Cuestión 16 del
Orden del Día: Otros asuntos.
24. En este punto del Orden del Día se presentaron varias Notas de estudio e informativas en el siguiente detalle:
a) Legislación aeronáutica de la República de Cuba
Nota informativa CLAC/A18-NI/02
25. La Delegación de Cuba presentó la Nota informativa CLAC/A18-NI/02, dando a conocer que su país, en cumplimiento con los Objetivos Estratégicos (A) y (F) de la OACI, “Mejorar la seguridad operacional de la aviación civil mundial” y “Reforzar la legislación que rige la aviación civil internacional” respectivamente, promulgó el 2 de noviembre del 2007 el Decreto Ley 255 “Sobre la Aviación Civil”. Asimismo, informó que todas sus disposiciones jurídicas se pueden consultar en su página web: http://www.iacc.gov.cu.
b) Presentación Informe Trabajo FAL/AVSEC (Bolivia – Punto Focal)
Nota informativa CLAC/A18-NI/03
26. La Delegación de Bolivia presentó la Nota informativa CLAC/A18-NI/03, la cual contenía el Informe de las actividades desarrolladas por dicho país en el período 2007-2008, en su calidad de Punto Focal de la Macrotarea de “Facilitación y Seguridad” y sugirio que las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe sean consideradas para el próximo período por el nuevo Punto Focal responsable de la Macrotarea.
c) Plan Estratégico de las Actividades de la CLAC – 2007/2008
Macrotarea:“Navegación Aérea”
Sistema Regional de Cobro Unificado de Derechos
Nota informativa CLAC/A18-NI/05
27. Seguidamente, el Experto de Brasil presentó la Nota informativa CLAC/A18-NI/05, resaltando que la propuesta de creación de un Sistema Regional de Cobro Unificado, tenga como objetivo beneficiar, exclusivamente a aquellos Estados que estén interesados en este asunto. En el caso de los Estados que ya poseen un sistema, en este caso Brasil, no participarían del mismo pero sí podrían facilitar las orientaciones y los asesoramientos técnicos necesarios a los demás Estados con la finalidad de permitir que estos desarrollen sus propios Sistemas.
28. Por otro lado, sugirió que los temas que se discutan en el marco de la Macrotarea “Navegación Aérea”, bajo su responsabilidad, tengan solamente el carácter colaborativo e informativo, permitiendo que las experiencias adquiridas por los Estados Miembros de la CLAC sean universalizadas.
cual puso a disposición de los Estados miembros de la CLAC, señalando que actualmente hacen uso del mismo Cuba y Venezuela.
d) Presentación del “Next Generation Air Transportation System”
Nota informativa CLAC/A18-NI/11
30. La Representante de los Estados Unidos de Norteamérica, realizó la presentación de su Nota informativa CLAC/A18-NI/11 con un video, el cual contenía información sobre el Sistema (Next Generation Air Tranportation System (NextGen)) que utilizando tecnología del siglo XXI, optimiza y asegura en el futuro la seguridad, capacidad y necesidades medioambientales requeridas por la aviación.
e) West Atlantic Route System Plus
Nota de estudio CLAC/A18-NE/20
31. Asimismo, presentó la Nota de estudio CLAC/A18-NE/20 referente al Sistema de Ruta Atlántico Oeste (WATRS Plus), el Rediseño de la Estructura de Rutas y el Proyecto de Reducción en la Separación sugiriendo que la experiencia valiosa ganada en el el Proyecto “WATRS Plus” sea utilizada con el fin de buscar la expansión de los sistemas de rutas de Navegación Área (RNAV) a otras áreas en el Caribe/América Central (CAR) y en regiones de América del Sur (SAM).
