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4.4 OVERVIEW OF THE RESULTS

4.4.6 Low-grade sill and atypical squamous cells (ASCUS) repeat the smear in

El liberalismo no es una ideología que podamos definir fácilmente; se señala que supone una mentalidad y un comportamiento que resulta de distintas aporta- ciones del pensamiento político, en el que se destaca la capacidad de respuesta individual por encima de los principios inmutables establecidos por la tradición o las costumbres. El liberalismo, al igual que otras corrientes ideológicas, no es un todo homogéneo, bajo esta categoría se engloban diferentes corrientes, desde las más radicales a las más moderadas, lo que configura un panorama ideológico variado, pero que tiene como punto de partida la libertad y la igualdad de todos los seres humanos ante la ley, así como el derecho a intervenir en algún grado en las cuestiones de gobierno, valores y principios que fueron recogidos en la Declaración

de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

Los descubrimientos científicos producidos desde el siglo XVI, la filosofía empírica y las ideas de la Ilustración constituyen los elementos básicos para com- prender la fundamentación del liberalismo, desarrollados a partir de la Revolución Gloriosa en Inglaterra, la independencia de los Estados Unidos de América y de la Revolución francesa.

La ideología liberal corre, al principio, pareja con el ascenso de la burguesía en Europa, y se consolida con la Revolución industrial. Con ella creará su concepción del mundo y la defensa de sus intereses, concretados en la salvaguardia de los dere- chos individuales. Libertad, por tanto, para fabricar, comerciar y ampliar los mer- cados. Libertad para elegir el gobierno apropiado a los intereses de cada uno y votar las leyes deseadas. Libertad para pensar y expresarse sin censura. El Estado será el valedor de esas libertades y su objetivo consistirá en velar por los derechos de las personas, sin intervenir en las relaciones económicas y sociales.

Hacia mediados del siglo XIX el liberalismo ha tomado carta de naturaleza y podríamos destacar sus rasgos principales:

• Racionalismo, el principal instrumento del hombre para entender el mundo

es la razón. El pensamiento ilustrado aspira a reemplazar la religión y la fe por la ciencia y la razón. La Iglesia es valorada como difusora de dogmas y supersticiones. La Enciclopedia, en la que participan Voltaire, Diderot y D’Alembert, se convierte en la obra de un nuevo orden político y social.

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• Progreso, la capacidad de dominar la naturaleza es infinita por parte de la

ciencia.

• Naturaleza, lo natural es el modelo en que debemos inspirarnos para actuar

de acuerdo con ella.

• Laicismo, idea que está en relación con «lo natural», al considerar la libertad

de pensamiento y rechazar la religión como único cauce para relacionarse con el mundo.

• Elitismo, solo una minoría está capacitada para dirigir. Con el tiempo el libe-

ralismo fue democratizándose y aceptando la capacidad de todos para inter- venir en los asuntos públicos.

• Universalismo, la ideología liberal se creyó siempre universalista, adaptable a

todos los lugares y latitudes.

• Individualismo, idea que se relaciona con la tolerancia e instrucción. El hom-

bre debe ser educado en libertad, entendida en un sentido individualista y nunca social. Y ello se extiende al individualismo político, en el que se trata de elegir un Estado consentido por los gobernados que debe proteger los derechos individuales, aunque al principio esto solo será potestad de una minoría. También el individualismo económico que propugna la libre com- petencia y la libertad de creación de empresas. El fin de la actividad econó- mica es el beneficio individual.

Como señaló F. Braudel, el liberalismo fue «una lucha de retaguardia, y en absoluto desinteresada, contra el Antiguo Régimen aristocrático, un desafió a los derechos adquiridos y sacralizados o tradiciones que databan de hacía más de medio milenio». (Braudel, 1980). A la concepción de un nuevo orden político, opuesto al absolutista y a la autoridad de la Iglesia, contribuyeron las ideas formu- ladas, en los siglos XVII y XVIII, por Locke, Hume, Montesquieu, Sieyès, Adam Smith, Madison y Kant.

Los principios más representativos del liberalismo clásico fueron expuestos por John Locke [1632-1704] en sus conocidas obras: Segundo tratado sobre el gobierno

civil y Carta sobre la tolerancia. En la primera, Locke estudia el origen, los fines y

la organización de la sociedad política. En la segunda defiende que las creencias religiosas competen a la decisión de los individuos, así como el respeto a todas las religiones y el derecho a disentir en esta materia, ideas que permitían soltar el nudo gordiano de una importante fuente de conflicto en su época. La tolerancia y la libertad religiosa han sido consideradas el cimiento de la libertad política. En los años en los que escribe Locke, los grupos políticos se distinguían por sus diferen-

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sus miembros y diferenciarlos de los demás. El reconocimiento de la libertad reli- giosa condujo al reconocimiento de la libertad política. La libertad de religión no sólo implicó la libertad de culto también la libertad de asociación y la libertad de pensamiento (Mateucci, 1998: 140).

