CHAPTER 2: LITERATURE REVIEW
2.2 Human Detection
PROPUESTA DE REFORMA JURÍDICA
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSIDERANDO:
Que, el Art. 11 numeral 8 de la Constitución de la República del Ecuador garantiza que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.
Que, el numeral 8 del Art. 11 de la Constitución de la República del Ecuador señala que será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos Que, el numeral 2 del Art. 11 de la Constitución de la República del Ecuador expresa que todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos, deberes y oportunidades,
Qué, es deber de los asambleístas, expedir, reformar, derogar las leyes e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.
Qué, el Marco Jurídico que regula los diferentes tipos de relaciones laborales en el sector público debe ser reformado
Qué la norma jurídica referente a la renuncia obligatoria, es por demás atentatoria a los derechos de las servidoras y servidores públicos.
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Que, el procedimiento para cesar a los servidores públicos en relación a la renuncia obligatoria viola el legítimo derecho a la defensa, por lo tanto se hace necesario regular su procedimiento dentro de la ley.
Qué es necesario corregir la legislación actual para dar normas claras, ágiles y oportunas.
Qué es necesario modificar la normativa aplicable al artículo 47 literal k) de la Ley orgánica del Servicio público, en cuyo texto no se reflejan el real compromiso del Estado de garantizar el derecho al trabajo a sus ciudadanos.
Qué es necesario ratificar el Derecho al trabajo y a la no discriminación que tienen las personas, consagrado en el artículo 11 literal 2 de la Constitución del ecuador, donde se habla sobre la igualdad de las personas.
RESUELVE:
Dictar la siguiente LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO.
Art. 1.- Deróguese el Art. 47 de la Ley Orgánica del Servicio Público, expedido mediante Decreto Ejecutivo 813 del 12 de julio de 2011, por el siguiente:
Art: 47.- Casos de Cesación definitiva.- La servidora o servidor público cesará definitivamente en sus funciones en los siguientes casos:
a) Por renuncia voluntaria formalmente presentada;
b) por incapacidad absoluta o permanente declarada judicialmente;
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d) Por pérdida de los derechos de ciudadanía declarada mediante sentencia ejecutoriada;
e) Por remoción, tratándose de los servidores de libre nombramiento y remoción, de período fijo, en caso de cesación del nombramiento provisional y por falta de requisitos o trámite adecuado para ocupar el puesto. La remoción no constituye sanción;
f) Por destitución;
g) Por revocatoria del mandato;
h) Por ingresar al sector público sin ganar el concurso de méritos y oposición;
i) Por acogerse a los planes de retiro voluntario con indemnización;
j) Por acogerse al retiro por jubilación;
k) Por muerte y;
l) En los demás casos previstos en esta ley
k) Por compra de renuncias obligatorias con indemnización;
l) Por muerte; y;
m) En los demás casos previstos en esta ley
Derogatoria sugerida:
Art. 47.- Casos de Cesación Definitiva.- La servidora o servidor público cesará definitivamente en sus funciones en los siguientes casos:
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a) Por renuncia voluntaria formalmente presentada;
b) por incapacidad absoluta o permanente declarada judicialmente;
c) Por supresión de puesto;
d) Por pérdida de los derechos de ciudadanía declarada mediante sentencia ejecutoriada;
e) Por remoción, tratándose de los servidores de libre nombramiento y remoción, de período fijo, en caso de cesación del nombramiento provisional y por falta de requisitos o trámite adecuado para ocupar el puesto. La remoción no constituye sanción;
f) Por destitución;
g) Por revocatoria del mandato;
h) Por ingresar al sector público sin ganar el concurso de méritos y oposición;
i) Por acogerse a los planes de retiro voluntario con indemnización;
j) Por acogerse al retiro por jubilación;
k) Por muerte; y;
l) En los demás casos previstos en esta ley
Se retira el literal k) anterior donde se habla de renuncias obligatorias con indemnización; porque viola el principio constitucional y atenta al derecho del servidor público.
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En el Art.424 de la Constitución de la república en la que establece: “la Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica”.
Qué el Art. 621 del Código del Trabajo dispone la tramitación de la solicitud de Visto Bueno presentada por cualquiera de los sujetos procesales e indica la tramitación y desarrollo del mismo, sin embargo la Diligencia de Investigación no es explicita en cuanto a la forma como esta debe llevarse a efecto, carece de un procedimiento a seguir hasta su terminación lo cual constituye una vulneración al Debido Proceso, las Garantías Constitucionales y por supuesto deja en indefensión a los sujetos procesales.
Que es necesario introducir reformas fundamentales que posibiliten al sistema laboral administrativo, tener un procedimiento claro, transparente, oportuno y conocido por todos en el desarrollo de la Diligencia de Investigación del Visto Bueno.
