so3re la situa(i*n e(on*mi(a de la empresa est2 -uera de
dis(usi*n, ya )ue en e-e(to podra parti(ipar en la (omisi*n de
delitos al dete(tar i(ios o -raudes en los9 do(umentos )ue
audita y no plasmarlos inten(ionalmente en su in-orme, lo )ue
(onllea un +rado de parti(ipa(i*n penal9 Pero esta
responsa3ilidad y parti(ipa(i*n tiene )ue ser enmar(ado en lo
sealado en el art(ulo 68C del /*di+o Penal9
empresas al a(udarlas a cumplir sus obeti@os aportando un en'oque sistemBtico ( disciplinado en la e@aluación ( meora de la e'icacia de la 4estión de ries4os ( del 4obierno corporati@oL-5L" !n tanto que la auditor6a externa es una acti@idad que realian auditores que
no trabaan dentro de la persona ur6dica sino 'uera ( que son contratadas para auditar a determinada persona"
)a tipi'icación de la conducta punible en hermen?utica ur6dica se basa en el art6culo 1 del $e4lamento de Auditor6a !xterna de la Superintendencia de anca ( Se4uros que establece la responsabilidad de las sociedades de auditor6a que e@alCan a las empresas del sistema 'inanciero ( del sistema de se4urosL-FL"
)ue4o que los auditores internos o externos re@isan ( e@alCan todos los documentos re'eridos a los estados 'inancieros ( contables de la persona ur6dica tienen la obli4ación de emitir su correspondiente in'orme o dictamen" %uando en este documento 'inal los auditores ob@ian omiten o no consi4nan intencionalmente in'ormación si4ni'icati@a distorsionada o ter4i@ersada que han encontrado en la documentación contable o 'inanciera re@isada se @eri'icarB el delito en hermen?utica ur6dica"
Se entiende que la in'ormación distorsionada o ter4i@ersada debe ser si4ni'icati@a esto es in'ormación que sir@e para tomar decisiones importantes en el desarrollo de la persona ur6dica" Por eemplo in'ormación re'erida a utilidades: el auditor ha determinado que
la persona ur6dica no tiene utilidades ( sin embar4o a sabiendas ob@ia tal in'ormación en su in'orme o dictamen ori4inando con tal proceder il6cito que al interior de la persona ur6dica se distribu(an utilidades los socios poniendo con ello en peli4ro no solo el patrimonio social sino la existencia misma de la persona ur6dica"
. 3ien 'urico prote+io
!l inter?s prote4ido es el patrimonio de la persona ur6dica"
6 Su'eto acti7o
!stamos ante la presencia de un delito especial pues solo pueden ser a4entes o autores del delito en anBlisis las personas que cumplen la 'unción de auditores de una persona ur6dica" Pueden ser auditores internos o externos" Si una persona no tiene la condición de
auditor no podrB ser autor de este delito"
=8 &$ase el art(ulo ? del Re+lamento de Auditora Interna
apro3ado por Resolu(i*n S@S 'C ..F11G677;,
- Sueto pasi@o
Sueto pasi@o o a4ra@iado solo serB la persona ur6dica auditada" adie mBs que ella" Sueto pasi@o de modo al4uno pueden ser los socios pues el art6culo . del %ódi4o %i@il pre@? taxati@amente que Hla persona ur6dica tiene existencia distinta de sus miembros ( nin4uno de estos ni todos ellos tiene derecho al patrimonio de ella *""","
3 TIPICIDAD SUBJETIVA
Por la misma estructura de la 'órmula le4islati@a se cae en la cuenta de que se trata de un comportamiento delicti@o netamente doloso" o cabe la comisión por culpa"
!l a4ente conociendo que existen distorsiones o ter4i@ersaciones en la in'ormación contable ([o 'inanciera de la persona ur6dica auditada @oluntariamente no lo detalla o consi4na en su in'orme o dictamen que realia lue4o de la auditor6a realiada" )a exi4encia subeti@a que hace el le4islador con la 'rase Ha sabiendas es que el a4ente debe actuar con pleno conocimiento de la existencia de in'ormación contable o 'inanciera distorsionada o ter4i@ersada" Si en un caso concreto este conocimiento no se da el delito no aparece" !s decir si el a4ente desconoce de la existencia de distorsiones en la in'ormación contable ( as6 emite su in'orme o dictamen no podrB ser atribuida la comisión del delito as6 tiempo despu?s o inmediatamente se pon4a en e@idencia distorsiones o ter4i@ersaciones en la in'ormación contable"J
Si el a4ente no conoc6a de las distorsiones o ter4i@ersaciones en la in'ormación contable o 'inanciera no ha( 'orma de imputarle subeti@amente el hecho delicti@o" Si se e@idencia ne4li4encia o culpa en su actuar solo podrB ser sancionado extrapenalmente"
4 CONSUMACIÓN YTENTATIVA
!l delito se consuma o per'ecciona en el momento en que el auditor interno o externo hace entre4a material del in'orme o dictamen e'ectuado a los accionistas o administradores de la empresa" Si aun el in'orme 'raudulento no ha sido entre4ado a los administradores o accionistas ( por tanto no se ha hecho pCblico al interior ni exterior de la persona ur6dica la acción delicti@a se quedarB en 4rado de tentati@a en caso de ser descubierto" !llo debido a que al no haber recibido aCn los administradores o accionistas el in'orme o dictamen 'raudulento no es posible que se
ha(a tomado al4una acción importante que lesione o pon4a en peli4ro concreto el patrimonio de la persona ur6dica"
$
P>!F7@!@
9espu?s del debido proceso de encontrarse responsable de cualquiera de los supuestos delicti@os interpretados el a4ente auditor serB reprimido con pena pri@ati@a de libertad no menor de uno ni ma(or de cuatro aDos" %orrespondiendo al =u4ador 4raduar el quantum de la pena al momento de indi@idualiarla en el caso concreto"