Se fija la participación de los socios en los aportes, sus derechos
obligaciones, utilidades perdidas, responsabilidades, fianzas,
garantías, y otros puntos, instituidos para cada uno de los
coventures.
“La esencia del Joint Venture es la de riesgo común, esto es,
habitualmente participaran dos empresas o grupos de empresas, al
50 por 100 tanto en inversión como en riesgo y beneficio”.
En la mayoría de los casos, conforme transcurre el tiempo es
necesario un aumento de capital en la empresa, el cual
generalmente es efectuado mediante la adquisición de créditos o
garantías. La mejor forma de manejar esta situación es mediante la
formulación de un presupuesto anual de inversión formulado por
formulación de este presupuesto de inversión, fuerza a los socios a
invertir en la empresa cuando menos anualmente, y por esta misma
circunstancia a fijar su atención en el desempeño de la misma, para
poder así determinar si el plan de negocios de la misma es correcto
o de lo contrario poder formular nuevas estrategias.
Capítulo VII 4.7 Derechos de las Partes.-
Las partes basados en esos principios de equidad y confianza
mutua, tienen la potestad de participar en cualquier acción que logre
obtener el fin perseguido por ambas, que es la base de la
operación. A pesar de lo rígido de la figura contractual, los valores
de confiabilidad y co-participación de las partes en esta estrategia,
permiten flexibilizar, en gran medida, la forma de participación o
gestión del objetivo conjunto propuesto.
A continuación señalamos los principales derechos de las partes
• Percibir la correspondiente retribución económica por los
aportes realizados, la labor desempeñada, y las ganancias
obtenidas.
• Participar en la gestión del Joint Venture, siempre y cuando su
accionar este encendrado en los objetivos.
• Supervisar la gestión de los Joint Venture.
4.8 Obligaciones de las Partes.-
• Debe realizar el negocio mercantil, asumiendo todas las
obligaciones que se generen frente a terceros.
• Debe rendir cuentas a los asociados respecto del desarrollo
del negocio.
• Entregar a los asociados la parte que les corresponda en las
utilidades o pérdidas.
• Restituir al asociado las aportaciones efectuadas, cuando
éstas sean bienes materiales y no se haya pactado que se
entregan en propiedad.
• Realizar los aportes, ya sea en capital, servicio, bienes o
tecnología, prescrito en el contrato.
• Si se ha determinado que uno de los integrantes del Joint
Venture llevara a cabo la gestión del negocio, este debe
cumplir con los objetivos propuestos a alcanzar determinados
por los coventures, en el contrato. De lo contrario ambos
coventures realizaran las acciones establecidas en el contrato
para conseguir el fin del Joint Venture.
• La responsabilidad ilimitada de las partes por actuaciones, en
cumplimiento del objeto del contrato.
SUMARIO No. 5
Sr. Mario Lescano CARACTERÍSTICAS DE NEGOCIACIÓN DEL CONTRATO DE
JOINT VENTURE Capítulo VIII 5.1 Ventajas.-
La Alianza estratégica o alianza comercial con que se reconoce al
Joint Venture es un hecho cierto en el escenario comercial y ello
representa grandes oportunidades en pro de la conquista de
mercados, todo depende del alcance y beneficios que se pueden
Marc Goldman nos recuerda al respecto, que Joint Venture es
quizá la técnica más lucrativa que jamás se haya inventado, pero al
mismo tiempo, es también la menos entendida.
Y esto suele ser por motivos egoístas, ya que quienes conocen
estas técnicas, se las guardan para si mismos, sin compartirlas.
En términos simples, Joint Venturing significa: "Personas de
negocios creando situaciones en donde todas las partes
involucradas se beneficien mutuamente".
Todos deberían utilizar el poder de los Joint Venture para hacer
crecer sus negocios. Sería descabellado que alguien desperdiciara -
una vez que sea conciente del poder de los Joint Venture - la
oportunidad de aprovechar el dinero de otros, la fuerza de
marketing de otros, la credibilidad de otros, los productos de otros,
etc. para generar dinero con poco esfuerzo.
Realizar un buen Joint Venture es literalmente el camino más corto
hacia el éxito. Puede significar millones de dólares a corto plazo;
puede significar traer tu producto a un mercado sin gastar un solo
centavo de tu propio dinero; puede significar tener una renta gratis,
ganar exposición en los medios, ganar más ventas, ganar más
Lo cierto, tal como nos lo recuerda Wikipedia en su análisis, el
objetivo de una Joint Venture puede ser muy variado, desde la
producción de bienes o la prestación de servicios, a la búsqueda de
nuevos mercados o el apoyo mutuo en diferentes eslabones de la
cadena de un producto. Se desarrollará durante un tiempo limitado,
con la finalidad de obtener beneficios económicos.
