CHAPTER 4: METHODOLOGY
4.6 LIMITATIONS OF THE DATA AND STUDY
ARTÍCULO 410.- ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO 410.1. DEFINICIÓN
Esta unidad comprende la ejecución de arquetas y pozos de registro de hormigón, bloques de hormigón, mampostería, ladrillo, poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV) o cualquier otro material previsto en el Proyecto o autorizado por el Director de las obras. La forma y dimensiones de las arquetas y pozos de registro, así como los materiales a utilizar, serán los definidos en los Planos.
410.1. MATERIALES
Los pozos de registro de hormigón serán con revestimiento de polipropileno y cumplirán las especificaciones establecidas en el Artículo 133.- “Tubos y pozos de hormigón” del presente Pliego.
Los pozos de registro de poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV) cumplirán las especificaciones establecidas en el Artículo 136.- “Tubos y pozos de PRFV” del presente Pliego.
410.2. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Una vez efectuada la excavación requerida, se procederá a la ejecución de las arquetas o pozos de registro, de acuerdo con las condiciones señaladas en los Artículos correspondientes del presente Pliego para la fabricación, en su caso, y puesta en obra de los materiales previstos, cuidando su terminación.
Las conexiones de tubos y caños se efectuarán a las cotas debidas, de forma que los extremos de los conductos coincidan al ras con las caras interiores de los muros.
Las tapas de las arquetas o de los pozos de registro ajustarán perfectamente al cuerpo de la obra, y se colocarán de forma que su cara superior quede al mismo nivel que las superficies adyacentes.
410.3. MEDICIÓN Y ABONO
Las bases y piezas de coronación de arquetas y pozos de registro se abonarán por unidades (ud) realmente ejecutadas en obra. El desarrollo en altura de las arquetas y pozos de registro no cubierto por las bases y piezas de coronación se abonarán por unidades (ud) en el caso de desarrollo con piezas prefabricadas o por metros lineales (ml) en el caso de desarrollo con obra in situ.
ARTÍCULO 411.- IMBORNAL Y/O SUMIDERO 411.1. DEFINICIÓN Y ALCANCE
Se define como imbornal el elemento cuyo plano de entrada es sensiblemente vertical, por donde se recoge el agua de escorrentía de la calzada de una carretera o calzada, de los tableros de las obras de fábrica o, en general de cualquier construcción. Se define como sumidero la boca de desagüe, cuyo plano de entrada es sensiblemente horizontal, generalmente protegida por una rejilla, que cumple una función análoga a la del imbornal, pero de forma que la entrada del agua es casi vertical.
Se incluye en esta unidad:
− El suministro de elementos prefabricados o de los materiales necesarios para su ejecución.
− La puesta en obra de los elementos prefabricados, y de los materiales necesarios para su ejecución.
− El remate e impermeabilización del encuentro del elemento de drenaje con la arqueta del sumidero y/o imbornal.
− El suministro y colocación de tapas, rejillas y marcos.
− El suministro y colocación del tubo necesario en caso de que la arqueta del sumidero se encuentre alejada de la boca de desagüe.
− La perforación de la obra de fábrica si fuese necesario.
411.2. MATERIALES
Se empleará hormigón tipo H-25 en los elementos prefabricados, H-20 para el hormigón ejecutado y colocado "in situ", ladrillo perforado para las paredes verticales, siendo las tapas, rejillas y sus marcos, reforzados y de fundición.
411.3. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
La forma y dimensiones del imbornal y de los sumideros se ajustarán a lo señalado en los Planos y su disposición será tal que permita la eficaz recogida de la totalidad del agua que llegue hasta él.
La unión del elemento de drenaje, cuneta, bajante o dren, con la arqueta del sumidero y/o imbornal deberá estar cuidadosamente rematada e impermeabilizada a base de tela asfáltica.
En el caso de sumideros en tableros, tendrán respecto a éstos la inclinación y dimensiones que figuran en los Planos, debiendo rejuntarse sus paredes tras la perforación hasta que éstas queden perfectamente lisas.
Deberá ponerse especial cuidado para que queden estos elementos en los puntos bajos del firme en el caso de calzadas en zonas urbanizadas, de forma que no se formen zonas de acumulación de aguas no drenadas.
Después de la terminación de cada unidad se procederá a su limpieza total, incluido el conducto de desagüe, eliminando todas las acumulaciones de limo, residuos o materias extrañas de cualquier tipo, debiendo mantenerse libres de tales acumulaciones hasta la recepción de las obras.
