Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Piura y sus Redes de Salud de Piura Castilla, Bajo Piura, Huancabamba y Huarmaca, que consta de Mil cuatrocientos ochenta y cinco (1485) cargos necesarios, de los cuales Mil ciento cuatro (1104) cargos son ocupados y Trescientos ochenta y uno (381) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Sub Regional de Salud Sullana, y sus Redes de Salud de Sullana y Ayabaca, que consta de Mil quinientos veinte (1520) cargos necesarios, de los cuales Quinientos setenta y cinco (575) cargos son ocupados y Novecientos cuarenta y cinco (945) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección de Red de Salud Morropón Chulucanas, que consta de Setecientos cincuenta y siete (757) cargos necesarios, de los cuales Trescientos ochenta y ocho (388) cargos son ocupados y Trescientos sesenta y nueve (369) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
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Artículo Cuarto.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Apoyo II - 2 Sullana, que consta de Quinientos cuarenta (540) cargos necesarios, de los cuales Cuatrocientos veinticuatro (424) cargos son ocupados y Ciento dieciséis (116) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Chulucanas, que consta de Cuatrocientos ocho (408) cargos necesarios, de los cuales Ciento veintisiete (127) cargos son ocupados y Doscientos ochenta y uno (281) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Apoyo II - 1 “Nuestra Señora de las Mercedes” de Paita, que consta de Noventa y seis (96) cargos necesarios, de los cuales Sesenta y ocho (68) cargos son ocupados y Veintiocho (28) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sétimo.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Gerencia Regional de Desarrollo Social, el cumplimiento de lo señalado en los “Lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2010 en el marco de las Leyes Nº 28498 y 28560, y Decreto de Urgencia Nº 094-2009, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales”, aprobados con Decreto Supremo Nº 005-2010-SA, teniendo en consideración los plazos previstos en la mencionada norma.
Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación En Piura, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil diez.
PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil diez.
CESAR TRELLES LARA Presidente Regional
Corrigen error incurrido en la R.D. Nº 051-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR RESOLUCION DIRECTORAL Nº 30-2010-GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR
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VISTOS, el Informe INFOME Nº 001-2010-GRP-DREM-D(T)CCM-OAJ-HFGLM-BOCE., evacuado por los profesionales del área de Concesiones y Catastro Minero de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura, Resolución Nº 051-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR. la Vista.
CONSIDERANDO:
Los errores materiales tipográficos circunstanciales son susceptibles de ser corregidos, con el fin de evitar nulidades posteriores.
Siendo las normas procedimentales de orden público y de estricto cumplimiento, como son las del procedimiento ordinario minero, establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería D.S. Nº 014-92-EM.
Encontrándose pendiente de emitir el correspondiente certificado de consentimiento se hace necesario enmendar el error circunstancial anotado en el informe que escolta la presente resolución.
De conformidad con el Texto Único de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, Ley General de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, Ordenanza Regional Nº 145-2008/GRP-CR, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo competencia el Gobierno Regional de Piura, ejerciendo la función específica su Dirección Regional de Energía y Minas; y demás normas reglamentarias y complementarias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- CONFECCIONAR, una síntesis contenida en FE DE ERRATAS, respecto del error circunstancial anotado en el informe que se escolta, tomando como referencia el Diario Oficial El Peruano de fecha 20 de febrero de 2010.
Artículo 2.- OFICIAR a la Presidencia de este Gobierno Regional Piura, con el fin de publicar y enmendar el error advertido Interviniendo el señor ingeniero Héctor Olaya Castillo, como Director Regional de Energía y Minas el Gobierno Regional Piura, por Disposición Superior. Regístrese y comuníquese.
HÉCTOR OLAYA CASTILLO
(e) Director Regional de Energía y Minas
Fe de Erratas.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-2010-GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR Mediante Resolución Directoral Nº 051-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR., se publicó la lista de Derechos Mineros otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura, en el mes de junio 2009, por error se consignó:
ARCO IRIS 3. DEBE DECIR: ARCO IRIS IV.-