En el Archivo No. 3 se detallan las partidas por estado e inmueble. Archivo No. 3
PARTIDAS.xlsx
Asimismo, se sujetará a lo siguiente:
1. Al inicio del contrato “LA CORPORACIÓN” deberá garantizar que el primer turno de Elementos de Vigilancia de 12x12 o de 24x 24 cubran a partir de las 00:00 horas del día 01 de octubre de 2015 .
2. Al término del contrato “LA CORPORACIÓN” deberá cubrir hasta las 23:59 horas del día 31 de diciembre de 2015 con el personal de 12 por 12 o 24 por 24 armado o desarmado según sea el caso. 3. A la notificación del fallo, “LA CORPORACIÓN” designará un supervisor para los inmuebles que
incluya el contrato sin costo para “El SAT” y lo dará a conocer oficialmente.
4. El control, supervisión y seguimiento de los servicios que proporcione “LA CORPORACIÓN” en los inmuebles de “EL SAT”, estará a cargo del responsable que designe por inmueble el servidor público encargado de Verificar y Aceptar el Servicio por parte de “El SAT” en coordinación con el supervisor que designe “LA CORPORACION”.
5. “LA CORPORACION“, se obliga a prestar el Servicio de los Elementos de Vigilancia en cualquiera de los inmuebles de “EL SAT” indicados en el plan de trabajo de acuerdo al Archivo No. 1 del Anexo I – A, así como a sujetarse a cualquier cambio de sede por cuestión de operación de las áreas asignadas a los inmuebles citados, o causas de fuerza mayor, atendiendo a las necesidades del servicio.
6. “EL SAT” entregará a la fecha de notificación de fallo a “LA CORPORACIÓN”, la normatividad, lineamientos y consignas institucionales para la prestación del servicio, por lo cual, “LA CORPORACIÓN” se obligará a conocer y a dar a conocer a su personal, las mismas, previo al inicio
de la prestación del servicio y deberá instruir al personal designado para prestar los servicios a que las observen y acaten, acción que acreditará mediante documento con las firmas autógrafas de enterado de los Elementos de Vigilancia. Dichos documentos deberán ser entregados al Responsable de Verificar y Aceptar el Servicio por parte de “El SAT” en un término no mayor de diez días hábiles.
Elemento de Vigilancia a su servicio y se obliga a retirar y sustituir en un plazo igual al Elemento de Vigilancia que le sea reportado por el responsable por inmueble, designado por el encargado de Verificar y Aceptar el Servicio, previa notificación del informe de irregularidades al encargado de turno por parte de “LA CORPORACIÓN”, sujetándose a los criterios citados en ANEXO- ID de DEDUCTIVAS.
8. Los Elementos de Vigilancia que presten el servicio en los inmuebles de “EL SAT” deberán abstenerse de utilizar el material, mobiliario de oficina y equipo de cómputo que no se le haya asignado para sus actividades.
9. “EL SAT” se reserva el derecho de solicitar la sustitución de cualquier elemento en los siguientes casos: inobservancia a las políticas y normatividad vigente, indisciplina, ausencias, negligencia, omisiones, impericia, por falta de capacidad que demuestre en el servicio de vigilancia; así como, por presentar síntomas de cansancio por situaciones de diversa naturaleza.
10. “LA CORPORACION” deberá contar con una plantilla equivalente al 20% de los Elementos de Vigilancia adicional a los que presten el servicio, sin costo adicional para “EL SAT”. Estos elementos garantizarán el reemplazo de aquellos que debiendo prestar el servicio, incurran en cualquiera de los siguientes incumplimientos:
a. Por inasistencia; b. Vacaciones; c. Licencia médica; o
d. Por cualquier otra causa que impida que se presenten a servicio.
11. “LA CORPORACIÓN” entregará al encargado del inmueble que designe el responsable de Verificar y Aceptar el Servicio, previo al inicio del servicio, la relación con nombre y fotografía de los elementos que prestarán el servicio, misma que podrá ser actualizada o modificada previo conocimiento y de acuerdo con el Responsable de Verificar y Aceptar el Servicio..
12. “LA CORPORACIÓN” debe contar con personal de supervisión, por su cuenta y cargo, sin costo
para “EL SAT”, durante la vigencia del contrato, quienes efectuarán la supervisión, en cada uno de los inmuebles en que se preste el servicio, mismos que en su caso, registrarán con firma y hora en el formato correspondiente.
