• No results found

Lesson 10: Using Internal EEPROM

Chapter 3. PICkit™ 3 Debug Express Lessons

3.10 Lesson 10: Using Internal EEPROM

Terminal o Estación de GNC o cargarlo con gas natural, se deben subsanar las observaciones y hallazgos de la revisión de seguridad de pre-arranque.

1. Se propone mejorar la redacción para

mejor entendimiento del requisito. Procede el comentario, para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se modifica la redacción del numeral 10.5.1, el cual queda como sigue:

7.1.8.1. Para poner en operación la Terminal o

Estación de GNC o cargarlo con Gas Natural, se deben subsanar las observaciones y hallazgos de la revisión de seguridad de pre- arranque.

Lunes 31 d

e julio de 2017

DIARIO OFICI

A

L

(Segunda Secció

n)

65

No. CONS No. Referencia (Numeral,

inciso) DICE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA DEL CONASEA

154 134 10.5.2 10.5.2 Se debe contar con los

medios y los procedimientos necesarios para prevenir posibles riesgos durante la transferencia de GNC y, en caso de ocurrencia, para proteger al personal y las instalaciones. Entre los posibles riesgos se deben considerar los siguientes:

a) Presión excesiva en los

recipientes que se están cargando.

b) Fugas en las mangueras de

trasferencia de GNC.

c) Se debe contar con dispositivos de

cierre y válvulas de aislamiento adecuados para controlar oportunamente las condiciones anormales en los sistemas de transferencia.

X.X.X. Para la transferencia de GNC se

debe contar con los procedimientos necesarios para prevenir posibles riesgos, en caso de ocurrencia, para proteger al personal y las instalaciones. Entre los posibles riesgos se deben considerar los siguientes:

a. Presión excesiva en los recipientes

que se están cargando.

b. Fugas en las mangueras de

trasferencia de GNC.Se debe contar con dispositivos de cierre y válvulas de aislamiento adecuados para controlar oportunamente las condiciones anormales en los sistemas de transferencia.

1. Se propone mejorar la redacción para

mejor entendimiento del requisito. Procede el comentario, para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se modifica la redacción del numeral 10.5.2, el cual queda como sigue:

7.1.8.2. Para la transferencia de GNC se debe

contar con los Procedimientos necesarios para prevenir posibles riesgos, en caso de ocurrencia, para proteger al personal y las instalaciones. Entre los posibles riesgos se deben considerar los siguientes:

a. Presión excesiva en los recipientes que se

están cargando;

b. Fugas en las mangueras de trasferencia de

GNC. Se debe contar con dispositivos de cierre y válvulas de aislamiento adecuados para controlar oportunamente las condiciones anormales en los sistemas de transferencia, y

c. Se debe contar con dispositivos de cierre y

Válvulas de Corte adecuados para controlar oportunamente las condiciones anormales en los sistemas de transferencia.

155 135 10.5.3 10.5.3 Manual de seguridad. Las

Terminales y Estaciones de suministro de GNC deben contar con un manual de seguridad que contenga al menos lo siguiente:

a) Especificaciones de seguridad y

las medidas de prevención de accidentes en la Terminal o en la Estación.

b) Planes, procedimientos e

instructivos de trabajo para dar cumplimiento a las normativas relativas a incendios, reglamentos de construcción y requisitos de las autoridades locales, estatales y federales.

c) Programa anual de capacitación y

entrenamiento a todo el personal de la Terminal o de la Estación, que considere, adicionalmente, simulacros de siniestros que pudieran presentarse.

d) Registro, plan de capacitación y

entrenamiento, así como establecer el nivel de competencia individual para todo el personal de la Terminal o de la Estación.

X.X.X. Manual de seguridad. Las

Terminales de carga y descarga y Estaciones de suministro de GNC, deben contar con un manual de seguridad que contenga al menos lo siguiente:

a. Las Especificaciones de seguridad de

los materiales y equipos.

b. Las medidas de prevención de incidentes y accidentes en la Terminal o en la Estación.

c. El Plan de respuesta a emergencias. d. El Programa anual de capacitación y entrenamiento a todo el personal de la Terminal o de la Estación, que considere, adicionalmente, simulacros de siniestros que pudieran presentarse.

e. El Registro, plan de capacitación y entrenamiento, así como establecer el nivel de competencia individual para todo el personal de la Terminal o de la Estación.

