1.- ¿Conoce usted qué el principio de proporcionalidad se encuentra regulado en la legislación ecuatoriana?
Tabla 2 Conocimiento del principio de proporcionalidad
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 174 80%
No 43 20%
TOTAL 217 100%
Figura 1 Conocimiento del principio de proporcionalidad
Elaborado por: Zumárraga María José Análisis e interpretación de los resultados
El 80% de los encuestados respondió afirmativamente que conocen sobre la existencia del principio de proporcionalidad, mientras que por otra parte existe un 20% que desconoce sobre el principio de proporcionalidad en la legislación nacional. De lo que podemos concluir diciendo que una importante mayoría tiene conocimiento sobre el principio de proporcionalidad de la legislación ecuatoriana.
SI NO
2.- ¿Según la Constitución de la República del Ecuador el principio de proporcionalidad de la pena se basa en el principio de legalidad?
Tabla 3 Principio de proporcionalidad y legalidad según la Constitución de la República
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 152 70%
No 65 30%
TOTAL 217 100%
Figura 2 Principio de proporcionalidad y legalidad según la Constitución de la República
Elaborado por: Zumárraga María José Análisis e interpretación de los resultados
El 70% de las personas manifestaron que efectivamente nuestra Constitución de la República del Ecuador muestra que el principio de proporcionalidad de la pena se basa en el principio de legalidad, no obstante existe un 30% de encuestados que negaron la relación de los dos principios en la Constitución. De lo obtenido podemos decir que en su mayoría los encuestados tienen conocimiento sobre el principio de proporcionalidad de la pena y su relación con el principio de proporcionalidad, mismos que se encuentran contemplados en la Constitución de la República del Ecuador.
SI NO
3.- ¿Conoce usted que el principio de proporcionalidad le permite al juez regular la pena en cada delito?
Tabla 4 Facultad del juez para aplicar el principio de proporcionalidad
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 65 30%
No 152 70%
TOTAL 217 100%
Figura 3 Facultad del juez para aplicar el principio de proporcionalidad Elaborado por: Zumárraga María José
Análisis e interpretación de los resultados
El 30% de las personas a las que se les encuesto manifestaron que si conocen que el principio de proporcionalidad le permite al juez regular la pena en cada delito, por otro lado existe un 70% que desconoce sobre esta facultad que tiene el juez al momento de administrar justicia. De tal modo que un importante porcentaje si bien conoce el principio de proporcionalidad, desconoce las facultades que tiene el mismo al momento de que un juez determine una pena.
SI
4.- Considera usted que el principio de proporcionalidad de la pena para la administración de justicia es:
Tabla 5 Importancia del principio de proporcionalidad de la pena en la administración de justicia
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Bueno 195 90%
Malo 06 03%
Regular 16 07%
TOTAL 217 100%
Figura 4 Importancia del principio de proporcionalidad de la pena en la administración de justicia
Elaborado por: Zumárraga María José Análisis e interpretación de los resultados
El 90% de los encuestados afirman que el principio de proporcionalidad de la pena es bueno para la administración de justicia, un pequeño 03% ha manifestado que no es bueno la aplicación de este principio al momento de administrar justicia y un 07% declaró que es regular. De los resultados obtenidos concluimos con que de manera positiva casi la totalidad de los encuestados consideran que la aplicación del principio de proporcionalidad de la pena es importante y buena al momento de administrar justicia.
Bueno
5.- ¿Sabe usted que el delito de hurto afecta al Bien Jurídico protegido llamado Propiedad?
Tabla 6 Afectación al bien jurídico
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 210 97%
No 7 03%
TOTAL 217 100%
Figura 5 Afectación al bien jurídico Elaborado por: Zumárraga María José
Análisis e interpretación de los resultados
Significativamente un 97% de los encuestados afirman que conocen que el Bien jurídico lesionado por el hurto es la propiedad, mientas que un 03% declara que no tiene conocimiento sobre qué bien jurídico afecta el delito de hurto y mucho menos que es el bien jurídico llamado propiedad. De lo que obtenemos que casi la totalidad sabe que existe un bien jurídico protegido llamado propiedad, el cual se ve afectado con el cometimiento del delito de hurto.
Si No
6.- ¿Conoce usted que el delito de hurto en el Código Orgánico Integral Penal se encuentra sancionado con una pena de seis meses a dos años?
