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C. MAXIMUM POWER POINT TRACKING

2. Incremental Conductance

1.— Juan Bodin (1530-1596) fue ideólogo de la burguesía en formación, y se manifestó en defensa del absolutismo, en Francia, en el siglo XVI nació en Angers, de una familia acomodada (probablemente de la nobleza). Habiendo recibido instrucción jurídica, abrazó la carrera de abogado en París. Más tarde ocupó el cargo de fiscal. Fue diputado de los estados provinciales, y después, de los generales, en los que representó al “estado

llano”. En medio de la lucha implacable entre católicos y hugonotes, que más de una vez adqui- rió carácter de choques armados (las “guerras religiosas”), cambió de posición y maniobró entre las partes beligerantes. Su proximidad al duque de Alercon, quien había ocupado una posición conci- liadora en la lucha entre ambos bandos, le permi- tió salvar su vida en la noche de San Bartolomé. En 1576 publicó una extensa obra sobre el Estado (Six livres de la République, que más tarde tradujo él mismo al latín).

2.— Es uno de los primeros escritores de la nueva corriente laica, y se propuso como objetivo descubrir algunas leyes que presiden los fenóme- nos sociales. Desarrolla la teoría de la influencia que el clima ejerce sobre el carácter de los pue- blos y sobre las ocupaciones de éstos, con lo que en este aspecto sigue a Aristóteles. El clima del Norte, enseña, contribuye al aumento de la va- lentía y favorece la formación de destacamentos militares; el del sur desarrolla la sutileza intelec- tual y contribuye al florecimiento de las ciencias; un clima templado condiciona la asociación de los extremos: allí surgen los políticos y los orado- res. Investiga también el problema de la influen- cia que sobre el carácter de los pueblos ejercen las montañas y los valles, el suelo fértil...

Todos estos razonamientos parten de las ideas, incorrectas y anticientíficas, de la influen- cia decisiva de las condiciones geográficas. No obstante, está lejos de caer en la conclusión ab- surda sobre la influencia fatalista del clima. A su juicio, las leyes, los hábitos e incluso la alimenta-

ridad del padre y del marido. La autoridad dentro de la familia debe ser una sola, y por eso la mujer debe subordinarse al marido, y los hijos, al padre. Siguiendo a Aristóteles, define el Estado como un conjunto de familias. Sin embargo, sub- raya la diferencia sustancial que lo separa de aquél con respecto a la familia. Ve la peculiaridad del Estado en el carácter supremo y soberano del poder, en que tiene inherente el supremo poder soberano (summa potestas, summun imperium). Por este signo, el Estado se distingue, por una parte, de la familia, y por otra, de cualquier otro conglomerado humano (cangregata multitude), que sin formar un Estado. tampoco vive en forma anárquica.

Bodin esclarece las peculiaridades del poder soberano. La soberanía es una e indivisible: no puede ser compartida por el rey y el pueblo. Ella significa también el carácter permanente del po- der, que no puede ser trasmitido por un tiempo, ni traspasado en ciertas condiciones.

Al hacer la defensa del absolutismo real se- ñala que la soberanía significa, al mismo tiempo, el carácter ilimitado y superior a las leyes, del poder. “La soberanía —según su definición— es un poder, libre de subordinación a las leyes, ejer- cido sobre los ciudadanos y los súbditos.16” “ El que la ejerce, no está obligado por las leyes que él mismo promulga. Esto, sin embargo, no quiere decir, según Bodin, que su poder no esté limitado por nada. Se niega a reconocer que el poder esta- tal sea libre de la subordinación a la ley divina (leges divinae) y a la natural (leges naturae), esto es, reconoce una limitación religioso-moral para los depositarios del poder del Estado. Tam- bién la propiedad privada de los ciudadanos, a la que el soberano está obligado a respetar y contra la cual no tiene derecho a atentar, constituye, a juicio de Bodin, una limitación del poder supre- mo.

Como portavoz de la ideología burguesa, postula que la propiedad privada es inviolable y que ningún monarca puede atentar contra los bie- nes de los ciudadanos. Por eso, sin el consenti- miento de éstos no puede establecerse ningún impuesto. Estima que ningún monarca tiene dere-

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cho a cobrar impuestos y a hacer uso de los bie- nes de los ciudadanos a su propio antojo. Como partidario del Estado centralizado y del poder ilimitado del rey, afirma que, dado que la soberanía es una e indivisible, ésta debe estar siempre en manos de una sola persona o de una asamblea. Niega la posibilidad de alguna forma “mixta” de Estado. La soberanía puede pertenecer al rey, a la aristocracia o al pueblo. No puede ser compartida por varios órganos diferentes, ni ejer- cida por ellos alternativamente.

