4 RESULTS 106
4.2 Four project networks 139
4.2.1 Project network alpha: maintaining a safe distance 139
1 v. No. F049675
SoliciTUD DE NacioNaliDaD
DAVID VICTORIANO MUNGUIA PAYES, GENERAL DE DIVI- SION, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PUBLICA.
HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora MARIA DE LOURDES MENDIZABAL DE ORTEZ, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACION por
ser de origen y de nacionalidad mexicana y tener domicilio fijo en El
Salvador.
La peticionaria en su solicitud manifiesta ser de treinta y tres
años de edad, de sexo femenino, casada, Licenciada en Relaciones Internacionales, del domicilio de San Salvador, originaria de la ciudad de México, Distrito Federal de los Estados Unidos Mexicanos, lugar donde nació el día ocho de noviembre del año mil novecientos setenta y siete, su cónyuge responde al nombre de ORESTES DAVID ORTEZ QUINTANAR, de treinta y seis años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador y sus padres responden a los nombres de: JOSE FELIX MENDIZABAL de setenta y tres años de edad, ingeniero civil y MARIA DE LOURDES JARAMILLO, de setenta y cinco años de edad, ama de casa, ambos de nacionalidad mexicana, originarios de la Ciudad de México, Distrito Federal de los Estados Unidos Mexicanos y sobrevivientes.
Que ingresó al país por la Delegación Migratoria de Las Chinamas, el día trece de julio del dos mil cuatro.
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En virtud de lo anterior, la solicitante expresa su voluntad de ad- hesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades de la República de El Salvador.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación
nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la
prueba pertinente.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las nueve horas del día veintitrés de mayo de dos mil doce.
DAVID VICTORIANO MUNGUIA PAYES,
GENERAL DE DIVISION
MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PUBLICA.
3 v. c. No. F049804-1
rEPoSicioN DE liBroS
La Infrascrita Directora General del Registro de Asociaciones y Funda- ciones sin Fines de Lucro, del Ministerio de Gobernación.
HACE CONSTAR: Que a esta Dirección se ha presentado la señora MARIA DE LOS ANGELES QUINTANILLA DE PEREZ, en calidad de Representante Legal de la ASOCIACION RENOVACION CARISMATICA CATOLICA, a manifestar se han extraviado los folios No. 277 al No. 300 del Libro de Registro de Miembros que la Entidad lleva, los cuales fueron legalizados por esta Dirección General el dieciocho de diciembre del dos mil siete y que en tal sentido viene a dejar constancia de dicha pérdida. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley, y se emplaza a toda persona interesada a oponerse a lo manifestado por la Representante Legal de dicha entidad, para que en el término de quince días contados desde el siguiente de la
última publicación en el Diario Oficial, se presente a esta Dirección a justificar la oposición, en su caso, con la prueba pertinente.
San Salvador, once de julio del año dos mil doce.
LICENCIADA ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
DIRECTORA GENERAL.
1 v. No. F049730
EDicTo DE EMPlaZaMiENTo
KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número de referencia 214-(2141-12-PE-4CM1)-3D, promovido por la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, en calidad de Apoderada General Judicial de la sociedad BANCO HIPO- TECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A., y como nombre comercial BANCO HIPOTECARIO o BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, de este domicilio, con dirección para ser ubicada la sociedad demandante y su apoderada en: Condominio Servimedic, local treinta y tres, Avenida Doctor Emilio Álvarez y pasaje Doctor Guillermo Rodríguez Pacas, San Salvador o al telefax veintidós cero ocho cero ocho treinta y ocho; en contra de la demandada señora MA- RIA CECILIA AMAYA DE MOLINA. Que no fue posible emplazar personalmente a la demandada, por no contar con una dirección donde poder realizar dicho acto de comunicación, en razón de ello, conforme a lo establecido en los Arts. 181 y 186 C.Pr.C.M., se le emplaza por este medio, concediéndosele un plazo de DIEZ DÍAS, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se presente a este Juzgado a contestar la demanda en su contra y a ejercer sus derechos. Si no lo hicieren se procederá a nombrarle un curador ad-litem, para que la represente en el presente proceso, Art. 186 C.Pr.C.M.
Los documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda suscrita por la licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA; 2) Fotocopia
certificada de Poder General Judicial con Cláusula Especial otorgado por
la sociedad demandante, a favor de la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA; 3) Testimonio de Escritura Matriz de Préstamo Mercantil; 4) Testimonio de Escritura Matriz de Primera Hipoteca Abierta.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley correspondientes.