411.4. CONTROL DE CALIDAD
El imbornal deberá absorber la totalidad del agua que llegue al sumidero para la precipitación del cálculo.
La tolerancia de la perforación del sumidero de tablero en su eje respecto a la precisión de los Planos será de más/menos cinco grados (± 5º).
411.5. MEDICIÓN Y ABONO
La medición se realizará por unidades (ud) para cada uno de los tipos fijados en los Planos y realmente ejecutados en obra.
Cada uno de estos elementos se medirá independientemente del resto de los que forman el sistema de drenaje, como pozos o arquetas.
Se abonará de acuerdo con los precios que figuran en el Presupuesto.
ARTICULO 412.- FUNDICIÓN 412.1. MATERIALES
Las fundiciones serán de segunda fusión. La fractura presentará un grano fino y homogéneo. Deberán de ser tenaces y duras, pudiendo sin embargo trabajarlas con lima y buril. No tendrá bolsas de aire o huecos, manchas, pelos u otros defectos que perjudiquen a la resistencia o a la continuidad y buen aspecto de la superficie.
La resistencia mínima a la tracción será de quince (15) kilogramos por milímetro cuadrado. Las barras de ensayo se sacarán de la mitad de la colada correspondiente y vendrán fundidas con las piezas moldeadas.
412.2. MEDICIÓN Y ABONO
Las tapas de fundición cuando aparezcan como unidades de obra se medirán en unidades reales colocadas en obra, incluyendo por tanto la tapa y el marco de cada registro.
En el resto de casos, se abonarán como parte de la unidad de obra de la que formen parte.
ARTÍCULO 420.- TUBOS PARA DRENAJE Y SANEAMIENTO 420.1. DEFINICIÓN
Se define como el conducto que se emplea como dispositivo de evacuación de aguas pluviales o residuales, y en otros tipos de usos de similar naturaleza.
La ejecución de la unidad de obra comprende las siguientes operaciones: − Excavación de la zanja.
− Ejecución del lecho de apoyo con material granular u hormigón según se define en el Proyecto.
− Colocación de los tubos, incluyendo juntas, piezas especiales y accesorios. − Realización de pruebas sobre la tubería instalada.
− Conexión a pozos o arquetas
El material constituyente de los tubos podrá ser PVC, hormigón o poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV), según se define en el Proyecto o, en su caso, ordene el D.O.
402.2. FORMAS Y DIMENSIONES
La forma y dimensiones de los tubos son las definidas en el Proyecto o, en su caso, ordene el D.O. Se utilizarán los tipos de tubería que hayan sido ampliamente sancionados por la práctica y aceptados por el D.O.
420.3. MATERIALES
Con carácter general, todos los materiales utilizados en la construcción de tubos para drenaje y saneamiento cumplirán con lo especificado en las instrucciones y normas vigentes que les afecten.
420.3.1. Tubos
Los tubos de PVC cumplirán las especificaciones establecidas en el Artículo 130.- “Tubos de PVC” del presente Pliego.
Los tubos prefabricados de hormigón cumplirán las especificaciones establecidas en el Artículo 133.- “Tubos y pozos prefabricados de hormigón” del presente Pliego.
Los tubos de poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV) cumplirán las especificaciones establecidas en el Artículo 136.- “Tubos y pozos de PRFV” del presente Pliego.
420.3.2. Material granular
El material granular será arena de cantera, según sea definido en el Proyecto o, en su caso, establezca el D.O.
420.3.3. Hormigón
El hormigón empleado cumplirá con carácter general lo exigido por las vigentes: Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08).
Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08). Artículos relativos a hormigones del presente Pliego.
La resistencia característica a compresión del hormigón no será inferior a veinte megapascales (20 MPa), a veintiocho (28) días, y procederá de instalaciones fijas de fabricación que garanticen sus características.
420.4. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.
420.4.1. Condiciones de puesta en obra
El montaje del conducto deberá ser realizado por personal experimentado, cuidando especialmente las alineaciones de los tubos, la naturaleza de los materiales de apoyo y relleno, el grado de compactación del mismo, así como la forma y anchura de la zanja. El tubo seguirá las alineaciones definidas en el Proyecto o indicadas por el D.O., quedando centrados y alineados dentro de la zanja.
