Chapter 7: CONCLUSIONS AND FURTHER WORK
7.2 Recommendations for further research
Hasta ahora nos hemos abocado al estudio del fenómeno terrorista y su vinculación con el concepto de comunicación desde una perspectiva meramente normativista. Para esta de investigación resulta importante explorar la temática relativa a la relación que existe entre los medios de comunicación masiva y la actividad de los grupos criminales terroristas desde un prima distinto al de la comunicación en su sentido puramente sistémico.
Si bien es cierto que el perfil de nuestro trabajo es funcional normativista, también lo es que los medios de comunicación han jugado en la actualidad un papel fundamental como vehículo comunicativo del terror para el gobierno y la sociedad, por lo que dicha realidad no puede ser ignorada.
318 L
UHMANN, Niklas, El Derecho de la sociedad, op. cit., pág. 200. 319
LUHMANN, Niklas, El Derecho de la sociedad, op. cit., pág. 200. 320 L
En la STS 14/2006, de 31 de marzo, se pone de manifiesto el tipo de discurso utilizado por los terroristas “(l)a concejal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Llodio (Álava), Doña Alejandra, recibió en su domicilio un sobre postal abierto, con sello y sin matasellar, pero que en su anverso tenía grabado un tampón con el sello oficial de las dependencias de correos (…). En las postales manuscritas se podían observar unas manchas de color rojo, imitando gotas de sangre; en si anverso de la postal aparecía la Leyenda: Euskal Presoak, y un candado en el que constan las siglas de los partidos políticos PSOE, PNV, PP, UPN, DV y los medios de comunicación El Mundo, ABC, El País, Spain (…)”.
La cuestión que se ha puesto sobre la mesa resulta difícil para estimar hasta dónde el medio de comunicación cumple con su rol de informador y cuando comienza a ser utilizado como un vehículo de promoción por parte de las organizaciones terroristas. Para la doctrina, la balanza se ha inclinado a favor del trabajo libre de los medios, salvo en casos determinados en los que Derechos Fundamentales de la persona se vean amenazados321. Dicha situación que siempre se encuentra presente con el terrorismo; por ello desde nuestra perspectiva el debate no es sencillo de solucionar.
Pensemos en la utilización que hacen todo tipo de organizaciones terroristas de los medios de comunicación, desde el correo postal hasta el internet. En referencia a la red, con un par de frases en algún popular buscador es posible, en cuestión de pocos minutos, acceder a infinidad de videos de propaganda, amenazas y demostraciones de crueldad por parte de grupos delictivos poderosos en todo el mundo. En palabras de SCHNEIDER, nos encontramos inmersos en una sociedad orientada hacia los medios de
comunicación322 y muchas de nuestras decisiones cotidianas se ven en mayor o menor medida influidas por éstos.
Los medios le sacan provecho a toda información que posea contenido delictivo, sin que esto sea nada nuevo, y tiene de trasfondo un complejo entramado de identificación entre el ciudadano y lo “normal” de la sociedad así como la satisfacción de no ser parte de los delincuentes. Lo anterior conforme a los estudios de REIWALD y
OSTERMEYER323.
En una opinión no libre de algunas consideraciones críticas, KUPPERMAN afirma
que los medios de comunicación coadyuvan al desarrollo del acto teatral que implica el evento terrorista y de esta forma son utilizados y puestos como entidades antagónicas de la democracia324. Los medios de comunicación tienen la obligación de transmitir los sucesos que se presentan en la realidad histórica, situación que inevitablemente los terroristas utilizan para expandir su mensaje antijurídico. Naturalmente esto no significa que los medios sean responsables o coadyuvantes de las organizaciones en sentido estricto. Tampoco quiere decir que los medios tengan la obligación de matizar la
321
AA.VV, El periodismo, op. cit., pág. 11. 322 S
CHNEIDER, Hans Joachim, “La criminalidad en los medios de comunicación de masas”
traducción de Beatriz DE LA GÁNDARA VALLEJO supervisada por Enrique BACIGALUPO, en CPC, núm. 36, Instituto Universitario de Criminología de la Universidad Complutense de Madrid, Editoriales de Derecho Reunidas S.A., Madrid, 1988, pág. 737.
