• No results found

Data Presentation and Results

5.2. LESSON OBSERVATIONS

5.3.1. Development of Schemes of Work Based on the Syllabus

1 Se suprime el texto de la sección 1.2.12.

2 Se modifica el texto de la sección 1.3.1 como sigue:

"1.3.1 Salvo disposición expresa en otro sentido, el presente Código es aplicable a las naves de gran velocidad especificadas en el párrafo 1.3.5 que realizan viajes internacionales, cuyas quillas se hayan colocado o se encuentren en una fase de construcción equivalente el [fecha de entrada en vigor de la serie de enmiendas], o posteriormente."

3 Las secciones 1.3.2, 1.3.3, 1.3.4 y 1.3.5 pasan a ser 1.3.5, 1.3.6, 1.3.7 y 1.3.8, respectivamente.

4 Se insertan las nuevas secciones 1.3.2, 1.3.3 y 1.3.4 siguientes a continuación de la sección 1.3.1 existente:

"1.3.2 A los efectos del presente Código, la expresión cuya construcción se halle en una fase equivalente quiere decir la fase en que:

.1 comienza la construcción que puede identificarse como propia de una nave concreta; y

.2 ha comenzado, respecto de la nave de que se trate, el montaje que supone la utilización de no menos de 50 toneladas del total estimado de material estructural o un 1% de dicho total, si este valor es menor.

1.3.3 A los efectos del presente Código:

.1 la expresión nave construida quiere decir toda nave cuya quilla haya sido colocada, o cuya construcción se halle en una fase equivalente;

.2 la expresión todas las naves quiere decir las naves construidas el 1 de enero de 1996, o posteriormente; y

.3 toda nave de carga, independientemente de cuándo se haya construido, que sea transformada en nave de pasaje se considerará una nave de pasaje construida en la fecha en que comience tal transformación.

1.3.4 Todas las naves en que se efectúen reparaciones, reformas, modificaciones o la

consiguiente instalación de equipo deben seguir satisfaciendo cuando menos las prescripciones que ya les eran aplicables anteriormente. Tales naves, si fueron construidas antes del [fecha de entrada en vigor de la serie de enmiendas], deben cumplir las prescripciones aplicables a las naves construidas en esa fecha, o posteriormente, al menos en la misma medida que antes de experimentar tales reparaciones, reformas, modificaciones o instalación de equipo. Las reparaciones, reformas y modificaciones de gran importancia o la consiguiente instalación de

FP 43/18 ANEXO 6 Página 2

I:\FP\43\18.WPD CD/SWPU/V/pc 5/99

equipo deben satisfacer las prescripciones aplicables a las naves construidas antes del [fecha de entrada en vigor de la serie de enmiendas], o posteriormente, hasta donde la Administración juzgue razonable y posible."

5 Se enmienda el texto de la sección 1.4.9 como sigue:

"1.4.9 Espacios de carga: todos los espacios que no sean de categoría especial ni espacios de carga rodada utilizados para la carga, y los troncos que conducen a dichos espacios. A los efectos de la parte D del capítulo 7, "los espacios de carga" comprenden los espacios de carga rodada, los espacios de categoría especial y los espacios de cubierta expuesta."

6 Se enmienda el texto de la sección 1.4.33 como sigue:

"1.4.33 Instalación de combustible líquido: comprende todo el equipo para la preparación del combustible líquido y el suministro de combustible líquido, precalentado o no, a las calderas y los motores (incluidas las turbinas de gas) que trabajan con combustible a una presión superior a 0,18 N/mm ."2

7 Se enmienda el texto existente de la sección 1.4.34 como sigue:

"1.4.34 Espacios abiertos de carga rodada: aquellos espacios

.1 a que tienen acceso los pasajeros; y

.2 que:

.2.1 están abiertos en ambos extremos; o

.2.2 tienen una abertura en un extremo y están provistos de aberturas permanentes distribuidas en las planchas del costado, la cubierta de entrepuente o la parte superior, cuya superficie total equivale por lo menos al 10% de la superficie total de los costados del espacio en cuestión."

8 Se enmienda el texto de la sección 1.4.42 como sigue:

"1.4.42 Espacios públicos: todos los espacios destinados a los pasajeros, como bares, kioscos de refrigerio, salas para fumadores, zonas de asiento principales, salones, comedores, salas de recreo, vestíbulos, aseos u otros espacios análogos, y que pueden incluir además zonas comerciales."

9 Se enmienda el texto de la sección 1.4.45 como sigue:

"1.4.45 Espacios de categoría especial: espacios cerrados de carga rodada a que tienen acceso los pasajeros. Los espacios de categoría especial podrán estar ubicados en varias cubiertas siempre que la altura total libre para vehículos no exceda de 10 m."

ANEXO 6 Página 3

10 Se insertan las nuevas definiciones siguientes después de la sección 1.4.48:

"1.4.49 Cocinas: espacios cerrados que contienen elementos para cocinar con superficies expuestas de caldeo, o que tienen cualquier dispositivo para cocinar o de caldeo con una potencia superior a 5 kW.

1.4.50 Kioscos de refrigerio: espacios no cerrados en los que se sirven refrigerios y que contienen

elementos para calentar la comida de una potencia total igual o inferior a 5 kW con una temperatura de la superficie expuesta de caldeo no superior a 150ºC.

1.4.51 Espacios de carga rodada: espacios, generalmente sin compartimentado de ningún tipo

y que suelen extenderse a lo largo de gran parte o de toda la eslora de la nave, en los que se pueden cargar y descargar, normalmente en sentido horizontal, vehículos a motor con combustible en los depósitos para su autopropulsión y/o mercancías (en bultos o a granel, en vagones o camiones, vehículos (incluidos vagones o camiones cisterna), remolques, contenedores, paletas, cisternas desmontables, unidades de transporte similares u otros receptáculos).

1.4.52 Cubierta de intemperie: la que está totalmente expuesta a la intemperie por arriba y al

menos por dos costados.

1.4.53 Código de procedimientos de ensayo de exposición al fuego: Código internacional para

la aplicación de los procedimientos de ensayo de exposición al fuego, aprobado por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización mediante la resolución MSC.61(67), en la forma en que puede ser enmendada."