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Los eventos importantes que trascendieron sobre las actividades de CACPE LOJA fueron:

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 Se emite con fecha el 21 de agosto de 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria

y Financiera No.397-2017, Norma para la aplicación del cuarto inciso del artículo 312 del Código Orgánico

Monetario y Financiero para las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario, aplica para la constitución, operación y liquidación del fideicomiso establecido en el cuarto inciso del artículo 312 del Código Orgánico Monetario y Financiero COMYF.

 El 04 de agosto de 2017, mediante Resolución N°393-2017-F, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, resolvió incorporar la sección XIV: Autorización de nuevas actividades para las entidades del sector financiero popular y solidario.

 Se emite con fecha el 4 de agosto de 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No.393 – 2017 F, Norma para la autorización de nuevas actividades para las entidades financieras del SFPS bajo el control de la SEPS, donde se incorpora autorización de nuevas actividades para las entidades financieras del SFPS bajo el control de la SEPS.

 Se emite con fecha 18 de mayo del 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 373-2017, la norma para el funcionamiento de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en donde se regula el funcionamiento interno de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

 Se emite con fecha 8 de mayo del 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 370-2017, la norma modificatoria a la norma de servicios financieros de las entidades del sector financiero popular y solidario en donde se reforma la resolución No. 165-2015-F de 16 de diciembre de 2015, modificada por la resolución No. 289-2016-F.

 En la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 369-2017-F, con fecha 8 de mayo del 2017, se emite la norma reformatoria a la norma de solvencia, patrimonio técnico y activos y contingentes ponderados por riesgo para cooperativas de ahorro y crédito y cajas centrales, en donde se modifica la resolución No. 131-2015-F de 23 de septiembre de 2015.

 En la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 368-2017-F, con fecha 8 de mayo del 2017, se emite la norma reformatoria a las normas para la constitución de provisiones de activos de riesgo en las cooperativas de ahorro y crédito en donde se reforma a la resolución No. 130- 2015-F de 23 de septiembre de 2015.

 Se emite con fecha 8 de mayo del 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 367-2017, la norma reformatoria a la norma para la gestión del riesgo de crédito en las cooperativas de ahorro y crédito, en donde se modifican las resoluciones No. 129-2015-F de 23 de septiembre de 2015, reformada mediante resoluciones No. 254-2016-F y No. 288-2016-F.

 Se emite con fecha 8 de mayo del 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 366-2017, la norma reformatoria a las normas para la administración integral de riesgo en las cooperativas de ahorro y crédito y cajas centrales en donde se modifica la resolución No. 128-2015-F de 23 de septiembre de 2015.

 En la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 364-2017-F, con fecha 8 de mayo del 2017, se emite la norma reformatoria a la norma para la prevención del lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo en las entidades financieras de economía popular y solidaria, en donde se reforma la resolución No. 011-2014-F de 4 de diciembre de 2014.

 En la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 364-2017-F, con fecha 5 de mayo del 2017, se emite la norma reformatoria para la cuenta básica de cooperativas de ahorro y crédito en donde se reforma la resolución No. 312-2016-F de 15 de diciembre de 2016.

 Se emite con fecha 5 de mayo del 2017 la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 363-2017, que indica la Regulación de Asambleas Generales o Juntas Generales y Elecciones de Representantes y Vocales de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones Mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, en donde se regula las asambleas generales o juntas generales y elecciones de representantes y vocales de los concejos de administración y vigilancia.

 En la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 361-2017-F, con fecha 8 de mayo del 2017, expidió la Norma para la Segmentación de las Entidades del Sector Financiero Popular y Solidario, en el cual relata que las asociaciones Mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda que hubieren resulto su permanencia en el Sector Financiero Popular y Solidario, cuando pasen al control de

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la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, se ubicaran en el segmento 1 y deberán cumplir las disposiciones y normativa vigente determinadas para las entidades financieras privadas hasta que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera resuelva lo que corresponda.

 Mediante Resolución No. 356-2017-F de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, expidió la “Norma que regula los niveles máximos de honorarios y otros beneficios y compensaciones de los representantes legales de entidades del sector financiero popular y solidario bajo supervisión y control de la superintendencia de economía popular y solidaria”, la cual tiene por objeto regular los niveles máximos de honorarios y otros beneficios económicos, sociales y compensaciones de los representantes legales de cooperativas de ahorro y crédito, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y cajas centrales, en adelante "entidades".

 En la Resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera No. 349-2017-F, con fecha 31 de marzo de 2017, resuelve expedir la Reforma a la Política para el financiamiento de vivienda de interés Público en la que participan en Banco Central del Ecuador o el Sector Financiero Público conjuntamente con los sectores financiero privado y popular y Solidario.

