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4.3 Shocked-bubble dynamics in a vessel phantom

4.3.2 Influence of the vessel on the dynamics of the bubble

Varios meses atrás, a finales de julio de 1978, la situación para el Cinep no era fácil pues sus miembros ya habían ganado fama de ser contestatarios y marxistas. En ese tiempo trabajaba en el centro, el sacerdote jesuita Luis Alberto Restrepo, quien se desempeñaba en el tema del diseño de programas educativos para la organización popular, labor que alternaba con el ejercicio de la docencia en la Universidad Nacional donde dictaba clases de filosofía. En una de sus cátedras, el padre Restrepo conoció un alumno llamado Federico Yáñez, quien manifestó al sacerdote su intención de colaborar en la labor investigativa en el Cinep, en temas sobre apoyo a la labor sindical. Yáñez se ganó la confianza del padre Restrepo, quien decidió ayudarlo a conseguir trabajo en el centro por su situación económica.21

Una vez en el centro a Federico Yáñez se le encargó escribir una cartilla sobre la historia sindical con un lenguaje accesible que pudiese ser dirigida a los trabajadores. Sin embargo, el trabajo presentado fue rechazado porque la historia sindical presentada era, en palabras del padre Alejandro Angulo-director del Cinep en aquel entonces- “sesgada, incompleta y en lenguaje panfletario”. Este lenguaje, era similar al que uso Yáñez en el tiempo en que trabajó en el centro. El individuo hacía un llamado permanente a la revolución y la lucha de las clases populares, algo que fue rechazado pues no era acorde con los valores que el Cinep promulgaba. De hecho el día del asesinato del ex ministro Pardo Buelvas, en la cafetería del centro delante de los demás investigadores Yáñez expresó que el ministro: “había recibido su merecido”, esta afirmación fue rechazada de plano por los demás miembros del centro, argumentando que esto no ayudaría a las clases populares si no más bien lo contrario, incentivaría la persecución del Estado contra las mismas (El Tiempo, 1979, 5 de agosto, p. 4B).

La permanencia de Yáñez en el Cinep fue hasta diciembre de este mismo año, al señor se le pagó la suma de 8 mil pesos por su trabajo realizado. Poco después Yáñez manifestó que quería realizar algún trabajo con la Escuela Nacional Sindical (ENS) en Medellín, por lo que pidió al padre Restrepo apoyo para trabajar en dicha ciudad. El Cinep, vinculó a Federico Yáñez con el también jesuita Jorge Arango quien en Medellín

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Entrevistas con Alejandro Angulo s. j. Por Carlos Daniel Chaves en el 2007 y en El Tiempo, el 5 de agosto de 1979, p. 1B

desempeñaba una labor similar a la del Cinep en Bogotá, apoyando procesos de organización popular en especial a las comunidades campesinas (El Espectador, 1979, 27 de mayo, p. 11A). Yáñez estuvo trabajando con el padre Arango entre diciembre y enero y a su regreso a Bogotá quiso continuar con su relación con el Cinep, sin embargo esto fue mal visto pues Yáñez mostraba un interés “continuo de información sobre lo que estábamos haciendo en el centro” (El Tiempo, 1979, 5 de agosto, p. 4B).

Cuatro meses después, cuando el padre Alejandro Angulo y el padre Fernán González, ambos antiguos directores del Cinep vieron el noticiero y se enteraron de la captura de los asesinos de Rafael Pardo Buelvas. La sorpresa fue enorme cuando vieron la fotografía de Alfredo Camelo y se dieron cuanta de que era el mismo Federico Yáñez que había trabajado con ellos. Al día siguiente, dos empleadas del centro, la bibliotecaria y la jefa de personal no se presentaron a trabajar y en sus casas no daban razón de ellas (Alternativa, 1979, 1-8 de junio, p. 8). El padre Angulo y Gerardo Arango, provincial de los jesuitas, indagaron por ellas en distintas partes, pero al no tener pistas sobre su paradero, los levitas se dirigieron a la Brigada de Institutos Militares (BIM) donde eran llevados todos los presos, allí hablaron con el director, el general Miguel Vega Uribe quien de entrada negó tener a las dos señoras en su poder, sin embargo después de varias visitas el general tuvo que reconocer que las trabajadoras habían sido arrestadas y que el Cinep se encontraba bajo investigación debido a los presuntos nexos con Alfredo Camelo. Las señoras serían liberadas poco tiempo después pero sus relatos contarían sobre actos de torturas en los centros de reclusión, así se enteraron también que los sacerdotes Restrepo y Arango eran buscados también por las autoridades.22

