• No results found

Receiver components

In document Visible Light Communication System (Page 64-70)

2 Review of Visible Light Communication Systems

2.3 Indoor VLC System Structure

2.3.3 Receiver components

Los miembros tienen derecho a lo siguiente:

1. Tiene derecho a obtener información precisa, fácil de comprender que le ayude a tomar buenas decisiones sobre el plan de salud, médicos, hospitales y otros proveedores para su hijo.

2. Su plan de salud debe indicarle si utiliza una “red limitada de proveedores”. Este es un grupo de médicos y otros

proveedores que solo refieren pacientes a otros médicos que están en el mismo grupo. Una “red limitada de proveedores” quiere decir que usted no puede consultar a todos los médicos que son parte del plan de salud. Si su plan de salud utiliza “redes limitadas”, debe revisar que el proveedor de atención primaria de su hijo y cualquier médico especialista que desee consultar sea parte de la misma “red limitada”.

los visite. Otros reciben un pago con base en los servicios que le brindan a su hijo. Tiene derecho a saber cuáles son esos pagos y cómo funcionan.

4. Tiene derecho a saber cómo decide el plan de salud si un servicio está cubierto o si es médicamente necesario. Tiene derecho a conocer la información sobre las personas del plan de salud que deciden esos asuntos.

5. Tiene derecho a saber los nombres de los hospitales y otros proveedores en su plan de salud y sus direcciones.

6. Tiene derecho a elegir de una lista de proveedores de atención médica que es lo suficientemente extensa para que su hijo pueda obtener el tipo correcto de atención cuando su hijo la necesite.

7. Si un médico dice que su hijo tiene necesidades especiales de atención médica o una discapacidad, puede utilizar un especialista como proveedor de atención primaria de su hijo. Pregunte a su plan de salud sobre esto.

8. A los niños que se les diagnostican necesidades especiales de atención médica o una discapacidad, tienen derecho a recibir atención especial.

9. Si su hijo tiene problemas médicos especiales y el médico que atiende a su hijo se sale del plan de salud, su hijo puede continuar recibiendo atención con ese médico por tres meses y el plan de salud debe continuar pagando por estos servicios. Pregunte a su plan cómo funciona esto.

10. Su hija tiene derecho a que la atienda un obstetra/ginecólogo (OB/GIN) participante sin una referencia de su proveedor de atención primaria y sin consultar primero con su plan de salud. Pregunte a su plan cómo funciona esto. Algunos planes pueden hacer que elija a un obstetra/ginecólogo antes de consultar a ese médico sin una referencia.

11. Su hijo tiene derecho a los servicios de emergencia si usted considera razonablemente que la vida de su hijo está en peligro, o que su hijo resultaría gravemente perjudicado si no recibe tratamiento de inmediato. La cobertura de emergencias está disponible sin necesidad de verificar primero con su plan de salud. Es posible que deba pagar un copago dependiendo de sus ingresos. Los copagos no aplican a los miembros del Programa Perinatal de CHIP.

12. Tiene el derecho y la responsabilidad de participar en todas las opciones relacionadas con la atención médica de su hijo. 13. Tiene derecho a hablar por su hijo en todas las opciones de tratamiento.

14. Tiene derecho a obtener una segunda opinión de otro médico en su plan de salud sobre qué tipo de tratamiento necesita su hijo.

15. Tiene derecho a recibir tratamiento justo de su plan de salud, médicos, hospitales y otros proveedores.

16. Tiene derecho a hablar con los médicos y otros proveedores de su hijo en privado, y a que los expedientes médicos de su hijo sigan siendo privados. Tiene derecho a revisar y copiar los expedientes médicos de su hijo y pedir que se realicen cambios en esos expedientes.

17. Tiene derecho a un proceso imparcial y rápido para resolver los problemas con su plan de salud y los médicos del plan, hospitales y otros que brindan servicios a su hijo. Si su plan de salud indica que no pagará un servicio o beneficio cubierto que el médico de su hijo considera que es médicamente necesario, usted tiene derecho a tener otro grupo, fuera del plan de salud, que le indique si ellos piensan que su médico o plan de salud estaba en lo correcto.

18. Tiene derecho a saber que los médicos, hospitales y otros que le brindan atención a su hijo pueden aconsejarle sobre el estado de salud, atención médica y tratamiento de su hijo. Su plan de salud no puede evitar que le brinden esta información, incluso si la atención o el tratamiento no es un servicio cubierto.

19. Tiene derecho a saber que usted es únicamente responsable de pagar los copagos permitidos por los servicios cubiertos. Médicos, hospitales y otros no pueden pedirle que pague ningún otro monto por los servicios cubiertos.

Responsabilidades del miembro:

A usted y al plan de salud les interesa que mejore la salud de su hijo. Usted puede ayudar al asumir estas responsabilidades. 1. Debe intentar continuar con los hábitos saludables. Anime a su hijo para que evite fumar y que coma una dieta saludable.

4. Si no está de acuerdo con su plan de salud, primero debe intentar resolverlo usando el proceso de quejas del plan de salud.

5. Debe saber lo que su plan de salud cubre y lo que no cubre. Lea su Manual del miembro para comprender cómo funcionan las normas.

6. Si hace una cita para su hijo, debe intentar llegar a tiempo al consultorio del médico. Si no puede asistir a la cita, asegúrese de llamar para cancelarla.

7. Si su hijo tiene CHIP, usted es responsable de pagarle a su médico y a otros proveedores los copagos que les debe. Si su hijo recibe los servicios del Programa Perinatal de CHIP, no tendrá que pagar ningún copago por ese hijo.

8. Debe reportar el uso indebido de los servicios del Programa CHIP o del Programa Perinatal de CHIP por parte de los proveedores de atención médica, otros miembros o planes de salud.

9. Debe hablar con su proveedor sobre los medicamentos que se le receten.

Si cree que ha sido tratado injustamente o con discriminación, llame al Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. a la línea telefónica gratuita al 1-800-368-1019. También puede ver la información sobre la Oficina de Derechos Civiles de HHS (HHS Office of Civil Rights) en línea en www.hhs.gov/ocr.

In document Visible Light Communication System (Page 64-70)

Related documents