1. Comprobación de datos estadísticos.
La comprobación de los datos relativos a las actuaciones inspectoras resultaron conformes, habiéndose modificado el relativo a diligencias de colaboración enviadas y recibidas de la AEAT, de acuerdo a los registros facilitados por la Unidad de Coordinación de Actuaciones Tributarias de otras Administraciones, sita en Málaga, a través de la cual se centralizan las comunicaciones de las Unidades provinciales de la CAA con la Delegación Especial de la AEAT.
Las diferencias resultantes entre los datos aportados por la AEAT y los suministrados por los servicios de la Comunidad respecto del número de actas y diligencias de colaboración remitidas y recibidas obedece, en parte, a que las Unidades Inspectoras no siempre computan las actas de comprobado y conforme, ya que no dan lugar a ulteriores actuaciones, así como a la errónea imputación provincial intracomunitaria.
Como limitaciones al alcance, señalar la relativa a los datos sobre tramitación de recursos, expedientes sancionadores y liquidación de actas, que al no ser proporcionados por SUR sino que proceden de registros independientes mantenidos en cada una de las GGPP, no pudieron verificarse en el curso de la visita.
2. Análisis de las actas instruidas en el ejercicio.
ACTAS DE INSPECCIÓN INSTRUIDAS
NÚMERO IMPORTE 2012 2013 2012 2013 PATRIMONIO 261 121 2.169 598 SUCESIONES 1.617 1.735 47.414 56.795 TRANSMISIONES 2.271 1.641 29.636 21.705 JUEGO 0 0 0 0 TOTAL 4.149 3.497 79.219 79.098
El número de actas instruidas en la CAA durante el ejercicio 2013 (Cuadro 92) ascendió a 3.497, por un importe total de 79.098 miles de euros. En el año 2012 fueron incoadas 4.149 actas por un monto total de 79.219 miles de euros, lo que supone un descenso del 15,7% en el número y del 0,2% en la cuota tributaria.
El importe medio alcanzado por el total de las actas instruidas en 2013 (Cuadro 95), se situó en 23 miles de euros, lo que supone una incremento del 21% respecto a los 19 miles de euros alcanzados en el año anterior.
Por conceptos, en cuanto a los resultados de la actuación inspectora cabe destacar lo siguiente:
- La notable merma del número e importe de las actas incoadas por el concepto IP
obedece a la culminación, en 2.012, de los planes de actuación sobre depósitos en entidades extranjeras.
- En cuanto al IDS el incremento tanto en actas como en importe, obedece al éxito de
los instrumentos informáticos utilizados en colaboración con la AEAT.
- La disminución, en número e importe, de las actuaciones en el ITPAJD obedece
también a la sustitución de estas actuaciones por la de comprobación limitada.
Por conceptos, en cuanto a los resultados de la actuación inspectora cabe destacar los siguientes:
Por modelos de acta, fueron incoadas 1.955 actas de conformidad con una deuda tributaria de 24.068 miles de euros y 1.542 de disconformidad por valor de 55.030 miles de euros. Las actas de conformidad significaron el 30,4% de la deuda tributaria y las de disconformidad el 69,6%.
Durante el ejercicio no se instruyeron en el ámbito de la CAA actas con acuerdo de las reguladas en el artículo 155 de la Ley General Tributaria.
La actividad inspectora desarrollada por los Servicios de Inspección de la AEAT en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio por cuenta de la CAA (Cuadro 94), se materializó en 34 actas: 28 de conformidad, con una deuda total de 28 miles de euros, 5 de disconformidad, por 176 miles de euros y 1 con acuerdo por 111 miles de euros. Estos datos suponen el 21,9% de las actas y el 34,5% de la deuda descubierta por este concepto tributario (21,9% y 20% respectivamente en 2012).
3. Análisis de las actas liquidadas.
De las 3.961 actas susceptibles de liquidación, (cuadro nº 101), 3.510 instruidas en el ejercicio y 451 pendientes a 1 de enero; fueron resueltas 3.411, quedando 550 pendientes a fecha fin de ejercicio. El índice de actividad se situó en el 86,1%, (91,3% en 2012), no apreciándose la existencia de incidencias de relieve en el proceso de liquidación.