En estas circunstancias, el juez tercero de instrucción penal militar Luis Eduardo López dictó auto de detención contra los padres Restrepo y Arango quienes fueron recluidos en el Casino de Oficiales de Infantería. El diario “El Siglo” afirmó que los jesuitas habían sido detenidos por estar directamente vinculados con la muerte de Pardo Buelvas. Dicha información debió ser rectificada por el padre Gerardo Arango, quien envió a la prensa un comunicado donde afirmó sobre los religiosos: “Estos padres están comprometidos

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Según los padres Alejandro Angulo y Fernán González, las señoras fueron recluidas en las caballerizas del norte de Bogotá donde eran vendadas y despertadas a la madrugada y encerradas con los demás prisioneros. Las señoras salieron de su detención, diez días después de su captura pero quedaron muy traumatizadas, por lo que tuvieron que dejar sus trabajos en el CINEP:

en su trabajo pastoral especialmente con los más pobres y rechazan todo tipo de acción violenta” (El Espectador, 1979, 27 de mayo, p. 11A). La defensa de los jesuitas fue puesta a cargo del abogado y mayor retirado Alirio Caycedo Gutiérrez cuyo primer acto fue solicitar al juez López que llamase a declarar a Álvaro Gómez Hurtado, director del “Siglo” debido a que Alfredo Camelo había trabajado en ese diario antes de su llegada al Cinep; el objetivo era conocer como era la actuación del individuo antes de su llegada al centro (El Espectador, 1979, 30 de mayo, p. 1A), sin embargo dicha solicitud fue rechazada. Igualmente el abogado Caycedo debió desmentir informaciones difundidas por “El Tempo” las cuales afirmaban que los religiosos tenían conocimiento de los planes de Camelo Franco y demás miembros del MAO para asesinar al ex ministro Pardo Buelvas (El Espectador, 1979, 30 de mayo, p. 2A).

La detención de los sacerdotes desató un nuevo debate en torno al concordato y quien tenía la competencia para juzgar a los religiosos. Los primeros en manifestarse fueron los abogados Jorge Enrique Cipagauta y Miguel Antonio Cano, quienes tres años atrás habían defendido a los religiosos cartageneros vinculados con el ELN. Según los juristas era un error creer que el fuero eclesiástico que cubría a los sacerdotes “opera solamente en la etapa del juicio pues se trata de una colisión de competencia entre dos jurisdicciones especiales, como lo son la ordinaria y la castrense y no entre dos jueces de instrucción, en este caso entre el señor comandante de la Brigada de Institutos Militares y el señor juez superior del distrito judicial de Bogotá y esa es la doctrina del Tribunal Disciplinario al respecto”, por tanto al haber ya jurisprudencia sentada en estos casos los jesuitas debían ser llevados ante la justicia ordinaria. De igual manera se pronunciaron los miembros de Sacerdotes para América Latina (SAL), Organización de religiosas para América Latina (ORAL), cristianos por el socialismo (CPS) y grupos cristianos por la Liberación Nacional y el Socialismo, en su comunicación estas organizaciones defendieron el carácter del artículo 20 del concordato y afirmaban que los cuarteles militares se habían convertido en “cárceles comunes a donde llevan todo tipo de detenidos y criminales comunes y presos políticos.” (El Espectador, 1979, 31 de mayo, p. 10A).

