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Map with highlighted catchment area of stations based on walking (600m radius) 30

Chapter  4   -­‐ A New Bicycle Sharing System in Copenhagen 20

5.2   Analysis 28

5.2.2   Map with highlighted catchment area of stations based on walking (600m radius) 30

2. España asumió una actitud ambivalente frente a un proceso de descolonización impa-

rable en el contexto africano y en el mundo que se iniciaba a finales de los años ‘50. España emitió la Ley 8/1961 del 19 de abril de 1961, sobre organización y régimen

jurídico de la Provincia del Sáhara46, mientras se comprometía ante las Naciones Uni-

das de cumplir con el Art. 73.e de la Carta de Naciones Unidas. La Asamblea General

había aprobado las Resoluciones 1514 (XV) del 14 de diciembre de 1960 y la 1541

(XV) de 15 de diciembre de ese mismo año en las que sentaba las bases del proceso descolonizador.

3. En respuesta a los intentos de Marruecos por tratar las situaciones de Ifni47 y el Sá-

hara Occidental de manera similar, la Asamblea General a través de la Resolución

2229 (XXI)48 de 1966, otorgó diferente régimen jurídico a ambos territorios. Para

Ifni acordó la retrocesión a Marruecos; en el caso del Sáhara Occidental, en el punto cuarto de la Resolución, recomendó a la potencia administradora que se determinaran las aspiraciones de la población del Sáhara Occidental, en consulta con Marruecos y 44 VILLAR, F. (1987), El Proceso de Autodeterminación del Sáhara, Editorial Fernando Torres, Valencia, p.

37-38.

45 Durante la colonización española el territorio del Sáhara Occidental fue dividido en dos grandes zonas: “Sequia-el- Hambra” y “Río de Oro”. OLIVER, P. (1987), Sahara, Drama de una descolonización, Edit. Miquel Font, Mallorca, Pág. 13.

46 Ídem, p. 81

47 Ídem, p.14“El territorio de Ifni fue cedido a la Corona Española en los Tratados de Tetuán de 26 de abril de 1860, por parte del Reino de Marruecos”.

Mauritania y con cualquier otra parte interesada; además de llevar a cabo un referén-

dum bajo los auspicios de las Naciones Unidas, con miras al ejercicio del derecho de

autodeterminación del pueblo saharaui.

4. En 1968 se realizó el referéndum en Guinea, que accedió a la independencia el 12 de

octubre del mismo año y en 1969 se produjo la cesión del territorio de Ifni a Marrue-

cos a través de un tratado firmado en Fez el 4 de enero de 196949, lo que supuso la

estabilización de las fronteras entre Marruecos y el Sáhara.

5. Las relaciones entre España y Marruecos llegaron a una tensión extrema debido a los

incidentes pesqueros de 197350 mientras la Yemaa instó al Estado español a iniciar

sin demora el proceso de descolonización, petición que fue contestada por el dictador Franco en las Naciones Unidas, el 21 de septiembre, aceptando la autodeterminación del territorio en un futuro si se producía una nueva petición de la Yemaa51.

6. Paralelamente, en el territorio saharaui nacía ese mismo año, 1973, el Frente Popular

de Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro (Frente POLISARIO), que comenzó

sus actividades guerrilleras atacando un puesto español cercano a la frontera con Ma-

rruecos, para irlas intensificando progresivamente.

7. Por iniciativa del Gobierno español se creó el PUNS (Partido de Unidad Saharaui) para

contrarrestar el apoyo popular al Frente POLISARIO, a cuyo mando fue colocado un

saharaui afín a la administración española, Jalihema Rachid. Este partido se esperaba que ganara las elecciones para seguir el camino por etapas hacia la autodeterminación.

