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5.4 Evaluation and Discussion

El manejo adecuado de los residuos sólidos debe planificarse, ejecutarse a nivel del servicio de aseo, controlarse el cumplimiento de las normas y promover su desarrollo por instituciones y organismos a nivel nacional, regional, departamental y municipal con acciones en las áreas urbanas. Estas labores son desarrolladas en el país por instituciones nacionales, municipales, ONGS y agencias internacionales y de la comunidad.

2.2.1 Instituciones a nivel nacional

Secretaría General de Planificación Económica (SEGEPLAN)

Define las políticas de desarrollo e inversión para los distintos sectores a nivel nacional. La Secretaría tiene la responsabilidad de coordinar con las entidades que participan en la gestión y desarrollo del servicio de aseo urbano en el país.

Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA)

CONAMA es, por determinación legal, el ente coordinador de las instituciones que actúan en el área ambiental y ejerce los controles y sanciones respectivos. En el momento coordina, el Plan de Acción Ambiental.

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS)

Según el Código de Salud, el MSPAS es el organismo rector del sector de residuos sólidos y debe promover su desarrollo a través de la División de Saneamiento del Medio.

División de Saneamiento del Medio (DSM):

Constituye una dependencia de la Dirección General de Servicios de Salud (DGSS). Sus funciones son:

- Estudiar los problemas de saneamiento de la República y establecer la prioridad para su solución;

- Definir los recursos existentes y necesarios para enfrentar los problemas de saneamiento;

- Elaborar el Programa Nacional de Saneamiento del Medio con base en los programas del nivel operativo;

- Supervisar los programas de saneamiento del medio que ejecuta el nivel operativo; - Velar por el cumplimiento de la legislación sanitaria, en lo que corresponde;

- Cumplir con los convenios y compromisos de carácter internacional que le sean asignados según su competencia;

Instituto de Fomento Municipal (INFOM)

Mediante Decreto 1.132 de febrero de 1957, el Congreso de la República de Guatemala expide la Ley Orgánica que crea el Instituto de Fomento Municipal como una entidad autónoma descentralizada del Gobierno, con personería jurídica y patrimonio propio. En el Artículo 1 de este Decreto se señala el objetivo fundamental de su creación:

...promover el progreso de los municipios dando asistencia técnica y financiera a las municipalidades, en la realización de programas básicos de obras y servicios públicos, en la explotación racional de los bienes y empresas municipales, en la organización de la hacienda y administración municipal, y en general, en el desarrollo de la economía de los municipios.

El INFOM debe actuar de enlace entre el gobierno estatal y las 330 municipalidades del país, excluyéndose el municipio de Guatemala.

Las principales funciones del INFOM, establecidas en el Artículo 4 de la mencionada Ley Orgánica son:

- Asistencia técnica: planificación y financiamiento; organización de la hacienda municipal para obtener la racionalización y aumento de los ingresos municipales; preparación de catastros, registros y planes reguladores urbanísticos; selección, adiestramiento y especialización de personal técnico y administrativo para el servicio de las municipalidades;

- Asistencia financiera: otorgamiento de préstamos, descuento de letras de Tesorería o anticipos sobre las mismas, para que las municipalidades realicen obras y servicios públicos de carácter municipal o la explotación de sus bienes o

empresas patrimoniales; servir como agente financiero y de caja y tesorería a las municipalidades;

- Asistencia administrativa: organización de contabilidad, depuración de inventarios, aseguramiento de los bienes municipales;

- Garantizar la amortización de los préstamos otorgados a las municipalidades; - Proceder a la regulación, supervisión o administración de las obras y servicios

públicos municipales, conforme la situación lo demande;

- Actuar como agente de las relaciones comerciales de los municipios cuando lo soliciten;

- Prestar asesoramiento jurídico a las municipalidades.

Para el desarrollo de los municipios, el INFOM cuenta con 11 oficinas regionales para la implementación de programas específicos. Actualmente, está realizando el Programa de Desarrollo Municipal II, de inversión a nivel nacional, que cuenta con el financiamiento del BID, dirigido al mejoramiento de la infraestructura urbana de los municipios.