Los tubos han de poseer alineaciones rectas entre arquetas o pozos de registro. Excepcionalmente se podrán admitir desviaciones entre juntas, siempre y cuando se cumplan las tolerancias establecidas en los Artículos 130 “Tubos de PVC” y 133 “Tubos prefabricados de hormigón” del presente Pliego.
Antes de bajar los tubos a la zanja el D.O. los examinará, rechazando los que presenten algún defecto.
Ancho del fondo de la zanja y espesor mínimo de la cama según las secciones definidas en el Proyecto o, en su caso, indicados por el D.O.
Material de tamaño máximo del lecho de asiento, no superior a 20 mm, y equivalente de arena superior a 30.
Compactación del material hasta alcanzar una densidad no inferior al 95% del Próctor Normal.
Relleno de ambos lados del tubo según se define en el Proyecto o, en su caso, señale el D.O. El fondo de la zanja estará limpio antes de bajar los tubos y el ancho de la misma deberá permitir el montaje y la compactación del relleno. El apoyo de los tubos se realizará de forma uniforme en su parte cilíndrica, ejecutándose nichos para el alojamiento de las campanas.
Durante el proceso de colocación no se producirán desperfectos en la superficie del tubo. Los tubos se suspenderán por medio de bragas de cinta ancha con el recubrimiento adecuado.
Las tuberías y zanjas se mantendrán libres de agua; para ello se montarán los tubos en sentido ascendente, asegurando el desagüe de los puntos bajos.
Los tubos se calzarán y acodarán para impedir su movimiento. Colocados los tubos dentro de la zanja, se comprobará que su interior esté libre de elementos que puedan impedir su correcto funcionamiento del tubo (tierras, piedras, herramientas de trabajo, etc.).
En caso de interrumpirse la colocación de los tubos se evitará su obstrucción y se asegurará su desagüe. Cuando se reemprendan los trabajos se comprobará que no se haya introducido ningún cuerpo extraño en el interior de los tubos.
Sin perjuicio de que otros condicionantes de la obra limiten la longitud, no se montarán tramos de más de 100 m de largo sin hacer un relleno parcial de la zanja dejando las juntas descubiertas. Este relleno cumplirá las especificaciones del Proyecto.
No se procederá al relleno de la zanja sin autorización expresa del D.O. El relleno se realizará según las especificaciones indicadas en el presente Pliego.
La tubería quedará protegida de los efectos de cargas exteriores, reforzándose su protección con hormigón HM-20 en los cruces de calzada según se define en el Proyecto o, en su caso, establezca el D.O.
Los recubrimientos mínimos, medidos como distancia de la generatriz superior del tubo a la superficie del terreno, son los definidos en el Proyecto o, en su caso, establezca el D.O. En caso de coincidencia de tuberías de agua potable y de saneamiento, las de agua potable pasarán por un plano superior a las de saneamiento e irán separadas tangencialmente según se define en el Proyecto o indique el D.O.
Las conexiones tubo-pozo, según el Artículo 410 “Arquetas y pozos de registro” del presente Pliego, se resolverán con juntas elásticas o con piezas cortas empotradas en la fábrica. La unión entre los tubos y otros elementos de obra se realizará garantizando la no transmisión de cargas, la impermeabilidad y la adherencia con las paredes.
420.4.2. Pruebas de estanqueidad
Una vez instalada la tubería, y parcialmente rellena la zanja, excepto en las uniones, se realizarán las pruebas de presión y estanqueidad, según la normativa vigente, en los tramos que especifique el D.O.
Las juntas serán estancas a la presión de prueba, resistirán los esfuerzos mecánicos y no producirán alteraciones apreciables en el régimen hidráulico de la tubería.
Si los resultados no fueran válidos, el contratista corregirá a su costa los defectos y procederá de nuevo a hacer la prueba hasta obtener los resultados adecuados. No se continuarán los trabajos hasta que los resultados hayan sido satisfactorios y aceptados por el D.O.
420.5. MEDICIÓN Y ABONO
La presente unidad se medirá y abonará, de acuerdo a los cuadros de precios del Proyecto, por los metros (m) de tubo realmente colocado. El precio incluye la excavación de la zanja, la ejecución del lecho de apoyo, la colocación de los tubos, las uniones entre tubos y conexiones a pozos y arquetas, las pérdidas de material en recortes y empalmes y la realización de pruebas sobre la tubería instalada, así como todas las operaciones y costes necesarios para la correcta ejecución de la unidad, así como la parte proporcional de accesorios y piezas especiales, salvo que en Proyecto sean objeto de abono independiente.