LIBRADO EN EL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MER- CANTIL: San Salvador, a las catorce horas con dieciséis minutos del día ocho de agosto de dos mil doce.- LIC. KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL.- LIC. JACQUELINE XIOMARA AQUINO PALACIOS, SECRETARIA. 1 v. No. F049661
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JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, JUEZ INTERINO (1) PRIME- RO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Al señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ GARCIA, mayor de edad, empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero uno nueve seis ocho nueve uno- ocho y
Número de Identificación Tributaria cero ciento dos- veinte cero uno
sesenta y uno-ciento uno-nueve. Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y quince minutos del día veintisiete de junio de
dos mil doce, se le notifica la Fase de Ejecución, del Proceso Ref. 127-
EC-12-10, que promueve en su contra el INSTITUTO DE PREVISION
SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, con Número de Identificación
Tributaria cero seis uno cuatro- dos cero cero dos siete ocho-cero cero tres-tres, por medio de su apoderada judicial con cláusula especial Licen- ciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO; y para tal efecto debe comparecer a esta Sede Judicial dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados
a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones a notificarse; caso contrario se tendrá por notificado de la misma.- LICDO. JOSE
DANILO ESCOBAR MIRANDA, JUEZ INTERINO (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. F049773 Marca DE ProDUcTo No. de Expediente: 2011113803 No. de Presentación: 20110159254 CLASE: 22. EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NELSON
RENE MARROQUIN LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras ALPHA RIDER y diseño, que servirá para: AMPARAR: BOLSAS DE NYLON PARA MOTO. Clase: 22.
La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C004097-1 No. de Expediente: 2012115350 No. de Presentación: 20120162534 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS EN-
RIQUE RAMOS PORTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA y ULICES RAMOS PORTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra LA VEGA y diseño, que servirá para: AMPARAR: MIEL. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F049671-1
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de seGunda Publicación
acEPTaciÓN DE HErENcia
JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta y dos minutos del día treinta de julio del año dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada dejada por la causante la señora Elba Perdomo, quien fue de sesenta y nueve años de edad; viuda con pasaporte Salvadoreño número PSLV B369903, quien tuvo su último domicilio en el Cantón Las Lomitas de esta Jurisdicción, siendo hija de Antonio Ulloa y Hersilia Perdomo, quien falleció a las once horas y cincuenta y cinco minutos del día siete de octubre del año dos mil siete, a consecuencia de Ataque Cardiovascular, de parte de la señora MARTA ANGELICA PERDOMO, de cincuenta
y cuatro años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, con
DUI número cero cuatro uno seis siete siete dos seis - cero; y NIT con número: un mil doscientos diecisiete - cero veinte mil trescientos cin- cuenta y siete - ciento cinco - dos en su calidad de hija sobreviviente; en el carácter antes indicado se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente que regula el Artículo 480 del Código Civil.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciudad de San Miguel, a las quince horas con cincuenta y cinco minutos del día treinta de julio del año dos mil doce.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. MARTA E. BONILLA RIVERA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F049346-2
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta minutos del día once de Octubre del dos mil diez se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia INTESTADA
de los bienes que a su defunción dejó el causante señor BYRON MIGUEL
RIVERA LOPEZ, quien falleció en Planes de Mariona, Calle Principal, Ciudad Delgado, el día once de Noviembre del dos mil cuatro, siendo su último Domicilio el de esta Ciudad, por parte de la señora MARI- NA ESTELA LOPEZ DE RIVERA, por derecho propio como madre del causante y Tutora Legal del menor CRHISTOPHER ADONAY RIVERA VELA, este último en su calidad de Hijo del causante antes mencionado.
