CHAPTER FIVE
MODELLING MASCULINITY
La complejidad y el desarrollo histórico de la ciudadanía -vista en su perspectiva crítica y sustantiva- nos advierte sobre el dinamismo del término y su transformación. Como afirma Sergio Tamayo “[…] el discurso sobre la ciudadanía puede efectivamente servir a intereses
78 Ramiro Molina Rivero, “Los derechos individuales y colectivos en el marco del pluralismo jurídico en Bolivia”, en Eddie
Cóndor (coord.), Los derechos individuales y derechos colectivos en la construcción del pluralismo jurídico en América Latina, Fundación Konrad Adenauer Stiftung, Bolivia, 2011, p. 54, consultado en http://www.kas.de/wf/doc/kas_30275-1522-1- 30.pdf?120328004036, última consulta, diciembre de 2013. “Hay numerosos derechos (derecho a la vida, a la libertad personal, a la libertad de domicilio, de pensamiento, de expresión, etc.) que son perfectamente ejercitables y aplicables de forma individual. Junto a ellos existen, sin embargo, otros muchos derechos de carácter social o político (la huelga, sindicalización, participación política, o pertenencia étnica o nacional o derechos a la cultura propia) cuya puesta en práctica sólo tiene sentido si se ejercita de forma colectiva. No parece caber duda alguna, por lo tanto, la posibilidad de un ejercicio colectivo de los derechos humanos”, p. 54-55.
particulares y elitistas, contribuyendo a legitimar la inequidad. Sin embargo, existen discursos y prácticas de ciudadanía específicas que han generado una dinámica propia, escapando así del control de las élites y del Estado. En efecto, la ciudadanía se constituye por prácticas sociales inestables, y éstas pueden producir un desigual campo de batalla […] Y si bien los resultados institucionales de esas prácticas de ciudadanía pueden ser determinados desde arriba, la lucha social por derechos ciudadanos puede crear oportunidades para incrementar la influencia de la sociedad civil desde abajo.”80
Esta postura es precisamente la que adoptamos en esta investigación tomando en cuenta, además, que “[…] la ciudadanía, como identidad colectiva, se confronta siempre con la diferencia, la exclusión y la diversidad. Es esta tensión la que califica a las distintas formas de identidad y, por consiguiente, en el caso de la reflexión sobre la ciudadanía, a las distintas prácticas ciudadanas.”81 Desde una perspectiva dialéctica la ciudadanía es el resultado de diversos conflictos de la misma forma en que los conflictos sociales y políticos se producen por ejercicios y prácticas de ciudadanía en oposición. Por ello, la ciudadanía no puede ser única ni estable para todos. Más bien significa distintas cosas para distintos actores. Es esto lo que explica la existencia de prácticas ciudadanas desiguales. La ciudadanía es, pues, dinámica. No debería extrañar, según Tamayo, que sea un medio, y no un fin, para transformar las relaciones sociales.
Por esta razón, la constitución de espacios de ciudadanía -como espacios de conflicto- representa la posibilidad de entender esos espacios como espacios de resistencia contra la dominación y contra los procesos de exclusión, desigualdad e injusticia social. Dichos espacios son construidos por los actores sociales organizados en la esfera urbana y se erigen como el espacio privilegiado de la lucha social. De hecho Tamayo ve precisamente a “[…] los ciudadanos organizados como los nuevos sujetos colectivos que transforman e influyen en la sociedad por la vía de constituir espacios ciudadanos.”82
De ahí que las luchas por los derechos de ciudadanía sean un factor importante de las luchas más amplias por el cambio político y social en donde las organizaciones de la sociedad civil (OSC) y los movimientos sociales (MS) han sido dos de los actores más relevantes y fundamentales. Los espacios de ciudadanía como espacios de conflicto parten de una concepción sustantiva de la ciudadanía y ven a ésta necesariamente como una construcción social.83 En esta perspectiva, la lucha por el derecho a la ciudad es una lucha de la sociedad civil por ampliar la ciudadanía realizando un cuestionamiento simbólico a los códigos dominantes que se expresan en la construcción de una ciudad mercantilizada, excluyente.
