Where are we headed?
25.3 Financial Management Systems Computer-based financial management systems support
Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales
2. Relaciones Jerárquicas
Supervisa : - Coordinador Ejecutivo de Supervisión de AFP - Jefe de Supervisión de AFP
- Supervisor Principal de AFP - Supervisor de AFP I - Supervisor de AFP II - Supervisor de AFP III - Secretaria
3. Función Básica:
Supervisar y controlar permanentemente los procesos de acumulación referidos a la afiliación, recaudación, cobranza de aportes, acreditación, cambio de fondos, traspaso de Cuentas Individuales de Capitalización, entre otros. Asimismo ejerce las labores de coordinación, programación y ejecución del proceso de supervisión in situ. También se encarga de la supervisión y control de la Caja de Pensiones Militar Policial).
4. Funciones Específicas:
a. Planificar, organizar, programar, dirigir y controlar las
actividades de monitoreo, medición, seguimiento y supervisión in situ y extra situ de los procesos de afiliación, aportación, recaudación, cobranza de aportes, cambio de fondos, traspaso de CIC entre las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. También se encarga de la supervisión y control de la Caja de Pensiones Militar Policial.
b. Elaborar y elevar al Intendente General de Supervisión
Previsional el Plan Anual de Visitas de inspección de las AFP y de la Caja de Pensiones Militar Policial.
c. Proponer normas regulatorias del SPP, y coordinar con los
órganos competentes de la Superintendencia.
d. Participar en la elaboración de los estudios técnicos en
materia de su competencia.
e. Atender los requerimientos de información relacionados a las
operaciones de las empresas bajo supervisión, provenientes de otras unidades de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP o de órganos externos (Congreso de la República, Fiscalía, Poder Judicial, Defensoría del Pueblo, MEF, Banco Central de Reserva, Policía Nacional, etc.).
f. Coordinar con las Intendencias responsables en el proceso
acciones de seguimiento de las recomendaciones formuladas a las empresas supervisadas.
g. Programar, coordinar y supervisar el proceso de Vista de
Inspección, así como el proceso técnico de análisis, evaluación y control de las AFP de acuerdo a la normatividad, manuales y procesos técnicos de la Superintendencia y dispositivos legales vigentes, tanto con relación a los Fondos de Pensiones que administran, como a la empresa supervisada.
h. Revisar y elevar al Intendente General de Supervisión
Previsional los informes de Visita de Inspección de las empresas supervisadas, cuyos contenidos deberán concordar con lo que establece el manual técnico vigente.
i. Proponer al Intendente General de Supervisión Previsional el
requerimiento de medidas correctivas para salvaguardar la marcha del sistema previsional, así como las sanciones respectivas a las empresas supervisadas, si se detectan infracciones a la Ley del SPP y/o a la normatividad legal vigente, y coordinar con la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica.
j. Evaluar los recursos de impugnación que presenten los
supervisados y afiliados.
k. Evaluar la procedencia y autorizar la apertura, traslado y cierre de agencias y oficinas de asesoramiento previsional.
l. Evaluar las solicitudes de cancelación, suspensión,
transformación, fusión, escisión o reorganización de las empresas sometidas a su supervisión, por encargo de la Intendencia General.
m. Proponer y evaluar la respuesta a las consultas y denuncias
efectuadas por empresas supervisadas, afiliados,
empleadores y otros, en el ámbito de su competencia.
n. Revisar y actualizar el Manual de Contabilidad de las
Administradoras de Fondos de Pensiones y de las Carteras Administradas.
o. Proponer al Intendente General de Supervisión Previsional el
alcance de la Visita de Inspección, en mérito de la evaluación correspondiente y bajo un enfoque de supervisión basado en
riesgos, elaborando para tal fin una directiva que incluye los aspectos más críticos.
p. Apoyar y asesorar a los Jefes de Supervisión de AFP en la determinación del alcance de la Visita de Inspección.
q. Supervisar el desarrollo de la Visita de Inspección a efectos de lograr que se cumpla con los objetivos de la misma.
r. Refrendar el informe de Visita de Inspección, integral o
específica, que formula el Jefe de Supervisión de AFP.
s. Supervisar el seguimiento de las recomendaciones u
observaciones señaladas en los informes de visita de inspección, e informar sobre el resultado del seguimiento al Intendente General de Supervisión Previsional.
t. Asegurar que la base de datos de los afiliados de las
empresas bajo su supervisión se encuentre actualizada.
u. Intervenir en la preparación de los sustentos requeridos, en el
ámbito de su competencia, para la participación de la Superintendencia, en la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones y de la Organización Internacional de Supervisores de Pensiones; así como, en otras actividades asociadas a la proyección de la Superintendencia con el exterior.
v. Supervisar, coordinar, analizar y elaborar los documentos
técnicos necesarios para desarrollar las labores de supervisión del SPP, en el ámbito de su competencia.
w. Monitorear la estrategia de difusión del SPP, en materia de competencia de su Departamento.
x. Coordinar con las Intendencias de la Superintendencia
Adjunta de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos y con la Gerencia de Tecnologías de Información, la definición de los formatos de requerimiento de información a las entidades supervisadas en materia de su competencia.
y. Coordinar permanentemente con los funcionarios e instruir a
las empresas bajo su responsabilidad, y entidades relacionadas, para asegurar un óptimo flujo de información que facilite el trabajo de supervisión.
z. Proponer y coordinar con los órganos competentes de la Superintendencia, las acciones necesarias para fomentar una cultura previsional en la población, ampliando el grado de conocimiento del SPP en el ámbito nacional.
aa. Mantener informado al Intendente General de Supervisión
Previsional sobre las actividades del Departamento.
bb. Informar a su jefe inmediato de las operaciones sospechosas
y/o los casos de presunción de lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo detectados en el ejercicio de sus funciones de supervisión, a fin que se emitan las comunicaciones correspondientes a la UIF.
cc. Coordinar o desarrollar labores que contribuyan al
cumplimiento de las normas referidas al Sistema de Control Interno, Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad de la Información y Continuidad de Negocio.
dd. Brindar apoyo o participar, en los procesos de Planificación y
Presupuesto, Gestión de Recursos Humanos, Proceso de Adquisición de Bienes y Servicios, el Proceso de Formulación de Documentos Normativos Internos y el proceso de Gestión Documental.
ee. Ejecutar otras actividades que le sean asignadas por su jefe
inmediato.
5.3.2 COORDINADOR EJECUTIVO DE SUPERVISIÓN DE AFP