f) El Proyecto de la OACI sobre la Modernización del Convenio de Roma: La Perspectiva de las Líneas Aéreas
Nota informativa CLAC/A18-NI/04
32. El Representante de la IATA presentó la Nota informativa CLAC/A18-NI/04 referente al proyecto de revisión y actualización del Convenio sobre Daños Causados a Terceros en la Superficie por Aeronaves Extranjeras suscrito el 7 de Octubre de 1952 (Convenio de Roma). El mismo pasó a denominarse “Proyecto de Modernización del Convenio de Roma”. En ocasión de su Trigésimo Tercer período de sesiones celebrado del 21 de Abril al 2 de Mayo de 2008 en Montreal, Canadá, el Comité Jurídico produjo versiones actualizadas del Proyecto de Convenio Sobre Indemnización por Daños a Terceros Resultantes de Actos de Interferencia Ilícita que Hayan Involucrado a Aeronaves (Convenio de Interferencia Ilícita); y el Proyecto de Convenio Sobre Indemnización por Daños a Terceros por Aeronaves (Convenio de Riesgos Generales). En dicha sesión el CJ decidió recomendar que el Consejo de la OACI llame a una Conferencia Diplomática; decisión que sería adoptada por el Consejo en su 184 período de sesiones (Junio 2008). La Conferencia será llevada a cabo del 20 de Abril al 2 de Mayo de 2009.
g) Industria Aérea – Crisis y Planes de Supervivencia
Nota de estudio CLAC/A18-NE/15
33. El Representante de IATA realizó una presentación sobre la Nota de estudio CLAC/A18- NE/15 expresando que la industria aérea a escala mundial está atravesando la peor crisis de su historia. Primero con las alzas históricas en los precios del combustible a mediados del año 2008 y luego con la crisis financiera a escala mundial, lo cual ha acarreado la desaceleración de la economía global y por último la fuerte caída en la demanda. Al respecto, invitó a la Asamblea a tomar nota de la situación crítica del transporte aéreo, y del llamado realizado por los Presidentes de las compañías aéreas a los gobiernos y
proveedores de la industria, en la Asamblea General de IATA en Estambul; así como de las numerosas iniciativas que vienen realizando las líneas aéreas con el fin de lograr mayores eficiencias y ahorros que permitan su supervivencia. De igual manera solicitó tener en cuenta las decisiones que fueron adoptadas en la Conferencia CEANS de la OACI, para que se trabaje en esta misma línea en el seno de la CLAC e, instó a los Estados miembros que se de cumplimiento a lo establecido en el Doc. 9082 de la OACI.
34. Por otro lado, el Representante de IATA informó que dicha Organización ha conseguido los recursos para continuar con los estudios sobre la incidencia económica del transporte aéreo en los 17 Estados miembros de la CLAC que no fueron considerados inicialmente, en base al Acuerdo suscrito entre la CLAC y la IATA.
h) El Convenio de Montreal de 1999: La Necesidad de su Ratificación
Nota de estudio CLAC/A18-NE/16
35. El Representante de IATA presentó la Nota de estudio CLAC/A18-NE/16 manifestando que el 28 de Mayo de 1999 la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios convocada por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) adoptó el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional (Convenio de Montreal), el mismo que armoniza ciertas reglas que regulan la responsabilidad contractual del transportista aéreo con respecto al pasajero y al expedidor de carga. Este entró en vigencia el 4 de Noviembre de 2003 y a la fecha cuenta con 86 Estados Partes. Destacó que en nuestra región, trece de los veintidós miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) ya lo han ratificado. Sin embargo, Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Guatemala Honduras, Jamaica, Nicaragua y Venezuela todavía no lo habían hecho, terminó invitando a que lo hagan en la brevedad posible, en pos del beneficio y desarrollo de la aviación civil internacional.
i) Auditoría de Seguridad de IATA para Operaciones en Tierra.
Nota informativa CLAC/A18-NI/07
36. Como en oportunidad anterior, el Representante de IATA presentó la Nota informativa CLAC/A18-NI/07 refiriéndose a la Auditoría de Seguridad para Operaciones en Tierra (ISAGO, siglas en inglés) recomendado su utilización a los Estados miembros de la CLAC.
j) Programa de Auditoría de Seguridad Operacional de IATA
Nota informativa CLAC/A18-NI/08
37. Como en oportunidad anterior, el Representante de IATA presentó la Nota informativa CLAC/A18-NI/08 refiriéndose al Programa de Auditoría de Seguridad Operacional (IOSA, siglas en inglés) recomendado su utilización a los Estados miembros de la CLAC.