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CÓDIGO: P6-35-435-4 INGENIERO IV

DENOMINACIÓN DEL CARGO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico legal de los predios de las comunidades campesinas y terrenos eriazos, de acuerdo a la normatividad vigente.

Realizar el proceso de diagnóstico en la Oficina Registral y otros a fin de buscar información sobre los antecedentes registrales de las comunidades campesinas y terrenos eriazos a sanear.

Programar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar el proceso de reconocimiento, deslinde y titulación de las comunidades campesinas y tierras eriazas.

Conducir y organizar el archivo técnico del proceso de titulación de terrenos de las comunidades campesinas y terrenos eriazos.

Verificar, calificar y dar respuesta a los usuarios de los expedientes administrativos de los terrenos eriazos.

Mantener actualizado el registro y padrones de las comunidades campesinas y terrenos eriazos del ámbito Regional.

Coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de políticas, estrategias, normas, lineamientos, planes, programas regionales referido a los temas de comunidades campesinas y terrenos eriazos.

Las demás funciones que le asigne el Director de Programa Sectorial III

2. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

Depende directamente del Director Programa Sectorial III

Tiene mando directo sobre el Abogado IV y el Técnico en Ingeniería II.

3. REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional de Ingeniero en la especialidad requerida. Capacitación especializada en Gestión Ambiental.

Amplia experiencia en la conducción de programas especializados de ingeniería. Estar Colegiado y habilitado.

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CÓDIGO: P6–40–005-4 ABOGADO IV

DENOMINACIÓN DEL CARGO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Dirigir y coordinar el proceso de saneamiento físico legal de los predios de las comunidades campesinas y terrenos eriazos, de acuerdo a la normatividad vigente

Prestar asesoramiento especializado en asuntos de su competencia.

Realizar el proceso de diagnóstico en la Oficina Registral y otros a fin de buscar información sobre los antecedentes registrales de las comunidades campesinas y terrenos eriazos a sanear.

Conducir y organizar el archivo técnico del proceso de titulación de terrenos de las comunidades campesinas y terrenos eriazos.

Mantener actualizado el registro y padrones de las comunidades campesinas y terrenos eriazos del ámbito Regional.

Coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de políticas, estrategias, normas, lineamientos, planes, programas regionales referido a los temas de comunidades campesinas y terrenos eriazos.

Las demás funciones que le asigne el Director de Programa Sectorial III.

2. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Depende directamente del Ingeniero IV.

Tiene mando directo sobre Técnico en Ingeniería II

3. REQUISITOS MÍNIMOS.

Título de Abogado.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en actividades técnico legales. Experiencia en conducción de personal.

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CÓDIGO: T5-35-775-2 TÉCNICO EN INGENIERIA II

DENOMINACIÓN DEL CARGO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Ejecutar las actividades propias del levantamiento catastral (empadronamiento linderación y verificación de la explotación económica de los predios rurales)

Verificar y revisar el material cartográfico, o que el equipo GPS diferencial, este operativo, así como la documentación entregada por el jefe de grupo o el jefe de brigada (manual credenciales, croquis del sector a liderar y empadronar, fotocopia de las fotos o ampliaciones y/u orto fotos, fichas catastrales rurales, notificaciones cartas de designación de representantes, formatos fichas técnicas, útiles etc.)

Comunicar a los propietarios o poseedores de los predios, antes de comenzar el levantamiento catastral (empadronamiento, linde ración y verificación e la explotación económica), sobre el inicio de este.

Efectuar el empadronamiento de propietarios o poseedores de predios rurales (llenado de ficha catastral rural y recopilación de toda la documentación e información que sirva de base para acreditar el derecho de posesión o de propiedad en aplicación de la legislación de la materia).

Verificar la explotación económica de los predios, aplicando los criterios y especificaciones en el manejo de los cultivos y crianzas, según lo establecido en el presente manual.

Ejecutar la linde ración de predios rurales (reconocimiento, verificación y foto identificación o levantamiento con GPS sub métrico o estación total, según corresponda), previo estudio que deberá efectuar de las fotografías que cubra el área asignada, con vista al mapa temático y mosaico de propiedades, e iniciar el recorrido según convenga para el avance del trabajo. Mantener informado de las acciones diarias a su jefe de grupo o jefe de brigada.

Presentar informes semanales en tiempo oportuno, según disposiciones.

Ejecutar otras acciones relacionadas a la etapa de levantamiento catastral, que le asigne el ingeniero jefe de brigada o jefe de grupo.

Coordinar y recabar del equipo de diagnóstico, la información recopilada de las instituciones públicas respecto a la unidad territorial donde se efectuara el levantamiento catastral, así como el mosaico de propiedades con los antecedentes registrales.

Paralelamente y de manera constante, presentara asesoría directa al jefe de brigada, jefe de grupo y/o verificadores catastrales, en materia legal vinculada a las actividades de levantamiento catastral.

Apoyar al verificador catastral en la labores de empadronamiento, verificando que con la documentación entregada por los poseedores o propietarios se cumpla con los requisitos legales establecidos en las normas vigentes para la titulación de predios rústicos.

Atender a las consultas formuladas por los agricultores.

Brindar orientación legal a los agricultores, dictando charlas sobre los beneficios de la formalización, los requisitos e información exigidos por la norma.

Conformar los expedientes de titulación y propiedad, así como los de rectificación de área, perímetro y linderos, debidamente foliados, revisando los documentos presentados y efectuando el seguimiento respectivo, cuando corresponda.

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colindantes y/o vecinos, para cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado por D.S. Nº 032-2008-VIVIENDA verificando la identidad personal de los declarantes, con vista a sus respectivos documentos e identidad personal.

Verificar que la documentación que acredita la posesión presentada por el titular corresponda a los originales que ha tenido a la vista.

Suscribir el correspondiente informe de pre evaluación (según formato Anexo 10), en casa expediente de titulación y propiedad, conjuntamente con el jefe de brigada o jefe de grupo, según sea el caso, una vez que se cuente con la base gráfica culminada.

Verificar la uniformidad de datos contenidos en la ficha catastral rural.

Apoyar permanentemente al jefe de brigada en la elaboración de los cuadros estadísticos finales.

Ejecutar otras acciones que se le asigne, vinculada a los aspectos legales. Las demás funciones que le asigne el Director de Programa Sectorial III.

2. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

Depende directamente del Ingeniero IV.

3. REQUISITOS MÍNIMOS

Título de Técnico en Topografía y/o estudios de Ingeniería. Capacitación especializada en área.

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