 En resolución No. 351-2017-F, con fecha 31 de marzo de 2017, resuelve; fijar en USD 15.000 el aporte inicial mínimo de fideicomiso mercantil de garantía que deberán realizar, con un portafolio de inversiones y de cartera, las cooperativas de ahorro y crédito pertenecientes al segmento 1, las cajas centrales y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda constituyentes del Fideicomiso mercantil denominado Fondo de Liquidez de las entidades del sector financiero popular y solidario.

 En la Resolución No. 347-2017-F con fecha 22 de marzo de 2017, resuelve expedir la Norma de Reformatoria a las normas para la constitución de provisiones de Activos de riesgo en las cooperativas de ahorro y crédito, se agrega lo siguiente: La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria podrá autorizar a las entidades del segmento 1 que se encuentren en un programa de supervisión intensiva, un cronograma para la constitución de provisiones cuyo plazo no supere al de dicho programa y las cooperativas de ahorro y crédito que en los procesos de liquidación y fusión ordinaria o extraordinaria, hayan adquirido activos de otra entidad del mismo sector.

 En la Resolución No 344-2017-F con fecha 15 de marzo de 2017, que trata del incremento de coberturas del Seguro de Depósitos del Sector Financiero Popular y Solidario, resuelve incrementar a USD 11.290,00 el monto de cobertura del Seguro de Depósitos de las entidades del sector financiero popular y solidario pertenecientes al segmento 2. Incrementar a USD 5.000,00 el monto de cobertura del Seguro de Depósitos de las entidades del sector financiero Popular y Solidario pertenecientes al segmento 3. Mantener en USD 1.000,00 el monto de cobertura del Seguro de Depósitos delas entidades del sector financiero popular y solidario pertenecientes a los segmentos 4 y 5.

 En la Resolución 334-2017-F con fecha 23 de febrero 2017, resuelve expedir la norma sobre la cancelación extraordinaria de obligaciones con bienes muebles, inmuebles, acciones o participaciones, entre otros, recibidos por dación en pago de obligaciones o por adjudicación judicial por las entidades del sistema financiero.

 En la Resolución No. SEPS-SGS-ISF-2017-04169 del 23 de febrero de 2017 ratifica que el gasto por provisiones facultativas del respectivo periodo no supere el 0,5% del total de la cartera bruta a diciembre de 2015 ni el 1% a diciembre de 2016. El gasto que exceda de estos límites no es deducible del Impuesto a la Renta y el gasto total de provisiones constituidas en un ejercicio fiscal, incluidas las facultativas, no exceda el 10% de la cartera bruta.

 En la Resolución No. 323-2017-M con fecha 10 de enero 2017, reforma lo concerniente a “Requerimiento de Reservas Mínimas de Liquidez”, en el sentido de que los bancos privados, las sociedades financieras, las mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las cooperativas de ahorro y crédito y las cajas centrales que tengan aportes en el fondo de liquidez, deberán construir y mantener reservas mínimas de liquidez respecto de sus capacitaciones.

 Mediante Resolución N° SEPS-IGT-IGJ-2016-251 con fecha 30 de diciembre de 2016 se emite el Reglamento de Recursos Administrativos en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria dentro del cual se determina el procedimiento para conocer, sustanciar y resolver los recursos administrativos presentados ante la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

 Mediante Resolución N° SEPS-IGT-ISF-ITICA-IGJ-2016-226 con fecha 31 de octubre de 2016 se emite el Catálogo Único de Cuentas.

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 Mediante Resolución N° SEPS-IGT-ISF-ITICA-IGJ-2016-225 con fecha 27 de octubre de 2016 se resuelve la norma que expide el Catálogo Único de Cuentas para el Fideicomiso del Fondo de Liquidez del Sector Financiero Popular y Solidario

 La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera en sesión extraordinaria con fecha 15 de septiembre del 2016, conforme Resolución N° 282-2016-F decide expedir la norma para la aplicación de los artículos 10 y 13 de la ley orgánica de seguridad y responsabilidad ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016.

 Mediante Resolución N° SEPS-IGT-ISF-IGJ-2016-2010 con fecha 27 de septiembre de 2016, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria resuelve la norma para la autorización previa a la emisión de obligaciones y para titularizaciones de las cooperativas de ahorro y crédito.