Consejo Nacional de Manejo de Desechos Sólidos (CONADESCO)

Con fecha 7 de julio de 1992, se elaboró la carta de entendimiento para la formación del CONADESCO con la participación de las siguientes instituciones: CONAMA, SEGEPLAN, DSM, INFOM, ANAM, Municipalidad de Guatemala, Presidencia del Medio Ambiente del Congreso de la República, Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT), la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES), la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), Universidad del Valle, Presidencia de la Cámara de Industria y la Fundación del Azúcar (FUNDAZUCAR). La coordinación del CONADESCO se asignó a la CONAMA y, para su funcionamiento, las entidades participantes están comprometidas a colaborar asignando personal y equipo de acuerdo con sus posibilidades. Los fines del CONADESCO son, entre otros, los siguientes:

- Proponer, en forma integrada y coordinada, soluciones al manejo de los desechos sólidos generados en Guatemala, para velar por la calidad de vida de los guatemaltecos y mejorar su medio ambiente;

- Impulsar la formación y capacitación de recursos humanos para cuadros técnicos en los distintos niveles y etapas del proceso de manejo de los desechos sólidos; - Promover la adopción de tecnologías adecuadas a las condiciones de los distintos

- Elaborar y proponer los instrumentos legales para que las entidades competentes regulen los sistemas de aseo urbano y de disposición final de desechos sólidos, incluyendo los industriales, agrícolas, hospitalarios y tóxicos generados en Guatemala;

- Invitar a participar, en carácter de asesores, a aquellas personas o instituciones de reconocida trayectoria en el sector;

- Canalizar y gestionar la información y asistencia técnica o financiera, necesarias para la elaboración de los planes, de acuerdo a los canales correspondientes; - Cualquier otra actividad que beneficie el desarrollo del sector, previo

entendimiento entre los integrantes de la Comisión. 2.2.2 Instituciones a nivel municipal

Dentro del sistema jurídico del país, la municipalidad es una institución autónoma de derecho público, tiene personalidad y capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y, en general, para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos.

La Municipalidad tiene como fin primordial la prestación y administración de los servicios públicos de las poblaciones bajo su jurisdicción territorial, con competencia para establecerlos, mantenerlos, mejorarlos y regularlos, garantizando su funcionamiento eficiente, seguro, continuo, cómodo e higiénico a los habitantes y beneficiarios de dichas poblaciones y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. (artículo 30 del Código Municipal).

Por consiguiente, las municipalidades asumen la responsabilidad total en la administración y gestión de los servicios básicos y de saneamiento en su área de influencia territorial.

Exceptuando a la Municipalidad de la Ciudad de Guatemala, en la mayoría de las municipalidades existen limitaciones sobre la capacidad instalada y los mecanismos generales para atender los servicios:

- Casi todas las municipalidades carecen de apoyo técnico para atender la gestión del servicio de aseo; ello evidencia la poca capacidad instalada para la administración, operación y mantenimiento de los sistemas;

- En los niveles gerenciales y directivos de las municipalidades, en términos generales, no se cuenta con personal técnico y administrativamente calificado para

la adecuada solución de los servicios;

- No existen procedimientos aceptables de administración, operación y mantenimiento de los servicios;

- Las condiciones de absoluta debilidad institucional determinan una incapacidad de autogestión para solventar sus problemas en forma autónoma; como consecuencia, tratan de transferir dicha responsabilidad a las entidades del Gobierno Central.

Departamento Metropolitano de Limpieza Pública (DMLP)

Es la entidad encargada de realizar la recolección y disposición de los residuos, desempeñando su labor en las vías y áreas públicas de la ciudad capital, dejando la recolección domiciliaria a los microempresarios privados.

Metrópolis 2010

Es la unidad ejecutora Plan de Desarrollo Metropolitano de la Municipalidad de Guatemala. Este programa tuvo inicio en noviembre de 1993, con reuniones técnicas de consultas sobre el tema para llegar a su estructuración. El propósito del Plan está orientado al control del crecimiento y ordenamiento del uso del suelo urbano, el medio ambiente, la infraestructura del sistema vial, el transporte y los servicios públicos, la potencialidad de la base jurídica en la aplicación de leyes y reglamentos y su vinculación con la base económico social.

