El Oficio Nº 004-2014-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite propuesta de metas para optimizar la gestión del servicio de justicia orientado al fortalecimiento institucional del Poder Judicial, en el marco de la Ley 30125; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que mediante el artículo 2 de la Ley Nº 30125, Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial, se establece que este Poder del Estado establecerá sus metas para optimizar la gestión del servicio de justicia, orientado al fortalecimiento institucional del Poder Judicial, previa aprobación de su Consejo Ejecutivo, en el plazo de quince (15) días hábiles de publicada la mencionada ley.
Segundo: Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial propone diversas metas que la institución deberá alcanzar al mes de octubre de 2014, en el marco de la Ley Nº 30125.
Tercero: Que las metas propuestas tienen por objeto mejorar la gestión institucional en beneficio de los usuarios del sistema de administración de justicia, con énfasis en atender la demanda de justicia por parte de la población. Estas metas son posibles de cumplir institucionalmente siempre que exista un normal desarrollo de labores.
Cuarto: Que para el cumplimiento de las metas institucionales que se establezcan para el año en curso, así como para los siguientes ejercicios anuales, resultará imprescindible realizar, en forma inmediata y simultánea, acciones de desarrollo y mejora, o fortalecimiento, del sistema de planeamiento del Poder Judicial, con el propósito de: i) Orientar y articular los esfuerzos a nivel institucional, ii) Priorizar la intervención pública a cargo de este Poder del Estado así como la posterior asignación de recursos; y, iii) Evaluar el accionar institucional e introducir las medidas correctivas pertinentes; resultando necesario efectuar una evaluación integral del actual sistema de planeamiento institucional.
Quinto: Que, asimismo, en ese orden de ideas corresponderá a la Gerencia General informar trimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto al avance en el cumplimiento de las metas institucionales; así como deberá elaborar el respectivo informe final de cumplimiento de metas para su evaluación y publicación, en su oportunidad, en el portal electrónico del Poder Judicial.
Sexto: Que si bien el Poder Judicial viene realizando un proceso de desconcentración con el objeto de facilitar las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de sus funciones, el cumplimiento de las metas es responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia de la República y de todas las Cortes Superiores de Justicia del país, constituyan o no unidades ejecutoras.
Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo Nº 001-2014 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar, en el marco de la Ley Nº 30125 - Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial, las metas para optimizar la gestión del servicio de justicia correspondiente al año 2014, las que se detallan en documento anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Establecer como prioridad institucional las acciones de desarrollo y mejora, o fortalecimiento, del sistema de planeamiento del Poder Judicial, para cuyo efecto deberá evaluarse en forma integral el actual sistema de planeamiento institucional con miras a su modernización en forma inmediata.
Artículo Tercero.- Mediante resolución del Titular del Pliego del Poder Judicial, se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias que permitan dar cumplimiento a las metas aprobadas.
Artículo Cuarto.- La Gerencia General informará trimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto al avance en el cumplimiento de las metas institucionales; así como preparará, en su oportunidad, el respectivo informe final de cumplimiento de metas.
Artículo Quinto.- El cumplimiento de las metas es responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia de la República y de todas las Cortes Superiores de Justicia del país, constituyan o no unidades ejecutoras.
Artículo Sexto.- En cumplimiento del artículo 2 de la Ley Nº 30125, Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial, el informe de evaluación del cumplimiento de las acciones efectuadas para la optimización del servicio de justicia será publicado en el portal electrónico del Poder Judicial.
Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente
Nota.: El Anexo que forma parte de la presente resolución, está publicado en el Portal Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, página principal, ícono de Resoluciones Administrativas).
Designan Jueces del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional y del Tercer Juzgado Penal Nacional RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 008-2014-CE-PJ
Lima, 7 de enero de 2014 VISTO:
El Oficio Nº 002-2014-MC-SPN, cursado por la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales.
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Sala Penal Nacional y los Juzgados Penales Nacionales, en mérito a lo dispuesto mediante Resolución Administrativa Nº 074-2007-CE-PJ, de fecha 4 de abril de 2007, dependen administrativamente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y, por tanto, la designación de los jueces y conclusión de sus funciones; así como la conformación de los colegiados corresponde a este Órgano de Gobierno; teniendo en cuenta sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional y méritos profesionales.
Segundo. Que mediante resolución del 2 de marzo de 2010, se designó al señor Manuel Federico Loyola Florián, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, como Juez del Tercer Juzgado Penal Supraprovincial. Asimismo, mediante resolución de fecha 26 de enero de 2011, se designó al señor Miguel Armando Quevedo Melgarejo, Juez Especializado Titular del Juzgado Penal Unipersonal de Moyobamba, Corte Superior de Justicia de San Martín, como Juez del Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial, el mismo que por Resolución Administrativa Nº 150-2012-CE-PJ, de fecha 25 de julio de 2012, se convirtió en Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional.
Tercero. Que, al respecto, la Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales solicita a este Órgano de Gobierno la designación del señor Manuel Federico Loyola Florián, actual Juez del Tercer Juzgado Penal Nacional, como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional.
Cuarto. Que evaluada la petición formulada, y la necesidad del servicio que se presenta a nivel de los Juzgados Penales Nacionales, resulta pertinente disponer la reconformación de los referidos órganos jurisdiccionales.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 009-2014 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; de conformidad con el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Miguel Armando Quevedo Melgarejo, Juez Especializado Penal Titular del Juzgado Penal Unipersonal de Moyobamba, Corte Superior de Justicia de San Martín,
como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional; debiendo retornar a sus funciones en el mencionado Distrito Judicial.
Artículo Segundo.- Designar al doctor Manuel Federico Loyola Florián, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, y actualmente Juez del Tercer Juzgado Penal Nacional, como Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional.
Artículo Tercero.- Designar al doctor Marco Aurelio Tejada Ortiz, Juez Especializado Penal Titular del Noveno Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La libertad, como Juez del Tercer Juzgado Penal Nacional.
Artículo Cuarto.- Disponer que el término de funciones y designación de los mencionados jueces, se efectivizará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y San Martín, Gerencia General del Poder Judicial y a los jueces interesados, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente