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Response and Perceptions of Somalis

CHAPTER 6 – SOMALIA CASE STUDY

6.4. Response and Perceptions of Somalis

Habiendo visto las principales fuentes de información que hemos utilizado para la elaboración de la tesis –tanto bibliográficas como documentales–, así como sus principales características, necesitamos todavía situarnos geográficamente y políticamente en el marco territorial del señorío al que pertenecían las minas y explotaciones que nos ocupan: el condado de las Montañas de Prades y la baronía de Entença. De esta manera, podremos entender muchos de los procesos legislativos y políticos que afectaron a la minería del actual Baix Priorat durante toda la época Moderna y que iremos exponiendo en los capítulos posteriores.

El nacimiento de esta señoría como unidad jurisdiccional está ligado intrínsecamente a la figura del rey Jaume II y a sus hijos Ramon Berenguer y Pere, primeros condes propiamente dichos de las Montañas de Prades y baronía de Entença. En 1324, el rey Jaume II habría obtenido de Guillem d’Entença (1294-1321), los dominios de Falset, Altafalla,116 Tivissa y Móra en Cataluña; la villa y el castillo de Entença en el condado de Ribagorça; los derechos legítimos sobre los castillos de Seròs y de Mequinença, en el señorío de los Montcada, y otros derechos sobre los castillos y lugares de su hermano, Berenguer d’Entença, más conocido por ser el héroe de la “Venjança Catalana”.117 El rey Jaume II, valiéndose de su hábil técnica diplomática, consiguió

que Guillem d’Entença le cediera estos territorios al verse sin herederos legítimos, a cambio de 125.000 sueldos barceloneses, 100.000 pagados en efectivo y los 25.000 restantes divididos en pagos anuales. Sin embargo, Guillem d’Entença se reservó para él los castillos de Marçà, Garcia y Pradtip, aunque le traspasó al rey los derechos de “fadiga” y “lluïsme”.

116Falset y Altafalla no habrían entrado en la donación original que el rey Alfons II había otorgado a

Guillem de Castellvell en 1174. En aquel año, tras la conquista cristiana de la Siurana musulmana, le fue concedido en feudo al dicho Castellvell los castillos reales de Tivisa, Móra, García y Marçà, mientras que Falset y Altafalla quedaban excluidos de la concesión. Será la heredera de Guillem de Castellvell, Alamanda de Subirats, quien se instituya señora de Altafalla, Falset, Tivissa, Garcia, Móra, Marçà y Pratdip, los principales núcleos de la baronía de Entença.

Por otra parte, el nombre de baronía de Entença empezó a utilizarse como tal al haberse casado la heredera de todos estos territorios, Alamanda, con Guillem de Entença en 1242. Ella misma adoptó el nombre de Alamanda de Entença, y fue señora de la baronía entre 1244 y 1256, la cual pudo gobernar tras haberle ofrecido a su hermano, Ferrer de San Martí, una fuerte compensación económica por el título de la baronía. TALLAFIGO ROMERO, Manuel y PALET PLAJA, Mª Teresa. Les nostres

arrels… pp.17-33.

117A causa del asesinato de Roger de Flor y de unos cien almogávares integrantes de la Gran Compañía

Catalana (ejército mercenario de la Corona de Aragón) a manos de los bizantinos en 1305, el resto de los mercenarios se “vengaron” arrasando la zona de Grecia, especialmente la Tracia, y posteriormente fundaron los ducados de Neopatria y Atenas.

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El rey Jaume II, que como tal ya poseía los territorios de las montañas de Prades por derecho real,118 decidió fundar en 1324 un nuevo condado que aglutinaría las

realidades políticas de la Baronía y de las montañas de Prades, las cuales habrían de quedar indisolublemente ligadas en un único señorío: el condado de las Montañas de Prades y la baronía de Entença. De esta manera, el rey renunciaba a la infeudación y dominio directo de estos territorios, con la condición de que el señorío no fuese separado. Si esto sucediese, o no hubiese heredero legítimo, pasarían de nuevo a ser un feudo real.