Locke comparte los postulados de la corriente iusnaturalista que mantiene la existencia de un Derecho natural, cuyos principios son reconocibles a través de la razón e independientes de cualquier circunstancia histórica u orden político. Según el iusnaturalismo, los seres humanos son titulares de unos derechos innatos e inviolables. El derecho a la vida, a la libertad o a la propiedad son atributos que nacen con la persona y son anteriores a todo grupo social. Al igual que hiciera Hobbes, Locke también utiliza la teoría pactista para explicar el origen del Estado. Según Locke, la constitución de cualquier comunidad política estuvo precedida de una situación en la que los individuos vivían en un «estado de naturaleza» donde todas las personas eran libres, no estaban sometidas a ninguna voluntad ajena y disfrutaban de los derechos naturales. Sin embargo, el «estado de naturaleza» posee riesgos, en él todos los hombres tienen las mismas facultades para defender sus derechos y recurrir a la violencia de forma individual. Estos riegos hacen inevi- table que los hombres pacten entre ellos la renuncia a aplicar la ley natural por sí mismos y la creación de la sociedad política. El antagonismo de las premisas y fines del contrato concebido por Hobbes y Locke es claro, aunque el paralelismo también: para Locke, el hombre no vive en una situación de guerra sino que en el «estado de naturaleza» rige la ley natural. El objetivo del pacto no es evitar la gue- rra sino garantizar los derechos. Tampoco la consecuencia de la conclusión del pacto es la pérdida de los derechos de los individuos sino su garantía.

A partir de estos planteamientos, la sociedad y el poder político no pueden fun- damentarse ya ni en la divinidad ni en la herencia sino en el consentimiento expre- so o tácito de los miembros de la sociedad. El poder político que surge del pacto y se asienta en el consentimiento de los individuos tiene como objetivo garantizar los derechos naturales, derechos que son reconocidos a los individuos en tanto indivi- duos y no como miembros de un grupo o una clase social. Esta teoría contractual posee pues un carácter individualista. El Estado que se configura con este soporte ideológico no posee un poder absoluto, su fin se limita a la salvaguarda de los dere- chos individuales, a dirimir los conflictos y a asegurar la paz. La obra lockiana aporta dos pilares característico del Estado liberal: el gobierno por consentimiento y el reconocimiento de los derechos individuales como fin del Estado. No se trata de un poder absoluto sino limitado a ese objetivo. En consecuencia, las competen- cias del Estado se restringen a la salvaguarda de los derechos individuales, a diri- mir los conflictos y a asegurar la paz.

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La explicación de Locke sobre el origen de la sociedad política no es comparti- da por otros autores liberales como Hume o Adam Smith. Hume [1711-1778] criti- co con la doctrina iusnaturalista, de la que parte Locke, y el origen contractual de la sociedad, sostiene que la razón por sí misma no genera obligaciones políticas, tampoco la obligatoriedad es el resultado de la aceptación voluntaria, según man- tiene la teoría contractual.

Hume no niega que el pacto hubiera sido el origen de la sociedad política en un pasado remoto, pero esta teoría no es válida para fundamentar la obediencia de las generaciones siguientes. Las obligaciones políticas, defiende nuestro autor, no son consecuencia de la razón sino de la lealtad, por una parte, y de la utilidad que pro- porcionan, por otra. Es decir, el hecho de que las personas nazcan en una sociedad política establecida genera cierta lealtad hacia ella. Además, los individuos poseen unas necesidades ilimitadas y unos intereses imposibles de satisfacer aisladamente lo que les induce a vivir en sociedad.

No es, por lo tanto, el instinto natural la base de la obediencia ni el pacto el origen de la sociedad. Es la utilidad la causa de la existencia de la sociedad, del Estado y la responsable de que los individuos acepten las obligaciones. La teoría de Hume distingue entre el fundamento del Estado que, como se acaba de decir es la utilidad, y la obligatoriedad de los pactos. Estos se imponen porque de ellos depen- de el orden social, el derecho de propiedad y el comercio pero no son el origen del Estado.