Respecto a las 3.411 actas liquidadas, en 86 se dictó acuerdo de rectificación, 32 fueron anuladas y una resultó prescrita, siendo confirmadas las restantes.
Las causas principales de la rectificación de las 86 actas de inspección fueron:
- Errores de hecho en la determinación de la base imponible.
- Apreciar beneficios fiscales que no se habían aplicado en el acta pero se constata su
procedencia después de la fase de alegaciones.
- Subsanar defectos formales en la comprobación de valor, al apreciar que la valoración que se ha realizado es justo igual a la anulada por los tribunales relativa al mismo expediente.
- Acoger las alegaciones del interesado, una vez cumplimentado dicho trámite, al apreciar la procedencia de la renuncia a la exención del IVA por haber acreditado la concurrencia de requisitos que la condicionan, por haber fallecido el obligado tributario debiendo seguir las actuaciones con sus herederos, por haber satisfecho ya el impuesto o carecer de bienes, por haber acreditado el ejercicio efectivo de funciones directivas para la exención del Impuesto sobre el Patrimonio, por acreditar la extensión de un acta por la AEAT, etc.
- Error en la determinación de la base teórica de gravamen en el Impuesto sobre
Sucesiones.
Las medidas que se toman para evitar prescripciones en actas son las siguientes:
- Con carácter general a través de la herramienta Datamart se ha hecho una selección
de todos los expedientes cuyos hechos imponibles se han devengado antes de 2011 para su tramitación prioritaria preferente. Cuando se concluyan estas actuaciones se utilizará la herramienta para identificar las actuaciones que tengan más riesgo de prescripción.
- Con carácter particular los Jefes de Unidad se encargan de evitar en lo posible las
prescripciones de los hechos imponibles y de la observación de los plazos de las actuaciones inspectoras.
4. Ratios de actividad inspectora.
Los efectivos dedicados a actividad inspectora, el personal dedicado a la inspección activa calculados convencionalmente según “Inspectores normalizados” (Inspectores = 1; Subinspectores = 0,75) y éstos en función de los meses en los que actuaron en el año, resultaron un total de 28,2 Inspectores normalizados para el conjunto de la Comunidad, inferiores a los 28,4 del ejercicio anterior.
RATIOS DE ACTIVIDAD INSPECTORA POR INSPECTOR NORMALIZADO
2012 2013
NÚMERO IMPORTE NÚMERO IMPORTE
ALMERÍA 144,0 4.693,0 87,7 1.644,2 CÁDIZ 161,0 2.484,2 56,5 1.776,8 CÓRDOBA 176,6 2.776,1 152,2 2.958,4 GRANADA 165,3 2.582,7 232,8 2.352,5 HUELVA 141,4 781,1 145,4 1.263,6 JAÉN 171,1 1.843,8 95,0 1.454,7 MÁLAGA 116,9 2.846,1 96,6 2.738,4 SEVILLA 114,6 3.781,5 109,8 6.475,5 TOTAL 146,1 2.789,4 124,0 2.804,9
El número de actas por Inspector normalizado en 2013 (cuadro nº 93) fue de 124 por un importe de 2.804,9 miles de euros, lo que supone una disminución en el número de actas (146,1 en 2012) pero no del importe de dicho año 2012 (2.789,4 miles de euros).
Por SSTTel mayor número de actas por Inspector normalizado correspondió a Granada, y a Sevilla el mayor importe por inspector normalizado.
5. Planes de Inspección: cumplimiento de objetivos.
Como en ejercicios anteriores se ha elaborado para 2013, como un subapartado del PCT, un Plan Parcial de Inspección que fija las directrices generales de actuación para las áreas de Inspección de toda la CA. Incluye para cada provincia objetivos en cuanto a número de actas por cada línea de actuación y cuantía. Además, se ha introducido el objetivo de deuda recaudada. Así mismo se contemplan las líneas de colaboración con el área de Gestión y de coordinación en Recaudación, así como en las Unidades de Valoración.