1. Se propone incluir un primer numeral donde se indique que el manual debe integrar las especificaciones de seguridad de los materiales y equipos, siendo este un elemento primordial para la prevención de accidentes.

2. Se propone adecuar la redacción del inciso a), para dar mejor entendimiento del requisito solicitado.

Proceden parcialmente los comentarios, se incluye el primer numeral y se adecua el inciso a) y para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se modifica la redacción, la cual queda como sigue:

7.1.9. Manual de seguridad. Las Terminales de

Carga y Descarga y Estaciones de Suministro de GNC, deben contar con un manual de seguridad que contenga al menos lo siguiente:

a. Las Especificaciones de seguridad de los

materiales y equipos;

b. Las medidas de prevención de incidentes y

accidentes en la Terminal o en la Estación;

c. El Plan de respuesta a emergencias; d. El Programa anual de capacitación y

entrenamiento a todo el personal de la Terminal o de la Estación, que considere, adicionalmente, simulacros de siniestros que pudieran presentarse, y

e. El plan de capacitación y entrenamiento

donde se establece el nivel de competencia individual para todo el personal de la Terminal o de la Estación y sus registros.

66

(Segunda

Sección)

DIARIO OFICI

A

L

Lunes 31 d

e juli

o de 2017

No. CONS No. Referencia (Numeral,

inciso) DICE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA DEL CONASEA

156 136 10.6.1 10.6.1 Requisitos generales. El

Regulado responsable de la operación de la Terminal o de la Estación de GNC debe establecer un programa de capacitación al personal congruente con las Normas Oficiales Mexicanas. La capacitación deberá atender lo siguiente:

a) Desarrollo de conocimientos sobre

la operación y mantenimiento correctos de la Terminal o de la Estación de GNC.

b) Atención de situaciones de riesgo

y emergencia que pudieran presentarse en la Terminal o Estación de GNC.

c) La implementación de simulacros

que tengan como objetivo probar los conocimientos obtenidos en la capacitación y desarrollar las habilidades necesarias para tomar decisiones y atender adecuadamente situaciones de emergencia.

X.X.X. Requisitos generales. El

responsable de la operación de la Terminal o de la Estación de GNC debe establecer un programa de capacitación al personal. La capacitación deberá atender como mínimo lo siguiente:

a. El Desarrollo de conocimientos sobre

la operación y mantenimiento correctos de la Terminal o de la Estación de GNC.

b. La Atención de situaciones de riesgo y

emergencia que pudieran presentarse en la Terminal o Estación de GNC.

c. La implementación de simulacros que

tengan como objetivo probar los conocimientos obtenidos en la capacitación y desarrollar las habilidades necesarias para tomar decisiones y atender adecuadamente situaciones de emergencia.

1. Se propone eliminar la redacción "...congruente con las Normas Oficiales Mexicana", debido a que en este documento no se hace referencia a alguna norma que establezca como realizar el programa de capacitación.

Procede el comentario, para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se modifica la redacción del numeral 10.6.1, el cual queda como sigue:

7.1.10.1. Requisitos generales. El responsable

de la operación de la Terminal o de la Estación de GNC debe establecer un programa de capacitación al personal. La capacitación debe atender como mínimo lo siguiente:

a. El desarrollo de conocimientos sobre la

operación y mantenimiento correctos de la Terminal o de la Estación de GNC;

b. La Atención de situaciones de riesgo y

emergencia que pudieran presentarse en la Terminal o Estación de GNC, y

c. La implementación de simulacros que tengan

como objetivo probar los conocimientos obtenidos en la capacitación y desarrollar las habilidades necesarias para tomar decisiones y atender adecuadamente situaciones de emergencia.

157 137 10.7 10.7 Área de Postes y de

Surtidores de GNC

a) En el área donde se encuentren

ubicados los Postes y Surtidores, se deben colocar letreros visibles restrictivos, preventivos, informativos y diversos con las leyendas siguientes: "NO FUMAR", "APAGUE MOTOR", "NO ESTACIONARSE", "10 km/h MÁXIMO", "NO FLAMA ABIERTA", entre otros. El tamaño mínimo de las letras debe ser de 100 mm....

