Chapter 4 Findings
4.5 What is resilience and how students see themselves as resilient
85. Véase: Balance,retos y caminos aseguir, Publicaciones UNCTADsobretemas relacionados conpolíticas internacionales de Inversión,.2008.pp.125
86 Los acuerdos de la Ronda de Uruguay suponen dos cambios: El primero es el reconocimiento creciente de la conexión entre el Comercio y la Inversión, los cuales pasaron a verse como complementarios, de forma que un amplio segmento del Comercio Mundial se produce entre empresas filiales. Por eso cada vez más Acuerdos Bilaterales, regionales, interregionales, intra-regionales y plurilaterales incluyeron normas internacionales relativas a la inversión que regulaban, y trataban de facilitar las transacciones comerciales y la inversión. Estos acuerdos además de contener un conjunto variado de disposiciones de liberalización, se proponían promover las corrientes inversoras entre las partes. El segundo cambio fue la consolidación de la liberalización como dimensión importante de algunos Acuerdos Internacional de Inversión. En un corto plazo Canadá y Japón empezaron a añadir a sus TBI compromisos de liberalización similares a los incluidos por Estados Unidos en sus TBI. Véase: Balance, retos y caminos a seguir, Publicaciones UNCTADsobretemas relacionadosconpolíticasinternacionalesdeInversión,2008.pp.125.
La razón por la que el AMI se consideró una opción válida en la década de los noventa tuvo que ver con varios factores: primeramente porque existían varios acuerdos previos de carácter multilateral sobre comercio en bienes (GATT), y comercio en servicios (GATS), ampliamente reconocidos. El tiempo ha llevado a establecer similares reglas de inversión en la forma de acuerdos multilaterales y bilaterales de inversión, los cuales, sin embargo, no poseen reconocimiento ni la fuerza de los acuerdos sobre comercio87.
El clima de inversión es también un factor de importancia en la toma de decisiones. Los inversionistas argumentan que necesitan estabilidad de reglas y procedimientos a largo plazo. Demandan mercados abiertos, e igualdad de oportunidades competitivas con los inversores domésticos; así como la protección de las inversiones existentes y un mecanismo internacional para arreglar disputas con los gobiernos anfitriones. A medida que el proceso de globalización avanza, se ha advertido que el pensamiento neoliberal ofrece mayor presión para la creación de acuerdos de cooperación internacional, comprometida con la economía mundial para lograr entre otras cosas:
“ser mejor organizada y obtener mayor eficiencia y equidad en los mercados”. Y en
este tema el uso del GATT es generalmente reconocido, como un instrumento viable para la eficiencia y equidad; pero la OCDE88 argumentó que había llegado el momento para apoyar un Acuerdo que vaya más allá del GATT y que genere mayor
presión para obtener mayores “beneficios”. Es así como se llega, en los años noventa, a apoyar al Acuerdo Multilateral de Inversión.
En esa perspectiva el AMI fue tomado como un acuerdo de inversión multilateral, dispuesto a cubrir todos los sectores de la inversión en la economía mundial, y a evitar medidas discriminatorias, que efectivamente se empezaron a sentir al final de la década de los ochenta, incluso dentro de los mismos países miembros de la OCDE. Por otro lado Europa y Japón estaban preocupados por los crecientes sentimientos proteccionistas del Congreso de los Estados Unidos, generados principalmente por los
87 Gilpin Robert, El Reto del Capitalismo Global, La Economía Mundial en el siglo XXI, El Triunfo Del Liberalismo Económico, Princeton University Press, 2000. Pág. 249
88 La OCDE es la única organización mundial que ha adoptado reglas para la inversión. El Código de liberalización de los Movimientos de Capital, se remonta al año 1961, mismo año de fundación de la OCDE. En 1976, en el punto álgido de debate sobre el papel de las
Empresas Multinacionales, la OCDE adoptó un “acuerdo paquete” que incluía el instrumento de Tratamiento Nacional y las directrices para las Empresas Multinacionales. El primero es un instrumento para tratar en las mismas condiciones a los inversionistas extranjeros como nacionales y la segunda son recomendaciones de comportamiento de las EM en otros países receptores de inversión de la OCDE. Véase: Frans Energering, Lecciones del AMI: La recuperación del Impulso para una negociación Multilateral de la Inversión, Revista ICE, Los Nuevos Temas del Comercio Mundial, nº 785, pag. 52, año 2000
enormes flujos de inversión procedentes de Japón. Estados Unidos, por su parte, veía peligros potenciales en el proceso de integración europea en curso, en el cual algunos miembros de la Comunidad Europea abogaban a favor de un tratamiento preferencial para los inversores europeos. Estados Unidos también deseaba un instrumento con el que combatir la avanzada de la industria japonesa en su economía89.
La iniciativa más importante para crear un régimen de inversión ha sido el Acuerdo Multilateral de Inversión (AMI), propuesto originalmente en septiembre de 1995 por los Estados Unidos. La meta de esta iniciativa, en palabras del informe económico del
presidente del Congreso en 1988, era establecer “importantes parámetros para la liberalización de los regímenes de inversión (local), y la protección al inversionista,
con procedimientos efectivos para el tratamiento de las disputas” 90. La propuesta fue concebida para proteger a las empresas transnacionales de la nacionalización, la corrupción y la inestabilidad política; además se buscaba evitar la discriminación de los
países huéspedes contra las ETN’s extranjeras. Según sus ideólogos, el acuerdo no solo protegería las empresas norteamericanas sino facilitaría una IED mucho mayor en las economías en desarrollo. En ello se esperaba que el acuerdo incluyera el derecho de establecimiento sin discriminación, así como las disposiciones sobre protección de inversión, todo esto respaldado por un mecanismo de resolución de conflictos.