El PPI para 2013, al igual que el resto del PCT, se enmarca por tres hitos específicos que particularizan su contenido para dicho ejercicio:
- En primer término, por la elaboración por la ATRIAN del Plan de lucha contra el
fraude fiscal, en cumplimiento del mandato contenido en el Acuerdo de 24 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban un conjunto de medidas relacionadas con el cumplimiento del Plan Económico Financiero de reequilibrio de la Junta de Andalucía 2012-2014. Dicho Plan (con vigencia desde octubre de 2012 a marzo de 2014) contempla expresamente la modificación del PCT en aquellos aspectos en que sea preciso.
- En segundo lugar, por la ampliación en el suministro de la información recibida con motivo del Convenio de colaboración entre la AEAT y la ATRIAN para la prevención y detección del fraude fiscal y de la economía sumergida y la mejora de información y asistencia a los obligados tributarios. La profundización de la explotación de la información recibida determina tareas gestoras que se desarrollan seguidamente.
- En tercer lugar, por las modificaciones experimentadas en las pautas de actuación de
los órganos de gestión con motivo de la aplicación de los PCT de los últimos ejercicios, habiéndose iniciado una dinámica novedosa en la distribución de las cargas de trabajo entre las distintas Unidades de la organización, que hasta el momento respondían a criterios funcionales tradicionales (comprobación de operaciones declaradas vs localización de operaciones ocultas).
A efecto de obtención de liquidez, uno de los objetivos principales del Plan de Lucha contra el Fraude Fiscal, se dictan dos pautas concretas de actuación a las Unidades de Inspección:
a) Se deberá proceder a la utilización de los procedimientos de comprobación limitada, no sólo por razones de eficacia, en todos aquellos casos en que no sea precisa la utilización de las facultades inherentes al procedimiento de inspección regulado en los artículos 145 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT), sino también en aquellos otros en que éste permita anticipar la generación de liquidaciones (v.gr. recargos por extemporaneidad; errores aritméticos; comprobaciones parciales...) informando claramente al obligado del carácter no definitivo de la comprobación efectuada, con reserva de ulteriores comprobaciones que podrán reconducirse al procedimiento de inspección.
b) Asi mismo se deberá proceder a la generación de actas diferenciadas cuando el contribuyente preste conformidad parcial.
Las actuaciones aparecen desglosadas por sectores relacionándose en cada uno de ellos distintas líneas de actuación: inmobiliario (documentos no presentados, IVA/TPO, art. 108 Ley del Mercado de Valores), imposición patrimonial (no declarantes IP, declarantes IP), por adquisiciones lucrativas (no declarantes, donaciones, declarantes con y sin deuda), además de otros conceptos tales como: diligencias de colaboración con otras Administraciones, concesiones administrativas, transmisiones bienes muebles, etc.), y actuaciones en delitos contra la Hacienda Pública. En 2.013 se abre una nueva línea de actuación relacionada con sanciones.
En general los objetivos fijados en términos de deuda, contraído neto, no se han cumplido en todas las inspecciones provinciales si bien la media ha sido del 114,8%. Los mayores cumplimientos se han dado en Sevilla (159,7%), Granada (152,63%) y Córdoba (114,9%). Los menores se han dado en Huelva (61,8%), y Jaén (79,2%).
En cambio, no se ha cumplido el objetivo de recaudación neta, (58,8% de cumplimiento) encontrándose muy por debajo de los objetivos propuestos que duplicaban los del año anterior. Aun así, si comparamos los resultados de 2013 con los del ejercicio
2012, podemos observar que se han superado ampliamente los resultados conseguidos en el ejercicio anterior en recaudación neta, suponiendo un incremento en torno al 60%.