13. “LA CORPORACION” está obligada a atender de inmediato las observaciones que le haga el encargado del inmueble designado por el responsable de Verificar y Aceptar el Servicio, en relación a la conducta inapropiada es incumplimiento de las consignas por parte de cualquier Elemento de Vigilancia en servicio y tomar en cada caso la o las medidas necesarias para corregir las anomalías señaladas.
14. “LA CORPORACIÓN” adjuntará a su propuesta técnica, copia simple de su registro y/o autorización para prestar los servicios de “Seguridad Privada”, emitido por la Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Gobernación y de la autoridad Estatal.
15. “LA CORPORACION” debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley
técnica, documento original de Autorización de Prestación de Servicios de Seguridad Privada expedido por la Dependencia Federal Correspondiente.
16. “LA CORPORACION” entregará a “EL SAT” dentro de su propuesta técnica, copias simples de los planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes, acorde a los siguientes rubros: seguridad en instalaciones; protección civil; control de accesos; combate de fuego mediante hidrantes y extintores, así como seminarios y/o cursos sobre relaciones públicas o humanas, de conformidad a las modalidades en que se prestará el servicio, así como la constancia que acredite su registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así mismo se deberá anexar el Formato DC-2 (Presentación del plan y programas de capacitación y adiestramiento) debidamente actualizado, a nombre del licitante, así como el original y/o copia certificada de la constancia expedida por la referida Secretaría donde la certifica como empresa capacitadora a través del formato DC-5 (Solicitud de registro de agente capacitador externo) actualizado y vigente. Asimismo, copia del registro de los planes y programas de capacitación ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
17. “LA CORPORACION” proporcionará capacitación y adiestramiento al total de su personal asignado para la prestación del servicio de “EL SAT” como mínimo dos veces al año, para lo cual deberá entregar constancia de dicha capacitación a “EL SAT” a mas tardar 120 días naturales antes de la terminación del contrato acorde a la modalidad de la prestación del servicio, con la cual se acredite que se proporcionó capacitación y adiestramiento.
18. “LA CORPORACIÓN” deberá cubrir a satisfacción de “EL SAT” con todas sus obligaciones fiscales en tiempo, forma y oportunidad, así mismo deberá haber inscrito al personal que prestará el servicio de vigilancia en la Institución de Seguridad Social y Servicio Médico (IMSS) que le corresponda, por lo que deberá comprobar a través de las 3 últimas cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales con los pagos de seguridad social dentro de la propuesta técnica y compruebe que se encuentra al corriente de esta obligación con el personal que prestará sus servicios en “EL SAT”. 19. En caso de robo de bienes o información propiedad de “EL SAT”, se realizará un dictamen con la
colaboración de “LA CORPORACIÓN” a través del responsable de la Administración y Verificación del Cumplimiento del Contrato, donde se determine la posible negligencia de los elementos de vigilancia o del personal de “EL SAT” y por medio del cual se definirá la responsabilidad que le compete a cada una de las partes.
20. Respecto de la Clave Única de Identificación Personal (CUIP):
a. “LA CORPORACIÓN” entregará como parte de su propuesta técnica, la ficha técnica del total del personal asignado al servicio, el cual deberá de contener la Clave Única de Identificación Personal (CUIP);
b. “LA CORPORACIÓN” entregará al encargado del inmueble designado por el responsable de Verificar y Aceptar el Servicio, en el momento en que se le requiera, la ficha técnica del personal asignado al servicio, el cual deberá de contener la Clave Única de Identificación Personal (CUIP).
c. Si existe baja y sustitución de Elementos de Vigilancia, “LA CORPORACIÓN” entregará al responsable de la verificación y aceptación de los servicios, la actualización de la ficha
Personal (CUIP).
21. “LA CORPORACIÓN” deberá presentar como parte de su propuesta copia simple del documento oficial que compruebe la realización de exámenes médicos, psicológicos y toxicológicos aplicados al personal que prestará el servicio en los términos que establece el Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada, mismos que no podrán ser anteriores a 60 días naturales antes de la fecha de inicio del contrato.
22. Si existe baja y sustitución de Elementos de Vigilancia, “LA CORPORACIÓN” deberá entregar al, responsable de la Verificación y Aceptación de los servicios, copia simple del documento oficial que compruebe la realización de exámenes médicos, psicológicos y toxicológicos aplicados al personal que prestará el servicio en los términos que establece el Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada, mismos que no podrán ser anteriores a seis meses contados a partir de la referida sustitución.