X.X.X. Área de Postes y de Surtidores de GNC

a. En el área donde se encuentren

ubicados los Postes y Surtidores, se deben colocar letreros visibles restrictivos, preventivos, informativos y diversos con las leyendas siguientes: "NO FUMAR", "APAGUE MOTOR", "NO ESTACIONARSE", "10 km/h MÁXIMO", "NO FLAMA ABIERTA", entre otros. ...

1. Se propone eliminar la referencia del tamaño del letrero, ya que existen Normatividad Nacional vigente que establece las dimensiones de los letreros.

Procede el comentario, para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se modifica la redacción del numeral 10.7, el cual queda como sigue:

7.1.11. Área de Postes y de Surtidores de GNC. a. En el área donde se encuentren ubicados los

Postes y Surtidores, se deben colocar letreros visibles restrictivos, preventivos, informativos y diversos con las leyendas siguientes: "NO FUMAR", "APAGUE MOTOR", "NO ESTACIONARSE", "10 km/h MÁXIMO", "NO FLAMA ABIERTA", entre otros. El tamaño mínimo de las letras debe ser conforme a lo que se establece en la normatividad nacional en la materia; b... c… d… e… f… g…

Lunes 31 d

e julio de 2017

DIARIO OFICI

A

L

(Segunda Secció

n)

67

No. CONS No. Referencia (Numeral,

inciso) DICE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA DEL CONASEA

158 138 10.9.1 10.9.1 Medición del GNC

transferido Los Surtidores de las

Estaciones de GNC de suministro público deben tener una pantalla electrónica que cumpla con los requisitos siguientes:

a) Indique el precio unitario, la

cantidad y el importe total del GNC transferido.

b) Contar con un sistema de

compensación de temperatura para medir el GNC en condiciones de presión y temperatura establecidas.

c) No se debe contar como

transferido el GNC que se utiliza para presurizar la manguera ni el que se ventea para despresurizarla para desacoplar el Conector de Llenado de la Boquilla de Recepción.

X.X.X. Medición del GNC transferido.

Los Surtidores de las Estaciones de GNC de suministro público deben tener una pantalla electrónica que cumpla con los requisitos siguientes:

a. Indique la cantidad del GNC

transferido.

b. Contar con un sistema de

compensación de temperatura para medir el GNC en condiciones de presión y temperatura establecidas.

c. No se debe contar como transferido el

GNC que se utiliza para presurizar la manguera ni el que se ventea para despresurizarla para desacoplar el Conector de Llenado de la Boquilla de Recepción.

1. Se propone eliminar el requisito de precio unitario e importe total, ya que esta no es competencia de regulación de la Agencia.

Procede parcialmente el comentario, para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se elimina el inciso c y se modifica la redacción de los demás incisos, para eliminar los requisitos relacionados con precio e importe, quedando como sigue:

7.1.13.1. Medición del GNC transferido. Los

Surtidores de las Estaciones de GNC deben cumplir con los requisitos siguientes:

a. Contar con una pantalla electrónica que

indique la cantidad del GNC transferido, y

b. Contar con un sistema de Compensación por

Temperatura para medir el GNC en condiciones de presión y temperatura establecidas.

159 139 10.9.2 10.9.2 Control de la presión del

GNC. Las Estaciones deben tener los

medios adecuados para controlar la presión del GNC entregado al vehículo automotor. Este control deberá diseñarse a prueba de fallas para evitar que el GNC suministrado exceda cualquiera de los límites siguientes: a... b... c... d... e...

f) Cuando la presión en el sistema

del vehículo ha excedido el 125 % la Presión de Servicio Nominal de la boquilla de recepción, se debe:

1 Remover el exceso de GNC del

vehículo.

2 Notificar al responsable del

vehículo para que solicite la revisión y aprobación del fabricante del Recipiente Vehicular antes de continuar utilizándolo.

X.X.X. Control de la presión del GNC.

Las Estaciones deben tener los medios adecuados para controlar la presión del GNC entregado al vehículo automotor. Este control deberá diseñarse a prueba de fallas para evitar que el GNC suministrado exceda cualquiera de los límites siguientes: a... b... c... d... e...

f. Cuando la presión en el sistema del

vehículo ha excedido el 125 % la Presión de Servicio Nominal de la boquilla de recepción, se debe:

1. Remover el exceso de GNC del

vehículo.

2. Notificar al responsable del vehículo

para que solicite la revisión y aprobación del fabricante del Recipiente Vehicular.