323
SCHNEIDER, Hans Joachim, “La criminalidad en los medios”, op. cit., pág. 737.
324 K
UPPERMAN, Robert H, “La risposte al terrorismo”, en Forme di organizzazioni criminali e
terrorismo. Tratatto di Criminologia, Medicina Criminologica e Psichiatria forense, a cura di Franco
Ferracuti, Giufre Editore, Milán, 1988, pág. 284, citado por José GARCÍA SAN PEDRO, Terrorismo, op. cit., pág. 105.
realidad o filtrar aquello que debe y lo que no debe ser presentado. Bajo el mismo tenor, los medios de comunicación deben limitar las transmisiones terroristas a lo estricta y brevemente informativo, sin llegar a involuntariamente publicitar los atentados o la conformación de organizaciones terroristas.
La libertad de información, que entra en conflicto directo con la propaganda de los atentados terroristas o conflictos armados en materia internacional, es un Derecho Fundamental325. Esta temática, relativa a la libertad de información326, suele entrar en debate también con la libertad de expresión327 y constituye todo un complejo debate que se encuentra fuera de los límites de la presente investigación. A pesar de ello no deja de ser relevante subrayar que, durante las últimas décadas, el derecho a la libertad de expresión ha sido absolutizado a tal grado que se requiere establecer ciertas delimitaciones importantes. La libertad de expresión no constituye un derecho absoluto, e ilimitado, sino que por el contrario, tiene como barrera limítrofe los derechos de terceros que pueden resultar gravemente perjudicados si este derecho no es regulado e incluso la sociedad en conjunto puede llegar a resultar agraviada328.
Desde otro prisma, el derecho a la libertad de expresión ha de separarse del derecho a la libertad de información que atañe directamente al rol social que llevan a cabo las empresas periodísticas, mismas que suelen publicitar temas relacionados directamente con el terrorismo.
El concepto de información no se limita a la difusión de noticias, sino que es mucho más amplio329, de ahí la dificultad en cuanto a su acotamiento. Para otra parte de la doctrina, la diferencia entre la libertad de expresión y la de información, para efectos de este trabajo, ha de ser encontrada en el objeto de cada uno de estos derechos; para el primero corresponden las opiniones, mientras que para el segundo serán las noticias330. Las noticias además de ser un producto que informa también vende, y en el mundo occidental capitalista en el que nos encontramos, vender es existir. Las empresas suelen encontrarse justo en la línea divisoria entre la promoción de la conducta delictiva y el ejercicio del derecho a la información331.
325
RODRÍGUEZ BARRIGÓN, Juan Manuel, “Alcance y límites del Derecho a la libertad de
información en los conflictos internacionales”, en Castor M DÍAZ BARRADO / Carlos R FERNÁNDEZ LIESA
(coords.), Conflictos armados y medios de comunicación: Aspectos jurídicos y periodísticos, Dykinson, Madrid, 2009, pág. 95.
326
“El Tribunal Constitucional, en sintonía con la definición establecida en el artículo 20.1.d de la Constitución Española, afirma que la libertad de información consiste en comunicar libremente información veraz por cualquier medio de comunicación. El término información, sin embargo, reviste cierta ambigüedad” en Javier CREMADES, Los límites de la libertad de expresión en el ordenamiento
jurídico español, La Ley, Bilbao, 1995, págs. 68-69.
327 “El art 20.1 a de la Constitución Española (libertad de expresión y de pensamiento) ampara la facultad de expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones , mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”, en Javier CREMADES, Los límites, op. cit., pág. 65.
328 R
ODRÍGUEZ BARRIGÓN, Juan Manuel, “Alcance y límites”, op. cit., pág. 96.
329 C
ONESA SÁNCHEZ, Fernando, La libertad de la empresa periodística, Ediciones Universidad de Navarra, Pamplona, 1978, págs. 232-235.
330 B
ATISTA GONZÁLEZ, María Paz, Medios de comunicación y responsabilidad penal, Dykinson, Madrid, 1998, pág. 17.
