USUHS PMB Program Faculty Resources
2.4 Practical Skills All graduate professional public health degree students must develop skills in basic public health concepts and demonstrate the application of
14. Los propietarios de estaciones de servicio, comprendidas entre ellas lavadoras y lubricadoras de vehículos, que no tengan las trampas adecuadas que la técnica señale para evitar que las aguas contaminadas desemboquen en el cauce de ríos, esteros o vertientes, serán sancionados y sus locales clausurados, acorde a las disposiciones de la presente ordenanza.
15. Queda totalmente prohibido dentro de las áreas de interés hídrico, la explotación minera de cualquier índole, explotación comercial o turística, pesca y caza silvestre.
CAPITULO II
DE LA UNIDAD DE GESTION AMBIENTAL (UGAM)
Art. 4.- Créase la Unidad de Gestión Ambiental Municipal
(UGAM) como dependencia administrativa municipal de carácter técnico. La UGAM es parte del organigrama funcional del Municipio del Cantón Caluma, por tal razón funcionará como dependencia del Departamento de Planificación.
Art. 5.- La Unidad de Gestión Ambiental, mantendrá la
estructura básica prevista en esta ordenanza y según las necesidades y condiciones presupuestarias se implementarán las secciones que fueren necesarias con el personal capacitado correspondiente.
Art. 6.- Son funciones de la Unidad de Gestión
Ambiental:
Elaborar y presentar planes, proyectos y programas de trabajo, así como cronogramas de ejecución referentes a la protección y restauración de la diversidad biológica y de los recursos naturales.
Coordinar con los organismos competentes sistemas de control para la verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes.
Promover la participación de la comunidad en la formulación de políticas y en acciones concretas que se adopten para la protección del medio ambiente y manejo sustentable de los recursos naturales.
Gestionar el establecimiento de incentivos económicos para actividades de protección y restauración de la vegetación nativa circundante a las nacientes y conductos de agua y actividades productivas que se enmarquen en el manejo sustentable de las microcuencas del cantón Caluma.
Proponer y coordinar estudios sobre los recursos naturales que permitan la implementación de programas de protección de los servicios ambientales y su sostenibilidad económica, campañas de educación ambiental entre otras.
La Unidad de Gestión Ambiental fomentará a través de incentivos no monetarios el rescate de las prácticas agrosilvopastoriles, agricultura orgánica y protección de las vertientes de consumo doméstico.
DE SUS FINES Y FUNCIONES
Art. 7.- La Unidad de Gestión Ambiental UGA tiene los
siguientes fines:
• Promover el desarrollo sustentable del cantón, a través del manejo responsable de los recursos naturales. • Proteger y conservar el medio ambiente y los recursos
Registro Oficial Nº 464 -- Martes 11 de Noviembre del 2008 -- 37
• Desarrollar estudios de carácter técnico y científico, cuya información será utilizada para el mejor manejo ambiental del cantón.
• Coordinar acciones con organismos estatales para contribuir al mejoramiento de la calidad ambiental. • Planificar y diseñar nuevas estrategias de gestión
ambiental, las mismas que servirán, a través de la participación de instituciones públicas y privadas, para que se conviertan en actores sociales del cantón. • Elaborar políticas ambientales con el objetivo de crear
normas productivas, para que se ejecuten dentro de su jurisdicción.
• Velar por el manejo y conservación del medio ambiente, con el fin de asegurar a sus habitantes vivir en un ambiente sano y equilibrado.
La Unidad de Gestión Ambiental organizará su gestión, de acuerdo a sus posibilidades, a la consecución progresiva de los fines contenidos en el artículo precedente, teniendo como prioritarias las siguientes actividades:
1. Control de la calidad ambiental. 2. Planificación de la gestión ambiental.
3. Administración de los recursos naturales renovables. 4. Estudios ambientales.
Art. 8.- El control de la calidad ambiental (1)
comprenderá:
• El control, fiscalización y vigilancia de la aplicación de las normas técnicas de control de los recursos naturales como agua, aire y suelo.
• Los procedimientos administrativos de evaluación de impactos ambientales, que deberán acatar los responsables de actividades, obras y proyectos que puedan generar riesgos y daños ambientales en el cantón.
• La aplicación de sanciones por incumplimiento a las ordenanzas y demás normativas de gestión ambiental cantonal.
• Brindar apoyo técnico para el control de la contaminación.
• La capacitación en materia ambiental, tanto a funcionarios municipales como a ciudadanos del cantón, de acuerdo a los planes y programas que para el efecto se dictaren.
• La difusión, a través de los medios de propiedad de la Municipalidad o los que fueren necesarios, de la normativa y políticas ambientales dictadas por la Unidad de Gestión Ambiental.
Art. 9.- La planificación de la gestión ambiental (2)
comprenderá:
• La elaboración del plan ambiental cantonal en forma participativa.
• El diseño y ejecución del plan operativo y de gestión anual.
• Mecanismos de coordinación en la elaboración de planes de desarrollo y de ordenamiento territorial cantonal, en lo referente al medio ambiente.
• La coordinación con los demás departamentos del Gobierno Cantonal.
• La elaboración de planes específicos de manejo de áreas naturales protegidas, bosques y vegetación protectores, áreas de amortiguamiento, cuencas y micro cuencas hidrográficas y demás ecosistemas frágiles.
• La elaboración y, previa aprobación del Concejo, aplicación de ordenanzas, reglamentos o normativas referidos a la gestión ambiental.
• El diseño y elaboración de proyectos de descentralización en materia ambiental, a favor del Gobierno Cantonal.
• La elaboración de informes sobre convenios de coordinación y mancomunidad con otros organismos del régimen seccional autónomo, al amparo de la legislación vigente.
• La elaboración y ejecución de campañas de educación ambiental entre los habitantes del cantón, con la correspondiente difusión de las mismas.
• La búsqueda permanente de estrategias amplias y democráticas que aseguren la activa y completa participación de los habitantes del cantón en los planes y actividades de contenido ambiental, preparados por la Unidad de Gestión Ambiental.
Art. 10.- La administración de los recursos naturales
renovables (3) comprenderá:
• El manejo y control de las áreas naturales protegidas. • La administración, manejo y control de bosques
protectores, áreas de amortiguamiento, cuencas y micro cuencas hidrográficas y demás ecosistemas frágiles.
• La coordinación con entidades del régimen seccional autónomo y otras instituciones del Estado, orientadas a atender y enfrentar temas sociales y ambientales que le son de su exclusiva competencia.
Art. 11.- Los estudios ambientales (4) comprenderán:
• Las investigaciones de carácter técnico y científico sobre el medio ambiente del cantón.
• El desarrollo de sistemas de información geográfica (SIG) que permitan contar con información confiable y actualizada sobre la situación del medio ambiente cantonal.
• La búsqueda de cooperación técnica, nacional e internacional, para la ejecución de programas y proyectos de medio ambiente.