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La Ley Federal de Educación (Ley 24 195 de 1993), derogada con la Ley 26 206 de 2006 (Ley Nacional de Educación), señala que es tarea del Sistema Educativo “asegurar a todos los habitantes del país el ejercicio efectivo de su derecho a aprender, mediante la igualdad de oportunidades y posibilidades, sin discriminación alguna”177. Para ello,

puntualiza que en el desarrollo de la política educativa se deben respetar ciertos derechos, principios y criterios, que para el caso de estudio de las personas con discapacidad, caben destacar los siguientes:

“Artículo 5: El Estado Nacional deberá fijar los lineamientos de la política educativa respetando los siguientes derechos, principios y criterios:

(6): La concreción de una efectiva igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes y el rechazo a todo tipo de discriminación.

(7): La equidad, a través de la justa distribución de los servicios educacionales a fin de lograr la mejor calidad posible y resultados equivalentes a partir de la heterogeneidad de la población.

(11): La integración de las personas con necesidades especiales, mediante el pleno desarrollo de sus capacidades.

(15): La superación de todo estereotipo discriminatorio en los materiales didácticos.

(20): El establecimiento de las condiciones que, posibiliten el aprendizaje de conductas de convivencia social, pluralista y participativa.

177 Ley Federal de Educación (Ley 24 195 de 1993). [en línea]. [consulta: 6 de agosto de 2012]. [artículo No. 8]. <http://www.me.gov.ar/consejo/cf_leyfederal.html>

78 (23): El derecho de los alumnos a que se respete su integridad, dignidad, libertad de conciencia, de expresión y a recibir orientación”178.

Asimismo, la Ley Federal de Educación comprende a unos regímenes especiales, entre los que se encuentra la educación especial, los cuales “tienen por finalidad atender las necesidades que no pudieran ser satisfechas por la estructura básica y que exijan ofertas específicas diferenciadas en función de las particularidades o necesidades del educando o del medio”179.

Más puntualmente, para este tipo de régimen, referido en el Capítulo VII entre los artículos 27 y 29, se plantean los objetivos de por un lado, “garantizar la atención de las personas con estas necesidades educativas desde el momento de su detección en centros o escuelas de educación especial”180 y por el otro, “brindar una formación individualizada,

normalizadora e integradora, orientada al desarrollo integral de la persona y a una capacitación laboral que le permita su incorporación al mundo del trabajo y la producción”181.

Finalmente, la Ley remarca que “la situación de estos alumnos atendidos en dichos centros o escuelas de educación especial será revisada periódicamente por equipos de profesionales, de manera de facilitar, cuando sea posible y de conformidad con los padres, la integración a las unidades escolares comunes. En tal caso, el proceso educativo estará a cargo del personal especializado que corresponda y se deberán adoptar criterios particulares de currículo, organización escolar, infraestructura y material didáctico”182.

2.3.1.1. Acuerdo Marco para la Educación Especial.

El Acuerdo Marco para la Educación Especial (Resolución No. 87/98), elaborado por el Consejo Federal de Cultura y Educación sobre la base de la Ley Federal de Educación, entiende a la educación especial como “un continuo de prestaciones educativas,

178 Ibíd. [artículo No. 5]. 179 Ibíd. [artículo No. 11]. 180 Ibíd. [artículo No. 28]. 181 Ibíd.

79 constituido por un conjunto de servicios, técnicas, estrategias, conocimientos y recursos pedagógicos, destinados a asegurar un proceso educativo integral, flexible y dinámico a personas con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, brindado a través de organizaciones específicas y apoyos diversificados”183. Para esto, indica que

dichas necesidades educativas especiales “son las experimentadas por aquellas personas que requieren ayudas o recursos que no están habitualmente disponibles en su contexto educativo, para posibilitarles su proceso de construcción de las experiencias de aprendizaje establecidas en el diseño curricular”184.

Así pues, en el Acuerdo se refuerza la necesidad de transformar la educación especial, modificando primero, la situación de subsistema de educación aislado; superando segundo, el modelo médico y psicométrico, tan enfatizado en el diagnóstico y la clasificación de las personas con discapacidad, para adoptar ahora aspectos curriculares y de gestión; y procurando tercero, la concertación intersectorial.

Asimismo, se señala en él, entre unas de las funciones de la educación especial, la importancia de “promover y sostener estrategias de integración y participación de las personas con necesidades educativas especiales en los ámbitos educativo, social y laboral”185 y de “extender estos recursos y apoyos a todos los sectores de la comunidad

educativa a fin de potenciar la inclusividad de las instituciones, o sea su capacidad para educar adecuadamente a sus alumnos, independientemente de sus condiciones personales o de otro tipo”186.

Ahora bien, el señalamiento de dichas funciones, entre otras más, permiten entrever la voluntad de que en el sistema educativo se atienda a una población más amplia y diversa, procurándose la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales a las instituciones de educación común a partir de programas de apoyo y seguimiento. No obstante al respecto se señala inmediatamente, la posibilidad de que dichos alumnos sean

183 Acuerdo Marco para la Educación Especial (Resolución No. 87/98). [en línea]. [consulta: 20 de julio de 2012]. <http://www.me.gov.ar/consejo/documentos/a-19.pdf>

184 Ibíd. 185 Ibíd. 186 Ibíd.

80 educados en centros o escuelas especiales una vez sus necesidades educativas sean tan complejas que no puedan ser atendidas en ámbitos comunes, debiéndose proveer en estos casos de medidas necesarias que garanticen los espacios y los tiempos de integración parcial que sean posibles.

Finalmente, el Acuerdo Marco para la Educación Especial describe y explica aspectos centrales de esta temática como son las adaptaciones curriculares; los roles y funciones de los equipos profesionales para la educación especial y la formación y la capacitación de los docentes.