Chapter 7 Conclusions and Recommendations for Future Work
7.3 Recommendations for future work
La Comisión Nacional de Valores (CNV) de la República de Argentina no ha revisado ni aprobado la información contenida en el presente Folleto informativo, que ha sido preparada por la Sociedad. El texto original del presente Folleto informativo está redactado en lengua inglesa y ha sido traducido exclusivamente a efectos informativos y de registro por la CNV y, por tanto, no tendrá otro valor ni efecto que el de traducción del documento original en lengua inglesa.
AUSTRIA
Esta Información adicional («Apéndice austriaco») está dirigida a inversores de Austria que tengan previsto invertir en Fidelity Institutional Liquidity Fund plc. (la «Sociedad»). Forma parte del Folleto informativo de la Sociedad con fecha del 1 de mayo de 2013, y deberá leerse conjuntamente con el mismo.
La Sociedad ha informado a la Autoridad del Mercado Financiero (Finanzmarktaufsicht) de Viena, Austria de conformidad con el artículo 140, párrafo 1, de la Ley austriaca sobre Fondos de Inversión 2011 (InvFG 2011), acerca de su intención de vender sus Acciones en la República de Austria.
Sólo los Subfondos de la Sociedad, según se enumeran en el Folleto informativo con fecha del 1 de mayo de 2013, que se especifican a continuación están admitidos para su distribución al público en la República de Austria:
The Canadian Dollar Fund, The Euro Fund,
The Sterling Fund,
The United States Dollar Fund.
Además, las Acciones de la Clase STANLIB Euro Short-Term Money Market, la Clase STANLIB GBP Short-Term Money Market, la Clase STANLIB USD Short-Term Money Market y las Acciones de Clase F no han obtenido la autorización para ser distribuidas públicamente en la República de Austria.
La información siguiente se aplica a ventas y ofertas públicas en Austria, y está dirigida a inversores austriacos. Esta Información adicional para inversores austriacos sólo se distribuirá conjuntamente con el Folleto informativo de la Sociedad:
Agente de Pago e Información
De conformidad con el artículo 41, párrafo 1, y el artículo 141, párrafo 1, de la InvFG 2011, la Sociedad ha nombrado a UniCredit Bank Austria AG, Schottengasse 6-8, 1010 Viena, como su Agente de Pago e Información. Por lo tanto, los inversores austriacos podrán dirigirse a UniCredit Bank Austria AG, y solicitarle que todo pago que reciban de la Sociedad o que realicen a la misma se lleve a cabo a través de UniCredit Bank Austria AG. Los inversores que posean Acciones en la Sociedad podrán dirigirse a UniCredit Bank Austria AG para solicitar el reembolso de sus Acciones. Los inversores o los inversores potenciales podrán también dirigirse a UniCredit Bank Austria AG para solicitar, sin coste alguno, ejemplares del Folleto informativo, el o los Documentos de datos fundamentales para el inversor, los informes anual y semestral más recientes, así como una copia de los Estatutos de la Sociedad. Todo inversor podrá ponerse en contacto con FIL Investments International, Oakhill House, 130 Tonbridge Road, Hildenborough, Kent TN11 9DZ, Inglaterra, al Subdistribuidor en Austria, que actúa como representante del Distribuidor General, FIL Distributors, o a Fidelity Institutional Liquidity Fund plc., First Floor, Marconi House, Digges Lane, Dublín 2, Irlanda, para solicitar copias de cualesquiera de los documentos mencionados.
Si un Accionista solicita el reembolso de Acciones contra pago inmediato en efectivo, UniCredit Bank Austria AG podrá aplicarle una comisión conforme a la práctica bancaria.
Publicación de precios
Los precios de suscripción y reembolso de la Sociedad mencionados en este Folleto informativo pueden solicitarse en la sede de UniCredit Bank Austria AG y en la del Gestor. Los precios de suscripción y reembolso de las Acciones también pueden consultarse en la página web www.fidelityilf.com.