331 En México sucede algo muy particular en materia de narcoterrorismo; los cárteles después de ejecutar a una o varias personas y generalmente mutilar al cadáver, suelen dejar mensajes en cartulinas o letreros amenazando a grupos rivales, militares, policías o incluso a la población en general; las empresas periodísticas, principalmente las televisoras y los diarios de circulación local, acuden y toman cuenta de
En las agencias de policía o en los juzgados es común ver agentes de la prensa que buscan sacar la nota más dura como la mejor de ese día, la que generará mayores ventas o rating por televisión. Un fenómeno ha sido emblemático en la sociedad estadounidense con la llamada crime wave, donde se publicitaban una enorme cantidad de notas con contenido criminal a tal grado que la sociedad, en general, comenzó a considerar las notas criminales como las de mayor importancia332. El fenómeno descrito ahora sucede en todos los países del mundo. En los medios de comunicación suelen presentarse los crímenes con una frecuencia exorbitantemente mayor a como suceden en la realidad333, ampliando el espectro comunicativo del evento delictivo.
Cuando se expone a un miembro de la delincuencia, los medios dotan su discurso de una importante carga moral y llenan la información con adjetivos, así como el hecho de subrayar los antecedentes criminales del infractor o en su caso, la potencial peligrosidad para llevar a cabo eventos delictivos similares en el futuro334. Esta situación crea un importante efecto psicologizante en el espectador.
La información que se difunde en los medios de comunicación eleva la presión social contra los organismos encargados de la administración e impartición de justicia. Sirve de referencia para los medios, fundamentar dicho apremio sobre esquemas ideológicos con una importante vaguedad, tales como “aquello que demanda la sociedad”335
. En el caso del terrorismo como organización, su regulación ha sufrido múltiples modificaciones a lo largo de los años frecuentemente impulsadas por dicha presión mediática y social que se refleja en discursos plagados de emotividad en la prensa escrita336. De ahí que el medio de comunicación tenga la obligación de actuar bajo ciertos códigos éticos en cada nota que sea presentada cuyo nivel de impacto sea de considerable relevancia. Ello se encuentra regulado en el llamado Código Europeo de Deontología del Periodismo337. Pero también el espectador ha de tener el deber de llevar a cabo sus propias consideraciones críticas sobre la enorme cantidad de información que se le presenta y pueda rescatar aquello que le es útil para su desarrollo personal338.
Desde una perspectiva cuantitativa, la información que se difunde acerca de eventos terroristas puede tener efectos contraproducentes, tendentes a que los
estos hechos para después reproducirlos en los noticieros más escuchados y vistos por los mexicanos, de tal suerte que el mensaje es difundido a millones de personas.
332 B
OTELLA, Joan / PERES-NETO, Luis, “La formación de la opinión pública y la construcción de
discursos sobre la realidad criminal en España”, en Mercedes GARCÍA ARÁN / Joan BOTELLA CORRAL, (dir.), Malas noticias. Medios de comunicación, Política criminal y garantías penales en España, Tirant lo Blanch, Valencia, 2008, pág. 48.
333 B
OTELLA, Joan / PERES-NETO, Luis, “La formación”, op. cit., pág. 49. 334 B
AUCELLS LLADÓS, Joan / PERES-NETO, Luis, “Discurso televisivo sobre el crimen: Los
programas especializados en sucesos”, en Mercedes GARCÍA ARÁN / Joan BOTELLA CORRAL (dir.), Malas
noticias, op. cit., págs. 133-134.
335 G
ARCÍA ARÁN, Mercedes / PERES-NETO, Luis, “Discursos mediáticos”, en Mercedes GARCÍA
ARÁN / Joan BOTELLA CORRAL (dir.), Malas noticias, op. cit., pág. 164. 336 Vid. G
ARCÍA ARÁN, Mercedes y PERES NETO, Luis, “Discursos mediáticos”, op. cit., pág. 165.
337
BAUCELLS LLADÓS, Joan / PERES NETO, Luis, “Discurso televisivo sobre el crimen”, op. cit.,
pág. 144. 338 M
ARTÍNEZ BLANCO, Antonio, “Educación y medios de comunicación en una sociedad
globalizada”, en José Antonio COBACHO GÓMEZ (dir.), Anales de Derecho. Revista de la Universidad de
espectadores se acostumbren y se les haga algo cotidiano el hecho que ocurran estas desafortunadas eventualidades339.
