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Índice

1 JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD... 131 2 MEMORIA ... 132 2.1 Objeto del estudio ... 132 2.2 Características de la obra proyectada ... 132 2.2.1 Antecedentes ... 132 2.2.2 Localización geográfica ... 132 2.2.3 Descripción general del proyecto ... 132 2.3 Presupuesto, plazo y mano de obra ... 133 2.4 Justificación de realizar Estudio de Seguridad y Salud ... 133 2.5 Condiciones del entorno donde se realizará la obra ... 133 2.5.1 Incidencia previsible de la obra sobre el entorno ... 133 2.5.2 Tráfico y efectos del paso de vehículos ... 134 2.5.3 Condicionantes climatológicos y meteorológicos ... 134 2.5.4 Rocío, hielo y escarcha. ... 135 2.5.5 Lluvia ... 135 2.5.6 Viento ... 135 2.5.7 Rayo ... 135 2.5.8 Niebla y polvo ... 135 2.6 Elementos de protección individual y colectiva ... 136 2.6.1 Definición técnica de los equipos de protección individual a usar en la obra . 136 2.6.2 Definición técnica de los sistemas de protección colectiva a usar en la obra 136 3 NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS ... 137 4 IDENTIFICACIÓN DE LOS RIESGOS QUE PUEDEN SER EVITADOS ... 138 4.1 Riesgos evitables ... 138 4.2 Trabajos con riesgos especiales ... 139 4.3 Identificación de las posibles enfermedades profesionales ... 139 5 EVALUACIÓN DE RIESGOS NO EVITABLES Y SU PREVENCIÓN ... 140 5.1 Principales unidades de obra ... 140 5.1.1 Movimiento de tierras ... 140 5.1.2 Urbanización ... 142 5.1.3 Redes enterradas: Aguas pluviales y residuales y movimiento de tierras ... 143 5.1.4 Cimentaciones: Zapatas aisladas, pozos de cimentación y muros de hormigón armado ... 146

5.1.5 Estructura metálica: Pilares y vigas metálicas y ejecución de forjados sobre chapa colaborante. Colocación de tramex. ... 152

5.1.6 Pintura intumescente de la estructura metálica ... 157 5.1.7 Trabajos en cubierta ... 159 5.1.8 Cerramientos en fachada ... 162 5.1.9 Falsos techos ... 166 5.1.10 Carpintería de aluminio ... 169 5.1.11 Instalaciones: Saneamiento, pluviales y fontanería ... 171 5.1.12 Instalación de electricidad e iluminación ... 173 6 Lista de riesgos y medidas preventivas de los medios auxiliares ... 176 6.1 Grupo electrógeno ... 176 6.2 Escaleras de mano metálicas ... 177 6.3 Andamios en general ... 180 6.4 Andamios metálicos tubulares ... 181 6.5 Puntales ... 187 7 Maquinaria empleada en la realización de los trabajos ... 190 7.1 Medidas generales para maquinaria de movimiento de tierras ... 190 7.2 Mini dúmper ... 193 7.3 Equipo oxicorte ... 194 7.4 Grúa autopropulsada ... 196 7.5 Plataforma elevadora móvil de personal ... 200 7.6 Camión hormigonera ... 203 7.7 Vibrador ... 205 7.8 Equipo de soldadura oxiacetilénica ... 206 7.9 Herramientas de mano ... 208 8 Servicios de prevención y organización de la Seguridad y Salud en la obra ... 213 8.1 Modelo de organización de la seguridad en la obra ... 213 8.2 Actuación en caso de emergencia (Plan de Emergencias) ... 213 9 Condiciones de seguridad y salud en trabajos posteriores a la ejecución de la obra. 215 10 PRESUPUESTO ... 216 11 Conclusión ... 220

1 JUSTIFICACIÓN

DELESTUDIODE

SEGURIDAD

YSALUD

En el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, se establece la obligatoriedad de la inclusión de un Estudio de Seguridad y Salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes (Artículo 4.1):

a) Que el presupuesto de ejecución por Contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €).

b) Que la duración estimada sea superior a 30 días laborales, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.

c) Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores de la obra, sea superior a 500.

d) Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

Dado que el proyecto que nos ocupa queda encuadrado en estos supuestos, se incluirá un Estudio de Seguridad y Salud en el presente proyecto.