Fiscalidad
La siguiente información tiene por objeto ofrecer una perspectiva general de los principios de la fiscalidad austriaca sobre los ingresos derivados de los Subfondos para inversores sujetos a responsabilidad fiscal ilimitada en Austria, según la situación jurídica actual y futura.
La Ley Presupuestaria de Acompañamiento de 2011 («Budgetbegleitgesetz 2011»), la Ley de Reforma Fiscal de 2011 («Abgabenänderungsgesetz 2011») y la Investmentfondsgesetz 2011 prevén, entre otros aspectos, algunos cambios importantes en la fiscalidad de los fondos de inversión extranjeros. Los cambios entrarán en vigor el 1 de abril de 2012. Está prevista la publicación de dichos cambios en una ordenanza del Ministerio de Finanzas austriaco antes del 1 de abril de 2012.
No se tienen en consideración las particularidades de casos determinados. Por consiguiente, en este documento no se proporciona asesoramiento concreto sobre la fiscalidad de partícipes individuales. En relación con los cambios en la fiscalidad de los fondos de inversión, conviene tener presente que tanto la fecha de adquisición como la de reembolso de las participaciones en fondos de inversión son factores decisivos para la situación tributaria correspondiente. Así pues, se recomienda a los partícipes que se pongan en contacto con un asesor fiscal para que les informe de la fiscalidad de sus respectivas tenencias.
Cambios importantes debidos a la Budgetbegleitgesetz 2011, la Abgabenänderungsgesetz 2011 y la Investmentfondsgesetz 2011 Conforme al régimen anterior, en el caso de las personas físicas, las plusvalías derivadas de la venta de valores sólo son gravables bajo determinadas condiciones, como, por ejemplo, si los valores se venden en un plazo de un año tras la adquisición, o si se vende una participación en la que se mantuvo al menos el 1% del capital social de la empresa durante los cinco años anteriores a la venta. De cara al futuro, las plusvalías obtenidas con la venta de valores serán gravables para los inversores privados independientemente de cuál sea el periodo de tenencia. El tipo impositivo aplicable a las plusvalías materializadas será del 25%.
Si los valores se mantienen en un depósito austriaco, el banco depositario austriaco retendrá el impuesto del 25%. El banco depositario austriaco deducirá asimismo las minusvalías materializadas de la renta acreditable del capital. En el supuesto de que los valores se encuentren en un depósito extranjero, las plusvalías materializadas habrán de incluirse en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas. El nuevo régimen tributario de las plusvalías para las personas físicas repercute de manera significativa en la fiscalidad de los fondos de inversión. Los inversores deberán asimismo tener presente que la Sociedad ha nombrado a PwC PricewaterhouseCoopers Wirtschaftsprüfung und Steuerberatung GmbH, Erdbergstrasse 200, 1030 Viena como representante fiscal conforme al artículo 186, párrafo 2, nº 2 en relación con el artículo 188 de la Ley Sobre Fondos de Inversión de 2011.
1. Información general
Los fondos de inversión son transparentes en virtud de la legislación fiscal austriaca. Esto significa que los ingresos derivados de un fondo no se gravan a nivel de fondo, sino de inversor.
De conformidad con la legislación fiscal austriaca, los intereses, dividendos y demás ingresos menos gastos recibidos por un fondo («Rendimiento neto de la inversión»), así como determinadas partes de las plusvalías materializadas, se consideran renta imponible, independientemente de si se distribuyen al inversor o de si son objeto de acumulación («Ingresos considerados distribuidos, ICD») por parte del fondo.
2. Situación tributaria actual 2.1 Inversores privados
En el caso de los inversores privados, los ingresos de un fondo (independientemente de si se distribuyen o se acumulan) se gravan de la siguiente manera: los intereses, dividendos1 y otros ingresos menos los gastos, así como el 20% de las plusvalías materializadas de la venta de renta variable y derivados vinculados a la renta variable se gravan al 25%. Las plusvalías materializadas de la venta de renta fija y derivados vinculados a la renta fija están exentas de impuestos para los inversores privados. Si se aplicara una retención fiscal en el extranjero a las distribuciones de un fondo, podría deducirse del impuesto del 25% austriaco hasta un 15% del Rendimiento neto de la inversión.