De CACPE LOJA:

 Con fecha 10 de julio de 2017, la Intendencia del Sector Financiero, remitió mediante oficio como límite el 30 de septiembre de 2017 el plazo máximo para la ejecución de subasta pública para la enajenación de bienes adjudicados que han mantenido por un periodo superior a un año.

 Con fecha 12 de mayo de 2017, la Intendencia de Riesgos, como parte del proceso de supervisión extra situ, en base a la información reportada en el mes de marzo 2017, conforme al análisis de los indicadores financieros recomendó definir un plan para mejorar el indicador, enfocado a la reducción de gastos operativos y al incremento del margen financiero neto, que genere un indicador inferior al 100% el cual debe ser controlado mensualmente.

 Con fecha 18 de noviembre de 2016, la Intendencia de Riesgos, como parte del proceso de supervisión extra situ, notificó respecto del análisis la situación financiera de la Cooperativa, por lo que dispuso presente la base de bienes no utilizados por la institución (cuenta 1706) con corte a septiembre 2016. La información se envió a tiempo con respecto a dicha cuenta.

 Con fecha 08 de diciembre de 2016, el ente de control solicitó al auditor interno de la institución incluir en el Plan de Trabajo las siguientes actividades: examen de evaluación presupuestaria del grupo de cuentas de ingresos y un examen a formularios de licitud de fondos de la Cooperativa.

 Con fecha 09 de diciembre de 2016, la Intendencia de Riesgos, como parte del proceso de supervisión extra situ, con base a la información reportada al 30 de septiembre de 2016, informó el siguiente hallazgo; a septiembre de 2016 la entidad reporta USD 4.099.142 en la cuenta 1706 “Bienes no utilizados por la institución”, bienes que no están generando ningún tipo de ingresos a la entidad y por lo contrario están generando gastos por depreciaciones y mantenimiento, la recomendación para la Gerencia es que se deberá establecer un plan de acción para que los bienes registrados en la cuenta 1706 generen ingresos o los mismos sean vendidos. Dispuso además la presentación de un plan de acción para subsanar el hallazgo en el plazo máximo de 15 días. Cabe indicar que ya existen dos estrategias subidas al sistema de hallazgos, con informes emitidos en supervisión extra situ de la SEPS y por los Auditores Externos, con respecto a la cuenta 1706 Bienes no utilizados por la Institución. Referente a una de las estrategias se solicitó ampliación de plazo, y respecto al otro bien, el mismo se encuentra generando ingresos por arrendamiento desde el año 2015, lo cual también fue subido al sistema de hallazgos.

 Mediante resolución N° SEPS-IZ6-DZSF-2016-35-PAS, con fecha 03 de octubre de 2016, por medio de los memorandos N° SEPS-SGD-IR-2016-0059 de 24 de febrero de 2016 y N° SEPS-SGD-IR-2016-0354 de 28 de abril de 2016, suscritos por el Intendente de Riesgos, se notifica respecto del informe técnico de la presunta infracción en la que ha incurrido la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE Loja LTDA., representada legalmente por el señor Jorge Piedra Armijos (Gerente), al no observar las disposiciones relacionadas con la entrega de información requerida por las instituciones del Estado determinadas en el Código Orgánico Monetario y Financiero, en el ámbito de sus competencias; y solicita se inicie el procedimiento administrador sancionador pertinente. Al respecto la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE LOJA LTDA., acogiéndose a lo establecido en el oficio circular N° SEPS-IR-DNRFPS-2015, de fecha 29 de octubre de 2015, envió el día lunes 11 de enero de 2016, información relacionada con la matriz de implementación de la Resolución N° 128-2015-F, en la que se verificó que existe el 80% en la ejecución de la elaboración o actualización del Manual Integral de Riesgos, ya que la Unidad de Riesgos en el mes de diciembre de 2015, ya había culminado la actualización del documento, estando pendiente el envío para su aprobación, por parte de los órganos competentes de la Cooperativa; la Cooperativa aclara que se ha presentado este

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desfase de información, únicamente por el proceso de aprobación. La administración de la Cooperativa informó que el Manual de Administración Integral de Riesgos, se encontraba culminado en su totalidad y que únicamente se encontraba en trámite de aprobación, por parte del Comité de Administración Integral de Riesgos y del Consejo de Administración, manual que ha sido aprobado por estamentos administrativos los días 22 de febrero del año 2016 y 10 de marzo del año 2016. Con los antecedentes expuestos, el ente de control sancionó a la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE LOJA LTDA., con multa de USD 3.594,89 dólares, por haber incurrido en la infracción muy grave tipificada en el artículo 261 numeral 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero en concordancia con lo determinado en articulo 6 numeral 20 de la Resolución N° SEPS-IGT-IFPS-IGPJ-IR-IEN-2015-016 de 11 de marzo de 2015. Se estableció que el valor de la sanción impuesta debía ser depositado dentro del término de 5 días contados a partir de su notificación, la misma que fue cancela oportunamente por parte de la Cooperativa. Los temas observados por el ente de control en relación a estas resoluciones, al 30 de septiembre del 2016, han sido subsanados totalmente.  Con fecha 03 de agosto de 2016, el Eco. Jorge Piedra Armijos, remite a la Superintendencia de Economía

