Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las siguientes contestaciones escritas a las correspondientes preguntas parlamentarias.
Sede de la Asamblea, 30 de noviembre de 2015. La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER
──── PE-46(X)/2015 RGEP.3328 ────
Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: fase de desarrollo administrativo en que se encuentra el desarrollo urbanístico de Montelavilla en Villaviciosa de Odón.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa lo siguiente:
El Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón certifica que el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 25 de julio de 2014 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo en relación con el punto 3 del orden del día: Aprobación Inicial, si procede, de la modificación puntual núm. 17 del PGOU relativa al ámbito UZ 1, 2 y 3 "Monte de la Villa":
Primero.- Aprobar inicialmente el documento Modificación Puntual núm. 17 del PGOU relativa al ámbito UZ 1, 2 y 3 "Monte de la Villa", de conformidad con los informes técnico y jurídico obrantes en el expediente.
Segundo.- La Junta de Compensación deberá aportar al expediente un certificado del Registro de la Propiedad que acredite la identidad de todos los propietarios o titulares de otros derechos reales sobre las fincas afectadas por la modificación durante los cinco años anteriores a su iniciación.
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Tercero.- Acordar la suspensión de la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades, en el ámbito afectado por la Modificación Puntual, por un periodo de tiempo no superior a un año, prorrogable por otro, de conformidad con el artículo 70, apartado 4°, de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Cuarto.- Someter a información pública por un plazo de un mes, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en un periódico de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, notificando asimismo a los propietarios afectados y a la Entidad Urbanística de Conservación El Bosque.
Quinto.- Remitir el presente expediente a la Dirección General de Evaluación Ambiental, Dirección General de Carreteras, Área de Vías Pecuarias, Canal de Isabel II de la Comunidad de Madrid, y al Ministerio de Industria (Infraestructuras de Telecomunicaciones) y a la Confederación Hidrográfica del Tajo, para la emisión de los informes oportunos.
──── PE-63(X)/2015 RGEP.3692 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta a partir de qué fecha el Gobierno Regional va a sustituir o sufragar los costes de los empleados municipales que prestan sus servicios en centros de infantil y primaria como ordenanzas, personal de secretaría, cuidadores, etc.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que las obligaciones municipales en materia de mantenimiento, vigilancia y conservación de los centros educativos públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial aparecen recogidas en la normativa vigente: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, actualizada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de sostenibilidad de la Administración local.
Complementariamente, la Comunidad de Madrid ha tramitado la Ley 1/2014, de 25 de julio, de adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013.
La citada normativa sigue manteniendo como competencia propia municipal, en los mismos términos que anteriormente, la conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de Educación Infantil, de Educación Primaria o de Educación Especial por lo que no es preciso llevar a cabo ninguna actuación al respecto por parte del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
──── PE-65(X)/2015 RGEP.3694 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si va a autorizar el Gobierno Regional todas las solicitudes de inicio de la tramitación de planes urbanísticos que reciban de los ayuntamientos.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la Comunidad de Madrid va a autorizar todas las solicitudes de los Ayuntamientos para tramitación de planes urbanísticos, para su aprobación definitiva, si procede, siempre que se ajusten a lo dispuesto en la Ley del Suelo, cumpliendo los siguientes requisitos:
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- Que el expediente esté completo.
- Que se hayan cumplido todos los trámites de la fase municipal.
- Que se haya comprobado la integridad y corrección del proyecto de plan.
- Que se haya comprobado la integridad y corrección del expediente y de las actuaciones administrativas realizadas.
──── PE-66(X)/2015 RGEP.3695 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si está el Canal de Isabel II al corriente de las fiestas celebradas en las instalaciones del puerto deportivo municipal de Guadalix de la Sierra.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en Canal de Isabel II no obran datos, ni comunicación alguna, relativa a los acontecimientos sobre los que se pregunta.
Asimismo en lo referente a las medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las citadas instalaciones, así como en lo que respecta a la calificación, gestión, seguridad e inspección de la infraestructura y la valoración de la empresa concesionaria, son actuaciones que corresponden al Ayuntamiento de dicha localidad dentro del marco de sus competencias.
En cuanto a la posibilidad de realizar fiestas en las mencionadas instalaciones, no es competencia del Gobierno de la Comunidad el control y seguimiento de expedientes de contratación y servicios municipales.
