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El presente Informe de Sostenibilidad Ambiental, es el resultado de la primera fase del

proceso de Evaluación Ambiental Estratégica del Programa Operativo FEDER de la

Comunidad de Madrid 2014-2020.

Este proceso responde a lo dispuesto en la Directiva 2001/42/CE del Parlamento

Europeo y del Consejo

12

, sobre obligatoriedad de someter a evaluación

medioambiental determinados planes y programas que puedan tener efectos

significativos sobre el medio ambiente. Esta directiva fue traspuesta al derecho

nacional mediante la Ley 9/2006

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que se mantiene, a pesar de haber sido derogada,

ya que el presente Informe se elabora bajo dicha legislación de acuerdo a la

disposición final undécima de la Ley 21/2013

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sobre entrada en vigor en relación con

la normativa autonómica de desarrollo.

Esta Evaluación pretende conseguir un alto nivel de protección del medio ambiente,

contribuyendo a la incorporación de los aspectos ambientales en la preparación y

adopción del futuro PO.

Una vez realizada la presentación del avance del Programa, descrito el marco de

referencia en materia de sostenibilidad -a nivel internacional, comunitario, nacional y

regional- y definidos los objetivos, principios de sostenibilidad y criterios ambientales

adoptados, se ha procedido al análisis del contexto medio ambiental de la región,

teniendo en consideración aquellos aspectos que pudieran dificultar la consecución de

los objetivos ambientales y la aplicación de los criterios y principios señalados.

De acuerdo a este análisis, los problemas ambientales de mayor relevancia en la

región son los siguientes:

• La elevada presión demográfica de la región que lleva consigo la construcción

de infraestructuras y vías de comunicación, con la consiguiente pérdida de

riqueza paisajística y biodiversidad.

• La demanda de agua de la Comunidad de Madrid y su dependencia respecto a

las reservas hídricas, que pudiera resultar crítica en época de sequía.

• La incidencia de incendios forestales.

• El alto consumo de energía (a pesar del descenso producido en los últimos

años) en relación con la baja capacidad de producción de energía con recursos

autóctonos.

12

Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de junio de 2001 relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

13

Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

14

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DELPROGRAMA OPERATIVO REGIONAL

FEDER DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL PERIODO 2014-2020

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• La elevada generación de residuos principalmente urbanos.

• Los efectos negativos del extenso parque de vehículos que afectan a la calidad

del aire.

A partir del análisis de los efectos que sobre el medio ambiente tendrán las

actuaciones presentes en el PO, valorando el posible impacto positivo o negativo de

cada una de ellas, se ha identificado la “Alternativa ambientalmente más favorable”.

Respecto a la alternativa programada, la considerada ambientalmente más favorable,

no considera dos acciones dirigidas a fortalecer las instituciones de I+D y la creación,

consolidación y mejora de las infraestructuras científicas y tecnológicas, la primera, y

a promover operaciones de realojo de la población marginada, la segunda.

No obstante, las razones que justifican la inclusión de las dos acciones mencionadas

en la alternativa programada se basan, en primer lugar, en la apuesta de la

Comunidad de Madrid por fortalecer las instituciones de I+D y la creación,

consolidación y mejora de las infraestructuras científicas y tecnológicas. Este esfuerzo

se traducirá, entre otras acciones, en el establecimiento de subvenciones y convenios,

de manera que no resulta posible determinar a priori las actuaciones que se llevarán a

cabo, si éstas serán para creación de nuevas infraestructuras o para mejora de las

existentes, cuyo impacto sobre el medio ambiente sería menor y compensado, si se

tiene en cuenta la repercusión positiva de dichos convenios en materia de

investigación e innovación.

En segundo lugar, las operaciones de realojo previstas, si bien tendrán un efecto

negativo sobre el medioambiente en cuanto al proceso de desmantelamiento de los

núcleos chabolistas, tendrán un indudable efecto positivo al producirse la

desocupación de dominio público (recuperándose estas zonas actualmente degradas

y marginadas) así como la disminución y freno del vertido y contaminación sobre el

entorno, derivado de la ocupación de un terreno sin urbanizar. Además, y desde el

punto de vista socioeconómico, siempre y cuando el realojo se realice en viviendas

situadas en un entorno urbano integrado social y físicamente, se dotará de vivienda

digna a familias que actualmente vive en condiciones marginales y de pobreza.

Las actividades de mayor efecto positivo sobre el medio ambiente previstas en el PO

se encuadran en los ejes 4 (Favorecer la transición de una economía baja en carbono

en todos los sectores) y 12 (Desarrollo Urbano Sostenible), alcanzando su asignación

financiera un 28% del total del PO.

Con el objetivo de minimizar o evitar los posibles efectos negativos sobre el medio

ambiente de las actuaciones del programa, se han identificado una serie de medidas

preventivas y correctoras.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DELPROGRAMA OPERATIVO REGIONAL

FEDER DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL PERIODO 2014-2020

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Para garantizar el avance de las actuaciones programadas en el PO, se ha

considerado el establecimiento de un Plan de Seguimiento que permita disponer, a

posteriori, de la información básica en relación a la incidencia real que cada actuación

tiene sobre el cumplimiento de los objetivos y criterios ambientales considerados. De

este modo, se ha realizado una propuesta de indicadores de acuerdo al Documento

de Referencia proporcionado por el Órgano Ambiental de la Comunidad de Madrid y a

los contemplados en el Anexo I del Reglamento FEDER Nº 1301/2013.