Por otro lado, el Cinep envió un comunicado a la prensa de 6 puntos en los cuales podemos destacar la explicación de las funciones del centro el cual era definido como “una institución dedicada a investigar las causas de la injusticia social en el país y a

divulgar los resultados de esa investigación a través de la educación, las publicaciones y la colaboración con las personas comprometidas en la abolición de esa injusticia”: Del mismo modo, el comunicado reiteraba el compromiso del Cinep y la condena a los actos de violencia: “La orientación evangélica del Cinep y las condiciones morales de sus miembros hacen incompatible su actuación en esta búsqueda de la justicia social con cualquier tipo de actividad terrorista. Por esto, la institución y todos sus miembros condenaron en su momento el asesinato del doctor Pardo Buelvas y rechazaran y condenarán en el futuro actos similares.” también en su comunicado, el Cinep afirmaba que “Las relaciones de los padres Restrepo y Arango con el señor Camelo no constituyen (...) ninguna prueba de complicidad en las actividades terroristas de que es acusado el señor Camelo pues estos las ignoraban.” (El Tiempo, 1979, 31 de mayo, pp. 1A y última A)

Tres semanas después, el Cinep publicó una misiva a los obispos del país donde denunciaba que el centro era víctima de señalamientos injustificados por parte del Estado y afirmaba que esta actitud ponía en peligro los procesos de evangelización en América Latina y que el objetivo estatal era torpedear la labor de la Iglesia: “En el caso de la detención de los padres Arango y Restrepo, no se trata de un hecho aislado; la detención de los sacerdotes, por parte de los militares colombianos. Se trata de una nueva muestra de la persecución a la que se ven sometidos los cristianos, sacerdotes, religiosos y obispos que buscan una mayor justicia en Latinoamérica. Es bastante sabido que en algunos países del continente la “Doctrina de la Seguridad Nacional” que quiere estorbar todo tipo de evangelización que busque denunciar y erradicar la situación de pecado estructural imperante. Se sabe igualmente que en Colombia se han dado algunos pasos que pueden conducir a un régimen de fuerza y opresión tal como el que rige en el cono sur latinoamericano” (El Espectador, 1979, 20 de junio, p. 8A)

Por otro lado se realizó el 27 de junio en el Cinep el foro “Justicia Militar y Fuero Eclesiástico” donde se analizó la situación del Concordato y la Justicia Penal Militar a raíz de la detención de los sacerdotes. Destacados juristas discutieron en torno a la situación de los jesuitas detenidos por el caso Pardo Buelvas. Para el Doctor Alfredo Vásquez Carrizosa el concordato había sido violado desde el primer instante en que los jesuitas ingresaron en prisión, pues el concordato es un tratado internacional que implica que los sacerdotes no podían ser juzgados como personas comunes. En segundo

lugar el doctor Jaime Vidal Perdomo manifestó que la política de Estado de Sitio no implica modificaciones al Concordato, el cual es una ley de carácter superior por lo que no puede ser alterada por una ley de carácter ordinario como el Estado de Sitio. El abogado Jorge Enrique Cipagauta recordó el caso de Cartagena en el que una monja y dos sacerdotes fueron detenidos y gracias a la mediación del Arzobispo de la ciudad y paso por distintos tribunales lograron que el Tribunal Disciplinario de Bogotá reconociera que los sacerdotes no podían ser juzgados por los militares. Finalmente el Magistrado Miguel Lleras Pizarro ratificó que si bien no estuvo de acuerdo con el concordato en la manera en que planteó esta ley, se convierte en el único instrumento de la defensa de los sacerdotes jesuitas y asimismo ratificó que la política de estado de Sitio no ha podido disminuir los índices de violencia y delincuencia.23

A pesar de estos señalamientos y las denuncias sobre irregularidades en el proceso, el abogado Alirio Caycedo Gutiérrez, declaró que no se estaban presentando violaciones al concordato, como se había denunciado. Según el abogado aunque lo concerniente al juzgamiento de religiosos era asunto de la justicia ordinaria, esto no obstaba para la actuación de la instrucción penal militar. Asimismo, los jesuitas estaban recluidos en el Casino de oficiales el cual no se podía considerar como una “cárcel ordinaria” de las que prohibía el concordato. El abogado de los religiosos dio un parte de tranquilidad argumentando que tan pronto como terminase la parte investigativa, los sacerdotes pasarían a manos de un juez ordinario quien también recibiría el expediente con la parte investigativa (El Espectador, 1979, 4 de junio, p. 16A).