Una ciudad que amplia la desigualdad y la injusticia social creando un espacio de conflicto el cual genera un conjunto de prácticas ciudadanas para construir un tipo de ciudad diferente, con otros códigos y símbolos basados en una ciudadanía sustantiva plena y en una
80 Sergio Tamayo, “Espacios de ciudadanía, espacios de conflicto”, en Sociológica, Universidad Autónoma Metropolitana-
Azcapotzalco, año 21, número 61, mayo-agosto de 2006, México, p. 13.
81 Ibíd., p. 18. 82 Ibíd., p. 14. 83 Ibíd., pp. 17-18.
ciudad como espacio de convivencia, incluyente, que reduce la desigualdad y la injusticia social y que es construida socialmente por sus habitantes.
Tamayo explica que debido a la existencia de diferentes prácticas y visiones de ciudadanía en disputa que provienen de actores como las élites políticas y económicas y los movimientos sociales no es posible hablar de una sola ciudadanía, pero tampoco es funcional hablar de una pluralidad de ciudadanías, pues existen marcos institucionales y controles sociales que sí determinan el comportamiento social y jurídico de los individuos, tanto a nivel internacional como nacional, por ello señala que una mejor definición es referirse a prácticas de ciudadanía, las que se refieren a todas aquellas experiencias concretas de carácter colectivo que se expresan de modo desigual y combinado.84
El autor define a las prácticas de ciudadanía como la síntesis de tres ámbitos: del carácter institucional de la ciudadanía; de la experiencia y lucha social de los ciudadanos por visiones e interpretaciones particulares de ciudadanía; y del contexto sociohistórico en el que se desenvuelven. En forma análoga al concepto de prácticas de ciudadanía el espacio público tiene un carácter expresivo, así como conflictivo, en forma de acciones colectivas o individuales de presión, protesta, impugnación y movilización, con el objeto de persuadir y obtener hegemonía política y cultural.
Por espacio público se entiende entonces ese ámbito de reconocimiento de actores sociales y políticos que confrontan proyectos y visiones distintos de lo social.85 Por último, para Tamayo el concepto de prácticas de ciudadanía se relacione estrechamente con el de comunidad política. No todas las prácticas identitarias de la comunidad son prácticas ciudadanas, pero toda práctica ciudadana involucra directa o indirectamente a la comunidad, tanto en su carácter eminentemente político como en el cultural. La comunidad puede adquirir diversas escalas que van desde la comunidad internacional, la comunidad internacional-regional (como la Unión Europea), la nacional (incluyendo distintas comunidades étnicas en un mismo Estado pluriétnico) y también es posible considerar a una comunidad a partir de elementos estructuradores urbanos, como lo son los barrios y pueblos de una ciudad.86
En este estudio las prácticas ciudadanas específicas o concretas se refieren a proyectos o iniciativas específicas de la sociedad civil -los ciudadanos organizados, los colectivos- que tienen como objetivo ejercer o hacer valer uno o varios derechos como elementos centrales de su ciudadanía entendiendo que el Estado no sólo debe reconocer sino garantizar esos derechos. Una práctica ciudadana específica requiere como precondición mínima el conocimiento más o menos pleno y objetivo de los derechos por parte de los ciudadanos, así como el conocimiento de los mecanismos básicos de exigibilidad y justiciabilidad que les permitan su garantía con el menor número de obstáculos o resistencias (tanto internas como externas) y haciendo uso tanto de sus
84 Ibíd., pp. 22-23.
85 “Los individuos actúan y piensan ubicados siempre en un tiempo y en un espacio. Son seres que habitan y ocupan, crean y
transforman el lugar, y así se convierten en sujetos de su propio espacio.” Ibíd., p. 24.
86 Ibíd., pp. 28-29. “La comunidad política, sea ésta una ciudad o el Estado nación, se convierte en el contexto y escenario de las
prácticas ciudadanas. Es el campo de batalla de las diferentes luchas por la ciudadanía. Es ahí donde se exponen los proyectos distintivos de ciudadanía y de nación.” Ibídem.
propios recursos como de los mecanismos e instancias de las autoridades correspondientes o de otros actores de la sociedad civil.