Para la consecución del objetivo común, dos o más empresas se
ponen de acuerdo en hacer aportaciones de diversa índole a ese
negocio común. La aportación puede consistir en materia prima,
capital, tecnología, conocimiento del mercado, ventas y canales de
distribución, personal, financiamiento o productos, o, lo que es lo
mismo: capital, recursos o el simple know-how. Dicha alianza no
implicará la pérdida de la identidad e individualidad como persona
jurídica
Hay preguntas significativas en pro de su alcance y repercusiones
tales como: ¿Por qué hacer uso del Joint Venture? ¿Qué se
requiere para darle vida? , ¿Cuales son sus características? ¿Cuál
es su comportamiento, alcance? Por mencionar algunas.
No existen requisitos sobre la forma de actuar conjuntamente. Las
Unión Temporal de Empresas (UTE) o incluso una sociedad
participada por ambas.
Es necesario, sin embargo, un compromiso a largo plazo, y también
es característica de la Joint Venture el que las empresas sigan
siendo independientes entre sí (no existe ni fusión ni absorción).
En una Joint Venture los socios suelen seguir operando sus
negocios o empresas de manera independiente. La Joint
Venture supone un negocio más, esta vez con un socio, cuyos
beneficios o pérdidas reportarán en la cuenta de resultados de cada
uno en función de la forma jurídica con la que se haya estructurado
la propia Joint Venture
Se indica además, que la Joint Venture ofrece una oportunidad de
actuar de forma conjunta para superar barreras, incluyendo barreras
comerciales en un nuevo mercado o para competir más
eficientemente en el actual. Es muy habitual, por tanto, encontrar la
creación de Joint Venture para acceder a mercados extranjeros que
requieren de importantes inversiones y de un know-
how específico del país en el que se intenta entrar (para lo cual uno
de los socios suele ser una empresa nacional que conozca el
Téngase presente en el análisis, que como modelo de organización
empresarial, el Joint Venture no conoce un marco conceptual
establecido y reconocido a través el mundo. En la mayoría de los
países donde existe, hay una ausencia de una regularización
integral, lo que permite que esta figura sea más una práctica que
una norma. Así, el Joint Venture puede ser utilizado para emprender
toda clase de actividades económicas, por no existir norma legal
que lo prohíbe, como lo que ocurre en la industria de la
construcción, minera, petróleo y otros importantes sectores de la
economía.
La experiencia internacional muestra día a día los innumerables
casos de Joint Venture que se constituyen entre las empresas, tanto
públicas como privadas, con el objetivo de comercialización,
producción, finanzas, servicios e investigación y desarrollo.
Muchos Joint Venture se consolidan entre países de bloques
económicos diferentes, los que suelen involucrar, por ejemplo,
acuerdos de subcontratación y operaciones de comercio
compensado, por lo cual las utilidades se entregan en productos, tal
5.2 Riesgos.-
Los principales riesgos que se presentan y que se tienen que
compartir son:
• Riesgo financiero como problemas en balanza de pagos,
variaciones en las tasas de cambio, altas tasas de inflación,
variación brusca y reiterada en las tasas de cambio y de
intereses.
• Riesgos políticos como expropiaciones o estatizaciones.
• Riesgos normativos que surgen de los diferentes sistemas jurídicos, jurisdiccionales superpuestas.
• Se podría producir una pérdida de autonomía de control. En los Joint Ventures hay más de un dueño, cada uno de los
cuales quiere coordinar las actividades del Joint Venture como
las propias. Esto se produce cuando no se han creado los
mecanismos adecuados para resolver los puntos cotidianos
en la toma de decisiones.
• Necesidad de compartir los beneficios económicos, lo cual equivale a pagar en divisas las regalías y utilidades del
negocio. De todas formas, si el resultado de la balanza de
divisas es positivo para el país, como resultado de
Cabe señalar que estos aspectos son determinantes para que un
inversionista extranjero se asocie con un nacional, es por ello, que
por lo general, previamente hacen un estudio de identificación y
evaluación de dichos riesgos y posibles formas de cobertura
mediante una garantía de inversión.
Capítulo IX
Causales de terminación y disolución del Contrato de Joint Venture.-
En función de la naturaleza jurídica del contrato, las causales de
terminación pueden ser las siguientes:
Por vencimiento de plazo.-
Siendo un contrato de naturaleza transitoria, sin perjuicio de que la
voluntad de las partes decida extender o prorrogar su
vigencia, es evidente que si con suficiente anticipación las
partes han establecido un cronograma para cumplir un
objetivo especifico mientras duren agrupadas, restringir
plazo es una causal de terminación o disolución que salvo
disposición o acuerdo en contrario tiene efectos ipso iure.
Por mutuo acuerdo.-
De igual manera si las partes concurrieron en busca de ventajas
comparativas para el logro de un objetivo preciso, ante
circunstancias que ellas mismas predefinan o que surjan
durante la ejecución del mismo, pueden dar lugar a la
terminación del contrato por mutuo acuerdo, disponiendo la
liquidación correspondiente. Los supuestos que requieran del
acuerdo de las partes, deberán ser adoptados por
unanimidad, salvo norma o pacto en contrario, pues el Joint
Venture es uno de esos contratos en que el aporte de cada
uno de las partes se convierte en elemento esencial,
consecuentemente la decisión de dar por terminado el
contrato exige la imprescindible expresión de voluntad de
cada uno de ellos.