Confiérese a los aceptantes en el carácter antes indicado la admi-
nistración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA a los que se crean con derecho a la referida herencia se presente a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil Mejicanos, a las diez horas con cincuenta minutos del día once de Octubre del dos mil diez.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F049357-2
ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, en
las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria, clasificadas
Bajo la Ref. 56-DVC-11(2) y NUE. 06236-11-DV-1 CM2, a las diez horas y cincuenta y dos minutos del día cinco de junio del presente año, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia testamentaria, dejada por el causante señor JOSE ALBERTO BAUTISTA URIAS, a su defunción ocurrida el día veintiuno de septiembre de dos mil nueve, en la Ciudad de los Ángeles Estado de California Estados Unidos de América, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio dentro del Territorio Nacional, por parte del adolescente MANUEL ALBERTO BAUTISTA MARTINEZ, en calidad de hijo Sobreviviente del causante, a quien, a través de su Representante
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Legal y madre señora ZOILA BLANCA MARTINEZ, se le ha conferido LA ADMINISTRACION Y LA REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que dentro del término de ley, se presenten a hacer uso de sus derechos, conforme lo señala el Art. 1163 Inc. 1° C.C., para lo cual líbrense y publíquense los edictos de ley en días hábiles.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once horas y dos minutos del día cinco de junio de dos mil doce.- LICDA. ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. EDA LISSETH MEJIA MONTERROSA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F049371-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de la señora IRIS ELIZABETH
RENDEROS DE LOPEZ, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ELISEO ALEXANDER SOSA PEÑA, quien fue de treinta años de edad Jornalero, soltero, Salvadoreño, originario de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, y del domicilio de Tecoluca, Departamento de San Vicente, habiendo fallecido el día veinte de noviembre de dos mil tres, en Caserío San Luis Las Posadas, jurisdicción de Tecoluca de este departamento siendo la Ciudad de Tecoluca, el lugar de su último domicilio, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que en esta sucesión le correspondía a la señora María Luz Sosa, ésta en concepto de madre del causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta días del mes de abril del año dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F049380-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas treinta minutos del día dieciséis de julio del dos mil doce,
se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la he-
rencia intestada dejada por el causante JOSE BAUDILIO CARRANZA LANDAVERDE, quien fue de veintinueve años de edad, empleado, fallecido el día once de julio del dos mil diez, siendo la ciudad de Las Vegas, Estado de Nevada, Estados Unidos de América su último domi- cilio; de parte de la señora VIRGINIA CARRANZA OCHOA hoy DE LANDAVERDE. La expresada aceptante lo hace en calidad de MADRE del referido causante, y como CESIONARIA del derecho hereditario que le correspondía al señor JOSE BRAULIO LANDAVERDE en calidad
de PADRE del referido causante, a quien se le confirió la administra-
ción y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas cuarenta minutos del día siete de agosto del dos mil doce.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F049381-2
MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil, Santa Ana, al público en general.
HACE SABER: Que se han promovido, en esta Sede Judicial por el Licenciado FRANCISCO ALONZO MEDINA Diligencias Judiciales no Contenciosas de Aceptación de Herencia Abintestada, sobre los bienes que a su defunción dejara la señora ELVA PAULA LOPEZ VARGAS,
quien fuera de sesenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, del
domicilio de Coatepeque de este Departamento, quien falleció el día veinticinco de marzo de dos mil once, siendo su último domicilio el de
la Ciudad de Coatepeque, habiéndose aceptado herencia con beneficio
de inventario por parte de la señora REINA DEL CARMEN LOPEZ y del señor JOSE FERNANDO LOPEZ, en calidad de hijos de la causante;
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y, este día se nombró A LOS MISMOS COMO ADMINISTRADORES Y REPRESENTANTES INTERINOS DE LA SUCESION ANTES SEÑALADA, de conformidad a lo establecido en el artículo 1163 del Código Civil.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse presentes a este Juzgado, dentro del plazo de quince días contado a partir de la última publicación, las personas que se crean con derecho a la herencia que a su defunción dejara la referida causante.
Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil doce.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.
3 v. alt. No. F049383-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio
de inventario la herencia intestada que dejó el señor CANDELARIO VASQUEZ RODRIGUEZ, conocido por CANDELARIO VASQUEZ, o CANDELARIO RODRIGUEZ, quien falleció el día veintiuno de noviembre de dos mil nueve, en Brookhaven, New York, DE LOS ES- TADOS UNIDOS DE AMERICA, siendo el Barrio Las Flores, Calle a Amapalita, Distrito y Departamento de La Unión, su último domicilio en El Salvador, de parte de la señora MABEL DE LA PAZ RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, en calidad de hija del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mes de julio de dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F049406-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día treinta de Julio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el señor
JUAN MANUEL MORALES AGUILAR, fallecido el día diecisiete de diciembre del dos mil once, en el Cantón San Julián, jurisdicción de Acajutla, siendo el Cantón Santa Emilia su último domicilio, de parte de los señores JUAN ALBERTO MORALES HERNANDEZ y ELBA