Popular y Solidaria el Informe Trimestral de la Comisión Especial de Calificación de Activos de Riesgo, con corte a Junio 2016, para los fines pertinentes.

 La Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE LOJA LTDA., mediante oficio N° EXT-268-G- CACPE LOJA LTDA., emitido el 22 de julio de 2016; solicita permiso para la venta de bienes raíces o arrendamiento de los departamentos del Edificio San José, de la ciudad de Cariamanga y del edificio ubicado en la calle Sucre 15-55 entre Colón y José Antonio Eguiguren pertenecientes a la cartera adquirida de Casa Fácil y Nuevos Horizontes.. Por lo que para proceder a la venta y arrendamiento se requiere la autorización del Servicio de Rentas Internas, si fuere el caso o los lineamientos para iniciar el proceso de venta de los departamentos definitivo y el arrendamiento del local adquirido, conforme lo señalado y recuperar la inversión realizada, lo que permitirá fortalecer el nivel de liquidez de la institución.

 De la revisión efectuada a los temas que constan en la “Matriz de Implementación de Normas” de la Resolución No. 011-2014-F con corte al 31 de marzo de 2017, se establece un porcentaje de cumplimiento 100%, cuya matriz fue remitida a la SEPS con fecha 11 de abril de 2016.

 Para fortalecer los procesos crediticios de CACPE- Loja el 21 de marzo del 2016, la entidad actualizó el Manual de Crédito y Cobranzas que incluye las reformas requeridas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

 Al cierre de 2015, se incorporó en el portafolio de servicios la Recaudación en Línea por Cancelación de Impuestos, Tasas, Contribuciones y otras emitidas por El Municipio de Loja, lo que contribuye a incrementar la transaccionalidad y facilita a la ciudadanía la el pago de sus obligaciones.

 Durante el segundo trimestre de 2015, CACPE LOJA Ltda., en su afán de apoyar los emprendimientos de sus asociados, continúa prestando productos y servicios financieros con eficiencia y agilidad en su red de oficinas conformada por Matriz, 11 Sucursales y 4 Agencias distribuidas en las provincias de Loja, El Oro y Zamora Chinchipe.

 En enero 2015 con el fin de ampliar la cobertura en la ciudad de Loja, abrió sus puertas para servir a la ciudadanía, la Agencia San Sebastián, la misma que además de ofrecer la amplia gama de productos y servicios de CACPE LOJA, viene prestando especial atención a la cartera de crédito adquirida a la Cooperativa Nuevos Horizontes en Liquidación, logrando importantes avances en la recuperación de cartera.

 Al 31 de marzo de 2015, se ofertaron nuevos servicios como resultado de convenios que son: Recaudación en línea por cancelación de impuestos, tasas, contribuciones y otras emitidas por el Municipio de Loja, gestión de cobros y pagos entre FINANCOOP y CACPE LOJA que permitirá prestar servicios transaccionales a través de Puntomático como consumos telefónico con CNT, pagos relacionados con el SRI, recaudaciones de tarjetas de crédito, pago de giros, recaudaciones varias. Además se logró la calificación como agente pagador de saldos con la Cooperativa Nuevos Horizontes en Liquidación, así también la calificación de la Cooperativa como agente pagador de la Corporación del Seguro de Depósitos (COSEDE), para cumplir con la entrega de los valores que entrega el seguro a los socios de Cooperativas en Liquidación.

 Durante el año 2014, CACPE LOJA incursionó en dos negociaciones que le permitieron ampliar su cobertura geográfica y colaborar con la ciudadanía lojana frente a la liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Casa Fácil y Nuevos Horizontes. En el primer caso se adquirieron activos y se subrogaron pasivos por un valor de USD 2.667.334,92, el 35,40% del total de cartera; el 100% de los depósitos a la Vista y el 20,96% de los depósitos a plazo fijo. En el segundo caso julio del 2014 le fueron adjudicados a la Cooperativa dos bienes inmuebles, 185 bienes muebles y un grupo de 105 pagarés de operaciones de crédito.

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