──── PE-68(X)/2015 RGEP.3697 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las instalaciones del puerto deportivo municipal de Guadalix de la Sierra.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en Canal de Isabel II no obran datos, ni comunicación alguna, relativa a los acontecimientos sobre los que se pregunta.
Asimismo en lo referente a las medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las citadas instalaciones, así como en lo que respecta a la calificación, gestión, seguridad e inspección de la infraestructura y la valoración de la empresa concesionaria, son actuaciones que corresponden al Ayuntamiento de dicha localidad dentro del marco de sus competencias.
En cuanto a la posibilidad de realizar fiestas en las mencionadas instalaciones, no es competencia del Gobierno de la Comunidad el control y seguimiento de expedientes de contratación y servicios municipales.
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──── PE-69(X)/2015 RGEP.3698 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si se pueden realizar fiestas en las instalaciones del puerto deportivo municipal de Guadalix de la Sierra.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en Canal de Isabel II no obran datos, ni comunicación alguna, relativa a los acontecimientos sobre los que se pregunta.
Asimismo en lo referente a las medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las citadas instalaciones, así como en lo que respecta a la calificación, gestión, seguridad e inspección de la infraestructura y la valoración de la empresa concesionaria, son actuaciones que corresponden al Ayuntamiento de dicha localidad dentro del marco de sus competencias.
En cuanto a la posibilidad de realizar fiestas en las mencionadas instalaciones, no es competencia del Gobierno de la Comunidad el control y seguimiento de expedientes de contratación y servicios municipales.
──── PE-70(X)/2015 RGEP.3699 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta quién es el responsable de otorgar los permisos para la celebración de fiestas en las instalaciones del puerto deportivo municipal de Guadalix de la Sierra.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en Canal de Isabel II no obran datos, ni comunicación alguna, relativa a los acontecimientos sobre los que se pregunta.
Asimismo en lo referente a las medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las citadas instalaciones, así como en lo que respecta a la calificación, gestión, seguridad e inspección de la infraestructura y la valoración de la empresa concesionaria, son actuaciones que corresponden al Ayuntamiento de dicha localidad dentro del marco de sus competencias.
En cuanto a la posibilidad de realizar fiestas en las mencionadas instalaciones, no es competencia del Gobierno de la Comunidad el control y seguimiento de expedientes de contratación y servicios municipales.
──── PE-71(X)/2015 RGEP.3700 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta quién es el responsable de la seguridad en la celebración de fiestas en las instalaciones del puerto deportivo municipal de Guadalix de la Sierra.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en Canal de Isabel II no obran datos, ni comunicación alguna, relativa a los acontecimientos sobre los que se pregunta.
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Asimismo en lo referente a las medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las citadas instalaciones, así como en lo que respecta a la calificación, gestión, seguridad e inspección de la infraestructura y la valoración de la empresa concesionaria, son actuaciones que corresponden al Ayuntamiento de dicha localidad dentro del marco de sus competencias.
En cuanto a la posibilidad de realizar fiestas en las mencionadas instalaciones, no es competencia del Gobierno de la Comunidad el control y seguimiento de expedientes de contratación y servicios municipales.
──── PE-72(X)/2015 RGEP.3701 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si está cualificada la empresa concesionaria de las instalaciones del puerto deportivo municipal de Guadalix de la Sierra para realizar actividades festivas.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en Canal de Isabel II no obran datos, ni comunicación alguna, relativa a los acontecimientos sobre los que se pregunta.
Asimismo en lo referente a las medidas de seguridad que debe tener la empresa concesionaria de las citadas instalaciones, así como en lo que respecta a la calificación, gestión, seguridad e inspección de la infraestructura y la valoración de la empresa concesionaria, son actuaciones que corresponden al Ayuntamiento de dicha localidad dentro del marco de sus competencias.
En cuanto a la posibilidad de realizar fiestas en las mencionadas instalaciones, no es competencia del Gobierno de la Comunidad el control y seguimiento de expedientes de contratación y servicios municipales.
──── PE-75(X)/2015 RGEP.3673 ──── (Transformada de PI-532(X)/2015 RGEP.3673)
De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que se están tomando para educar a los adolescentes en la prevención de la violencia machista.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia se informa que la medida más importante, en el sentido de abordar la prevención de la violencia machista en los adolescentes, es la organización de talleres de sensibilización en centros educativos, en este caso, de educación secundaria.
