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4.2 Semiotics in Strategy

4.2.2 Narrative based Perspective

sarios para la aplicación de los programas e instrumen- tos de comercio exterior, por lo que en coordinación con las dependencias competentes, deberá establecer me- diante decretos, programas de promoción vinculados a la infraestructura, capacitación, coordinación, organi- zación, financiamiento, administración fiscal y aduane- ra y modernización de mecanismos de comercio exte- rior, siempre y cuando se trate de prácticas internacionalmente aceptadas.

Asimismo, la Secretaría deberá establecer mediante acuer- dos, aquellas medidas necesarias para la aplicación de los programas e instrumentos citados en el párrafo anterior. Artículo 92. El Premio Nacional de Exportación tendrá por objeto reconocer anualmente el esfuerzo de los expor- tadores nacionales y de las instituciones que apoyen la ac- tividad exportadora. El procedimiento para la selección de los ganadores del premio, las diferentes categorías del mismo, la forma de usarlo y las demás disposiciones rela- cionadas con el mismo se establecerán en el reglamento. Artículo 94. ...

I. al V. ...

VI. Por las que se responda a las solicitudes de los intere- sados a que se refiere el Artículo 89A;

VII. al XII. ... ...

TRANSITORIOS

Articulo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la

Federación.

Articulo Segundo. Para efectos de lo dispuesto por la frac- ción VII, del artículo 4 de esta Ley, las Dependencias y En- tidades de la Administración Pública Federal que adminis- tren o controlen una restricción o regulación no arancelaria, deberán desarrollar en un plazo no mayor a 12 meses, con- tado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, un plan de trabajo en el que establecerán responsables, metas, plazos comprometidos y además acciones necesarias pa- ra interconectarse electrónicamente con la Secretaría de Economía y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Pú- blico.

Asimismo se establecerá la interconexión electrónica con las entidades prevalidadoras autorizadas en términos de lo dispuesto por el artículo 16-A de la Ley Aduanera, a fin de que el agente o apoderado aduanal estén en posibilidades de verificar el cumplimiento con las restricciones o regula- ciones no arancelarias que correspondan.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días del mes de marzo de 2005.— Diputados: Manuel López Vi-

llarreal (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Ju- lio Horacio Lujambio Moreno, Ricardo Alegre Bojórquez

(rúbrica), José María de la Vega Lárraga, Jaime del Con-

de Ugarte, Jesús Antonio Nader Nasrallah, Francisco Ja- vier Landero Gutiérrez, María Eloísa Talavera Hernández

(rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Mi-

guel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles (rúbrica), José Mario Wong Pérez, Jesús María Ra- món Valdez (rúbrica), Eduardo Olmos Castro, Juan Ma- nuel Dávalos Padilla, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Car- los Blackaller Ayala (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez

(rúbrica), Fernando Ulises Adame de León, José Manuel

Abdala de la Fuente, Gustavo Moreno Ramos, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Guiller- mo Antonio Olmos Capilla (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.»

Es de segunda lectura.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: En consecuencia, está a discusión en lo general. Tiene la palabra el señor diputado Manuel López Villarreal, para fundamentar el dictamen.

El diputado Manuel Ignacio López Villarreal: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros le- gisladores: tomo la palabra, en nombre de los integrantes de la Comisión de Economía, para presentar el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior. El comercio exterior es pieza funda- mental para nuestra economía. Con el intercambio comer- cial, los consumidores tienen a su disposición gran varie- dad de productos y de marcas a precios menores, otorgándoles la posibilidad de hacer mejores decisiones de compra, mientras que las empresas tienen la ventaja de po- der entrar en otros mercados con arancel cero o mínimo, ampliando así su mercado potencial en millones de consu- midores. Nuestro país es uno de los más integrados econó- micamente, más abiertos al libre comercio: tenemos trata- dos comerciales con 42 países. Además, esto posiciona nuestro país como el único en el mundo que tiene acceso preferencial a las economías más poderosas y competitivas del mundo: América del Norte, la Unión Europea y Japón. El comercio exterior se ha convertido en motor fundamen- tal para el crecimiento y desarrollo económico. Las expor- taciones en los últimos años han crecido a un ritmo prome- dio anual de 12 por ciento, propiciando que el comercio exterior represente hoy día más de 65 por ciento de nuestra economía. Sin embargo, también ha perjudicado la compe- tencia frontal de nuestras empresas con las del resto del mundo, poniendo de manifiesto las carencias, las desventa- jas y los límites de las leyes, los procedimientos y los trá- mites que rigen las operaciones de comercio internacional. En tal sentido, es imperativo facilitar, incentivar y otorgar certidumbre jurídica al comercio exterior a través de una legislación que mejore el entorno de los negocios en esta materia. Así pues, en la Comisión de Economía nos dimos a la tarea de elaborar reformas a la Ley de Comercio Exte- rior para alcanzar este objetivo.

Se incorpora en el objetivo de la ley defender la planta productiva nacional de prácticas desleales en comercio internacional. Se incluyen los avances tecnológicos en la ley para que las restricciones y regulaciones no arancela- rias, así como las notificaciones, sean en forma electróni- ca. Se faculta a la Secretaría de Economía para emitir re- glas de carácter general en materia de comercio exterior. Se establece que se coordinarán las dependencias de la

Administración Pública Federal para controlar una restric- ción o regulación no arancelaria electrónicamente. Se in- cluyen la participación y opinión del sector privado de los anteproyectos de disposición derivadas de esta ley. Se se- ñala que la Secretaría deberá establecer medidas y meca- nismos para promover y facilitar el comercio exterior. Se asignan nuevas tareas de la Comisión de Comercio Exte- rior y de la Comisión Mixta, que son órganos que auxilian a la Secretaría para apoyar, extender y elevar la competiti- vidad de la planta productiva nacional.

Finalmente, quiero señalar que para la elaboración de este esfuerzo legislativo se tomaron en cuenta las aportaciones y los comentarios de organismos empresariales y expertos en la materia, así como de la Secretaría de Economía y de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. En tal sentido, este proyecto reconoce y aprovecha la participación desin- teresada del sector mexicano involucrado en el intercambio internacional. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía concluyó que estas reformas brindarán mayor seguridad y certidumbre jurídica a las operaciones de co- mercio exterior, lo que sin duda será un paso importante para elevar y extender la competitividad del país y sus em- presas. Por tal motivo, invitamos a todos y a todas a su- marse a este proyecto, que es en beneficio de los consumi- dores y de las empresas. Es cuanto, señor Presidente. El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Muchas gracias, diputado López Villarreal. En términos del 108, esta Presidencia no tiene más oradores registrados; luego entonces, considera el tema suficientemente discuti- do. Pero pregunta, en términos del 134, si algún miembro de la Asamblea se va a reservar algún artículo para discu- tirlo y votarlo en lo particular. No habiendo reservas, se ruega a la Secretaría la apertura del sistema electrónico de votación hasta por tres minutos, de tal suerte de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular, en un so- lo evento.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Há- ganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Regla- mento Interior y ábrase el sistema electrónico por tres mi- nutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto, del dictamen propuesto. Se abre el sistema electrónico de votación por tres minutos. (Votación.)

Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor Presi- dente: se emitieron 362 votos en pro y ninguno en contra.

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Apro- bado, en lo general y en lo particular, por 362 votos, el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.