23. “LA CORPORACIÓN” deberá presentar en su propuesta técnica carta bajo protesta de decir
verdad, en la que manifieste que los Elementos de Vigilancia que asigne para la realización del servicio, reunirán los siguientes requisitos:
a. Sexo femenino o masculino atendiendo a las necesidades del servicio; b. Edad mínima de 20 hasta una máxima de 45 años;
c. Escolaridad mínima de secundaria terminada y acreditada mediante certificado; d. Estar inscrito en el Registro Nacional de Seguridad Pública; y
e. No tener tatuajes, perforaciones o aretes.
24. “LA CORPORACIÓN” deberá contar con oficinas permanentes, base de radiocomunicación y
control, línea telefónica y personal que atienda los reportes de emergencias las 24 horas del día durante la vigencia del contrato. Sujetándose a lo establecido dentro del ANEXO I-D de “DEDUCTIVAS”.
25. “LA CORPORACIÓN” desde el primer día de prestación del servicio, dotará a cada Elemento de
Vigilancia del equipo básico con el que prestará el servicio, mismo que se señala a continuación: de forma enunciativa mas no limitativa, siendo el siguiente:
a. Uniforme rotulado con el nombre de la institución, y en condiciones óptimas. b. Gafete o identificación de la empresa con nombre, fotografía, firma y folio c. Fornitura con porta tolete, porta gas y porta lámpara.
d. Tolete o tonfa (PR-24).
e. Aerosol lacrimógeno o gas lacrimógeno. f. Aros aprehensores. (cintillos de plástico)
g. Radiotransmisor y base repetidora de comunicación, con el permiso para operar los equipos, así como para el uso de la frecuencia o similar, siempre y cuando se mantenga la comunicación mientras este prestando el servicio.
h. Lámpara DE ALTO ALCANCE RECARGABLE (tipo magnalite). i. Reloj.
j. Silbatos k. Bolígrafos. l. Libretas.
m. Detector Manual de Metales.
n. Mesa de trabajo fabricada en metal para instalar en intemperie, para revisión de maletas objetos personales que salgan de las instalaciones.
26. “LA CORPORACION” deberá garantizar a “EL SAT”, el relevo (cambio de turno) de los Elementos de Vigilancia dentro de los horarios establecidos en el presente Anexo Técnico.
27. El manejo y custodia del equipo policial asignadas al servicio, será responsabilidad total del Elemento de Vigilancia que lo tenga bajo su resguardo, debiendo mantenerla en buen estado. 28. Es obligación del Elemento de Vigilancia adoptar en todo momento las medidas de seguridad en el
uso del equipo policial en lugar seguro y fuera del alcance de empleados y visitantes de “EL SAT”, verificando que esté en perfecto estado y funcionamiento, así mismo verificará que cuente con lo necesario para iniciar su servicio, registrando en bitácora de novedades de este proceso.
29. “LA CORPORACIÓN” deberá de presentar en su propuesta técnica, constancia de no haber recibido sanción alguna por parte de la Dirección General de Prestación de Servicios de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación.
30. “LA CORPORACIÓN” deberá disponer al menos de un vehículo para servicio por cada 20 elementos que se establezcan en el plan de trabajo del contrato sin costo alguno para “El SAT”. 31. “LA CORPORACIÓN” deberá presentar en la propuesta técnica constancia de tener en su plantilla
al menos 300 elementos para la prestación de servicio.
32. Se instalaran sin costo para el SAT cámaras de circuito cerrado con computadora o monitor y
grabación, en los Almacenes y Patios fiscales, esto en común acuerdo con los responsables de
cada localidad, con las siguientes características: a) Grabador de video, monitor y cámaras.
b) Computadora de 80 GB, con mouse, teclado y CPU
c) Aparato DVR con disco duro de grabación de 180 GB para conexión de cámaras a computadora d) Cámaras a color de 330 líneas de resolución.
e) Gabinete de exterior para cámara. f) Soporte para cámaras.
g) Lentes de 3.3 a 8 mm con iris automático h) Fuentes de poder.
k) El equipo deberá ser a color.
l) Deberá de entregar un respaldo de las videograbaciones solicitadas por el sat a través de CD o USB dos o tres eventos por mes o según se requiere los cuales deberán de ser sin costo adicional para el SAT.
Se sugiere marca SYSCOM, PENTAPLEX, 16 canales, compact disc o similar.