• No results found

Environmental Impact Additional Information

In document Community Geothermal (Page 58-64)

Sistema Peruano de Información Jurídica

AREA AFECTA A LOS APORTES: 25,604.00m2 ZONIFICACION: R-4

APORTES RNC. (m2) PROPUESTO DEFICIT

R-4 (m2) (m2)

Recreación Pública 11% 2,816.44m2 1,126.10 m2 1,690.34 m2 Ministerio de Educación 2% 512.08m2 339.20 m2 172.88 m2

Vendible Mínimo 5% 1,280.20m2 Ubicado en lotes en esquina

2.2. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes:

a.- Sub-rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas solidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”.

b.- Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetro máximo de 1 1/2 “, finos y gigantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riesgos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R de 80.

Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor.

c.- Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicara previa imprimación de la superficie de base con asfalto liquidoRC-250.

d.- Aceras.- Serán de concreto de calidad de fc=175Kg/cm2 de 0.10m. de espesor y su colocación se efectuara sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado.

El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fina en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m.

e.- Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc=175Kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30m.

En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. f.- Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los Lugares señalados en el plano de trazado y Localización, se construirán rampas en las bermas, que conectaran los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE - U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2010.

2.3. Instalaciones Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Oquendo Santa Rosa y l Naranjal (Sectores 251, 252, 256 y 257), debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo además, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras.

2.4. Instalaciones Eléctricas.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento de fecha de inicio y término de las mismas.

Sistema Peruano de Información Jurídica

2.5. Instalaciones de Telefonía.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales.

Artículo Tercero.- DISPONER, a la sociedad conyugal VICTOR ENRIQUE NEYRA FLORES y DORIS

HUAMANI GERMAN DE NEYRA el pago de los déficit de los aportes reglamentarios a redimirse en dinero por Recreación Pública la diferencia de 310.84 m2 y por el Ministerio de Educación de 172.88 m2, antes de la Recepción de Obras, a favor de la Municipalidad Distrital y Ministerio de Educación respectivamente dejando en garantía los lotes 15, 16 y 18 de la Mz. C por el aporte de Recreación Pública y el Lote 17 de la Mz. C por el aporte para el Ministerio de Educación del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa.

Artículo Cuarto.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar

previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29090 y su reglamento aprobado mediante DS. 024- 2008-VIVIENDA.

Artículo Quinto.- DISPONER a la sociedad conyugal VICTOR ENRIQUE NEYRA FLORES y DORIS HUAMANI

GERMAN DE NEYRA la inscripción de la presente resolución en el Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30) días hábiles a partir de haber tomado válido conocimiento del citado acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales fines.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, y

Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refiere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, cuando corresponda, sin perjuicio de identificar las infracciones administrativas e imponer las sanciones que corresponda por habilitar y vender lotes sin contar con autorización municipal o habilitación urbana aprobada.

Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir copia certificada de las piezas

necesarias del expediente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratificación, sin perjuicio de comunicar el tenor del presente acto administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y Ministerio de Educación.

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la secretaria general la notificación del presente acto administrativo a la

sociedad conyugal VICTOR ENRIQUE NEYRA FLORES y DORIS HUAMANI GERMAN DE NEYRA y el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas.

Regístrese, comuníquese y cúmplase. GRACIELA MORRIS ABARCA Gerente Municipal

In document Community Geothermal (Page 58-64)

Related documents