1. Se propone evaluar y en su caso eliminar "... antes de continuar utilizándolo" ya que la actividad regulada en esta norma no es el recipiente vehicular.

Procede parcialmente el comentario, se elimina "... antes de continuar utilizándolo" y para dar mayor claridad técnica, certeza jurídica y derivado del análisis de las demás propuestas procedentes, se modifica la redacción, la cual queda como sigue:

7.1.13.2. Control de la presión del GNC. Las Estaciones deben tener los medios adecuados para controlar la presión de llenado del GNC al vehículo automotor. Este control debe diseñarse a Prueba de Falla para evitar que el GNC suministrado exceda cualquiera de los límites siguientes:

e. Cuando la presión en el sistema del vehículo

ha excedido el 1.25 del valor de la Presión de Servicio Nominal de la Boquilla de Recepción, se debe:

1. Remover el exceso de GNC del vehículo, y 2. Notificar al responsable del vehículo para que

solicite la revisión y aprobación del fabricante del Recipiente vehicular.

68

(Segunda

Sección)

DIARIO OFICI

A

L

Lunes 31 d

e juli

o de 2017

No. CONS No. Referencia (Numeral,

inciso) DICE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA DEL CONASEA

160 140 11.2 11.2 Manual de Mantenimiento. Las

Terminales y las Estaciones de suministro de GNC deben contar con un manual escrito en español sobre el mantenimiento de equipos e instalaciones para dar cumplimiento a las instrucciones de los fabricantes y a las disposiciones legales aplicables. Este manual debe contener al menos lo siguiente:

a) Planes, procedimientos e

instructivos de trabajos de mantenimiento y detección de fugas de gas.

b) Programa anual de

mantenimiento.

c) Programa anual de capacitación y

entrenamiento del personal de mantenimiento.

d) Registro, plan de capacitación y

entrenamiento, así como establecer el nivel de competencia individual del personal de mantenimiento.

X.X.X. Manual de Mantenimiento. Las

Terminales y las Estaciones de suministro de GNC deben contar con un manual, escrito en español, sobre el mantenimiento de equipos e instalaciones para dar cumplimiento a las instrucciones de los fabricantes y a las disposiciones legales aplicables. Este manual debe contener al menos lo siguiente:

a. Los Planes, procedimientos e

instructivos de trabajos de mantenimiento y detección de fugas de gas.

b. El Programa anual de mantenimiento. c. El Programa anual de capacitación y

entrenamiento del personal de mantenimiento.

1. Se propone generalizar los requisitos de los incisos c) y d) en un solo requisito, para mejor entendimiento.

No procede la propuesta, debido a que son requisitos complementarios.

161 141 11.4 11.4 Mangueras. Las mangueras

deben ser inspeccionadas visualmente de acuerdo con las recomendaciones del fabricante o al menos una vez al mes para asegurar que están en condiciones seguras para su uso....

X.X.X. Mangueras de suministro. Las

mangueras deben ser inspeccionadas visualmente de conformidad con las recomendaciones del fabricante o en su caso una vez al mes para asegurar que están en condiciones seguras para su uso.…

1. Se propone establecer el título como "Mangueras de suministro", ya que es el término empleado en el cuerpo de la Norma.

Procede el comentario, para dar mayor claridad técnica y certeza jurídica se modifica la redacción del numeral 11.4, el cual queda como sigue:

7.2.4. Mangueras de suministro. Las mangueras

deben ser inspeccionadas visualmente de conformidad con las recomendaciones del fabricante o en su caso una vez al mes para asegurar que están en condiciones seguras para su uso. a… b… c,,, d… e… f… g….

Lunes 31 d

e julio de 2017

DIARIO OFICI

A

L

(Segunda Secció

n)

69

No. CONS No. Referencia (Numeral,

inciso) DICE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA DEL CONASEA

162 142 11.5 11.5 Libro Bitácora de

Mantenimiento. Se debe elaborar un

registro de la totalidad de los trabajos de mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo en cada cambio de turno del personal de mantenimiento en un documento denominado Libro Bitácora de Mantenimiento, que contenga fecha, personal que realizó el trabajo correspondiente y comentarios que aclaren o proporcionen información adicional. El Libro Bitácora que debe ser conservado durante la vida en operación de la Terminal o de la Estación, puede ser elaborado en medios electrónicos.

Se deben conservar los registros de mantenimiento durante la vida útil de la Terminal o de la Estación.