2.1.1. Fondos informantes
Si un fondo se considera un fondo informante2, se aplicarán los siguientes criterios fiscales:
El banco depositario austriaco del inversor debe deducir la retención austriaca del 25% sobre las partes gravables de las distribuciones, así como sobre los ICD. Esta retención constituye fiscalidad definitiva a efectos del impuesto sobre la renta de los inversores privados. En consecuencia, los inversores privados no han de incluir los ingresos derivados del fondo en su declaración tributaria.
Si las participaciones de un fondo se encuentran en un depósito extranjero, todas las distribuciones e ICD deberán incluirse en la declaración tributaria del inversor y se gravarán al tipo impositivo especial del 25%.
Se considerará que los inversores privados han recibido los ICD una vez transcurridos cuatro meses desde el final de año.
1
Los ingresos recibidos por el fondo que procedan de países con baja fiscalidad no deberían estar sujetos al impuesto del 25%. Dado que estos porcentajes de los ingresos no están sometidos a una carga fiscal comparable, estarán sujetos a una fiscalidad conforme al tipo fiscal progresivo de las personas físicas. En dicho caso, el impuesto extranjero puede deducirse de la obligación fiscal austriaca. El Ministerio de Finanzas austriaco tiene derecho a emitir una lista de países o inversiones de baja fiscalidad. El Ministerio de Finanzas austriaco aún no ha publicado dicha lista.
2
El fondo informa al Oesterreichische Kontrollbank a diario de los intereses netos, le rinde cuentas periódicamente de las porciones gravables de las distribuciones y le comunica una vez al año los ingresos considerados distribuidos. Partiendo de esta información, el banco depositario austriaco del inversor es quien deduce la retención austriaca.
Si el tipo progresivo del impuesto sobre la renta de las personas físicas resultara en un tipo impositivo inferior, podrá aplicarse este último presentando una declaración tributaria (Estimación en el momento de la presentación). Sin embargo, conviene tener en cuenta que todos los ingresos sujetos a fiscalidad definitiva y/o al tipo impositivo especial del 25% han de incluirse en la declaración de la renta, por lo que estarán sujetos al tipo progresivo del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Fiscalidad de los ingresos del ejercicio fiscal en curso en caso de adquisición y reembolso
Los inversores privados que inviertan en fondos informantes recibirán un abono de la retención sobre los ingresos por intereses obtenidos por un fondo desde comienzos del ejercicio fiscal de dicho fondo hasta la fecha de adquisición. Este procedimiento garantiza que al inversor no se le grave por los ingresos por intereses que un fondo haya obtenido antes de la adquisición.
Por lo tanto, en caso de reembolso, el inversor recibirá una deducción en la retención sobre los ingresos por intereses obtenidos por un fondo desde principios de su ejercicio fiscal hasta la fecha de venta.
Impuesto de protección
En el caso de los fondos informantes, en comparación con los no informantes, el banco depositario del inversor no retendrá ningún impuesto de protección a final de año.
2.1.2 Fondos no informantes
Si un Subfondo se considera un fondo no informante3, se aplicarán los siguientes criterios fiscales:
El banco depositario austriaco del inversor debe aplicar sobre la distribución la retención del 25% prevista en las leyes de Austria. Esta retención tiene efectos fiscales finales sobre los fondos extranjeros. Esas partes de la distribución, que ya se gravaron como ICD, están exentas de impuestos. Los ICD que calcule el representante fiscal deben incluirse en la declaración de la renta del inversor y son gravables al tipo impositivo especial del 25%.
Si las participaciones de un fondo se encuentran en un depósito extranjero, todas las distribuciones e ICD deberán incluirse en la declaración tributaria del inversor, y se gravarán al tipo impositivo especial del 25%.
Se considerará que los inversores privados han recibido los ICD una vez transcurridos cuatro meses desde el final de año.