Por lo tanto, bajo el título de condado de Montañas de Prades y baronía de Entença en 1324, quedaron integradas las siguientes poblaciones:

- de la parte del antiguo término del castro de Siurana que había quedado en manos de la Corona y con jurisdicción plenamente real,119 las villas eran: Prades, Siurana, Vilanova de Prades, Ulldemolins, Albarca, Cornudella, Arbolí, Vilaplana, la Mussara, Mont-ral, La Riba, Farena, Capafons, la Febró, L’Aleixar, Maspujols, Samuntà y Cabrera. A estas villas habrá que sumar aquellos territorios en los que la señoría de la Corona era compartida con otros señores jurisdiccionales en el momento de crear el condado. Algunos de estos territorios dependían del monasterio de Poblet (Vilosell, Vallclara, la Pobla de Cèrvoles y la Fumada); y el resto eran de la baronía de Cabacés, que pertenecían al obispado de Tortosa. Igualmente, la Cartuja de Escaladei y el monasterio del Bonrepòs compartían la soberanía y tenían parte de la jurisdicción en algunas zonas del nuevo Condado.

- de la parte de la baronía de Entença, las villas que se incorporaron al reciente señorío fueron: Altafalla, que incluía Gratallops, Torroja, Poboleda, La Morera, Porrera y la Vilella Alta; Falset (que tenía una parte del actual Bellmunt del Priorat),

118Algunos autores, como Flocel Sabaté, son de la opinión que el nacimiento del nuevo condado de las

Montañas de Prades y baronía de Entença tuvo mucho que ver con la voluntad real de cohesionar los territorios que quedaban bajo su control en el siglo XIV del antiguo término de Siurana, de los cuales ya había ido perdiendo algunos. En este sentido, hubo un conato de creación de la veguería de las Montañas de Prades en 1303 y, finalmente, las pretensiones reales fueron asumidas en 1324 con la consolidación del condado de las Montañas de Prades y baronía de Entença. SABATÉ I CURULL, Flocel. El territori de la Catalunya medieval: percepció de l’espai i divisió territorial al llarg de l’edat

Mitjana. Rafael Dalmau, Barcelona, 1997. p. 260-265.

119 Poco después de la conquista cristiana, que tuvo lugar en 1153, del castral de Siurana, varios

territorios fueron separados y excluidos de los antiguos límites que ocupaba la unidad administrativa musulmana. Así pues, a través de concesiones y donaciones, se traspasaron a otras jurisdicciones: Albiol (1158), Alforja (1158), Cabacés (1159), Escornalbou (1170) y la creación de la nueva bailía y veguería de Montblanc (1163). En cualquier caso, la Corona se reservó algunos derechos jurisdiccionales en algunas de ellas.

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Tivissa (Vandellòs y el actual Hospitalet de l’Infant, Guiamets y Capçanes) y Móra. Cabe añadir que algunos historiadores han añadido Pratdip a esta lista, sin embargo, tenemos noticias de que Pratdip fue incorporada al condado de las Montañas de Prades y la baronía de Entença en 1336, gracias a una compra efectuada por el primer conde de Prades, Ramon Berenguer.120 En dicha compra, también se adquirió el término de Garcia, con El Masroig y Les Pinyeres.

Territorios que integrarían el condado de las Montañas de Prades y la baronía de Entença en tiempos del conde Pere (1344-1358)

Fig.4. Fuente: Martínez Elcacho Albert (2014). “Pro Crosis Argenti”. La plata del comtat de les

Muntanyes de Prades i baronia d’Entença en època del comte Pere (1342-1358): regulació, gestió i rendiment de les mines de Falset. Tesis doctoral defendida en la Universitat de Lleida. Recurso on-line

en: http://www.tdx.cat/handle/10803/284994. p. 200.

120ADM. Sección Entença, legajo 17, documento número 826. Y también puede verse en el resumen

hecho por el archivero Llobet en su catálogo de 1667, en la página 282, bajo idéntica numeración del documento. ADM. Catálogo de Llobet, parte de Entença, tercera recopilación, documento 826, p. 282.

