4. RECENT SITUATION AND DEVELOPMENTS ON LABOUR MARKET, HUMAN CAPITAL AND
4.3. Demography and human capital
4.3.2. Population structure and spatial distribution
NACIONAL EN LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, CON LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 42 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS Y 18 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA PARA EL CONGRESO DEL ESTADO, PRESENTO A SU CONSIDERACIÓN INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, MISMA QUE SUSTENTO EN LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los lamentables acontecimientos ocurridos a finales del mes de septiembre en Iguala, Guerrero, así como la detención de servidores públicos en los Estados de Michoacán y San Luis Potosí, a los cuales la autoridad competente ha acusado de estar vinculados a la delincuencia organizada, nos obligan a los legisladores a proponer medidas que cierren el paso a estas conductas que vulneran nuestro Estado de Derecho y la confianza de los ciudadanos.
En la Plataforma Política del Partido Acción Nacional, uno de los aspectos prioritarios es precisamente el preservar y consolidar la vigencia plena del Estado de Derecho y en consonancia garantizar la seguridad de los ciudadanos y las instituciones para de esta forma, mejorar la calidad de vida de todos y conservar el liderazgo de nuestra entidad, en ese sentido quienes debemos encaminar y orientar las propuestas legislativas necesarias para fortalecerlo.
Como antecedentes del control de confianza se puede señalar que el ex presidente de la República Felipe Calderón Hinojosa, presentó en el dos mil ocho el proyecto del control de confianza, que consistía en una serie de pruebas y exámenes a los elementos de seguridad, para perfeccionar los mecanismos de reclutamiento, selección, capacitación, promoción y retiro de los elementos de las instituciones policiales del país.
Este proyecto fue adoptado por las entidades federativas y puesto en marcha paulatinamente en todo el país; hoy es una medida que se pone en práctica en todos los Estados para reclutar y evaluar a los policías y personal de seguridad de las dependencias gubernamentales.
El presidente Felipe Calderón durante su sexenio, apostó a acabar con la corrupción en todo el sistema de procuración de justicia, y sobre todo en las 516 mil 820 policías que existen en México. Para ello se acordó la aplicación de exámenes de control de confianza también para servidores públicos.
Los exámenes de control de confianza son una serie de exámenes para seleccionar y evaluar personal y según, permite detectar vulnerabilidades para no correr riesgos de corrupción, impunidad y penetración del crimen organizado que puedan dañar el patrimonio y el cumplimiento de los objetivos de las instituciones.
Los artículos transitorios de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República señalan los procesos de evaluación de control de confianza, el término para someterse a los exámenes y la continuidad o separación en caso de no aprobar los exámenes.
El control de confianza comprende los exámenes de evaluación médica; evaluación toxicológica; evaluación de aptitudes físicas; evaluación psicológica; evaluación del entorno social y situación patrimonial; evaluación poligráfica y evaluación del desempeño.
Se han realizado muchos estudios sobre la efectividad de los exámenes de control y confianza, en algunos casos se habla de que es capaz de determinar la veracidad de un testimonio con un nivel de confiabilidad entre el 80.7 y el 85.0 por ciento y en el mejor de los casos se habla del 95.0 por ciento y el 98.0 por ciento.
Las respuestas fisiológicas que mide, normalmente ritmo cardiaco y respiratorio, junto con la conductividad de la piel no son forzosamente signos de falta de honradez, pues hay especialistas que señalan que el polígrafo detecta más el miedo que la mentira.
Los especialistas señalan que cualquiera que sea el caso, miedo, mentira o falta de honradez, manifiesta una reprobatoria en el polígrafo.
Ya que en el caso de manifestar miedo, es una persona que no es apta para desempeñar cargos de relevancia correspondientes al servicio público.
En cuanto a las demás pruebas de confianza, tiene un mayor peso el entorno social y la evaluación toxicológica, pues la corrupción y las adicciones llevan a muchos funcionarios, servidores públicos y policías a tener contacto con el crimen organizado y ser parte de ellos.
Un tema importante también es la evaluación médica, que los servidores públicos se encuentren en buenas condiciones de salud para desempeñar sus funciones; además de la evaluación psicológica, ya que el tener problemas de este apartado, genera falta de criterio para resolver situaciones en lo particular y tener un desempeño eficiente en el servicio público.
Actualmente las evaluaciones de control de confianza comprenden aspectos que como ya se señaló, no únicamente pueden ser aplicables a los funcionarios en materia de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, puesto que comprenden aspectos como:
Polígrafo, (detector de mentiras)
Toxicología, (ausencia de alcoholismo o drogadicción)
Entorno social, (se detectan nexos con la delincuencia organizada) Perfil médico y psicológico
Congruencia patrimonial (equilibrio entre lo que se percibe y lo que se cuenta de patrimonio)
Aspectos que si no todos, la gran mayoría son aplicables a otras funciones y responsabilidades en el servicio público, por lo que la presente propuesta legislativa busca establecer dentro de nuestra carta magna el requisito para todos los Secretarios del Poder Ejecutivo y los miembros del Consejo de la Judicatura Estatal con la acreditación de las evaluaciones de control de confianza de conformidad al procedimiento que establezcan el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, propuesta que presenté en días anteriores y que viene a reforzar esta iniciativa con la finalidad de darnos confianza a los Morelenses en sus autoridades.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la valoración del Pleno del Poder Legislativo la siguiente:
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA A LA