2 MEMORIA

2.1 Objeto del estudio

El presente Estudio de Seguridad y Salud tiene como objetivo la prevención de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños a terceros que las actividades y medios materiales previstos puedan ocasionar durante la ejecución de las obras del “PROYECTO PENOUTA”, siendo el promotor de dichas obras “Escuela Politécnica Superior”. Asimismo el autor del Estudio de Seguridad y Salud es Samuel Cristóbal González.

Este estudio se redacta en cumplimiento de lo dispuesto en las siguientes normativas:

 Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de

seguridad y salud en las obras de construcción, que obliga al establecimiento de una serie de medidas que se desarrollarán a lo largo del período que dure la obra y de acuerdo con el plan de ejecución previsto.

 Real Decreto 171/04, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención

de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales. Por otro lado, también se analizan las necesidades con respecto a las instalaciones de sanidad, higiene y bienestar de los trabajadores durante la construcción de las obras, todo ello en el cumplimiento de las disposiciones oficiales vigentes (R.D. 1627/1997, de 24 de octubre).

Dicho estudio servirá, durante la ejecución de la obra “PROYECTO PENOUTA”, para marcar unas recomendaciones básicas para el cumplimiento de las obligaciones en el campo de la prevención de riesgos laborales.

2.2 Características de la obra proyectada

2.2.1 Antecedentes

El “PROYECTO PENOUTA” consistirá en la ejecución de un edificio de proceso, urbanización e instalaciones necesarias, esto se llevará a cabo en Viana do Bolo, Ourense, siendo el promotor la Escuela Politécnica Superior.

2.2.2 Localización geográfica

La Escuela Politécnica Superior pretende construir una instalación industrial de concentración de minerales de estaño, niobio y tantalio en Penouta, concello de Viana do Bolo (Ourense).

El emplazamiento de la obra será en la coordenadas 29TETRS89663344, 4672293 correspondientes al lugar de Penouta, Concello de Viana do Bolo (Ourense).

2.2.3 Descripción general del proyecto

Los trabajos que se realizarán en dicho emplazamiento consisten en su urbanización, la construcción de edificio de proceso y las instalaciones necesarias para llevarlo a cabo.

Los capítulos que abarca esta obra son los siguientes:

 Movimiento de tierras: excavaciones, transporte de tierras excavadas, rellenos,

extendidos, compactados, etc.

 Cimentación: se ejecutarás zapatas de hormigón armado, soleras de hormigón armado y muros de hormigón armado.

 Estructura: Se realizará una estructura del edificio metálica, sobre la base

y perfiles de la misma sección para las vigas y las correas, tanto de los forjados como de las cubiertas. En esta fase se realizará la colocación de tramex.

 Cubiertas: Este capítulo incluye la colocación de las cubiertas de panel sándwich, así como la colocación de lucernarios abovedados y una línea de vida para el mantenimiento posterior.

 Cerramientos y fachadas: en la obra, está prevista la ejecución de varios

un cerramiento con panel sándwich y un tramo de muro cortina de fachada de aluminio.

 Albañilería: está previsto la realización de tabiquería de ladrillo y de bloque de hormigón, el enfoscado y fratasado de estas superficies en paramentos.

 Pintura. Se realizarán trabajos de pintura de paramentos de las dependencias.

 Falsos techos modular desmontable.

 Alicatados y solados.

 Carpintería interior y exterior: realizando la colocación de puertas interiores y colocación de puertas exteriores ambas de aluminio.

