CHAPTER 7. Concluding remarks
7.3 Future work
El Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021, aprobado el 14 de abril de 2012, el mismo que plantea una atención integral de las y los adolescentes y la reducción en 20% del embarazo adolescente
El plan Multisectorial para la prevención del embarazo en Adolescentes 2012-2021, elaborado en el 2011 -que aún no ha sido aprobado- también plantea la meta de reducir en 20% la prevalencia del embarazo adolescente.
Los lineamientos educativos y orientaciones pedagógicas para la educación sexual integral plantean el reto de universalizar la Educación Sexual Integral desde la infancia. Este documento aprobado en el año 2008 por el Ministerio de Educación, contiene las orientaciones de política para todas las instancias del Ministerio de Educación.
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Al respecto en el gráfico N° 3 de la presente inve stigación, claramente se puede apreciar que más del 80% de los adolescentes no usa un método anticonceptivo, lo que pone en riesgo su salud sexual y el incremento del embarazo adolescente.
En el país existen barreras normativas que no solo obstaculizan el pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes y jóvenes sino también derechos fundamentales, colocándolos en situación de vulnerabilidad.
En los últimos años el Ministerio de Salud ha identificado la necesidad de revisar la normatividad referida a adolescentes, con énfasis en la salud sexual y re- productiva, para responder mejor a las necesidades aseguramiento universal. Sin embargo, el esfuerzo desplegado en la formulación y validación de normas y documentos técnicos relacionados con esta población
Entre las normas más relevantes a la espera de ser aprobadas se encuentran:
Los Lineamientos de política de salud de las/los adolescentes 2011.
La Norma Técnica de salud que establece los criterios y estándares de acreditación de servicios diferenciados de atención integral de salud para adolescentes.
La Norma Técnica para la atención integral de salud en la etapa de vida adolescente.
La Norma Técnica para la atención integral de la gestante adolescente durante el embarazo, parto y puerperio.54
Dentro de los puntos tratados en la Mesa de Concertación de Lucha contra la pobreza se han establecido los siguientes lineamientos, respecto a los adolescentes:
Al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Trabajo: Abordar el embarazo adolescente en el marco de una política multisectorial para la atención integral de las y los adolescentes y priorizar la inversión a través de un programa presupuestal considerando los múltiples factores y determinantes sociales que explican el problema.
Al Ministerio de Educación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, al Ministerio de Salud y al Ministerio de
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MESA DE CONCERTACIÓN DE LUCHA CONTRA LA POBREZA, 10 de mayo del 2012, consulta en internet: www.mesadeconcertacion.org.pe, realizada el día 15 de junio del 2012
Trabajo: Priorizar el acompañamiento integral de las mitigar el impacto negativo que la maternidad temprana pueda tener en su propio desarrollo y en el de sus hijos/hijas.
Al Consejo de Ministros, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Trabajo: Aprobar el Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo Adolescente 2012-2021 e implementar medidas para la articulación multisectorial, y entre los niveles de gobierno, con participación de las organizaciones de la sociedad civil.
Al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Salud y a los Gobiernos Regionales: Incrementar y garantizar la calidad del gasto del presupuesto asignado para la prevención del embarazo adolescente en el marco del Programa Presupuestal Salud Materno Neonatal.
Al Instituto Nacional de Estadística e Informática, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y al Ministerio de Salud: Uniformizar los criterios para recoger información estadística para la etapa de vida adolescente y generar procedimientos que permitan diferenciarla según sexo.
Al Ministerio de Economía y Finanzas: Si bien el Módulo de Consulta Amigable-SIAF es un instrumento valioso para el seguimiento de la ejecución del gasto público, se recomienda mejorar y transparentar la asignación y el uso de los recursos públicos hasta el nivel de subproductos de los programas presupuestados subproductos dirigidos a la prevención del embarazo adolescente, en el marco del Programa Presupuestal Salud Materno Neonatal.
Al Ministerio de Educación: Incorporar la Educación Sexual Integral (ESI) como prioridad en el nuevo marco curricular generando condiciones para su implementación vinculadas a la formación en ciudadanía y a la calidad educativa, asignando presupuesto para universalizar una ESI de calidad
Al Ministerio de Salud: la Ley General de Salud. Asignar presupuesto y ampliar la implementación de servicios diferenciados para la atención integral de las y los adolescentes. Priorizar intervenciones para la prevención del suicidio en adolescentes. Aprobar las normas del sector Salud referidas a la atención integral de
la salud sexual y reproductiva de los adolescentes formuladas y validadas en los últimos dos años.
A los Gobiernos Regionales: Implementar Ordenanzas Regionales orientadas a promover el acceso a los servicios diferenciados de salud sexual y reproductiva para adolescentes.
Al Congreso de la República: despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre y con adolescentes
Se pretende una atención integral de los adolescentes, que permita un desarrollo adecuado de sus capacidades, insertando a la mayor parte de ministerios, para que en forma conjunta se puedan lograr los objetivos planteados. Se puede apreciar que uno de los puntos pendientes respecto al Congreso de la República, es el de despenalizar las relaciones sexuales entre adolescentes, ya que después de los estudios realizados al respecto se evidencia la problemática surgida al respecto, no sólo en el ámbito penal, sino también en la atención de la salud de los adolescentes, sobre todo aquellas que se encuentran en estado gestacional.
Se evidencia el reconocimiento del derecho a la salud sexual y reproductiva, orientada a la prevención del embarazo adolescente como prioridad y por otro lado a la educación y servicios especializados que deben recibir.
Es necesario tener en cuenta que las y los adolescentes como seres humanos tienen derecho a gozar de una adecuada salud sexual y reproductiva, y por ende, a vivir su sexualidad de modo seguro e informado, en libertad de tomar las decisiones que prefieran. Estos derechos no están escritos de modo explícito ni para adultos ni para adolescentes, pero emanan de los siguientes artículos de los tratados y convenios internacionales ratificados por el Perú: Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (art. 2, 3, 7, 9, 17, 18, 19, 26), el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (art. 2, 3, 12 y 13), la Convención Americana de Derechos Humanos (art. 5, 7,11, 12, 13), la Convención de los Derechos del Niño (art. 2, 3, 12, 13, 14, 16, 19, 24 y 28), y la Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 25.1) (ONU, 2010; OEA 2010).
Según la OMS, desde la adolescencia se pueden utilizar todos los tipos de anticonceptivos que en la actualidad ofrece el sistema de salud peruano. Señala que antes de los 18 años los implantes, las píldoras -solo de progestágeno- y el DIU pueden utilizarse en todos los casos, pero se les califica con el número 2. De 18 años a más no existen restricciones. En los dos cuadros siguientes se puede ver el criterio de elegibilidad OMS55.