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Chapter 5 Effect of Line capacitance on Protection Settings

5.3 Line Capacitance and Current Differential Protection

El sistema de las Naciones Unidas preocupado por las cifras alarmantes de violencia de género ha creado varios organismos como la División para el adelanto de la mujer cuya función es supervisar las legislaciones impuestas por el principal instrumento que es la CEDAW.

Desde la creación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), en el año de 1981, se impuso una lógica de cumplimiento de los Estados partes ratificados para la vigencia de esta normatividad que

61 tuvo acogida en varios países del mundo. El Ecuador la ratificó en el año de 1979.

En otras palabras, la funcionalidad de la CEDAW, es que se encuentra vinculado a la instancia de los Derechos Humanos y en segundo lugar tiene injerencia directa con cada país, para el cumplimiento, monitoreo y ejecución de sus normatividades, aplicados a políticas de género y respetando los parámetros internacionales.

El marco ético-jurídico internacional de los derechos humanos femeninos y su instrumento la CEDAW, es un mecanismo que permite medir el grado de cumplimiento de cada Estado Parte con respecto a su obligación de generar las condiciones para la erradicación de la discriminación y la búsqueda de la igualdad real entre hombres y mujeres tanto por parte de la sociedad civil como

por el Comité de la CEDAW.45

Dentro del enfoque de género, la violencia es un mecanismo que impone el uso irracional de la fuerza, a la par también arguye que los instrumentos internacionales cumplen un rol vital que deben ser aplicados sobre grupos que han permanecido en condiciones de desventaja; y el femicidio es un malestar social que se alimenta de raíces culturales que no tienen que ser desencadenados en asesinatos o violaciones extremas a los derechos de la mujeres.

A pesar de la implicancia de los cambios de perspectiva que profesa esta Convención, los estados poco se han enfocado en desarrollar políticas de protección y seguimiento con relación a la concepción de la violencia extrema de género, más bien se remite a un problema de carácter pasional que mucho o poco los estados tienen injerencia sobre este asunto.

Entre los principales preceptos que dicta la CEDAW, tanto para erradicar la discriminación como para monitorear a los estados para cumplir con este objetivo se puede apreciar en lo siguiente:

45UNIFEM. Mapeo de las recomendaciones del Comité de la CEDAW a los Estados de la Región Andina y su grado de implementación, periodo 2000-2005. Colombia, Ediciones Impresol, 2006. P. 5

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Art. 1. “ A los efectos de la presente Convención, la expresión discriminación contra la mujer, denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en su sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio, de la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de igualdad del hombre y de la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil o en cualquier otra esfera.

Art. 2. “Los estados partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y aun sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y en tal objeto se compromete a: consagrar en sus constituciones nacionales si aun no lo han hecho y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio.”46

Por lo tanto la CEDAW reconoce que la violencia es una problemática social que debe ser frenada a tiempo para evitar consecuencias y atrocidades a los derechos humanos de los colectivos vulnerables. Todos los documentos elaborados sobre femicidio en los Convenios Internacionales arguyen que los países desarrollados y otros subdesarrollados tienen un patrón de conducta común que permite construir relaciones interpersonales predominantemente paternalistas y masculinizantes.

Así la propuesta ideológica preconizada por dichos acuerdos, produjeron resultados un tanto positivos en la mentalidad de las mujeres,lo que equivale a pensar que han logrado superar barreras inalcanzables y que en la práctica se han convertido en una opción de vida y esperanza para la equidad de género. Los países ratificados de la CEDAW han adoptado en sus preceptos, la discriminación para destacar a manera de esbozo la exclusión femenina en el ámbito familiar, laboral, político y social.

Estos avances significativos en materia de derechos han logrado reactivar la conciencia acerca de la discriminación ya que más mujeres son ahora parte de los procesos

46UNIFEM. Derechos de las mujeres: Principales instrumentos internacionales. Ecuador, UNIFEM, 2006. P. 55-56

63 democráticos de cada país y que se han inmiscuido en todos los espacios de la sociedad para deliberar, desarrollar agendas de género e impulsar políticas públicas a favor del sexo femenino; valores que han fortalecido la condición de todos los individuos en las respectivas constituciones nacionales, gracias a las acciones afirmativas emitidas por esta Convención.

De esta manera la CEDAW concluye que su labor es difundir la igualdad de género entre los sexos a través de aplicaciones estatales, el desconocimiento de los actores sociales hace que esta problemática subsista la inequidad de manera arbitraria. Es imprescindible notificar que las recomendaciones dadas a los estados nacionales, es con la finalidad de culminar esquemas donde persiste la figura del patriarcado.

Otras técnicas usadas, se puede mencionar la creación de un sinnúmero de leyes que se dedican a luchar contra la violencia y recientemente el término en construcción del femicidio. La finalidad de la CEDAW es que las mujeres vivan una vida libre de violencia y discriminación, a ser valoradas, respetadas y educadas bajos parámetros que no sean considerados sujetos inferiores o subordinados a los hombres.

Con respecto al Ecuador, es uno de los pocos países que se ha plegado a esta Convención y su aplicación se la puede registrar en las Constituciones desde los años 70, con la introducción de igualdad y políticas de género que han sido proclives para cambiar las estructuras tradicionales y permitir la participación activa de la mujer en el sector público y denunciar actos de violencia en cualquier ámbito que ésta se encuentre.