Adam Smith, desde una perspectiva utilitarista, formula la teoría más caracte- rística del pensamiento liberal económico. El utilitarismo sostiene que el compor- tamiento individual se rige por el móvil de maximizar el placer y evitar el dolor. Si todas las personas poseen libertad para satisfacer sus objetivos, el resultado será «la mayor felicidad para el mayor número». En coherencia con este principio, Adam Smith en su obra La riqueza de las naciones [1776] expone que el libre mer- cado es una condición ineludible para el desarrollo económico. El interés personal es la clave del bienestar de la sociedad en su conjunto. Las personas trataran de alcanzar sus intereses en una situación de libertad y en este contexto, «guiados por una mano invisible», lograrán el aumento de la riqueza de las naciones. El merca- do permite la armonización de los intereses divergentes sin necesidad de la inter- vención del Estado. En consecuencia, la economía debe regirse por el principio del

laissez faire, lo que implica libertad de mercado, libertad de contratación y precios

fijados por la competencia, es decir, un principio contrapuesto a las regulaciones de los gremios que determinaban la producción y los precios. Sin embargo, como

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truecan en falacias cuando las partes que intervienen en las relaciones económicas son desiguales.

El núcleo de la ideología liberal se plasma en la Declaración de los Derechos del

Hombre y del Ciudadano, documento en el que se proclama que «Los hombres

nacen y permanecen libres e iguales en derechos»(art. 1). Libertad e igualdad son dos valores claves del pensamiento liberal. La misma Declaración define la liber-

tad en los siguientes términos «La libertad consiste en poder hacer todo lo que no

daña a los demás» (art. 4) a lo que añade que «Todo lo que no es prohibido por la Ley no puede ser impedido, y nadie puede ser obligado a hacer lo que ésta no orde- na» (art. 5). El reconocimiento del derecho a la libertad pretende proteger el ámbi- to de actividad de los ciudadanos de las injerencias del poder político. Sólo la necesidad de garantizar la libertad ajena justifica la intervención del Estado en la vida privada. Los individuos son libres, salvo que una ley establezca prohibiciones u obligaciones. La limitación a la libertad sólo puede emanar de una ley y ésta según el art. 5 de la Declaración «es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen el derecho de participar personalmente o por medio de sus representantes en su formación. Debe ser la misma para todos, tanto si protege como si castiga». La igualdad defendida por el liberalismo es la igualdad ante la ley y la igualdad de derechos. Su reconocimiento implica que todos los ciudadanos se someten a las mismas leyes, a diferencia de otras épocas en las que el statu jurí- dico de los individuos estaba determinado por razones territoriales y sociales.

El liberalismo se caracteriza por basarse en una concepción individualista. Se trata de una ideología cuya esencia es el individuo, no los grupos y sitúa los valores individuales por encima de los colectivos (García Pelayo, 1991: 143). Esta dimen- sión individualista se proyecta en la forma de concebir las libertades. A diferencia de la época medieval en la que los sujetos de las libertades son las entidades corpo- rativas, en la época moderna los titulares son los individuos. La ideología liberal tiene como consecuencia la antinomia entre el Estado y la sociedad, la vida pública se restringe al ámbito del primero.

Se ha interpretado que el individualismo liberal termina por producir una sociedad atomizada. Para otros, por el contrario, esta observación es una versión distorsionada porque la teoría liberal trata de potenciar la independencia personal y eliminar la subordinación de los intereses personales a los de la comunidad, pero no rompe los vínculos sociales. Tampoco el liberalismo defiende la debilidad del Estado, su crítica la recaba el poder ilimitado e irresponsable y frente a él propug- na el sometimiento de la actividad estatal a lo establecido en las normas. El ideal de los liberales no es la sociedad sin gobierno. Dentro de los límites establecidos

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por las leyes, el Estado es considerado esencial para la existencia de la libertad. En este sentido Blackstone sostiene que «cualquier gobierno es mejor que la falta de él». También Adam Smith mantiene que la sociedad comercial no puede subsistir sin un Estado que imponga el derecho de propiedad y las normas contractuales. Desde esta perspectiva, hay que admitir la inexistencia de oposición entre la liber- tad defendida por los liberales y la autoridad entendida de forma general (Holmes, 1999: 56 y 250).

Como se examinará en otro lugar, el liberalismo no pone en cuestión la sobera- nía, pero, respecto al Antiguo Régimen, sí revisa su titularidad. Otro de los princi- pios recogidos en la Declaración es la soberanía nacional: «El origen de toda soberanía reside esencialmente en la nación. Ningún órgano ni ningún individuo pueden ejercer autoridad que no emane expresamente de ella» (art. 3). La voluntad de ese poder soberano se expresa a través de la ley: «La Ley es la expresión de la voluntad general» (art. 6º). Por lo tanto, para el pensamiento liberal, la función legislativa, al igual que sostuvo Bodino, es propia del poder soberano.