Por incumplimiento.-
Si la causa del contrato es la de optimizar recursos que se
encuentran en poder de diferentes sujetos, tenemos como
premisa el que la actividad de cada uno de ellos puede ser
punto que el incumplimiento de uno de ellos frustre dicha
expectativa generando la terminación del contrato puesto que
la disposición de los medios ya no seria adecuada a la
consecución del fin por causa imputable a uno de los
agrupados. Lo anterior no significa que la incapacidad o
fallecimiento de alguno de los miembros no será causal de
extinción del contrato, si los demás se ponen de acuerdo para
continuar con las prestaciones que se encontraban a su
cargo.
Por la consecución del objeto para el cual se formó.-
Es decir, la terminación de la obra, servicio o suministro. La causa
que motivo la celebración del contrato ha tenido cabal
realización de manera que siendo un contrato de resultado su
acaecimiento genera la terminación y liquidación de utilidades.
Por la imposibilidad de cumplir el objeto previsto.-
Se siguen aquí las reglas generales del caso fortuito o fuerza mayor
y en general de las causas sobrevivientes que hagan del
objeto del contrato un objeto imposible, como por ejemplo
seria el caso de una ley que ha prohibido el ejercicio de una
actividad considerada como licita antes de su expedición,
Por haber quedado con un solo integrante.-
Lo que elimina uno de los elementos esenciales del contrato, que
según hemos señalado, requiere como mínimo de dos o más
integrantes para su conformación.
La verificación de las causales especiales que en función del objeto las partes hubieren pactado en contrato.-
Lo que es posible si al momento de visualizar el negocio las
partes califican como causales de terminación actividades,
tecnologías, regulaciones, y otros acontecimientos que en
CONCLUSIONES
a) En los tiempos modernos, el joint venture se presenta como una
forma idónea para enfrentar los nuevos requerimientos
empresariales, muchas veces referidos al mejor
aprovechamiento de las nuevas tecnologías, y el conocimiento
en general, nuevos capitales o fuentes de financiamiento, así
como a la intensa competencia por el control de los mercados;
la unión o asociación de empresas con el fin de llevar
adelante en forma conjunta determinados negocios,
compartiéndoos los riesgos y manteniendo cada una su
b) El joint venture puede cubrir una amplia cobertura de acuerdos
de colaboración empresarial; estos acuerdos pueden dar
origen a una relación de naturaleza puramente contractual;
donde cada empresa o empresario mantiene su
individualidad-; en algunos casos se reconoce la posibilidad
que tal acuerdo puede dar origen a una nueva sociedad.
c) La ausencia de regulación expresa y uniforme en esta materia,
de alguna u otra manera resulta positiva, pues permite una
mayor libertad en la forma de agrupación o colaboración
empresarial; ello permite adoptar cualquiera de las formas
asociativas previstas en la Ley de Compañías, Código Civil,
Código de Comercio, y además cualquiera de las formas no
prohibidas por el sistema jurídico, con regulación propia
adoptada de común acuerdo por los partícipes; sea con fines
de tipo contractual como de naturaleza societaria.
d) El Estado debe promover esta forma de colaboración
empresarial, no sola para grandes inversiones extranjeras en
determinadas áreas de la economía como la petrolera,
eléctrica, minera, pesquera, etc.; debe proporcionar
cuando se trate de inversiones medianas o pequeñas en las
diversas áreas de la actividad económica del país.
e) El Estado debe promover esta forma de colaboración
empresarial, no sola para grandes inversiones extranjeras en
determinadas áreas de la economía como la petrolera,
eléctrica, minera, pesquera, etc.; debe proporcionar
facilidades tributarias a este tipo de empresa asociativa
cuando se trate de inversiones medianas o pequeñas en las
diversas áreas de la actividad económica del país.
RECOMENDACIONES
Entre las sugerencias para acordar un Contrato de Joint Venture,
señalamos las más primordiales:
Nadie hace un Joint Venture pensando en verlo rentar al corto plazo.
Tener un buen producto que pueda efectivamente competir y gustar al cliente.
Buscar un socio o socios serios, que aporte al negocio, con entendimiento de comercio nacional e internacional y probada reputación.
Poseer una eficiente asesoría jurídica, contable, financiera, para garantizar el proceso antes y después de celebrado el Contrato de Joint Venture.
BIBLIOGRAFÍA
Contratos de colaboración en el Comercio Internacional: intermediación, agencia, distribución, transferencia de tecnología, franquicia, joint-venture, agrupaciones, Enrique
Guardiola Sacarrera, ilustrada, Editor Bosh 1998.
Joint Venture, Alberto Echarri Ardanaz, Ángel Pendás Aguirre ... – 2002, FC Edtorial
Joint Venture Internacional, Sierralta Ríos Aníbal
Varios sitios de Internet: www.wikipedia.com, www. Encarta.com
• Código Civil
• Ley de Compañías