En medio de esta polémica situación, apareció publicada en la prensa una carta de Alfredo Camelo Franco en la cual el individuo afirmaba que nunca había inculpado a jesuitas como se afirmó inicialmente, también Camelo reiteró que había sido víctima de torturas por parte de las Fuerzas Militares durante su detención: “Los sacerdotes Luis Alberto Restrepo y Jorge Arango son por lo demás ajenos a mis actividades personales y mucho más a las circunstancias casuales y ajenas a mi voluntad que determinaron el hecho de que mi nombre apareciera vinculado a las actividades de la organización Autodefensa Obrera (...) Deben saber también los colombianos que durante los primeros 13 días de mi detención, tiempo durante el cual fui sometido a toda suerte de vejámenes

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Las principales conclusiones de este foro pueden encontrarse en la edición 74 de la serie Controversia “Iglesia y Justicia Militar”

y sofisticados tratamientos de tortura física y psicológica, se me quiso obligar en forma reiterada, por parte de los torturadores a que profiriera distinto tipo de acusaciones, que me eran señaladas por ellos contra diferentes personas entre los cuales se encuentran varios sacerdotes jesuitas además de los tenidos (...) estas presiones a las que fui sometido también incluían que acusara directamente a la Compañía de Jesús y al Cinep como supuestas coberturas para financiar a las organizaciones M-19 y Autodefensa Obrera” (Alternativa, 1979, 21-28 de junio, p. 10).

Con base en estas declaraciones, el abogado Caycedo Gutiérrez solicitó al general Vega Uribe que revocase el auto de detención contra los religiosos argumentando que las cartas implicaban una exculpación a los religiosos pues Camelo era el único que podía acusarlos y hasta ahora la única prueba de los militares contra los religiosos era que con ellos había trabajado Camelo. El abogado afirmó que en caso de que el general rechazase la solicitud de revocatoria, los sacerdotes debían pasar inmediatamente a manos de la justicia ordinaria (El Espectador, 1979, 24 de junio, p. 20A).

Sin embargo, la solicitud del abogado Caycedo Gutiérrez, fue desatendida por el general Vega Uribe quien dio prioridad al proceso contra el MAO. Cuya fase de instrucción militar estaba finalizando. En esta situación fue dejado en libertad el sindicado Fernando Orjuela Lozano quien se desempeñaba como profesor de la Universidad Externado y había sido vinculado como miembro del MAO por su militancia en el “Partido Obrero Revolucionario” al cual se le atribuían varias acciones armadas contra la aerolínea Iberia, sin embargo las capturas habían permitido que esta organización se disolviese en 1976, al poco tiempo de su nacimiento, con base a este argumento a Orjuela Lozano le fue revocado el auto de detención que le había sido impuesto en abril de este año, junto a Camelo y los demás miembros del MAO, los cuales quedaron a disposición del general Miguel Vega Uribe quien actuaría como juez de primera instancia y debería decidir si convocaba a los detenidos a consejo de guerra (El Tiempo, 1979, 22 de junio, p. 6C).

El general Vega Uribe convocó para el martes 3 de julio al MAO a consejo de guerra, en su providencia se dejó en libertad Israel Edmundo Zuñiga y María Maritza Rodríguez contra quienes no había pruebas suficientes de su vinculación al MAO. De esta manera los miembros del MAO fueron juzgados por el homicidio de Rafael Pardo

Buelvas y por el delito de rebelión. Por un lado por el magnicidio del ministro fueron llevados ante la justicia Alfredo Camelo Franco, Manuel Bautista González alias “Raúl” y Armando López Suárez alias “Coleta”, también fueron sindicados del homicidio Héctor Fabio Abadía Rey y Edgardo Abadía Rey quienes serían juzgados como reos ausentes. Por otro lado, se juzgo por rebelión a los otros seis miembros del MAO: Juan Manuel González Puentes y Héctor Julio Sierra quienes se encontraban presentes mientras que Claudio Arturo Medina24, Mariana Amaya Rey, Constanza Abadía Rey y Adelaida Abadía Rey serían juzgados en calidad de reos ausentes. En cuanto a los jesuitas, estos quedarían en manos de la justicia ordinaria, instancia que determinaría su inocencia o culpabilidad. (El Tiempo, 1979, 29 de junio, pp. 1A y 2A)

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