En el caso, por ejemplo, de las OSC que se dedican a la defensa y promoción de derechos humanos algunas prácticas ciudadanas recurrentes la constituyen las experiencias de “acciones de exigibilidad” de los derechos que consisten en acciones de promoción y defensa de los derechos humanos con miras a su plena realización. La base y fundamento de toda iniciativa de exigibilidad de derechos -entendida como una práctica ciudadana específica- es la comprensión del contenido esencial de los derechos en su forma integral –o de cada derecho en particular-, así como las obligaciones del Estado y sus instituciones de cumplirlos. Areli Sandoval distingue dos grandes tipos de acciones de exigibilidad: la política y la jurídica. La jurídica implica la defensa de los derechos a través de un proceso legal acudiendo a tribunales y demás instancias jurisdiccionales amparados por las leyes nacionales y los tratados internacionales, a este mecanismo también se le conoce como justiciabilidad.
Por su parte, las acciones de exigibilidad política se refieren a todas aquellas acciones llevadas a cabo por las OSC u otros actores de la sociedad civil que -a través de la movilización social, la presión y otras acciones públicas como campañas informativas, denuncias públicas y contra informes- exigen el cumplimiento y respeto de los derechos.87 Estas acciones buscan además de la no violación de los derechos hacer valer la capacidad de éstos de convertirse en la base de políticas públicas y programas gubernamentales, iniciativas de ley, demandas de aumento de presupuesto o una justa asignación de éste, entre otras medidas que tienen como fin lograr a través de la acción política tener una incidencia real de la sociedad civil en la toma de decisiones colectivas teniendo como base la exigencia de los derechos humanos.
Cabe señalar que esta distinción entre los mecanismos o acciones políticas o jurídicas de exigibilidad de los derechos se corresponde, en gran medida, con la distinción entre acción directa y acción institucional que menciona Boaventura de Sousa Santos y entre lo que yo denomino, por un lado, apropiación legítima de los derechos y por el otro lado, reconocimiento legal de los derechos que describimos en el cuadro 1 de este capítulo.
En suma, las prácticas ciudadanas específicas o concretas de los movimientos sociales urbanos se centran en la defensa de sus derechos y en la apertura de espacios de participación generalmente, mientras que las de las OSC se refieren a la reivindicación de derechos y políticas públicas y a la realización de sus proyectos sociales y políticos particulares en donde hacen valer los derechos de sus agremiados y de la población en un ámbito local.
En el caso de la ciudad de México y el proceso sociopolítico de la construcción social del derecho colectivo a la ciudad las prácticas ciudadanas específicas o concretas en su conjunto
87 Areli Sandoval Terán, “Experiencias de exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales en México desde
organizaciones de la sociedad civil”, en Ernesto Isunza y Alberto Olvera (Coords.) Democratización, rendición de cuentas y sociedad civil. Participación ciudadana y control social, CIESAS-Miguel Ángel Porrúa, México, 2010, p. 105. Según la Declaración de Principios sobre la Exigibilidad y Realización de los Derechos Económicos. Sociales y Culturales (DESC) elaborada por OSC en Quito en 1998 “La exigibilidad es un proceso social, político y legal. La forma y medida en que un Estado cumpla con sus obligaciones respecto de los DESC no solamente ha de ser materia de escrutinio de los órganos de verificación del cumplimiento de las normas que los consagran y garantizan, sino que debe abarcar la participación activa de la sociedad civil en esta tarea como una condición sustantiva del ejercicio de su ciudadanía”, citado en Ibíd., p. 112.
contribuyen al fortalecimiento de una práctica ciudadana de la sociedad civil (OSC y MS) que se contrapone a las prácticas mercantiles de las élites políticas y económicas. Las prácticas ciudadanas tienen como objetivo central la lucha por una ciudadanía sustantiva y plena que les permitan a los ciudadanos tener una vida digna en la ciudad que ellos mismos contribuyen a construir.
A pesar de que dichas prácticas ciudadanas específicas o concretas de los actores de la sociedad civil tienen como elemento común la reivindicación del derecho a la ciudad es necesario mencionar que son diversas y en ocasiones contrapuestas pues derivan a su vez del hecho de que la sociedad civil en la ciudad de México no es, como veremos, un ente homogéneo sino, por el contrario, heterogéneo, diverso, plural y en ocasiones hasta contradictorio. Lo destacable para este trabajo es que de inicio el derecho a la ciudad se coloca como una demanda integral que incentiva la acción colectiva de la sociedad civil y da sustento a un conjunto de prácticas ciudadanas que permiten el reconocimiento y ejercicio de derechos.