6. Instrumentos inspectores.
Los instrumentos inspectores utilizados para la investigación de los posibles hechos imponibles por las diferentes inspecciones provinciales han sido los siguientes:
Impuesto sobre el Patrimonio
Las actuaciones en este impuesto se realizan utilizando la herramienta Zújar de Comunidades Autónomas, puesta a disposición por la AEAT, combinada con la información suministrada en el marco del Convenio de Colaboración suscrito entre la AEAT y la ATRIAN en julio de 2011, (v. gr. Titulares de capitales mobiliarios superiores a 500.000 euros o premios percibidos sea de loterías y otros) y con los datos extraídos de la base de datos SUR a través de herramientas propias de selección y cruces. (Datamart). Además de los instrumentos anteriores en el Plan de Inspección de 2013 se encomendó a los órganos de Inspección la comprobación de todas aquellas autoliquidaciones presentadas como consecuencia de las actuaciones de control de presentación realizadas por los órganos gestores en 2012 en que concurrieran alguno de los siguientes requisitos:
- Declarar un patrimonio exento igual o superior a 1.000.000 euros, por cualquiera de los
conceptos previstos en el artículo 4 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, reguladora del Impuesto, una vez descontado el mínimo exento de la vivienda habitual;
- Declarar deudas deducibles del mismo importe
- Autoliquidaciones que incluyan capitales mobiliarios de la misma cuantía situados en el
extranjero.
Como consecuencia de los anteriores instrumentos y actuaciones se han extendido en 2013, por el concepto no declarantes 61 actas por importe de 338.497 euros y por el concepto declarantes 63 actas y 35 liquidaciones derivadas del procedimiento de comprobación limitada por importe conjunto de 581.485 euros.
Durante 2013 no se han realizado actas o liquidaciones del procedimiento de comprobación limitada procedentes de diligencias de colaboración remitidas por la AEAT.
Se debe precisar que a partir del periodo 2012 el control de presentación de autoliquidaciones pasó a realizarse por los órganos gestores.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
En el caso del concepto ISD la investigación sobre posibles no declarantes se basa en cruces informáticos elaborados por las Unidades de Planificación y Control Tributario de la CAA, entre la relación de fallecidos, facilitada por la AEAT mediante Zujar, y otros datos facilitados por la AEAT en el marco del Convenio o por colaboración directa a requerimiento puntual de la CAA (Depuración de sujetos fallecidos, información sobre cotitularidades de cuentas o depósitos, adquisiciones de inmuebles y vehículos por no
declarantes de IRPF para posibles donaciones, información de cuentas corrientes de fallecidos con saldo acumulado mayor a 10.000 euros, etc) y demás datos procedentes de las declaraciones del IP. Lo anterior combinado con los datos extraídos de la base de datos SUR a través de herramientas propias de selección y cruces. (Datamart). Por esta línea de actuación en el periodo 2013 se extendieron 836 actas y 51 liquidaciones de comprobación limitada por importe conjunto de 12.747 miles de euros.
Otra vía de actuación relevante en las actuaciones inspectoras es la de declarantes, esto es, expedientes que han sido presentados en las oficinas gestoras pero que por presentar un especial riesgo fiscal se ha dispuesto sean remitidos tras su presentación y ultimados por la Inspección para que sean analizados a la luz de la base de datos de la AEAT, BDC. Estos expedientes estaban recogidos en la Circular 4/2003, de 13 de marzo, que ha quedado derogada en cuanto se ha considerado más útil y ágil que los Planes de cada ejercicio determinen los expedientes que las oficinas gestoras remitan a las Unidades de Inspección. Así en el Plan de 2013 se mantiene que deben remitirse las donaciones y adquisiciones mortis-causa cuyo caudal relicto exceda de 600.000 euros. Por esta línea de actuación se han extendido 765 actas y 353 liquidaciones derivadas del procedimiento de comprobación limitada con deuda tributaria liquidada por ambos conceptos de 38.583 miles de euros.
Los órganos de Gestión y las OOLL también informan, conforme al Plan 2013, de las transmisiones onerosas entre ascendientes y descendientes con valor declarado superior a 150.000 euros (100.000 euros si son participaciones sociales) y donaciones en las que se hayan aplicado reducciones a que se refiere el art. 20.6 de la Ley 29/1987. También se pone especial atención en la disolución de sociedades conyugales y la adquisición de vehículos o inmuebles por sujetos pasivos que carezcan de rentas. Por estos conceptos (donaciones o negocios asimilados) se han extendido 105 actas y 118 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 11.996 miles de euros.