Con respecto al medio ambiente, el actual estudio se ve involucrado en el ambiente metropolitano en su segundo aspecto, que se refiere al manejo de los desechos sólidos en el área de generación, recolección y disposición final, aspectos sociales, institucionales en la utilización de tecnologías apropiadas.

Es importante señalar que, a mediados de 1994, se llevó a cabo el Simposio de Desarrollo Metrópolis 2010 para conocer y dar lineamientos de atención a los problemas que en esa oportunidad se expusieron, específicamente, en lo concerniente a desechos sólidos. Allí se determinó que debe realizarse una tarea que compete e involucra a varios municipios: Mixco, Chinautla, San Miguel Petapa, Villa Nueva, Amatitlán, Villa Canales, Santa Catarina Pinula y San Lucas Sacatepéquez.

La búsqueda de mejores condiciones para el área metropolitana implica también el balance en los diferentes aspectos del ambiente urbano, y entre éste y el ecosistema nacional, porque debe propiciarse un desarrollo sostenible tanto para la metrópoli como para el resto del país.

Gremial Metropolitana de Recolectores de Basura (GMRB)

La entidad fue creada el 16 de octubre de 1994 con el fin de fortalecer y tecnificar el servicio de recolección de basura en el Departamento de Guatemala. La Gremial, según su Proyecto de Estatutos, asistirá técnica, administrativa y financieramente a sus agremiados para lograr esos fines.

Para atender la situación de producción de desechos sólidos, la Gremial ha planteado los siguientes objetivos:

- Contribuir a conservar y proteger el medio ambiente nacional, con especial atención para la ciudad metropolitana;

- Mejorar y tecnificar los procesos de extracción, transporte, disposición y tratamiento final de desechos sólidos;

- Fortalecer técnica, financiera y administrativamente a los agremiados para que administren sus negocios empresariales;

- Fortalecer a la Gremial para que pueda actuar como entidad de apoyo a los agremiados.

Consecuentemente, ha considerado necesario crear su estrategia de trabajo a efecto de obtener resultados positivos, con base en un componente de gestión financiera, un componente de optimización de rutas, un componente de asistencia técnica y administrativa para desarrollo empresarial, un componente de promoción y prestación de servicios, un componente de fortalecimiento institucional de la Gremial y un componente de creación de empresas de separación, reciclaje y tratamiento final de desechos.

Se considera que, dada la limitada capacidad empresarial, se requiere del establecimiento de una política nacional y metropolitana de apoyo y asesoría.

Consejos de desarrollo urbano y rural

Los consejos de desarrollo urbano y rural se instituyen por mandato constitucional, a través del Decreto Ley Nº 52-87 del Congreso de la República. En sus considerandos manifiesta que:

... el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural tendrá a su cargo la formulación de las políticas de desarrollo urbano y rural y de ordenamiento territorial; y que los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano y Rural y los Consejos Departamentales tendrán responsabilidad de promover el desarrollo en su respectiva jurisdicción territorial.

Asimismo, que:

... para lograr esos propósitos, debe crearse un sistema de organización de carácter territorial que permita la participación organizada y coordinada de la población en las instancias nacional, regional, departamental, municipal y local,

para que impulsen el Desarrollo Urbano y Rural en sus respectivos niveles.

En el artículo 1, se contempla que:

... los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural se instituyen para organizar y coordinar la administración pública mediante la formulación de las políticas de desarrollo urbano y rural, así como la de ordenamiento territorial y, promover la organización y participación de la población en el desarrollo integral del país, conformando un Sistema Nacional de Consejos de Desarrollo Urbano y rural.

En el año 1988, se instaló el Sistema Nacional de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural que, de acuerdo al artículo 2 de la respectiva Ley, quedó integrado por el Consejo Nacional, los Consejos Regionales, los Consejos Departamentales y los Consejos Municipales.

2.2.3 Instituciones internacionales

Los organismos internacionales, entre ellos OPS/OMS, CARE, AID, BID, BIRF, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y AECI, realizan actividades con el aporte de recursos o el apoyo a través de crédito para la asistencia técnica o la búsqueda de modelos operativos en el manejo de los residuos sólidos.

También, actúan instituciones por medio de donaciones de equipo recolector u otras acciones que involucran directamente a gobiernos, como en los casos de los gobiernos de Alemania y España.

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