Tabla 7 Pena del delito de hurto en el Código Orgánico Integral
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 98 45%
No 119 55%
TOTAL 217 100%
Figura 6 Pena del delito de hurto en el Código Orgánico Integral Elaborado por: Zumárraga María José
Análisis e interpretación de los resultados
El 45 % de las personas encuestadas han manifestado que si conocen sobre la pena en el delito de hurto contemplado en el Código Orgánico Integral Penal, mientas que el 55% de los encuestado ha manifestado desconocer cuál es la pena tipificada para el delito de hurto; si bien es cierto no es muy grande la diferencia la mayoría desconoce sobre la pena que corresponde al delito de hurto.
Si
7.- ¿Considera que los jueces aplican de manera adecuada el principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto?
Tabla 8 Aplicación de la pena por parte de los jueces para el delito de hurto
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 69 32%
No 148 68%
TOTAL 217 100%
Figura 7 Aplicación de la pena por parte de los jueces para el delito de hurto Elaborado por: Zumárraga María José
Análisis e interpretación de los resultados
El 32% de los encuestado consideran que los jueces si aplican de manera adecuada el principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto, y el 68% que representa a la mayoría han manifestado de manera contundente que los jueces al momento de administrar justicia no aplican el principio de la proporcionalidad de la pena para el delito de hurto. De lo manifestado podemos concluir que una significativa parte de los encuestados no han evidenciado que el principio de proporcionalidad de la pena sea aplicado al momento de administrar justicia por parte de los juzgadores.
Si
8.- ¿Considera usted que el principio de proporcionalidad de la pena es aplicado por los juzgadores?
Tabla 9 Grado de aplicación del principio de proporcionalidad de la pena
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Siempre 43 20%
A veces 65 30%
Nunca 109 50%
TOTAL 217 100%
Figura 8 Grado de aplicación del principio de proporcionalidad de la pena Elaborado por: Zumárraga María José
Análisis e interpretación de los resultados
Escasamente el 20% de los encuestados han manifestado que los jueces efectivamente si aplican el principio de proporcionalidad de la pena al momento de administrar justicia, mientras que un 30% afirma que no siempre, es decir a veces es aplicado dicho principio y por último el 50% ha manifestado que nunca los juzgadores aplican el principio de proporcionalidad de la pena. La mitad de los encuestados no han visto que los juzgadores administren justicia tomando en cuenta este importante principio, y queda claro que aún resta camino para ver que la aplicación del principio de proporcionalidad de la pena sea un hecho.
Siempre
A veces
9.- ¿Sabe usted que los juzgadores aplican el principio de proporcionalidad de la pena basándose al momento de lo sustraído?
Tabla 10 Aplicación del principio de proporcionalidad basándose al momento de lo sustraído
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 65 30%
No 152 70%
TOTAL 217 100%
Figura 9 Aplicación del principio de proporcionalidad basándose al momento de lo sustraído
Elaborado por: Zumárraga María José Análisis e interpretación de los resultados
El 30% de los encuestados si tienen conocimiento de que los jueces aplican el principio de proporcionalidad basándose en el monto de lo sustraído, y el 70% restante manifestó que los juzgadores no toman en cuenta el principio de proporcionalidad de la pena basándose al monto de lo sustraído. Con lo que podemos concluir que los juzgadores no siempre toman en cuenta el monto sustraído para aplicar la pena y el principio de proporcionalidad.
Si
10.- ¿Considera necesario la creación de un anteproyecto de resolución del pleno de la Corte Nacional de Justicia sobre la aplicación del principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto?
Tabla 11 Necesidad de la creación de un anteproyecto de resolución del pleno de la Corte Nacional de Justicia
Alternativas Frecuencia Porcentaje
Si 212 98%
No 5 02%
TOTAL 217 100%
Figura 10 Necesidad de la creación de un anteproyecto de resolución del pleno de la Corte Nacional de Justicia
Elaborado por: Zumárraga María José Análisis e interpretación de los resultados
El 98% de los encuestados han manifestado de manera afirmativa que si consideran necesario la creación de un anteproyecto de resolución del pleno de la Corte Nacional de Justicia sobre la aplicación del principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto por parte de los juzgadores y solamente el 02% ha manifestado que no es necesario la creación de este anteproyecto. Para concluir obtenemos que casi la totalidad cree importante y necesario la creación de un instrumento legal que regule de mejor manera la aplicación de este principio para una mejor administración de justicia.
Si No