Las diligencias de colaboración procedentes de la AEAT han dado lugar a la incoación de dos actas y seis liquidaciones de comprobación limitada por importe de 1.348 miles de euros.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Las herramientas fundamentales para el control son las siguientes:
- Cruce informático de protocolos notariales con el registro de presentaciones utilizando
la base de datos SUR, lo que permite detectar, si bien previa una amplia y notable labor de depuración, hechos imponibles no declarados. Ello ha supuesto una extensión de 58 actas y 78 liquidaciones de comprobación limitada por importe conjunto de 749 miles de euros. Cantidades inferiores a las extendidas el año anterior por este concepto, pero significativas si se tiene en cuenta, como se ha indicado anteriormente, que el control de presentación se ha ido desplazando a lo largo del ejercicio a los órganos de gestión. - A través de requerimientos a los organismos públicos, especialmente Ayuntamientos,
realizándose por este concepto 24 actas y 232 liquidaciones de comprobación limitada por importe total de 1.041 miles de euros.
- A través de requerimientos a compradores a particulares de objetos de oro, plata y otros
metales preciosos así como a empresas intervinientes en subastas de objetos previamente pignorados se han extendido 936 actas y 300 liquidaciones de comprobación limitada por importe total de 7.687 miles de euros.
Se ha obtenido información, a través de las Gerencias Territoriales del Catastro o mediante requerimientos individualizados o de otras actuaciones inspectoras, de la existencia de documentos privados que han dado lugar a la extensión de 16 actas y 16 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 78 miles de euros y también sobre simulaciones de precios en el sector inmobiliario extendiendo por este concepto 37 actas y 80 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 1.138 miles de euros)
La información remitida por la AEAT derivada del Convenio ha dado lugar a la extensión de 46 actas por importe de 188 miles de euros.
Como se ha indicado indicado en otro apartado, las situaciones de riesgo fiscal de expedientes presentados en órganos gestores y que por tanto deben ser remitidos a las Unidades de Inspección han dejado estar concretados en la Instrucción 4/2003 pasándolo a estar en los Planes de cada ejercicio, así en 2013, se remitieron los expedientes con renuncia a la exención a que se refiere el art. 20. Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA, los que contengan transmisiones de valores exentas al amparo el artículo 108 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores así como determinadas operaciones sujetas a TPO, AJD u OS. En virtud de dicha información se han incoado 54 actas y 16 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 3.106 miles de euros respecto de la aplicación de la LMV, y 275 actas y 257 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 13.733 por la delimitación IVA- TPO.
En el Plan de Inspección del periodo 2013 se mantuvo suprimida, en el Sector Inmobiliario, la línea de actuación que figuraba en periodos anteriores a 2012 denominada “Control de beneficios fiscales. Normas propias” (tipos reducidos por adquisición de viviendas habitual por jóvenes, adquisiciones por empresas inmobiliarias, etc.) cuyo control ha pasado a realizarse por los órganos de gestión.
Se pueden destacar también iniciativas específicas de investigación como la revisión de expedientes con valoraciones anuladas que son objeto de nueva valoración atendiendo a la contabilidad empresarial que han supuesto 11 actas y 4 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 249 miles de euros; otros documentos procedentes de órganos gestores distintos a los expuestos en apartados anteriores que han dado lugar a la extensión de 89 actas y 304 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 3.985 miles de euros así como las actuaciones relativas a pagarés y otros documentos mercantiles que han dado lugar a la extensión de 69 actas y 270 liquidaciones de comprobación limitada por importe de 122 miles de euros.
Por último, las diligencias de colaboración remitidas por la AEAT han dado lugar a la extensión de tres actas y tres liquidaciones de comprobación limitada por importe de 131 miles de euros.
En cuanto a la utilización de la herramienta ZUJAR, en relación al IP, la AEAT ha puesto a disposición de la CAA el Zújar de contribuyentes CCAA, así como otros zújares ejecutados desde la Delegación Especial a solicitud de la CAA, con los parámetros indicados por la misma. Entre éstos últimos en el ejercicio 2013 se les ha remitido el Zújar modelo 183, premios exentos con información relativa a los perceptores de dichos premios con domicilio fiscal en la CAA.
En relación al ISD se han puesto a disposición de la CAA en el año 2013 el Zújar de contribuyentes CCAA, así como otros zújares con los siguientes contenidos:
- Cuentas bancarias de fallecidos sin cónyuge, Zújar de cónyuges de contribuyentes