 Urbanización, ejecución de aceras con loseta hidráulica, colocación de bordillos,

realización de firmes con zahorra, aglomerados de asfalto en caliente. Ejecución de una báscula – puente, para el peso de camiones y otros trabajos como la colocación de bionda, canaleta, ejecución de una hidrosiembra, trabajos de bajantes de agua por el terraplén, etc.

2.3 Presupuesto, plazo y mano de obra

El Presupuesto de Ejecución Material de Seguridad y Salud asciende a 18.081,70 €. El plazo de ejecución que se estima es de CINCO MESES (5) a partir de la firma del Acta de Replanteo.

El número máximo de trabajadores que actúen simultáneamente se estima en treinta (30).

2.4 Justificación de realizar Estudio de Seguridad y Salud

En el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, se establece la obligatoriedad de la inclusión de un Estudio de Seguridad y Salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes (Artículo 4.1):

a) Que el presupuesto de ejecución por Contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €).

b) Que la duración estimada sea superior a 30 días laborales, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.

c) Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores de la obra, sea superior a 500.

d) Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

Dado que el proyecto que nos ocupa, por su presupuesto, queda encuadrado en estos supuestos, se incluirá un Estudio de Seguridad y Salud en el presente proyecto.

2.5 Condiciones del entorno donde se realizará la obra

2.5.1 Incidencia previsible de la obra sobre el entorno

Derivan de la concurrencia de actividades propias de la obra de ejecución con las actividades empresariales que se realicen en el interior de la obra, para lo cual se deberá realizar una exhaustiva coordinación de actividades empresariales, en

cumplimiento al RD 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, y para lo que se establecen los siguientes criterios de actuación enfocándolos en los siguientes puntos:

a) Información a empresas intervinientes en obra:

- La empresa titular del centro de trabajo, instalará en un lugar visible de la obra, un panel informativo que contenga los siguientes documentos:

- Información General de Riesgos y Medidas de Seguridad en la Obra - Información sobre Actuación en caso de Emergencia y Evacuación

- La empresa titular del centro de trabajo hará entrega a cada una de sus empresas contratistas y subcontratistas una copia del Documento de Coordinación de Actividades Empresariales. Este documento contendrá la información anteriormente citada y específica. Las empresas subcontratistas enviarán el acuse de recibo de este documento junto con la documentación requerida.

- La empresa contratista entregara a sus empresas subcontratistas y a la empresa titular del centro de trabajo una copia del Plan de Seguridad y Salud, que redactará en base a este Estudio de Seguridad y Salud, con el fin de informar de los riesgos existentes y de las medidas preventivas a adoptar durante las distintas fases de obra. b) Control Documental

Cada empresa deberá presentar la documentación que el Titular del Centro de Trabajo le requiera, previo inicio de la obra.

c) Reuniones de Coordinación de Actividades Empresariales

Debido a la convivencia de varias actividades empresariales en la zona de los trabajos, y a la simultaneidad de trabajos en la misma, se celebraran Reuniones de Coordinación de Actividades Empresariales con el fin de garantizar que se apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 del RD 1627/97.

2.5.2 Tráfico y efectos del paso de vehículos

Por estas cuestiones se tendrán en cuenta las siguientes medidas preventivas:

Señalización adecuada de las salidas de los camiones a carreteras públicas, de acuerdo con la Norma de carreteras 8.3-IC.

Se señalizarán los accesos a la obra, prohibiéndose el paso a toda persona ajena a la misma, colocándose, en su caso, los cerramientos necesarios.

Señalización y balizamiento de las zonas de trabajo, así como los obstáculos que permanezcan después de finalizar la jornada de trabajo.

2.5.3 Condicionantes climatológicos y meteorológicos

El clima es templado y cálido en Viana do Bolo, es oceánico de montaña, lluvioso y templado, de inviernos fríos y veranos calurosos, con unas temperaturas medidas entre 0ºc y 5ºc en el mes de Enero y entre 17,5ºc y 20ºc en el mes de julio . Las precipitaciones registran una media anual de entre 1000 y 1500 litros.

