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Se deben adjuntar documentos o pruebas acompañados de los respectivos soportes que permitan establecer inequívocamente la disponibilidad de los recursos técnicos ofrecidos.

Los documentos serán suministrados bajo la responsabilidad del proponente, y deberán ser claros, expresos e irrebatibles.

La disponibilidad de recursos técnicos que no se acredite oportuna y suficientemente a través de medios de prueba señalados no se tendrá en cuenta, por cuanto es contentiva de elementos para la comparación objetiva.

Los requisitos solicitados en este numeral son de obligatorio cumplimiento, POR LO CUAL EL PROPONENTE DEBERÁ MANIFESTAR POR ESCRITO LA CIRCUNSTANCIA DE CUMPLIRLOS.

La propuesta que no cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas, será rechazada.

5.3.1. EXPERIENCIA PROBABLE DEL PROPONENTE

De conformidad con lo establecido en el numeral 1.1 del artículo 6.2.2.4 del Decreto 734 de 2012, para efectos de verificar la Experiencia Probable (E) del proponente como proveedor de los bienes a contratar, se tendrá en cuenta la información certificada en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio. En este sentido y acorde con lo señalado en el mencionado Decreto, el proponente deberá certificar una Experiencia Probable (E) igual o superior a tres (3) años.

En caso de Consorcio o Unión temporal, para efectos de la verificación de la experiencia probable, se procederá a sumar los años de experiencia como proveedor, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su sumatoria deberá ser igual o superior al número de años exigidos.

En todo caso, para efectos de la verificación de la experiencia probable se tendrá en cuenta el régimen de transición de que trata el artículo 6.4.6 del Decreto Nacional. 734 de 2012.

5.3.2. EXPERIENCIA ACREDITADA DEL PROPONENTE

Según lo dispuesto en los numerales 5 y 9 del artículo 6.1.1.2 y el numeral 1.2 del artículo 6.2.2.4 del Decreto Nacional 734 de 2012, la experiencia acreditada del proponente se demostrará con la información contenida en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, con hasta tres (3) contratos ejecutados, cuyo objeto sea similar o relacionado al objeto del presente proceso, los cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a. Por lo menos un contrato deberá tener un valor mayor al presupuesto oficial designado dentro del proceso por medio del cual se pretende contratar el proveedor. b. Los contratos deben haber sido totalmente ejecutados dentro de los TRES (3) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.

c. La sumatoria de los valores finales de los contratos acreditados, debe ser igual a 2 veces el valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV, del valor designado dentro del proceso por medio del cual se pretende contratar el proveedor.

PERIODO VALOR MENSUAL

Enero 1º de 2010 a diciembre 31 de 2010 $515.000 Enero 1º de 2011 a diciembre 31 de 2011 $535.600 Enero 1º de 2012 a diciembre 31 de 2012 $566.700

Y utilizando la siguiente fórmula: VP = (Vk ÷ SMfs) * SMfc; donde: VP = Valor presente de los contratos ejecutados.

Vk = Valor del contrato a la fecha de suscripción.

SMfs = Salario mínimo a la fecha de suscripción del contrato SMfc = Salario mínimo a la fecha de cierre del presente proceso

Si el Registro Único de Proponentes no contiene la información solicitada por la Entidad, el proponente deberá aportar las certificaciones con el fin de acreditar la experiencia requerida en el presente numeral, las cuales deben ser expedidas por las entidades públicas o privadas con las cuales ha celebrado y ejecutado los contratos,

firmada por la persona autorizada, con los datos de contacto a través de los cuales se puede verificar la veracidad de su contenido y como mínimo, con la siguiente información:

1. Empresa o entidad contratante, dirección, teléfono. 2. Nombre y firma de la persona que expide la certificación 3. Nombre del Contratista,

4. Número y objeto del contrato, 5. Fechas de inicio y terminación,

6. Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal, en este caso, el valor deberá corresponder al porcentaje de participación ejecutado por el proponente dentro del mismo.

7. Valor del contrato de sus adiciones si las hubiere y en general, toda aquella información que permita verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este proceso.

Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal, los participantes no podrán acreditar más de tres (3) contratos, los cuales serán sumados para establecer el cumplimiento de la experiencia aquí solicitada. No obstante, la experiencia requerida podrá ser acreditada por uno o más participantes del consorcio o la unión temporal. La entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes y solicitar los contratos y actas a fin de verificar las certificaciones aportadas por los oferentes.

En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soporte que sean del caso y que permita tomar la información que falte en la certificación.

En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones, la FIDUCIARIA DE OCCIDENTE podrá solicitar al proponente tales aclaraciones quien las debe suministrar en el plazo señalado.

Si el Registro Único de Proponentes no está renovado de conformidad con el Decreto Nacional 734 de 2012, se verificará los requisitos contemplado en el presente numeral, de conformidad con la información entregada por el proponente.

Para tal efecto, el proponente deberá acreditar experiencia mediante la presentación de máximo TRES (3) certificaciones, suscritas por el contratante, que acrediten el cumplimiento del proponente en contratos celebrados con entidades públicas o privadas, dos (2) de las cuales deben corresponder a contratos celebrados y terminados con entidades del Estado, durante los últimos tres (3) años.

Adicionalmente, las mencionadas certificaciones deben contener la siguiente información:

 Empresa o entidad contratante, dirección, teléfono  Nombre y firma de la persona que expide la certificación  Nombre del contratista

 El objeto.

 El valor del contrato y sus adiciones  Fecha de inicio

 Fecha de terminación

 Duración del contrato en meses

En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones, FIDUOCCIDENTE podrá solicitar al proponente tales aclaraciones quien las debe suministrar en el plazo señalado.

Si el Registro Único de Proponentes no contiene la información solicitada por la Entidad, el proponente deberá aportar las certificaciones con el fin de acreditar la experiencia requerida en el presente numeral, las cuales deben ser expedidas por las entidades públicas o privadas con las cuales ha celebrado y ejecutado los contratos, firmadas por la persona autorizada, con los datos de contacto a través de los cuales se puede verificar la veracidad de su contenido.

5.3.3. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co)

Se verificará de conformidad con los siguientes parámetros: 5.3.3.1. ORGANIZACIÓN TÉCNICA:

De conformidad con el numeral 3.1 del artículo 6.2.2.4 del Decreto 734 de 2012, el proponente deberá acreditar a través del Registro Único de Proponentes – RUP, una organización técnica compuesta mínimo por SEIS (6) personas vinculadas mediante una relación contractual.

Si el Registro Único de Proponentes no contiene la información solicitada por la Entidad, el proponente deberá aportar certificación suscrita por el representante legal de la persona jurídica, bajo la gravedad de juramento, en el cual indique contar con la organización técnica solicitada.

En caso de Consorcio o Unión temporal, para efectos de la verificación de la organización técnica, cada uno de sus integrantes deberá acreditar la organización técnica solicitada.

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