TABLE 12 Vulnerability Signposts
8.1.3 Portfolio Comparison and Option Analysis
En la actualidad el juez es un actor principal dentro de lo que se conoce como Estado constitucional de derecho, se precisa actuar con estricto apego a la justicia constitucional, que se desarrolla con estricto apego a los derechos fundamentales para después observar la ley, esto varía notablemente del sistema anterior de justicia en el cual el juez era netamente legalista, ahora tiene un nuevo reto conocer los derechos fundamentales contenidos en la norma constitucional y aplicarlos, el garantismo parte de este nuevo rol.
El garantismo viene a constituirse como la estricta mirada hacia la norma Constitucional, se trata de una búsqueda del juez que defienda las garantías constitucionales, defensa que la realiza con la debida interpretación constitucional que se fundamenta en observar cuidadosamente que las normas mantengan una permanencia en el tiempo y que logren ser respetadas por los ciudadanos y por sus autoridades.
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Los jueces y operadores de justicia se transforman ya no en los simples repetidores de normas, van tomando nuevos roles y orientaciones en su labor, se dirigen hacia la protección de los derechos fundamentales, hacia el análisis directo de la validez de una norma.
Los derechos en contraposición al poder, es una premisa sumamente importante estamos frente a una escala de mayor a menor, a una determinación de objetivos a ser colocados como parte de la justicia y de nuestra cultura misma, estamos frente al garantismo, a la par surgen términos como la principialización, es decir estamos frente a límites necesarios para comprender que sobre los derechos está
su Derecho a ser exigidos. En palabras de Jorge Zabala Egas “estamos frente a
la juridificación de la ética que exige al Juez una actitud crítica hacia la ley"33; ya los principios únicamente basados en el principio de la legalidad no tienen mayor peso cuando se trata que impere el de la constitucionalidad, el de la norma fundamental sobre cualquier ley.
El reto actual es el que la cultura del debido proceso se imponga, esto quiere decir que el juez pueda actuar con suficiente independencia, imparcialidad, que sus decisiones puedan ser un referente del respeto a los derechos humanos para los ciudadanos y para el mundo. El razonar del juez es mucho más elevado en tal sentido puesto que ya no se trata únicamente de velar por los intereses de las partes y de darle a cada quien lo que necesita o merece sino que más bien se encamina hacia la búsqueda del respeto y difusión de los principios de un Estado democrático que tiene en sus jueces y autoridades sus principales actores, que hacen posible una mejor comprensión de derechos y de obligaciones por parte de la ciudadanía. En su rol el juez ha tenido siempre una discrecionalidad que hace posible su análisis de las situaciones que se le presenten, sin embargo esto no quiere decir que el juez pueda ejercer sus actividades de forma arbitraria, es
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ZABALA EGAS, Jorge, Derecho Constitucional, Neoconstitucionalismo y Argumentación Jurídica. Editores EDILEX S.A., Guayaquil. 2010. Pág. 244
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simplemente un límite a su accionar que además establece obtener una decisión mucho más motivada.
El juez ahora está inmerso dentro de un Estado mucho más preocupado por los derechos y deberes de sus miembros y por ende, es parte de la corriente garantista que lo lleva indudablemente a convertirse en un aporte al desarrollo de los fundamentos del Derecho en la sociedad, esto de forma evidente exige pues a los jueces mayor entrega en su trabajo, mas preparación sobre la forma de interpretar y analizar las normas y sobre todo a comprender el debido proceso como un mecanismo que permite desarrollar los derechos humanos más allá de los simples enunciados normativos. El juez tiene plena libertad para actuar pero lo hará conforme a Derecho evitando cualquier tipo de arbitrariedad, es en tal sentido un deber del juez realizar su trabajo de forma independiente.
El papel de garantista obliga a que el juez se convierta en protector de los derechos fundamentales y que la norma Constitucional sea la primera en observarse cuando realiza su trabajo, este nuevo rol que los jueces lo van realizando día con día los compromete a tener presente los derechos, a estudiarlos, a investigarlos profundamente en la Constitución, para tener claramente definidas sus tareas frente a la misma; cabe destacar que el conocimiento profundo de estos particulares hará posible que se pueda determinar inclusive si alguna ley está en clara contraposición a un derecho constitucional con lo cual se invalida inmediatamente.
La exigencia legal de la motivación para las decisiones judiciales determina que durante todo el procedimiento el debido proceso sea desarrollado en su totalidad, este particular garantizará que el derecho nacional como el internacional sobre la protección de derechos fundamentales se ha llevado a efecto sin mayores contratiempos y particularmente logrando que la protección de los derechos y
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libertades fundamentales de los ciudadanos sea mucho más evidente ante la mirada del mundo y de la sociedad entera.
Estos particulares se pueden comprender de una mejor manera cuando se observa que ahora estamos frente a un Estado constitucional de derechos y justicia que se encuadra en el modelo de juez que Luigi Ferrajoli quiere mencionar cuando expresa que “en el modelo constitucional garantista la validez ya no es un dogma asociado a la mera existencia formal de la ley, sino una cualidad contingente de la misma ligada a la coherencia de sus significados con la Constitución, coherencia más o menos opinable y siempre remitida a la valoración del juez corresponde a este elegir los únicos significados válidos, o sea compatibles con las normas constitucionales sustanciales y con los derechos
fundamentales establecidos por las mismas"34, el juez en tal sentido participa
estructuralmente en el proceso de formación del Derecho, es uno de los elementos de mayor importancia, es esencialmente un comunicador de los resultados de la aplicación de las leyes, por ende debe comunicar los resultados conseguidos a través de sus argumentaciones. Así su particular decisión será motivo de análisis puesto que se trata de analizar las razones de su decisión en qué tipo de valores desarrolló su convicción, se debe tener presente que la investidura de un juez es una de las más respetadas precisamente porque para llegar a ese lugar y puesto se debieron atravesar una serie de filtros de méritos y oposición que lo califican además de una carrera llena de honestidad apoyada por la independencia que lo hacen un observador de la realidad jurídica a la que logra llegar a la sociedad mediante su racionalidad argumentativa, del análisis concreto de los hechos, de las pruebas que se caracterizaran por estar sometidas a los principios de publicidad, inmediación y contradicción, y de cada uno de los elementos del proceso. El Juez tiene en sus manos una serie de herramientas para hacer que cada uno de los principios procesales vayan cumpliéndose de tal manera que es imposible que se hable de dilataciones cuando la autoridad está al tanto del juicio.
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El juez garantista en muchas ocasiones escapará del modelo de sentencia que restringe su apreciación para ir hacia un análisis más racional y concreto del caso que se le presenta, es decir parte de un nuevo modelo que hace posible que su tutela vaya más allá y que analice varios derechos fundamentales para tomar su decisión y que además pueda en pocas líneas llegar con su idea no únicamente al público que conocer del argot jurídico sino a toda la sociedad.
El juez como representante del Estado debe demostrar sus conocimientos de problemas jurídicos, exponerlos con claridad, demostrar en todo momento solvencia, lógica y coherencia en sus criterios, además de manejar en todo momento jurisprudencia cuando el caso lo amerite.