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BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

AGENCIA SANTA ANA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general que el señor: José Gerardo Artavia Vargas, cédula N° 1-0334-0411, ha solicitado, la reposición de su C.D.P. por motivo de pérdida o extravío del Certificado de Ahorro a Plazo Normal Nº 161013096118872842 por la suma de ocho millones de colones netos (¢8.000.000,00) y sus cupones de Ints. del N° 01 al N° 6 por la suma de doscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos colones con 02/100 (¢252.400,02) Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Santa Ana, 22 de setiembre del 2015.—Ana Lorena Marín Vargas, Jefa.—(IN2015061437).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

ACUERDO:

Instituto Nacional de Aprendizaje, Presidencia Ejecutiva, a las trece horas del ocho de setiembre del dos mil quince.

Con fundamento en los artículos 24 de la Ley Orgánica del INA Nº 6868 de 6 de mayo de 1983; 90 del Estatuto de Servicio Civil, 102 inciso c) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo del 1978; 55 inciso b) del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje, la resolución del Tribunal del Servicio Civil Nº 12497 de las 11:00 horas del 29 de julio del 2015.

Considerando:

1º—Que mediante la resolución Nº 12497 de las 11:00 horas del 29 de julio del 2015, notificada el 08 de agosto del 2015, el Tribunal de Servicio Civil declaró con lugar la gestión de despido promovida por esta Presidencia Ejecutiva, en contra de la funcionaria Yolanda Vargas Benavides, cédula de identidad 6-195- 771, quien ocupa en propiedad el puesto “Formador para el Trabajo 1B”, clave 000232 ubicado en el Núcleo Salud, Cultura y Artesanía del Instituto Nacional de Aprendizaje.

2º—Que la citada resolución fue notificada a la señora Yolanda Vargas Benavides mediante publicación que se realizó en el Diario Oficial La Gaceta N° 171 de fecha 02 de setiembre de 2015.

3º—Que la servidora Yolanda Vargas Benavides no impugnó la resolución que autorizó su despido sin responsabilidad patronal, dentro del plazo conferido para tal efecto, circunstancia que dotó de firmeza a la citada resolución.

4º—Que mediante la resolución antes citada el Instituto Nacional de Aprendizaje quedó autorizado para despedir sin responsabilidad patronal a la funcionaria Yolanda Vargas Benavides.

5º—Que la potestad para despedir a los funcionarios del Instituto Nacional de Aprendizaje recae sobre esta Presidencia Ejecutiva; Por tanto,

SE ACUERDA:

1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad patronal a la servidora Yolanda Vargas Benavides, cédula de identidad 6-195- 771, quien ocupa en propiedad el puesto “Formador para el Trabajo 1B”, clave 000232 ubicado en el Núcleo Salud, Cultura y Artesanía del Instituto Nacional de Aprendizaje.

2º—Rige a partir del 28 de setiembre del 2015.

Maynor Rodríguez Rodríguez, Presidente Ejecutivo Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.— 1 vez.—O. C. N° 23930.—Solicitud N° 40640.—(IN2015062038).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública para exponer la propuesta de revisión tarifaria presentada por la empresa Autotransportes San Antonio S. A., para ajustar las tarifas de las 61A: San José-Tirrases por San Francisco, 64 San José-San Francisco-La Colina, 64 A: San José-San Francisco de Dos Ríos-Barrio San José, 72: San José-San Antonio-Patarrá- Guatuso, 72 A:San José-El Bosque-San Antonio-San Lorenzo, 72 B: San José-Linda Vista por San Francisco, 72C: San José-Linda Vista por Desamparados, 72 D: San José-San Antonio-Barrio Fátima y 72 E: San José-Río Azul-Quebradas y viceversa, según se detalla:

Descripción ruta Tarifas vigentes (¢) Tarifas propuestas (¢) Variación absoluta (¢) Variación porcentual (%)

61A, 64, 64 A, 72, 72 A, 72B, 72C, 72D, 72E Regular Adulto mayor Regular Adulto mayor Regular Adulto mayor Regular Adulto mayor

61A: San José-Tirrases por San Francisco, 64 San José-San Francisco- La Colina, 64 A: San José-San Francisco de Dos Ríos-Barrio San José, 72: San José-San Antonio- Patarrá-Guatuso, 72 A:San José-El Bosque-San Antonio-San Lorenzo, 72 B: San José-Linda Vista por San Francisco, 72C: San José-Linda Vista por Desamparados, 72 D: San José-San Antonio-Barrio Fátima, y 72 E: San José-Río Azul-Quebradas y viceversa

¢ ¢ ¢ ¢ ¢ ¢ % %

61 A SAN JOSE-TIRRASES x SAN FRANCISCO 370 0 405 0 35 0 9,46 0

64 SAN JOSE-SAN FRANCISCO DE DOS RIOS-

LA COLINA 275 0 300 0 25 0 9,09 0

64 A SAN JOSE-SAN FRANCISCO DE DOS RIOS-

Bº SAN JOSE 275 0 300 0 25 0 9,09 0

72 SAN JOSE-SAN ANTONIO-PATARRA-GUATUSO 275 0 300 0 25 0 9,09 0

72 A SAN JOSE-SAN ANTONIO-SAN LORENZO 275 0 300 0 25 0 9,09 0

72 B SAN JOSE-LINDA VISTA x SAN FRANCISCO 275 0 300 0 25 0 9,09 0

72 C SAN JOSE-LINDA VISTA x DESAMPARADOS 275 0 300 0 25 0 9,09 0

72 D SAN JOSE-SAN ANTONIO-Bº FATIMA 275 0 300 0 25 0 9,09 0

72 E SAN JOSE-SAN ANTONIO-RIO AZUL-QUEBRADAS 275 0 300 0 25 0 9,09 0

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día miércoles 4 de noviembre de 2015 a las 17:30 horas (5:30 p. m.) en el Salón Comunal de San Antonio de Desamparados, ubicado detrás de la Iglesia Católica, San Antonio de Desamparados, San José.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su posición (oposición o coadyuvancia) en forma oral en la audiencia pública, (para lo cual debe presentar su documento de identidad vigente) o por escrito firmado (en este caso se debe adjuntar copia de su documento de identidad vigente): en las oficinas de la Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): [email protected] hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho e indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax, apartado postal o dirección exacta).