Si el tipo progresivo del impuesto sobre la renta de las personas físicas resultara en un tipo impositivo inferior, podrá aplicarse este último presentando una declaración tributaria (Estimación en el momento de la presentación). Sin embargo, conviene tener en cuenta que todos los ingresos sujetos a fiscalidad definitiva o al tipo impositivo especial del 25% han de incluirse en la declaración de la renta, por lo que estarán sujetos al tipo progresivo del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Fiscalidad de los ingresos del ejercicio fiscal en curso en caso de adquisición y reembolso
Si las participaciones de un fondo se venden durante su ejercicio fiscal, todas las distribuciones realizadas entre el 1 de enero del año en curso y el día en que se vendan las participaciones son gravables en su totalidad. Asimismo, el inversor está sujeto a un tipo impositivo del 25% sobre la más elevada de las dos cantidades siguientes:
– La diferencia entre el último precio de reembolso del año natural y el precio de reembolso en el día en que se vendan las participaciones;
– Un 0,8% del precio de reembolso mensual en el ejercicio fiscal en curso del fondo (el año natural en el caso de los «fondos negros»). Alternativamente, las cifras correspondientes a los ICD para todo el ejercicio fiscal del fondo pueden tomarse como base imponible, o bien pueden calcularse los ICD exactos para todo el periodo comprendido entre el inicio del ejercicio fiscal del fondo y la fecha de venta.
Los mismos principios descritos anteriormente han de aplicarse en caso de una adquisición, aplicando los cambios que correspondan.
Impuesto de protección
En el caso de inversores privados, el banco austriaco debe aplicar un impuesto de protección (sólo a fondos no informantes) del 1,5% anual del valor liquidativo a final de año (0,125% mensual del valor liquidativo en la fecha de enajenación en el supuesto de que las participaciones del fondo se vendan o transfieran a un depósito en el extranjero) si no se informa de las participaciones del fondo a la agencia tributaria. El impuesto de protección se trata como un prepago del impuesto sobre la renta.
2.1.3 Fiscalidad especulativa
Si el inversor vende participaciones del fondo en un plazo de un año desde la adquisición, el beneficio especulativo es gravable al tipo progresivo del impuesto sobre la renta del inversor, y debe incluirse en la declaración tributaria de éste. Los beneficios especulativos sólo pueden deducirse de las minusvalías especulativas ocasionadas en el mismo año natural. Las pérdidas especulativas no pueden trasladarse a futuros ejercicios.
3
El fondo no informa al Oesterreichische Kontrollbank a diario de los intereses netos, ni tampoco le rinde cuentas periódicamente de las porciones gravables de las distribuciones, ni le comunica una vez al año los ingresos considerados distribuidos.
2.2. Personas físicas que posean participaciones del fondo como propiedad empresarial
Si las participaciones del fondo están en posesión de personas físicas como propiedad empresarial (propietarios únicos o sociedades colectivas), por lo general se aplicará la fiscalidad descrita anteriormente en el caso de los inversores privados, con las exenciones que se describen a continuación.
Si bien el Rendimiento neto de la inversión (intereses, dividendos, otros ingresos menos gastos) de un fondo está sujeto a un impuesto de retención del 25% con efectos fiscales finales, el tratamiento fiscal de las plusvalías materializadas es diferente:
Todas las plusvalías realizadas (independientemente de si se derivan de la venta de bonos o de acciones) son gravables al tipo progresivo del impuesto sobre la renta, y las personas físicas que posean las participaciones del fondo como propiedad empresarial deben incluirlas en su declaración. Toda retención aplicada sobre las plusvalías puede deducirse en la declaración de la renta del inversor.
2.3. Inversores que seas personas jurídicas
El Rendimiento neto de la inversión, así como todas las plusvalías materializadas, están sujetos a un Impuesto de sociedades del 25% y deben incluirse en la declaración del impuesto sobre sociedades de la empresa. Para evitar la doble imposición en caso de reembolso, los ICD, que deben gravarse todos los años, pueden capitalizarse. Este procedimiento garantiza que la plusvalía imponible en caso de reembolso se vea reducida por los ICD ya tributados en años anteriores.