Es imperioso la reforma al Código del Trabajo en el tema del Visto Bueno en cuanto a las pruebas expuestas por las partes tenga coherencia y concordancia con el nuevo Ordenamiento Jurídico Constitucional y de esta manera se evitaría la vulneración de derechos constitucionales y se fortalecería la seguridad jurídica.
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3.3 PROYECTO DE LEY.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL
CONSIDERANDO:
Que el Art. 1 de la Constitución expresa que el Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.
Que el numeral 2 del artículo 11 de la Constitución expresa que todas las personas son iguales ante la Ley y gozan de los mismos derechos deberes y obligaciones. Que el Art. 66 numeral 4 de la Constitución manifiesta el derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
Que la Constitución de la República en su artículo 33 expresa que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.
Que la Constitución de la República en su artículo 325 dispone que el Estado garantice el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas, con inclusión de labores de autosustento y cuidado humano; y como actores sociales productivos, a todas las trabajadoras y trabajadores.
89 EXPIDE:
LA PRESENTE LEY REFORMATORIA AL ART. 621 DEL CÓDIGO DE TRABAJO.
En el Art. 621 del Código del Trabajo después de las palabras con la contestación o en rebeldía dirá, Convocará a las Partes a la Diligencia de Investigación. En la investigación las Partes argumentarán sus fundamentos y presentarán las pruebas. El Inspector dispondrá la evacuación y de oficio podrá ordenar la práctica de pruebas que estime procedentes para establecer la verdad de los hechos materia de la solicitud, evacuadas las pruebas, las partes podrán alegar en derecho y dictará su resolución dentro del tercer día, otorgando o negando el Visto bueno. En la resolución deberán constar los datos y motivos en que se funde.
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CONCLUSIONES.
En el presente trabajo de investigación se concluye lo siguiente:
En base a las encuestas se ha comprobado que el principio constitucional de la Seguridad Jurídica ha sido violentado por el Estado, quien debería velar por los derechos de los ciudadanos, sin embargo ha puesto punto final la carrera de varios funcionarios con la modalidad de compra de renuncias obligatorias en todas las entidades públicas.
Los servidores públicos que fueron separados de su lugar de trabajo cumplían con actividades específicas, esto ha impedido muchas veces un buen desenvolvimiento en nuevas áreas de trabajo.
Los servidores públicos que fueron víctimas de la compra de renuncias obligatorias, sienten que sus derechos fueron quebrantados, pues no se realizó un proceso justo para ello.
La compra de renuncias obligatorias, es una terminación unilateral de los contratos de trabajo, que al ser adoptado por Estado crea abuso en los sectores privados dejando en desempleo a miles de ciudadanos.
En el país la Constitución reconoce la estabilidad laboral de los servidores públicos, a la vez este derecho es afectado con el Decreto 813 donde se establece la renuncia obligatoria.
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RECOMENDACIONES.
Se recomienda lo siguiente:
Es necesario que el Estado respete y garantice los principios constitucionales de la Seguridad Jurídica, ya que es el máximo exponente del poder público.
Debería tomarse en cuenta la problemática social que existe en la actualidad debido al despido masivo mediante la compra de renuncias, para buscar una solución viable y acorde a mandatos constitucionales.
El Estado debe garantizar los derechos establecidos en la Constitución de la República, empezando por pronunciarse por la inconstitucionalidad del Decreto 813, que establece la renuncia obligatoria.
Qué la Ley de Servicio Público contempla varias causales para la cesación de funciones, entre ellas acogerse a los planes de retiro voluntario con indemnización; jubilación, y la compra de renuncias con indemnización, siendo estos los mecanismos según los servidores públicos deberías utilizar más no la compra de renuncia obligatoria que significa despido intempestivo.
Analizar el Decreto Ejecutivo 813, a fin de debatir una reforma a este decreto sobre la compra de renuncias obligatorias en el régimen del servicio público.
BIBLIOGRAFÍA.
Física.
Constitución de la República del Ecuador, (2008), Montecristi - Ecuador.
Código del Trabajo, Legislación Conexa, (incluye: Ley de Régimen de Maquila (1990),
Código Civil, (2008), Quito - Ecuador.
Código de Procedimiento Civil, (2006), Quito - Ecuador.
Código de Derecho Constitucional Ecuatoriano, Corporación de Estudios y publicaciones actualizado Agosto 2009.
CHÁVEZ SALAZAR Mario; EL DESPIDO INTEMPESTIVO, Segunda Edición Corregida, ampliada y actualizada, Quito Ecuador.
Derecho Constitucional; Bases Doctrinarias, Constitucionalismo Ecuatoriano.
