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4.4 Image reconstruction using the sensitivity matr
Antes de iniciar el desglose de cada uno de los conceptos que encierra el término de Recursos Educativos Abiertos, valdría la pena considerar primero, específicamente a qué tipo de recursos se refiere. Hylen (2006) señala que son:
1. Contenidos formativos: cursos académicos completos, software didáctico, módulos de contenido, recopilaciones, artículos, colecciones de museos, libros y otro tipo de publicaciones.
2. Herramientas: software para desarrollo, uso, reutilización y entrega del contenido
formativo; incluido buscar y organizar los contenidos, sistemas de gestión de contenido y formación, herramientas para desarrollar contenidos y comunidades educativas en línea. 3. Recursos de implementación: licencias de propiedad intelectual para la publicación
abierta de materiales y recursos digitales, diseño de principios de buenas prácticas y de traducción de contenidos.
Después de haber especificado a qué se está refiriendo con el término REA, a continuación se señalan los tres conceptos más significativos para comprender a cabalidad cómo operan estos recursos didácticos: apertura, educativo y recurso.
1. Apertura. Se entiende la palabra por disposición al cambio, por una connotación positiva
de acceso permitido, sin restricciones. Así que en esta época, a la cual Materu (2004, citado por CIIE, 2008) nombra como la o-década (open source, open systems, open standards, open archives, open everything) y donde el internet permite la entrada a
mundos desconocidos y remotos de manera inmediata, sin señalamientos que obstaculicen el acceso a esa red a la que cada día mayor número de personas puede ingresar. Se pueden identificar los dos aspectos más importantes de la apertura: la libre disponibilidad a través de internet y el menor número de restricciones, tanto técnicas como legales o de precio posible en el uso de los recursos. La CIIE (2008) señala las diferentes apreciaciones de algunos autores respecto a la conceptualización de la apertura: Walker lo define como conveniente, eficaz, económico, sostenible y disponible para cada alumno y docente en el mundo; D’Antoni habla de las 4 A -accesible,
apropiado, acreditado, asequible - y Downes (2006) defiende que el concepto de abierto no implica, como mínimo, ningún coste para el consumidor o usuario del recurso. Incluso, este último autor señala que el tener que registrarse para tener acceso al recurso es un tipo de intercambio.
Foote (2005, citado por CIIE, 2008) define el término abierto al identificar cuatro libertades: libertad para fotocopiar el contenido, libertad para modificarlo, libertad para redistribuirlo y libertad para redistribuir versiones modificadas. Downes (2006) argumenta que el concepto de abierto encierra como mínimo que no represente un costo para el usuario del recurso y añade que es un poco incierto el papel de aquellos recursos que requieren algún tipo de pago por el usuario, como tarifas de suscripción, algún tipo de
contribución o simplemente el registro, poniendo en duda su consideración a ser
llamados recursos abiertos. Aún cuando el costo es bajo o accesible, el pago representa un tipo de costo para el usuario.
Tuomi (2006, citado por CIIE, 2008) distingue tres áreas independientes dónde la
apertura hace la diferencia. Primero las características técnicas como la interoperabilidad técnica y funcionalidad. Es decir, estándares abiertos que permitan diferentes
aplicaciones de software. En general, se considera libre el software si permite usarlo, contribuir al desarrollo y compartir el código fuente. En segundo lugar, en el aspecto social la apertura está motivada por los beneficios sociales esperados y por las
consideraciones éticas relacionadas con la libertad para usar, contribuir y compartir. Se distinguen tres niveles: acceso y accesibilidad según las capacidades individuales, delimitaciones geográficas en un área determinada o por las licencias con las que se agregó el material, por último, un nivel superior de apertura entorno al derecho y la habilidad para modificar, volver a empaquetar y agregar valor al recurso. Finalmente, la
naturaleza del propio recurso. Tuomi (2006, citado por CIIE, 2008) aclara que una manera de describir los REA es definirlos como recursos que producen servicios que cualquiera puede disfrutar, sin reducir el disfrute de otros, como ocurre con los recursos digitales. En términos económicos, esto significa que los REA son bienes públicos.
2. Educativo. Las reflexiones en torno al concepto de educativo van encaminadas a si sólo
este tipo de recursos deben ser empleados en la educación formal, dejando fuera aquellos que no fueron producidos para el contexto escolar como artículos de prensa, instituciones y organismos que también son empleados en ambientes de aprendizajes extraescolares e informales. Al respecto Downes (2006) defiende que no puede estipularse a priori que algo pueda o no pueda ser un recurso educativo, ya que el
aprendizaje que se extiende más allá de los marcos formales y los recursos utilizados en un marco no formal pueden ser casos de REA.
Para evitar ambigüedades o divergencias, la CIEE (2008) señala una alternativa: decir que realmente sólo los materiales utilizados para enseñar y aprender deben ser tomados en consideración. La ventaja es que esto evita estipular a priori lo que es o no es un recurso educativo. Sin embargo, sigue existiendo una desventaja: la dificultad de saber con exactitud si un recurso fue usado para aprenderlo o no en contextos de aprendizaje formal o no formal. Considerando que desde su origen los REA fueron concebidos en el ámbito educativo para compartir conocimientos y llegar a un mayor número de usuarios para mejorar su aprendizaje, y no obstante haber nacido en el seno de instituciones educativas, se implementaron para promover un tipo de aprendizaje que permitiera, no sólo a estudiantes sino al público en general y sin distinción de contextos, el desarrollo de capacidades individuales y sociales a fin de comprender y actuar de acuerdo a lo
aprendido.
3. Recursos. La concepción generalizada de la palabra recurso remite a material,
herramienta o cualquier acción que esté destinada para llevar a cabo alguna función. Es decir que los recursos digitales entran en esta definición y aún más, ya que por su naturaleza, los REA pueden copiarse y usarse sin acabar con sus existencias convirtiéndose de esta forma en un bien público e, inclusive, se consideran como recursos renovables. Al respecto, la CIIE (2008) reconoce que en el contexto de la enseñanza y el aprendizaje asistidos por computadora, los recursos se conciben como contenidos formativos que pueden ser almacenados en un repositorio digital como un fichero de texto, de sonido o de vídeo.
En el área educativa, Tuomi (2006, citado por CIIE, 2008) asevera que los alumnos emplean diferentes tipos de recursos para el aprendizaje, incluso utilizando de forma creativa recursos no pensados para propósitos formativos, pero que con su imaginación
logran convertirse en herramientas para la apropiación de nuevos conocimientos o habilidades. Hylen (2006) abre al debate su concepción del término recursos, pues señala que es posible hacer una distinción entre el tipo y el medio del recurso. Según su tipo pueden ser cursos, animaciones, simuladores, juegos, etc.; y según el medio pueden ser páginas web en internet, radio, televisión o papel.
De este modo, se hace necesario revisar las implicaciones tecnológicas relacionadas con los REA, por lo que se desarrollan a continuación.