Se exponen ciertas precauciones a adoptar en caso de condiciones climatológicas adversas y para cuando los trabajos se efectúen en el exterior:

En lo que sigue se considera el efecto de factores climáticos aislados (viento, rocío, hielo, escarcha, lluvia, rayo, niebla o polvo) pero queremos recalcar que rara vez se presentan de forma aislada con lo que sus efectos se potencian, más aún si se manipulan objetos de grandes dimensiones en relación a su peso o se trabaja en puntos especialmente expuestos. En estas circunstancias el servicio de prevención de la empresa contratista deberá valorar el incremento de riesgo que supone la superposición de factores, mediante las correspondientes evaluaciones de riesgos, y actuar en consecuencia, paralizando la actividad o limitándola en último caso.

2.5.4 Rocío, hielo y escarcha.

Se impedirá el acceso, tránsito o trabajo sobre superficies inclinadas y/o deslizantes considerar que materiales no deslizantes en condiciones normales sí lo son al ser humedecidos, y se evitarán aquellos trabajos protegidos únicamente con arnés.

2.5.5 Lluvia

Se suspenderán trabajos de soldadura eléctrica o asimilable, y aquellos cuya única medida preventiva sea la línea de vida o arnés.

Se prohibirá el acceso a zonas con charcos helados.

2.5.6 Viento

Con vientos que alcancen los 50 Km/h se suspenderán los trabajos con grúas y similares, no se trabajará en actividades cuya única medida preventiva sea el arnés.

Aún con viento inferior al indicado puede ser necesario suspender toda manipulación manual o mediante grúa de materiales ligeros en relación con su volumen que resulten difíciles de dirigir o puedan incrementar el riesgo de caída en altura o a distinto nivel de los trabajadores afectados, igualmente se prohibirá el proyectado y similar de materiales (aislantes, gunitados, desencofrantes, etc.) si no se puede asegurar que los restos arrastrados por el viento no afectan a otros trabajadores o a terceras personas.

En trabajos de soldadura se ampliará la zona señalizada en previsión de caída de chispas o material fundido. No se permitirá que permanezcan materiales ligeros en relación a su volumen desprecintados en zonas expuestas.

Aunque esta norma es de aplicación general, y obligatoria con viento debe extremarse la vigilancia.

2.5.7 Rayo

Se suspenderán trabajos con grúa o similares, trabajos de soldadura, trabajos en zonas elevadas o expuestas o en cualquier zona en la que no exista una correcta puesta a tierra del conjunto.

2.5.8 Niebla y polvo

Se suspenderán los trabajos con grúa o similar si no existe una correcta visibilidad dentro de la zona de influencia de la grúa (considerar que la zona de influencia es mayor que el radio de alcance de la grúa). Se aumentará la distancia de seguridad entre vehículo y trabajadores ajenos al mismo.

Todo trabajador situado en zonas de movimiento o influencia de vehículos usará chaleco reflectante. El señalista considerará la dificultad de visión de los conductores tanto de vehículos de obra como de vehículos privados.

2.6 Elementos de protección individual y colectiva

2.6.1 Definición técnica de los equipos de protección individual a usar en

la obra

Se entiende por EPI, equipo de protección individual, cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Se excluyen de la definición contemplada en el apartado anterior:

La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.

Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera.

Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestia.

En general siempre se debe intentar utilizar, antes que equipos de protección individual, algún tipo de protección colectiva capaz de evitar la incidencia de los riesgos, ya que éstos no han podido evitarse. No obstante en muchos casos resultará imprescindible el uso de estas protecciones individuales.

