualizaciones y Definiciones del Derecho Laboral

 El sindicalismo y su aporte social en el Ecuador

 Conceptualizaciones de Contrato de Trabajo

 Elementos del Contrato y Clasificación de Contratos de Trabajo en el Ecuador.

2.11.2.- Régimen Constitucional y Marco Legal Aplicables a las Actividades Complementarias.

 Principio Fundamentales del Derecho Laboral

 Derechos y Garantías Constitucionales del Trabajo.

 Reformas Laborales y Estado Actual del Derecho de Trabajo

 Mandato Constituyente N° 8 Análisis a las Actividades Complementarias.

2.11.3.- Organismos e Instrumentos Internacionales Relativos al Trabajo Ratificados por el Ecuador.

 Organización Internacional del Trabajo (OIT)

 Comisión Interamericana de Derechos Humanos

 Declaración Universal de Derechos Humanos

2.11.4.- Análisis comparativo con legislaciones sobre los contratos de trabajo de actividades complementarias y de toda forma de precarización.

 Legislación Peruana

 Legislación Chilena

 Legislación Colombia

 Legislación Argentina

2.12.- APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTIFICA.

2.12.1.- El aporte teórico que propone esta investigación, es de suma importancia dentro de nuestro ordenamiento jurídico, ya que no existe mayores investigaciones enfocadas de manera directa al cumplimiento de los derechos de los trabajadores en la celebración de contratos de actividades complementarias, por lo cual esta investigación será de trascendental valía para contribuir en la práctica de la equidad en nuestro país.

2.12.2.- Significación Práctica. A través de le presente investigación proponemos el cumplimiento de las compañías de actividades complementarias mediante la elaboración de