CHAPTER 1. Introduction
1.8 Fluid-structure interaction
Validez y Eficacia del Acto Jurídico:
La eficacia es una noción distinta respecto de la validez. El contrato válido es el contrato que responde a las prescripciones legales (…). La eficacia del contrato se refiere a la producción de sus efectos.39
“La eficacia supone validez del negocio, pero no sólo validez sino, además idoneidad funcional como precepto de la autonomía privada”. 40
Eficacia del Acto Jurídico: "… El acto jurídico es eficaz cuando produce los efectos jurídicos que le son propios (consistentes en la creación, regulación, modificación u extinción de relaciones jurídicas), tales efectos son los contemplados por el ordenamiento jurídico (efectos legales) y los queridos por las partes (efectos voluntarios). "…Los negocios jurídicos son celebrados para que produzcan efectos jurídicos, pues es a través de dichos efectos jurídicos, concebidos y entendidos por lo particulares como efectos simplemente prácticos, que se podrán autorregular libre y satisfactoriamente los diferentes intereses privados que determinaron la celebración de los mismos, de tal forma que se puedan satisfacer las distintas necesidades de los sujetos de derecho en los diferentes Sistemas Jurídicos…". 41
39 ESPINOZA ESPINOZA, JUAN. La invalidez e ineficacia del acto jurídico en la jurisprudencia. Diálogo con la Jurisprudencia. Gaceta Jurídica S.A. Lima – Perú. 2006. Pág. 7.
40ZANNONI, EDUARDO ANTONIO. Ineficacia y Nulidad de los Actos Jurídicos. Editorial Astrea. Buenos Aires – Argentina. 2002. Pág. 127.
41TABOADA CÓRDOVA, LIZARDO. Eficacia, Validez, Nulidad del Acto Jurídico. Editorial Grijley. Lima, 2007. Pág. 82.
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Los negocios jurídicos se celebran para producir efectos jurídicos, en razón de que por ellos las personas buscan la satisfacción de sus necesidades, y, en cuanto se respete el ordenamiento jurídico, se merecen protección jurídica.
Por lo anterior, la invalidez e ineficacia son sanciones a los negocios jurídicos que incumplen lo previsto por la ley, de lo que concluimos que la ineficacia tutela el principio de legalidad.
1.3.1.- Invalidez e Ineficacia del Acto Jurídico
Como ya hemos estado viendo, la finalidad de los negocios jurídicos es la producción de los efectos jurídicos deseados, a través de la creación, modificación, regulación o extinción de una relación jurídica, sea ésta de carácter patrimonial o extrapatrimonial; sin embargo, por disposición legal o porque las partes lo acordaron, ciertos negocios celebrados no llegan a producir efectos o los que llegaron a producir son dejados sin efecto; entonces nos encontramos frente a un negocio que es ineficaz o es inválido.
Ineficacia: en sentido estricto es todo supuesto en el cual el acto jurídico o el contrato celebrado por las partes no llega a producir ninguno de los efectos jurídicos buscados, o habiendo producido todos sus efectos jurídicos inicialmente, desaparecen los mismos por una causa o evento posterior a su celebración. 42
42TABOADA CÓRDOVA, LIZARDO. Nulidad del Acto Jurídico. Segunda Edición. Editora Jurídica Grijley. Lima, 2002. Pág. 27.
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Se dice que un negocio jurídico es ineficaz cuando los efectos correspondientes a su función objetiva y al intento práctico de las partes no se verifican. La ineficacia puede producirse por muy diversas causas; pero, en el entender de la doctrina más coherente y avanzada, se debe distinguir entre las ineficacias estructurales y funcionales, atendiendo primordialmente al origen de la falta de consecución de efectos negociales. Este desarrollo en la clasificación de los tipos de ineficacias es reciente, ya que la doctrina tradicional había explicado la ineficacia sobre la base de falta o defecto de cualquier elemento del supuesto de hecho. Según esta concepción, toda la problemática estaría reducida a la eficacia total cuando el supuesto de hecho esté completo, o a la ineficacia total cuando no lo esté, no necesitándose por tanto de una categorización de las ineficacias. A nuestro parecer, por el contrario, una distinción de la ineficacia en distintas categorías está respaldada por la importancia de los efectos complejos que presenta el negocio jurídico; es decir, no es que el negocio tenga un sólo efecto o tipo de efectos, sino que puede tener diversidad de efectos de distinta naturaleza con los cuales cumple su función en la regulación de relaciones privadas, y si se acepta ello, es lógico que, ante el fenómeno de ineficacia, identificada en general con cualquier tipo de carencia de efectos negociales, se tenga que admitir distintos medios de reacción según las varias anormalidades en que puede caer el negocio jurídico caso por caso.