8. El 20 de agosto de 1974, España tomó la decisión de realizar un referéndum en los

primeros seis meses de 1975, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, tal y como se había determinado en la Resolución 2229 (XXI). A raíz de ello, se realizó un censo de

la población saharaui. Frente a ello el reino de Marruecos tomó algunas iniciativas para

para evitar la realización de dicho referéndum. En septiembre de 1974, el rey Hassan II anunció que acudiría al Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) en su jurisdicción consultiva. Esto llevó a retrasar el referéndum mientras el Estado marroquí buscaba un

pronunciamiento del TIJ, sobre el estatus jurídico de los territorios del Sáhara Occiden-

tal antes de la colonización reivindicando que serían parte del imperio almorávide.

9. A través de la Resolución 3292 (XXIX)52 del 13 de septiembre de 1974, la Asamblea

General, asumió la solicitud marroquí de acudir a la Corte Internacional de Justicia 49 Convenio de 4 de enero de 1969, ratificado por el instrumento de la Jefatura del Estado de 30 de abril sobre

retrocesión de Ifni a Marruecos (Aranzadi nº1053)

50 El 2 de marzo de 1973 Marruecos decidió extender sus aguas territoriales de 12 a 70 millas, por lo que numerosos barcos con sus tripulaciones son apresados y permanecieron retenidos durante meses en los puertos marroquíes. CRIADO, R. (1977), Pasión y muerte de un sueño colonial, Ruedo Ibérico, p.41. 51 Ibídem.

en busca de la respuesta a los siguientes interrogantes: ¿Era el Sáhara occidental en el momento de su colonización por España un territorio sin dueño (terranullius), y si

la respuesta fuese negativa, ¿Qué vínculos jurídicos existían entre ambos territorios y Marruecos; asimismo, demandó el aplazamiento del referéndum y el envío de una

misión de observación al territorio. A través de la mencionada resolución, la Asam-

blea General de Naciones Unidas decidió enviar en primavera de ese año una Misión Visitadora al territorio para determinar la situación del territorio y el sentimiento de la población local. Esa visita de la misión de Naciones Unidas al territorio saharaui se

retrasó hasta el 12 de mayo de 1975. Los saharauis salieron a las calles manifestando el apoyo al Frente POLISARIO.

10. El dictamen del TIJ se dio a conocer en 16 de octubre de 197553. En él se reconoció

que el Sáhara Occidental no era tierra de nadie (terranullius) antes de la colonización, se mencionaba la existencia de lazos de sumisión religiosa establecidos entre algunas tribus nómadas, con el sultán de Marruecos pero rechazó la existencia de vínculos de

soberanía. Por lo tanto, se negaba el derecho de la soberanía de Marruecos y Mauri-

tania sobre el Sáhara Occidental.

11. Pocos días después de dicho dictamen el 6 de noviembre de 1975 las autoridades ma-

rroquíes llevaron a cabo la llamada Marcha Verde y la invasión militar del territorio saharaui54. Ante esta situación, el Consejo de Seguridad intervino dos veces consecu-

tivas, mediante la aprobación de las Resoluciones 377 (1975)55 y 380 (1975)56. En és-

tas solicitaba a Marruecos que pusiera fin a la invasión del territorio saharaui. Desde ese momento, el Consejo de Seguridad ha venido emitiendo numerosas resoluciones,

sin que hasta el momento se hayan obtenido la salida de Marruecos de ese territorio57.

12. La Marcha Verde consiguió su objetivo primordial de intimidar y presionar al Go-

bierno español que, en tan solo cinco días y en medio de la crisis que anunciaba el fin de la dictadura, el 14 de noviembre firmó en Madrid los “Acuerdos Tripartitos” con

Marruecos y Mauritania. De esta forma Hassan II consiguió ocupar el Sáhara Occi-

dental sin tener que enfrentarse al ejército español, y el inicio de un conflicto armado entre las fuerzas marroquíes y mauritanas con el Frente POLISARIO.

53 TRIBUNAL INTERNACIONAL DE JUSTICIA, Dictamen del Sáhara Occidental, 16 de octubre de 1975. 54 Según algunas fuentes esta marcha supuso la movilización de 350.000 ciudadanos marroquíes hacia el terri-

torio saharaui, a cambio de retribuciones fiscales y demás estímulos. SEGURA, A. (2001), “A propósito de la regionalización en Marruecos y la Cuestión del Sáhara Occidental”, Quaders de la Mediterránea, núm. 2-3, p. 101-104.