El Decreto 813 y su Afectación al Derecho de la estabilidad Laboral de los Servidores Públicos, Autor: Patricia Páez Guerra, 2014
FIEL MAGÍSTER, (2008), Guías Prácticas de los Regímenes Laboral y de Seguridad Social, Guayaquil - Ecuador.
La Renuncia Obligatoria como Modo de Terminación Unilateral de los Contratos en el Régimen del Servicio Público, y el Derecho al Trabajo Consagrado en la Constitución de la República del Ecuador, en el Hospital Regional Docente Ambato”, Autor: Angélica Victoria Pico Fiallos, 2014
Ley de Seguridad Social (2001), Quito - Ecuador.
MARTÍN GONZÁLEZ, Abg. Carlos, (1992), Práctica Laboral, Tomo I, Editorial Edino, 1era ED, Guayaquil - Ecuador.
MAYORGA RODRÍGUEZ, Ab. Julio, (2008), Doctrina, Teoría y Práctica en Materia Laboral, Editorial Carrión, 1era ED, Cuenca - Ecuador.
OCHOA ANDRADE, Dr. Guillermo, (1995), La suspensión y la terminación del contrato individual del trabajo en el Ecuador, Editorial Jurídica 1 y l, 4ta ED, Cuenca - Ecuador.
OCHOA ANDRADE, Dr. Guillermo, (2003), Compendio práctico del contrato individual del trabajo, Tomo II, Del Arco Ediciones, 1era ED, Cuenca - Ecuador.
TRUJILLO, Dr. Julio César, (1986), Derecho del Trabajo, Tomo I, Ediciones de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, EDIPUCE, 2da. ED, Quito - Ecuador. Universitaria, 1era ED, Quito - Ecuador.
VALENCIA HARO, Ab. Hugo, (1979), Legislación ecuatoriana del trabajo, Editorial
Digital. http://survey07.ituc-csi.org/getcountry.php?IDCountry=ECU&IDLang=ES es.wikipedia.org/.../Organización_Internacional_del_Trabajo - www.derechoshumanos.gov.co/.../ConveniosOIT_090921.pdf - www.derechoecuador.com http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&view=article&id= 2655:ique-es-el-debido-proceso&catid=31:derecho-constitucio
http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_content&task=view&i d=178&Itemid=47 repositorio.usfq.edu.ec/bitstream/23000/324/1/98195.pdf www.corralrosales.com/html/articulos_regimen.html www.elcontador.com.ec/imagesFTP/2781.boletin66.pdf http://es.wikipedia.org/wiki/Debido_proceso http://es.wikipedia.org/wiki/Debido_proceso http://es.wikipedia.org/wiki/Renuncia www.elmercurio.com.ec/263046-el-despido-y-abandono-intempestiv.. www.derechoecuador.com/index.php?...despido-intempestivo www.legal.gen.ec/Decreto-813-Expidense-reformas-Reglamento-Gen. www.lexis.com.ec/ www.mrl.gob.ec/index.php?option=com_content&view. www.mrl.gob.ec/index.php?option=com_content&view. http://es.wikipedia.org/wiki/Funcionario_p%C3%BAblico http://es.wikipedia.org/wiki/Servicio_p%C3%BAblico http://www.iepi.gob.ec/files/general/losep.pdf
ANEXOS.
ANEXO N° 1: FORMULARIO DE LA ENCUESTA APLICADA.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LOS ANDES
ENCUESTA
OBJETIVO: CONOCER ACERCA DEL CRITERIO REFERENTE A LA RENUNCIA OBLIGATORIA EN EL SECTOR PÚBLICO Y EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
INSTRUCTIVO: Por favor señale con una X su respuesta
Pregunta 1 ¿Conoce usted de que se trata la renuncia obligatoria?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 2¿Considera a la Compra de Renuncias una medida justa de terminación de contratos?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 3. ¿Considera usted que el Decreto Ejecutivo 813 vulnera el principio constitucional de seguridad jurídica?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 4. ¿Considera usted que el empleado público goza de estabilidad laboral?
Pregunta 5. ¿Considera usted que la renuncia obligatoria en el sector público se encuentra enmarcada en la Constitución?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 6 ¿Estima Usted que la aplicación de las reformas de la LOSEP con el Decreto 813 no garantiza el debido proceso?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 7 ¿ Considera Usted que se debe reformar la LOSEP a efecto de regular el Decreto 813 en relación a la aplicación de la renuncia obligatoria?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 8 ¿Considera usted que el Estado protege y respeta los derechos de los trabajadores tanto públicos como privados?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 9 ¿Considera usted que el Estado reconoce una justa indemnización en las renuncias obligatorias?
SI ( ) NO ( )
Pregunta 10 ¿Usted cree que la compra de renuncias afecta al servidor público y su entorno familiar?