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Invalidez e Ineficacia: La doctrina suele distinguir entre invalidez e ineficacia del acto jurídico. La distinción tiene un significado puramente teórico y se encuentra ligada a la exposición de los problemas concernientes a la patología del negocio jurídico. Incluso el autor que más ha insistido sobre los problemas concernientes a su tratamiento jurídico, ha convenido en la utilidad de la distinción “al menos en forma
43 PALACIOS MARTINEZ, ERIC. Contribución a la Teoría del Negocio Jurídico. Concepto, Interpretación e Ineficacia. Juristas. Lima, 2002. Pág. 165 y 166.
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prevalentemente expositiva y sistemática” (BETTI, E., Teoria generale del negozio giuridico, en Tratt. Vassalli, XV, 2, 3ra rist. Della 2da. Ed., Torino, 1960, 468). Inválido será el negocio que le “falte o esté viciado alguno de los elementos esenciales o defectuoso uno de los presupuestos necesarios, constitutivos del tipo de negocio al cual este pertenece”. Ineficaz será en cambio el negocio “que se encuentre los elementos esenciales y los presupuestos de validez en regla, pero que no es eficaz por una circunstancia de hecho extrínseca a él”. Además, y en tal modo restringiendo a la sola noción de nulidad la hipótesis aplicativa de la invalidez, se ha argumentado que una causa “intrínseca” del negocio “postula siempre una carencia total de los efectos”. 44
En virtud de la evitación de alguna posible confusión, desde ya delimitamos que la invalidez es otra de las denominaciones de la ineficacia estructural; así decimos que la ineficacia se presenta, cuando un negocio es válido, en otras palabras “eficaz estructuralmente”, y no produce efectos, estamos frente a un acto adolece de ineficacia funcional.
1.3.2.- La Ineficacia Estructural y la Ineficacia Funcional
La diferencia principal existente entre la validez o ineficacia estructural y la ineficacia o ineficacia funcional del negocio jurídico, la encontramos en que la primera se refiere a la configuración del negocio en sus presupuestos, elementos y requisitos; y la segunda se refiere al momento dinámico del negocio, una vez que éste es válido.
44 MAZZONI, COSIMO. Invalidez. Traducción de Eric Palacios Martínez del título original: VOZ “Invaliditá” (Dirito privato). Enciclopedia Giuridica Treccani, Vol. XXVII, Instituto de la Enciclopedia Italiana, Roma, 1989. Pág. 601.
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Ineficacia Estructural: (también llamada invalidez), por ella entendemos la carencia de efectos en un negocio producida por hechos inherentes a su estructura. El ordenamiento, al faltar algún requisito, elemento o presupuesto necesario para la eficacia del negocio, lo sanciona con la ausencia de efectos o la posibilidad de que dicha ausencia se produzca. Se caracteriza esta especie de ineficacia por ser originaria, es decir, por la referencia exclusiva al momento en que se realiza el negocio, por lo que su verificación deberá de producirse justamente en la conformación de la estructura negocial. 45
A la ineficacia estructural también se le denomina Ineficacia por causa intrínseca o ineficacia inicial o ineficacia originaria o invalidez, caracterizándose por contener vicios y anomalías al momento de la celebración del negocio jurídico, sea en sus presupuestos, elementos y/o requisitos. Este tipo de ineficacia presenta los subtipos siguientes:
A) Inexistencia.- La inexistencia es la no configuración del negocio jurídico que, a diferencia de la invalidez, no produce ningún tipo de efecto jurídico.46
Cuando en el negocio jurídico falta algún elemento que excluye la posibilidad de identificar al negocio como tal; ejemplos claros de inexistencia son los negocios que se encaminan a una función no admitida por el ordenamiento (ausencia de causa) o aquéllos que se suponen realizados en una calificación negocial preliminar positiva, en tanto falta el elemento a calificar. Ello crea la duda de que sea
45 PALACIOS MARTINEZ, ERIC. Contribución a la Teoría del Negocio Jurídico. Concepto, Interpretación e Ineficacia. Juristas. Lima, 2002. Pág. 166.
46 ESPINOZA ESPINOZA, JUAN. La invalidez e ineficacia del acto jurídico en la jurisprudencia. Diálogo con la