55 ORCS, Resolución 377 de 1975. 56 ORCS, Resolución 380 de 1975.

57 Desde 1975 el Consejo de Seguridad ha aprobado más de tres decenas de resoluciones sobre la cuestión del Sahara Occidental. Todas ellas pueden consultarse en la recopilación que el Dr. Carlos Ruiz Miguel realizó para la Asociación Um Dreiga en el siguiente enlace:http://www.um draiga.com/documentos/ONU_resolu cionesconsejoseguridad/resconseguridad.htm

13. Estos acuerdos se negociaron entre Marruecos, España y Mauritania, dejando fue-

ra al pueblo saharaui y también a Argelia. Sin embargo, estos acuerdos son nulos

por varias razones. En primer lugar porque los Estados involucrados no tenían la competencia de disponer del futuro de un territorio considerado como Territorio No Autónomo, ni de un pueblo al que por derecho le correspondía (y le sigue corres- pondiendo) la autodeterminación, condición que había sido reconocida por los tres Estados58. Y segundo lugar, el carácter de imperatividad del derecho de libre deter- minación como argumento que se utilizó para constatar la nulidad de los Acuerdos Tripartitos de Madrid59.

14. A partir de noviembre de 1975, una gran parte de la población saharaui inició su éxo-

do a través del desierto, con la esperanza de poder regresar pronto a sus casas. Ade-

más de haber conseguido el control del territorio y de iniciar su política de represión

el régimen de Hassan II llevó a cabo una persecución de los ciudadanos saharauis que huían a través del desierto, mediante bombardeos, pillaje y detenciones arbitrarias junto con desapariciones forzadas.

15. En los años sucesivos, se emitieron un sinnúmero de resoluciones por parte de la Asamblea General60 y del Consejo de Seguridad, demandando la descolonización del territorio, a lo cual se sumó la Organización para la Unidad Africana que además

reconoció la existencia de la RASD como Estado admitiéndola en su seno en 1984,

como miembro con plenos derechos.

58 Este reconocimiento puede verificarse en los archivos documentales de las Naciones Unidas. Concretamen- te, en la 436 sesión del “Comité de los 24”, celebrada en Addis Abeba el 7 de junio de 1966, el delegado marroquí Mr. Day Ould Sidi Baba afirmaba lo siguiente: “I ask for the independence of Western Sahara as soon as possible and this should be an authentic independence, hence we can get over the actual impasse. Once owners of their destiny, the inhabitants of the region could accomplish with total freedom their duties

as dignified and conscious citizens and will act in favour of a policy that is adaptable to the national objec- tives of their people”.

Además, esta petición fue reiterada por el ministro marroquí de Asuntos Exteriores en su discurso ante la 21ª Sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrada el 13 de octubre del mismo año de la siguiente manera:”Morocco supports a real independence for Western Sahara, putting the future of the region in the hands of its sons which in the context of liberty will decide freely on their self-determination. I therefore, call for the organization of a process of self-determination according to the following stages: Spanish military forces withdrawal from the territory and deployment of UN forces, withdrawal of the Spa- nish administration and return of the Saharawi refugees abroad. These are conditions that the UN could be responsible of, with the support of the Moroccan and Spanish authorities”.

59 A pesar de la nulidad del Acuerdo Tripartito por el Derecho Internacional, España hasta el año 2001 in- cluía en el documento donde se mencionan los acuerdos bilaterales en vigor, emitido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, la Declaración de principios entre España, Marruecos y Mauritania sobre el Sáhara Occidental, firmado el 14 de noviembre de 1975 en vigor el 20 de noviembre de 1975, pero sin haberlo publicado en la B.O.E. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, Repertorio de tratados bilaterales en vigor, Madrid, 2001, pp. 225 y 235.

60 En la web de Um Dreiga puede accederse a la recopilación de las principales Resoluciones de la AG sobre la cuestión saharaui. http://www.umdraiga.com/documentos/ONU_resolucionesasambleageneral/resola samgral.htm