Hasta ahora se ha abordado la relación que existe entre los medios de comunicación y el terrorismo desde la perspectiva de los propios medios de comunicación. Pero existe también la otra cara de la moneda, que consiste en cómo la organización terrorista utiliza a los propios medios de comunicación como vehículo de comunicación que se difunde fácilmente por toda la sociedad.
El fenómeno terrorista, debido a su enorme contenido ideológico, no se puede permitir caer en el olvido, porque esto ha de representar, no sólo el abandono de la organización por parte de la sociedad, sino el olvido de una ideología. El estruendo de una bomba, el disparo de un arma de fuego, la conformación de una organización son eventos de altísimo impacto que ha de quedar depositados por muchos años (o a veces para siempre) en la mente de víctimas y testigos. La organización no ataca cotidianamente, porque esto representaría un cierto ambiente de costumbre atribuible a la sociedad. Por ello los ataques están cuidadosamente planeados en tiempo y lugar. El terrorista siempre buscará sorprender con su ataque. El terrorismo requiere publicidad340.
El terrorista busca siempre la primera plana en un diario. Las noticias existen porque se dan determinados hechos fortuitos, pero con el terrorismo los términos se invierten y se dan hechos para que necesariamente existan noticias341 “Muchos autores hablan y comparan el terrorismo con el teatro. Está pensado para llamar la atención y dirigirla hacia un grupo identificable con unos motivos determinados. El delito así se convierte en una exigencia, en una amenaza, en un mensaje encubierto y en un espectáculo”342
.
A tal grado ha llegado la diversificación del terrorismo que es común la presencia del fenómeno en filmes, mensajes SMS y hasta en videojuegos343, donde aparentemente no ocurre nada, pero en el fondo lo importante es que el evento criminal se encuentra siempre presente. Dichos vehículos de comunicación van dirigidos de forma consciente a un público determinado, en otras palabras, el terrorismo posee modelos de impacto comunicativo que emplea de manera eficiente344.
339 AA. VV, El periodismo op. cit., pág. 19. Fenómeno que se encuentra en plena vigencia en México, donde la ciudadanía ya no experimenta ningún tipo de sorpresa ante las masacres plagadas de excesiva crueldad que se presentan en las zonas más conflictivas del país; es común observar en cualquier puesto de periódicos, a la vista de todo el mundo (incluyendo niños y jóvenes) escenas que rayan en lo obsceno y se alejan completamente de lo informativo. En México dichos diarios, que dicho sea de paso son lo que tienen mayor demanda, son los denominados diarios de nota roja y se encuentran dirigidos a sectores populares de la sociedad mexicana.
340 G
IL-CASARES, María, Terrorismo y medios de comunicación, Ciudadanía y valores fundación, Madrid, 2008, pág. 3. Documento en formato PDF, sitio web http://www.funciva.org/uploads/ficheros_documentos/1211368982_maria_gil_casares.pdf
341 G
IL-CASARES, María, Terrorismo y medios de comunicación, op. cit., pág. 4. 342
GIL-CASARES, María, Terrorismo y medios de comunicación, op. cit., pág. 4. 343 A
RTEAGA, Félix, “Terrorismo, contrainsurgencia y opinión pública”, en Javier JORDÁN / Pilar POZO / Miguel GUINDO (coords.), Terrorismo sin fronteras. Actores escenarios y respuestas en un mundo
global, Aranzadi, Navarra, 2010, pág. 216.
344 A
Los estudios sobre la temática de la comunicación y el terrorismo, se encuentran poco desarrollados todavía y los propios terroristas tienen un dominio mucho mayor del tema que el propio Estado, donde “(…) el relato terrorista o insurgente no tiene que demostrar que están ganando los enfrentamientos, sino que las tropas “extranjeras” no van a hacerlo”345
. En este sentido parte de la doctrina considera que hay que tener un avanzado conocimiento del entorno en el que surten efectos los mensajes para poder diseñar mejores esquemas de contracomunicación terrorista346
Las circunstancias en las que se encuentra el panorama del combate al terrorismo demuestran el importantísimo papel de la tecnología de las comunicaciones. En nuestros días las herramientas tecnológicas comunicacionales adquieren una importancia equiparable a la de las propias armas que son utilizadas por los criminales347. Mientras más pase el tiempo, la delincuencia organizada seguirá utilizando esos medios para su propio beneficio348.