En el caso de personas jurídicas, las posiciones (oposición o coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente donde se haga constar dicha representación.

Se informa que la presente propuesta se tramita en el expediente ET-087-2015 y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep. go.cr (Consulta de expedientes).

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3359 o al correo electrónico [email protected].

(*) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

Marta Monge Marín, Dirección General de Atención al Usuario.— 1 vez.—O. C. N° 8377-2015.—Solicitud N° 40888.—(IN2015064094).

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública de conformidad con el oficio: 1675-IE-2015, para exponer la siguiente propuesta, según se detalla:

Solicitud de aumento de la potencia máxima teórica de la concesión de servicio público de generación eléctrica, interpuesta por la empresa Eléctrica Matamoros S. A.

Lo anterior al amparo de la Ley 7200, otorgada mediante resolución RJD-176-2008.

En resumen, la solicitud de la Empresa Eléctrica Matamoros S. A., es la siguiente:

1) Empresa Eléctrica Matamoros S. A., solicita aprobación por parte de esta Autoridad Reguladora para que se le otorgue un aumento de la potencia máxima teórica de la concesión de

servicio público de suministro de energía eléctrica, otorgada mediante la resolución RRG-176-2008 del 1° de diciembre de 2008.

2) Lo anterior para efectos de que la Planta Hidroeléctrica Matamoros, pase de una potencia nominal de 3 604 kW a 5 913,98 kW y por un plazo hasta el primero de diciembre de 2028, teniendo como fuente la energía hidráulica, para generar electricidad, que se destinará para autoconsumo y venta al ICE. 3) La planta hidroeléctrica se ubica en el distrito Quesada, del

cantón de San Carlos, de la provincia de Alajuela.

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día miércoles 28 de octubre del 2015 a las 17 horas (5:00 p. m.) en el Edificio URCOZÓN, ubicado 50 metros oeste de la entrada a la Ciudad Deportiva de San Carlos, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su posición (oposición o coadyuvancia) en forma oral en la audiencia pública (para lo cual debe presentar su documento de identidad vigente) o por escrito firmado (en este caso se debe adjuntar copia de su documento de identidad vigente): en las oficinas de la Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico(*):consejero@ aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes e indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax, apartado postal o dirección exacta).

En el caso de personas jurídicas, las posiciones (oposición o coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente donde se haga constar dicha representación.

Se informa que la presente solicitud tarifaria se tramita en el expediente OT-214-2008 y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep. go.cr (Consulta de expedientes).

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3359 o al correo electrónico [email protected].

(*) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

Marta Monge Marín, Dirección General de Atención al Usuario.— 1 vez.—O. C. N° 8377-2015.—Solicitud N° 40886.—(IN2015064098).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

TELECOMUNICACIONES CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

La Superintendencia de Telecomunicaciones convoca a audiencia pública para exponer de conformidad con el acuerdo N° 014-041-2015 de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, adoptado en la sesión ordinaria N° 041-2015 celebrada el 29 de julio de 2015, la siguiente propuesta de un nuevo:

“Reglamento Sobre el Uso Compartido de Infraestructura Para Redes Internas de Telecomunicaciones”

Cuyo objeto es desarrollar el artículo 77 de la Ley 7593, el artículo 78 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, y demás disposiciones relacionadas con las condiciones y estándares aplicables al diseño, construcción, implementación o despliegue de infraestructuras y/o redes internas de Telecomunicaciones, con el fin de dar soporte para la instalación o transporte de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en los inmuebles que se encuentran sujetos al régimen de propiedad en condominio o bien cumplan con características similares según lo estipulado en la Ley 7933.

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día jueves 29 de octubre del 2015 las 17 horas y 15 minutos (5:15 p.m.) por medio del sistema de videoconferencia (*) en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en Guachipelín de

Escazú, Oficentro Multipark, edificio Turrubares; en los Tribunales de Justicia ubicados en los centros de Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su posición (oposición o coadyuvancia) ►en forma oral en la audiencia pública, (para lo cual debe presentar su documento de identidad vigente)

►o por escrito firmado (en este caso se debe adjuntar copia de su documento de identidad vigente): en las oficinas de la Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico(*): [email protected] hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes e indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax, apartado postal o dirección exacta).

En el caso de personas jurídicas, las posiciones (oposición o coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente donde se haga constar dicha representación.

Se informa que la presente propuesta se tramita en el expediente SUTEL-GCO-NRE-REG-01905-2015, y se puede consultar en la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en las instalaciones de la SUTEL, en un horario de 8:00 am a 4:00 pm. y en la siguiente dirección electrónica: http://sutel.go.cr/audiencias/publicas

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3359 o al correo electrónico [email protected]

(*) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

Marta Monge Marín, Dirección General de Atención al Usuario.— 1 vez.—O. C. Nº 1663-15.—Solicitud Nº 40948.—(IN2015063752).

RÉGIMEN MUNICIPAL

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