Equation 3. 1: A model as a mathematical equation
3.8 Inventory management
En este último aspecto, se debe reconocer que el Turismo, como actividad socio- cultural que gravita directamente en el comportamiento de la economía local y regional, y en el status socio-cultural de una comunidad, contribuye en el deterioro de un patrimonio natural y cultural, sustento de esta actividad, lo cual debe evitarse mediante un plan de gestión ambiental-turístico cultural, que responda entre otras
preguntas: ¿Cuántos visitantes son suficientes? De allí que la gestión del patrimonio cultural arqueológico es determinante en toda intervención conservadora, diríamos con más propiedad, la “conservación del medio ambiente es un pre requisito en toda
propuesta de intervención conservadora de un sitio arqueológico" (Morales 2003:
90).
En tal propósito, los países industrializados han desarrollado acciones conjuntas y efectivas para proteger, conservar y acondicionar su patrimonio cultural, aprovechando sus valores en un "uso público" sostenible o restringido, en lo ambiental, económico y social, como sucede con la Cueva de Altamira en España, que se encuentra cerrada a la visita turística y ha obligado a la construcción de una réplica. La filosofía de esta decisión parte de dos principios: la necesidad de compatibilizar la conservación de la cueva con la legítima aspiración de la ciudadanía a conocer el patrimonio de su pasado, y el convencimiento de que esa conservación es inviable en el marco de un régimen de visitas masivas similar a comienzos de los años 70.
Mientras tanto, los países del Tercer Mundo mantienen una actitud contraria y lesiva a la conservación de sus raíces étnico-culturales, en una situación que no sólo se agrava por el avance acelerado del proceso de deterioro, sino también por la ausencia de instrumentos técnico-legales y recursos económicos que contribuyan en su real protección y transmisión a futuras generaciones. En el Perú, algunos monumentos arqueológicos son casos excepcionales por contar con Planes de Manejo, como Machu Picchu, Pachacamac y Chan Chan. Sin embargo, estas herramientas tienen una particular orientación hacia la investigación y conservación del Patrimonio Cultural, dejando el tema ambiental en un segundo plano o como una somera descripción del paisaje, a pesar de ser el elemento contenedor de este Patrimonio Cultural, con el cual forma una unidad geohistórica.
En el caso de Chile, registramos en el estudio “Impacto Ambiental Arqueológico en la Región de Antofagasta” que la conservación de los sitios arqueológicos está severamente afectada por el impacto ambiental que genera la sociedad contemporánea, el crecimiento urbano, la actividad rural, los proyectos de ingeniería y aun los megaproyectos, que contribuyen a una acelerada extinción del patrimonio
arqueológico. El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por el momento, debido a su fragilidad en tanto sistema de administración de informaciones ambientales relevantes al impacto arqueológico, no detiene la extinción, sólo da cuenta de ella, permitiendo establecer una crónica de esta destrucción, en la medida que los especialistas registran los sitios arqueológicos y los incluyen en sus informes (Tamblay 2004: 8).
En esta búsqueda de referencias nos encontramos con un caso controvertido: el Manejo del Recurso Arqueológico en Rapa Nui, Isla de Pascua, Chile. El primer Estudio de Impacto Ambiental se realizó en 1993, en el sector de Vai A Tare, junto al cráter de Rano Kau. El sitio tiene importantes componentes tradicionales, arqueológicos y ambientales, pero un estudio geológico había determinado que era la única fuente de rocas para la construcción del puerto de Papa Haoa, frente al poblado de Hanga Roa. El estudio resultó negativo para el proyecto, en primer lugar por el impacto que tendría en el patrimonio natural y cultural, aparte de que la roca no era adecuada ni suficiente para la construcción del puerto (Ramírez 2004: 7).
Sin embargo, a pesar de este estudio, no existe un plan de manejo de la isla. Las intervenciones sobre el patrimonio se han venido realizando sin una planificación sistemática, sino de acuerdo a la ocasional llegada de financiamiento para proyectos específicos. Los recursos más importantes se han dedicado a la restauración de sitios monumentales y a la construcción de cercos para su protección. En todo caso, la aplicación de los principios del desarrollo sustentable parece ser una absoluta utopía en la isla (Ibidem: 9).
Finalmente, en la Gestión de Recursos Culturales Arqueológicos en el Norte de la Provincia de Mendoza, Argentina, queda en claro que todas estas experiencias tienen en común la gestión de procedimientos en relación con las posibilidades legales e institucionales vigentes, así como con las posibilidades del medio profesional, particularmente en cuanto a la participación de arqueólogos en los proyectos. Asimismo, significaron una movilización comunitaria, con mayor o menor énfasis según los casos, al igual que la intervención de profesionales de otras áreas del conocimiento (Bárcena 2004).
En los casos en que ha sido sometido a su consideración, la Comisión de Arqueología ha emitido opinión sobre asuntos relativos a la posible existencia de bienes arqueológicos e impacto probable sobre ellos, correspondientes a determinadas áreas provinciales sujetas, por ejemplo, la exploración con fines de explotación petrolífera. En tales casos, considerando la opinión previa de profesionales de la Dirección de Patrimonio, se sugirió convocar para los estudios de impacto y disminución de los efectos a personas especializadas que realizaron investigaciones arqueológicas en el área tratada.
La propia ley no alcanza a ordenar claramente tópicos como el aludido más arriba, de importancia creciente en una sociedad que tiende cada vez más a la preservación ambiental y que reconoce paulatinamente la necesidad de resguardar su patrimonio, incluyendo el cultural y particularmente el arqueológico, comprendiendo la necesidad de las evaluaciones de impacto y de la supresión, mitigación, compensación de los efectos del mismo o, en los casos posibles, reposición de las cosas a su estado anterior. Su consecución fue, asimismo, un proceso, con un fuerte compromiso profesional y político, legitimado socialmente, que tuvo también una etapa de inflexión e impulso en 1989, con la creación del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, asumiéndose "la preservación del ambiente como objetivo político del Estado" (Ibidem: 7).
En este escenario argentino, la Ley 5.961 expresamente señala en el artículo 16°, que “la presente ley se aplicará para la defensa jurisdiccional: de los intereses difusos y los derechos colectivos, brindando protección a esos fines al medio ambiente, a la conservación del equilibrio ecológico, los valores estéticos, históricos, urbanísticos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos y paisajísticos”. Ante estas controvertidas situaciones se han desarrollado diversas reuniones técnicas, orientadas a establecer acuerdos internacionales como cuestión de Estado, como la ya referida Declaración de Xi’an sobre la Conservación del Entorno de las Estructuras, Sitios y Áreas Patrimoniales, en el marco de la 15ª. Asamblea General de ICOMOS del 21 de octubre de 2005. En este contexto se plantean cuestiones orientadas a definir esta relación. “Más allá de los aspectos físicos y visuales, el entorno supone una interacción con el ambiente natural; prácticas sociales o espirituales pasadas o presentes, costumbres, conocimientos tradicionales, usos o
actividades, y otros aspectos del patrimonio cultural intangible, que crearon y formaron el espacio, así como el contexto actual y dinámico de índole cultural, social y económica” (International Council on Monuments and Sites 2005).
Estas fuentes incluyen entre otros aspectos, las “tradiciones culturales, los rituales, las prácticas espirituales y los conceptos, así como la historia, la topografía, los valores del medio natural, los usos y otros factores que contribuyen a crear el conjunto de valores y dimensiones tangibles e intangibles del entorno. La definición del entorno debe conjugar armoniosamente su carácter, sus valores y su relación con el bien patrimonial” (Ibidem).