Los inversores que sean personas jurídicas pueden evitar la deducción de la retención si entregan al banco austriaco un certificado de exención. Si no se facilita dicho certificado de exención, la retención deducida podrá deducirse del Impuesto de sociedades.
Se considerará que los inversores que sean personas jurídicas han recibido los ICD a final del ejercicio fiscal del fondo.
Si el inversor que sea una persona jurídica vende participaciones del fondo, la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta menos los ICD ya gravados está sujeta al Impuesto de sociedades del 25% (independientemente de cuál haya sido el periodo de tenencia) y deben incluirse en la declaración del impuesto de sociedades de la empresa.
3. Situación tributaria futura (a partir del 1 de abril de 2012)
Los cambios en la fiscalidad de los fondos de inversión, según se muestran a continuación, entran en vigor el 1 de abril de 2012.
Desde una perspectiva tributaria austriaca, los fondos de inversión se siguen considerando transparentes, lo que implica una asignación directa de la renta del fondo a sus inversores. Por lo tanto, los ingresos derivados de participaciones del fondo continuarán tributando de conformidad con el principio de transparencia a nivel del inversor.
La diferencia entre fondos «blancos» y «más que blancos» se suprimirá, y sólo existirán dos categorías de fondos de inversión extranjeros (en lugar de las tres categorías actuales):
Fondos de inversión que tengan un representante fiscal que calcule la retención del 25% sobre las distribuciones y los ICD, y que informe de las cifras fiscales al OeKB y
Fondos de inversión que no tengan un representante fiscal y que, por lo tanto, estén sujetos a la imposición a tanto alzado. 3.1. Inversores privados
3.1.1. Fiscalidad de los ingresos considerados distribuidos
Al igual que antes, los ingresos acumulados generados por un fondo de inversión son gravables como ICD una vez al año. Los ICD gravables están sujetos a un impuesto del 25%. En el caso de los inversores privados que tengan las participaciones del fondo en depósitos austriacos, el banco depositario deducirá el impuesto del 25%. Si las participaciones del fondo se encuentran en un depósito extranjero, los ICD deberán incluirse en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Esto es de aplicación independientemente de si las participaciones del fondo figuran como activo empresarial o privado. Si las participaciones están en manos de empresas, los ICD gravables están sujetos al impuesto de sociedades del 25%.
Los ICD se componen de:
Los ingresos ordinarios (ingresos por intereses, ingresos por dividendos, otros ingresos ordinarios) menos los gastos del fondo y
El 60% de las plusvalías materializadas procedentes de la venta de valores y de los ingresos obtenidos a través de instrumentos derivados (en cuanto al incremento de la base imponible al 60%, véase el apartado «Periodos transitorios»).
En virtud del nuevo régimen, las minusvalías materializadas (tras haber compensado el saldo de las plusvalías materializadas) pueden ahora deducirse de los ingresos ordinarios (dividendos, intereses y otros ingresos menos gastos). Si las minusvalías superan los ingresos ordinarios, el importe excedente podrá trasladarse a otro periodo dentro del nivel de clase de acciones. En los próximos ejercicios fiscales, estas traslaciones habrán de compensarse en un primer paso con las plusvalías materializadas y, en un segundo paso, con los ingresos ordinarios.
3.1.2. Fiscalidad de las distribuciones
Conforme a la nueva ley, los ingresos ordinarios distribuidos y el 100% de las plusvalías materializadas distribuidas están sujetos a un impuesto del 25%. Si los valores se mantienen en un depósito austriaco, el banco depositario austriaco retiene el impuesto del 25%. En el supuesto de que los valores se encuentren en un depósito extranjero, la distribución habrá de incluirse en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
3.1.3. Venta de participaciones de fondos
En el supuesto de que las personas físicas vendan sus participaciones de un fondo, la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra más los ICD ya gravados está sujeta al impuesto del 25%, independientemente de cuál haya sido el periodo de tenencia. Si las participaciones de