El objeto de estos talleres es la realización de acciones de sensibilización con las que se pretende inculcar en los estudiantes de educación secundaria el respeto por la libertad, los derechos humanos y la igualdad de oportunidades; el rechazo frontal a cualquier forma de violencia en general y contra la mujer en particular; el desarrollo de habilidades sociales generadoras de actitudes de conciliación y de no discriminación por razón de sexo; la comprensión de las actuales situaciones de discriminación contra las mujeres que aún se producen; el conocimiento de los avances experimentados; el análisis de los retos que aún quedan por conseguir en este terreno y de los pasos necesarios para alcanzarlos.
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Los talleres van destinados tanto al alumnado, como a las asociaciones de madres y padres y el resto de la comunidad educativa.
Además de los talleres, se puso en marcha en mayo del año 2013 el Programa "No te cortes". Este programa, que comenzó siendo un "proyecto piloto", se ha convertido en uno más de los recursos de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid y se dirige a mujeres adolescentes entre 14 y 18 años que se encuentren en una relación violenta, y a los padres y/o madres que puedan temer que sus hijas estén en una situación de riesgo de violencia de pareja.
El Programa "No te cortes" comprende las siguientes acciones: 1.- La puesta en marcha de tres servicios complementarios: - Una línea de ayuda online.
- Una línea de ayuda telefónica.
- Una unidad especializada de atención e intervención a adolescentes víctimas de violencia de género en sus relaciones de pareja y a sus familias.
2.- Formación de profesionales, a través de la promoción de jornadas, congresos y cursos de formación para profesionales que trabajan con adolescentes y violencia de género.
3.- Campañas de sensibilización y prevención en centros escolares.
──── PE-77(X)/2015 RGEP.3762 ──── (Transformada de PI-539(X)/2015 RGEP.3762)
Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de medidas puestas en marcha por parte del Consejo de Gobierno hasta la fecha para la aplicación de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, entró en vigor el 30 de julio de 2014, por lo que cuenta con un año y un trimestre de vigencia.
Se pueden sintetizar las siguientes medidas:
- Asesoramiento a las Entidades Locales en materia de distribución competencial entre la Comunidad de Madrid y sus Entidades Locales como consecuencia de la aplicación de la Ley. - Emisión de informes de duplicidades sobre el ejercicio por parte de las Entidades Locales de competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación.
- Impulso de la adecuación de los convenios vigentes a la entrada en vigor de la Ley de Racionalización y Sostenibillidad.
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- Tramitación e informe de los procesos de adecuación estatutaria de mancomunidades derivados de la Ley de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid.
──── PE-78(X)/2015 RGEP.3931 ────
Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: previsión de puesta en marcha de una parada de autobús en la urbanización "Los Pinarejos" de Miraflores de la Sierra.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa lo siguiente:
La entrada a la urbanización "Los Pinarejos" está situada en el término municipal de Miraflores de la Sierra, en la carretera M-608, a la que se accede a través de una glorieta.
El "Proyecto de construcción para el acondicionamiento de paradas de autobús, zona norte 2009" contempla la parada 608-1 y 608-2 de "Los Pinarejos", situándolos a uno y otro lado de la carretera M-608. Dicho proyecto, se encuentra actualmente en proceso de estudio y revisión por parte de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras a fin de actualizarlo y adecuarlo.
──── PE-79(X)/2015 RGEP.3954 ────
Del Diputado Sr. Quintana Viar, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo piensa enfrentar el Gobierno Regional los 89 millones de euros que el Gobierno de España ha transferido a la Comunidad de Madrid para ayudas a la rehabilitación de viviendas y que aún se encuentran pendientes de justificación.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que revisada la documentación, este importe no se corresponde con ninguna transferencia de Plantes Estatales.
──── PE-80(X)/2015 RGEP.3955 ────
Del Diputado Sr. Quintana Viar, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que va a poner en marcha el Gobierno Regional para pagar las ayudas calificadas para rehabilitación de viviendas e instalación de ascensores de planes anteriores al vigente y que aún no han sido satisfechas.
RESPUESTA
En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en la actualidad se está tramitando la convalidación de las actuaciones administrativas para el pago de ayudas a la instalación de ascensores en edificios de la Comunidad de Madrid, por importe de 390.000 euros.
En aplicación de la Ley 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012 y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica, no existe ninguna ayuda pendiente de reconocer, ni calificar, relativa al Decreto 11/2011, de 25 de enero, y Decreto 12/2005, de 27 de enero.
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