La legislación en materia de combate a los fenómenos delictivos en los medios masivos de comunicación aún se encuentra poco desarrollada. Con el internet la falta de regulación es patente. “El gran problema del internet reside en su supraterritorialidad en la que se ubica, en la cual ha de compartir sus reglas con numerosas legislaciones de diferentes, Estados que no sólo serán diferentes, sino, en muchas ocasiones contradictorias”349
. La delincuencia organizada y en particular el terrorismo, aprovechan esta falta de control. Existe una clara interdependencia entre las circunstancias caóticas en las que el mundo se encuentra inmerso y el desastre normativo que se encuentra en la red, teniendo como características tres grandes elementos: complejidad, interdependencia e imprevisión350.
La regulación de los límites hasta donde los medios de comunicación tienen su ámbito de autorresponsabilidad no puede ser determinada más que por la norma y, por ende, por los órganos legitimados para emitir dichos modelos de orientación. En el caso del internet, la soberanía de los Estados es cuestionable y urge una pronta actuación por parte de los órganos legislativos351. La cuestión es de tal importancia, que ya se alzan voces que cuestionan el actual paradigma estatal en el que nos desarrollamos y consideran que habrá que comenzar a pensar en reinventar el propio concepto de Estado que ahora tenemos352.
La red es caldo de cultivo para un ambiente donde la inseguridad puede propagarse fácilmente. Las organizaciones terroristas han encontrado un nicho perfecto para cuestionar la vigencia del sistema normativo que las personas han considerado
345 A
RTEAGA, Félix, “Terrorismo, contrainsurgencia”, op. cit., pág. 216.
346
ARTEAGA, Félix, “Terrorismo, contrainsurgencia”, op. cit., pág. 217.
347 R
UIZ RODRÍGUEZ, Luis Ramón / GONZÁLEZ AGUDELO, Gloria, “El factor tecnológico en la
expansión del crimen organizado ¿menores en riesgo?”, en Luz María PUENTE ABA (dir.), Criminalidad
organizada, terrorismo e inmigración. Retos contemporáneos de la Política criminal, Comares, Granada,
2008, pág. 2. 348 R
UIZ RODRÍGUEZ, Luis Ramón / GONZÁLEZ AGUDELO, Gloria, “El factor tecnológico” op.
cit., pág. 3. 349 R
UIZ RODRÍGUEZ, Luis Ramón / GONZÁLEZ AGUDELO, Gloria, “El factor tecnológico”, op.
cit., pág.6. 350
CEBRIÁN, Juan Luis, La red. Cómo cambiarán nuestras vidas los nuevos medios de
comunicación, 2ª. edic.., Taurus, Madrid, 1998, pág. 177.
351 C
EBRIÁN, Juan Luis, La red, op. cit., pág. 187. 352
TAPSCOTT, Don, “Prefacio, promesas y peligros de la tecnología digital”, en Juan Luis
como válido para regir su conducta. El ciberespacio es un terreno ideal para el terrorista, que como francotirador puede subir impunemente, todo tipo de material que invita a unirse a las filas de las organizaciones, manuales de cómo elaborar bombas, apologías al terrorismo, y prácticamente todo lo que uno pueda imaginar. Gracias al mal uso que el propio internet permite que se le dé, los miembros de las organizaciones pueden actuar impunemente como si fuesen francotiradores en un combate, es decir, disparando desde una posición ilegal, impune y ventajosa sobre el resto de los sujetos que participan en el drama penal353. De esta manera la apertura de los medios electrónicos y el control por parte del subsistema político chocan inevitablemente354. El terrorista es semejante a un mago que distrae al público con la mano derecha mientras ejecuta con la izquierda355.
La red brinda al terrorismo la posibilidad de aumentar su nivel de penetración en esferas que de otra manera sería mucho más difícil poder llegar a impactar. Por ejemplo, en el caso de los menores de edad. Un niño desde muy temprana edad puede llegar a