2.6.2 Definición técnica de los sistemas de protección colectiva a usar

en la obra

En cuanto a los sistemas de protección colectiva son aquellos que realizando la misma función que los individuales, es decir proteger, lo hacen de una manera común, global o como su nombre designa colectivamente. Asimismo el trabajador, una vez dispuesto, influye menos en su correcto funcionamiento, por lo que para que sean útiles es necesaria menos formación. De todas formas, su instalación suele entrañar más dificultades en cuanto a cálculos y verificaciones de su correcta disposición.

Las protecciones colectivas prevalecerán siempre ante las individuales debido a sus mayores ventajas. Dependiendo de los casos, podrán combinarse protecciones de carácter colectivo con protecciones individuales que deberán ser expuestos de manera clara en el Plan de Seguridad y Salud de la obra.

Se entenderá como protección colectiva toda aquella cuya función expresa sea la de proteger a los trabajadores, por lo que quedan excluidos los medios auxiliares los cuáles son necesarios para la ejecución de los trabajos.

De todos modos como es en el caso de los medios auxiliares, no debe entenderse que dichos medios carecerán de sus correspondientes protecciones, sino que estas son una parte integrante de los mismos.

3 NORMAS

LEGALES

Y

REGLAMENTARIAS

Entre otras, serán de aplicación los siguientes reales decretos, leyes, resoluciones…:

 Real Decreto 327/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto

1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.

 Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por

carretera. ADR 2007 y ADR 2009.

 Real Decreto 1109/2007, de 24 de Agosto, por el que desarrolla la Ley 32/2006, de 18

de Octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Modifica al Real Decreto 1627/1997 en el apartado 4 del artículo 13 y al apartado 2 del artículo 18.

 Resolución de 1 de agosto, de la Dirección General de Trabajo, por la que se inscribe

en el registro y publica el IV Convenio Colectivo General del sector de la Construcción. 2007-2011

 Ley 20/2007, de 11 de Julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

 Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por

infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

 Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la

Construcción.

 Real Decreto 171/2004. de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la

Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

 Ley 54/2003, de 12 de Diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención

de riesgos laborales.

 Ley 12/2001 de 9 de Julio, del Estatuto de los trabajadores.

 Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de Noviembre de 1995.

 Instrucción de 26 de Febrero de 1996 de la Secretaria de Estado para la Administración

Pública, para la ampliación de la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración del Estado.

 Modificación de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos

Laborales en sus Artículos 45, 47, 48 y 49 según el Artículo 36 de la Ley 50/1998, de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

4 IDENTIFICACIÓN

DE

LOS

RIESGOS

QUEPUEDEN

SER

EVITADOS

4.1 Riesgos evitables

A continuación se identifican los riesgos que pueden ser evitados, y las medidas preventivas y organizativas que deben ser aplicadas para que esto ocurra.

Desprendimiento de materiales: estabilizar todos los materiales o puntos posibles

de desprendimiento eliminando todo material inestable.

Ambiente pulvígeno, polvaredas que disminuyan la visibilidad producción de polvo por

la circulación de máquinas y vehículos de obra en las proximidades y similares: regar adecuadamente las zonas de trabajo.

Atropellos y golpes por maquinaria y vehículos de obra: dividir el tráfico en sentidos

de acceso y salida de las obras y los tajos, separando el tráfico rodado del peatonal. Respetar la señalización y los límites de velocidad.

Atrapamientos de personas por máquinas: manejo de la maquinaria solo por el

personal debidamente cualificado y autorizado para ello, no permaneciendo sobre la máquina o en su radio de acción otro personal.

Colisiones y vuelcos de maquinaria o vehículos de obra: respetar los límites de carga

de cada máquina. Respetar la señalización y los límites de velocidad.

Corrimientos o desprendimientos del terreno: estabilización de todos los taludes o

puntos posibles de desprendimiento eliminando todo material inestable.

Rotura de la canalización: disponer de la información necesaria para situar las

conducciones. Realizar la excavación a máquina hasta un metro de la conducción, realizando el resto a mano.

Fallo de encofrado: Comprobar los materiales en su recepción y posteriormente de forma

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