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Chapter 4: Methodological considerations

Aprueban Documento Técnico: Plan Nacional de Prevención y Control de la Transmisión Madre Niño del VIH y Sífilis

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 463-2007-MINSA

Lima, 5 de junio de 2007

Visto: el Expediente Nº 07-043201-DGSP/MINSA; CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6. del artículo 5 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala como objetivo funcional del Ministerio de Salud, la protección y recuperación de la salud y la rehabilitación de las capacidades de las personas en condiciones de equidad y plena accesibilidad;

Que, mediante Ley Nº 26626, ampliada por Ley Nº 28243, se declaró de necesidad nacional e interés público la lucha contra la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS);

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-SA se ha aprobado el Plan Estratégico Multisectorial 2007-2011 para la Prevención y Control de las ITS y VIH/SIDA en el Perú;

Que, la Epidemia del VIH/SIDA, es una de las enfermedades de mayor impacto en el mundo, la cual también afecta a los hombres y mujeres de nuestro país, sin distinción de raza, credo, condición social y económica, limitando el desarrollo nacional e incrementando la pobreza, por lo que se hace necesario fortalecer las acciones de promoción de la salud, prevención y recuperación, con la finalidad de disminuir el impacto psicosocial económico y cultural de la epidemia del VIH/SIDA;

Que, las mujeres peruanas, adolescentes, jóvenes y adultas, son una de las poblaciones más afectadas por la epidemia, presentando mayores condiciones de vulnerabilidad biológica, social, cultural y económica para adquirir el VIH/SIDA en el Perú y transmitirlo a sus hijos durante el parto o la lactancia materna;

Que, la Sífilis Congénita es una de las infecciones de transmisión sexual más frecuente transmitida de madre a hijo, causante de muerte y abortos, además de generar secuelas irreversibles en los sobrevivientes;

Que, los avances científicos permiten acceder a intervenciones que disminuyen o eliminen las posibilidades de transmisión de madre a niño del VIH y de la Sífilis;

Que, en tal sentido, es necesario contar con la participación activa de las organizaciones del Estado, las personas afectadas y la sociedad civil para promover y fortalecer acciones y estrategias que disminuyan el impacto del VIH/SIDA y la Sífilis en las mujeres peruanas y de sus hijos;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Salud de las Personas;

Con el visado del Viceministro de Salud, Director General de Salud de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Sistema Peruano de Información Jurídica

De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan Nacional de Prevención y Control de la

Transmisión Madre Niño del VIH y Sífilis, el mismo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, para que a través

de las Estrategias Sanitarias Nacionales de Prevención y Control de Infecciones de Transmisión Sexual y VIH-SIDA y Salud Sexual y Reproductiva, con sus respectivos Comités Técnicos, efectúen la organización, implementación y sostenibilidad del presente Documento Técnico.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique en el Portal de

Internet del Ministerio de Salud el presente Documento Técnico. Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

Aprueban transferencia financiera del Programa “A Trabajar Urbano” a organismos ejecutores del sector público

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 160-2007-TR

Lima, 5 de junio de 2007

VISTOS: El Informe Nº 310-2007-DVMPEMPE/ATU-AAGF de fecha 14 de mayo de 2007, de la Jefa del Área de Administración y Gestión Financiera; los Informes Nºs. 056 y 065-2007- DVMPEMPE-ATU/PP, del Jefe del Área de Planificación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”; el Informe Legal Nº 089-2007- DVMPEMPE/ATU-AL, del Jefe de la Oficina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”; y el Oficio Nº 392-2007-MTPE/3/14.120, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001, se creó el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” (en adelante el PROGRAMA), como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objetivo es la generación de empleo temporal para la población desempleada de las áreas urbanas, favoreciendo a aquellos con menores niveles de ingresos económicos, con niveles de pobreza y extrema pobreza;

Que, de conformidad con el Artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograrán a través del financiamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, los cuales deberán ser previamente evaluados y seleccionados de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, según lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectúa transferencias financieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados;

Sistema Peruano de Información Jurídica

Que, el Artículo 75 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006, establece en el literal c) del numeral 75.4 que las Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios (entre los que se encuentra el PROGRAMA), se aprueban por Resolución del Titular del pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Memorando Nº 310-2007-DVMPEMPE/ATU-AAGF la Jefa del Área de Administración y Gestión Financiera solicita al Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del PROGRAMA, la confirmación de la disponibilidad presupuestal para efectuar el pago de S/. 379 908,71 (Trescientos setenta y nueve mil novecientos ocho con 71/100 nuevos soles) correspondiente al 60% de la Mano de Obra No Calificada (MONC), que fue comprometido y devengado con el Presupuesto del 2006 del Concurso Complementario de Proyectos Nº 02-2006 y Proyectos Especiales de Intervención Inmediata PEII;

Que, mediante Informes Nº 065 y 056-2007-DVMPEMPE-ATU/PP, el Jefe del Área de Planificación y Presupuesto del PROGRAMA señala que el monto de S/. 379 908,71 (Trescientos setenta y nueve mil novecientos ocho con 71/100 nuevos soles), cuya disponibilidad solicita la Jefa de la Oficina de Administración y Gestión Financiera incluye los organismos ejecutores que pertenecen al Sector Público y al Sector Privado, correspondiendo para efectos de la emisión de la presente Resolución Ministerial, considerar a los Organismos Ejecutores del Sector Público, siendo necesario efectuar una transferencia financiera de S/. 291 684,19 (Doscientos noventa y un mil seiscientos ochenta y cuatro con 19/100 nuevos soles), de los cuales S/. 207 465,70 (Doscientos siete mil cuatrocientos sesenta y cinco con 70/100 nuevos soles) corresponden al Concurso Complementario de Proyectos Nº 02-2006 y S/. 84 218,49 (Ochenta y cuatro mil doscientos dieciocho con 49/100 nuevos soles) a los Proyectos Especiales de Intervención Inmediata - PEII;

Que, en mérito a lo expuesto, resulta necesario aprobar la transferencia financiera solicitada;

Con las visaciones del Director Nacional y del Jefe del Área de Planificación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 75 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006; y el literal d) del Artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social

Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, por un monto total de S/. 291 684,19 (Doscientos noventa y un mil seiscientos ochenta y cuatro con 19/100 nuevos soles), respecto al rubro de Otros gastos distintos al de Mano de Obra No Calificada - MONC, a los organismos ejecutores del sector público señalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y

Sistema Peruano de Información Jurídica