Otra cosa es el poder de gobierno. Este puede ser “mixto”, puede ser encomendado si- multáneamente a la asamblea popular y al monar- ca. El gobierno puede ser monárquico, permane- ciendo al mismo tiempo la soberanía en manos del pueblo y, viceversa, con la soberanía del mo- narca, la asamblea popular puede participar en el ejercicio del gobierno. Estima que. al dar partici- pación a otros “elementos” del Estado en el ejer- cicio del gobierno, el poder supremo no cede nin- guno de sus derechos soberanos, ni se ve limitado por esta causa.

En la teoría referente al gobierno “mixto” se refleja la idea de la compatibilidad del absolutis- mo real con la existencia de órganos de represen- tación de casta. Los estados generales en Francia, en el siglo XVI, se convocaban raramente y ya habían perdido su anterior importancia. Su exis- tencia no impedía en absoluto que los reyes, apo- yados en el ejército permanente y en los impues- tos permanentes, ejercieran plena e independien- temente el poder del Estado. Al proclamar que la

Esta teoría iba dirigida al mismo tiempo contra las pretensiones papales al poder secular; tenía la misión de fundamentar la independencia del Estado con respecto a la Iglesia y del poder real con respecto al trono del papa.

Sin embargo, entiende la soberanía del Es- tado solamente como la soberanía de uno solo de sus órganos; identifica la supremacía y la inde- pendencia del poder del Estado, como tal, con la de cualquier órgano de éste, en primer lugar del rey.

4.— Comparando entre sí las diversas for- mas del Estado, Bodin revela preferencia decidida por la monarquía. De la democracia habla con hostilidad no oculta. Declara que el pueblo es incapaz de arribar a decisiones correctas y de tener juicios sanos. Al poner de relieve su odio a la democracia, trata de presentar a ésta como la peor forma del Estado, como un gobierno que se asemeja más que ningún otro a la anarquía. Tampoco la aristocracia merece su aproba- ción. Considera que ella no constituye defensa segura frente a la revolución, a la cual tiene mie- do. La aristocracia no puede hacer frente a las rebeliones de un pueblo —apartado de la direc- ción de los asuntos del Estado—, por ser su sis- tema motivo de constantes discordias entre los partidos y de lucha de ambiciones.

Bodin está bajo la impresión de las guerras religiosas y de las insurrecciones campesinas. Sueña con el término más rápido de la guerra civil y con el establecimiento de un poder firme. único, capaz de asegurar el desarrollo de la indus- tria y del comercio en el país.

Por eso, la monarquía cuenta íntegramente con su simpatía. La considera la mejor forma de régimen estatal. La monarquía lo atrae porque, a su juicio, es la única forma del Estado en la que existe verdaderamente un poder único e indivisi- ble.

Idealizando esta forma del Estado, hace creer que el monarca, al elevarse por encima de todos los demás elementos del mismo, reconcilia las tendencias y pretensiones opuestas creando una unidad armónica de elementos opuestos. Hace una diferencia entre la monarquía “le- gal” (real), la señorial (basada en el derecho de conquista) y la tiranía. Pero define el carácter tiránico del poder, no por los métodos de gobier-

no, sino por la usurpación del poder. Tirano es aquel que llega a ser jefe soberano por vías vio- lentas, careciendo para ello de derecho alguno, así sea en virtud de una elección, por herencia o co- mo resultado de una guerra justa. Al postular la obediencia incondicional al monarca legal, reco- noce admisible la resistencia a un tirano, su de- rrocamiento e incluso su asesinato.

5.— Siguiendo a Aristóteles, analiza el pro- blema relativo a las causas de los cambios estata- les. Entre ellas menciona en primer lugar la pro- nunciada desigualdad de bienes, la pobreza de la mayoría y la riqueza extraordinaria de unos cuan- tos, y la distribución injusta de honores y títulos. Lejos de comprender las causas reales de las re- voluciones, señala también otras circunstancias que, a su juicio, pueden ser motivo de cambios en el régimen estatal: la crueldad y la opresión de un tirano, el cambio de las leyes sobre la religión, los fracasos militares, etc.

El peligro de revolución, a su juicio, es una amenaza menor para la monarquía hereditaria, por ser la forma más sólida de monarquía. Por el contrario, la democracia es la que más expuesta está a este peligro.

Estima que el político debe prever y conju- rar las revoluciones. Ante el temor al movimiento popular, recomienda recurrir a las concesiones y tratar de frenar las revoluciones mediante la reali- zación de reformas desde arriba.

Bodin expuso en forma sistemática y libre de teología, la teoría laica del Estado y del dere- cho. Rompió con las ideas feudales que se refer-

6. Las concepciones sociales y

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