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Esta distinción que nosotros hemos hecho al enumerar los territorios que aportaba cada antiguo señorío, es decir, los dominios reales de las montañas de Prades por un lado; y la baronía de Entença por el otro, será una diferenciación administrativa que perduraría desde el nacimiento del señorío, o al menos desde mediados del siglo XIV.121 Como vemos, en el mismo título nobiliario, se decidió mantener la personalidad de cada una de las entidades jurídicas, a pesar de que juntas formaban un único conglomerado señorial.

El primer conde de las Montañas de Prades y VII barón de Entença fue Ramon Berenguer, hijo del rey Jaume II. Se han planteado diversas hipótesis acerca de la entrega del nuevo condado a un infante real. J. Ernesto Martínez Ferrando opina que esta circunstancia estaría relacionada con una práctica común en la época, llevada a cabo por las familias reales, que consistía en organizar una “casa” propia a los infantes al llegar su mayoría de edad –entorno a los 12 años. Es decir, se les asignaba un mayordomo, un tesorero, un escribano de ración y una larga serie de servidores, los cuales había que mantener y pagar. Los reyes de Aragón Jaume II y la reina Blanca d’Anjou, se aseguraron de dotar a sus hijos de una fuente de ingresos suficiente para satisfacer las nuevas necesidades económicas de los infantes y el manteminimiento de sus nuevas casas. Así pues, se les asignaron los cargos mejor retribuidos del reino, como el de procurador general o el de canciller; se les concedieron extensos territorios, o bien se les adjudicaron abundantes prebendas eclesiásticas.

Esta dinámica se ha llamado de “las nuevas entidades nobiliarias”122y, en este contexto

de donaciones, fueron creados los condados de Ribagorça, Urgell, Empúries y Prades. Todos ellos acabaron, con el tiempo, revirtiendo de nuevo en la Corona, a excepción de Prades, que pasará al señorío de los Cardona en el siglo XV, tal y como veremos más adelante.

121“Hem optat per anomenar el territorio estudiat amb la denominació comtat de les Muntanyes de

Prades y baronia d’Entença, com a definició d’un conjunt territorial i senyorial. Tot i que aquesta denominació no es va consolidar possiblement, fins què l’infant Pere en va esdevenir comte, creiem que és la que descriu més adequadament -amb tota la seva dimensió- la realitat del domini. En el sentit que són dues entitats diferents i diferenciades que van quedar unides indissolublement quan es va crear el comtat el 1324.” MARTÍNEZ ELCACHO, Albert (2014). “Pro Crosis Argenti…”. p. 168.

122Ver Flocel Sabaté en MARTÍNEZ ELCACHO, Albert (2014). “Pro Crosis Argenti…”. p. 170.

También es opinión de Sabaté que las mencionadas donaciones eran una práctica que también servía para afianzar el poder real, puesto que, aunque pudiera parecer contradictorio, se planteaban como una fórmula de gestión del patrimonio real, no como una alienación. Además, debemos recordar la cláusula que fue estipulada en el momento de la creación del Condado, mediante la cual quedó fijado que, en caso de no haber heredero legítimo para el nuevo señorío, los territorios revertirían de nuevo en la Corona.

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En un primer momento, el condado de las Montañas de Prades fue para su hijo e infante Ramon Berenguer, quien, el día 9 de enero de 1342,123 lo intercambió con su

hermano, Pere, por el condado de Empúries y 70.000 libras barcelonesas.124 Así pues,

Ramon Berenguer habría entregado a su hermano los territorios del condado de Prades y las villas de la baronía de Entença que tenía en dominio: Altafalla, Falset, Tivissa y Móra, además de los derechos sobre Marçà y Pratdip; a las que tuvo que añadir una cierta suma de dinero, puesto que se consideraba que el condado de Empúries era de mayor valor y puesto que se debían saldar algunas deudas, que previamente había contraído su hermano, relacionadas con la adquisición del título de conde. El montante total ascendió a las 74.500 libras barcelonesas, 30.000 por el precio del Condado, 22.500 por las deudas a los herederos de la primera mujer de Malgaulí –el último conde de Empúries– y 12.000 que irían para los habitantes del Condado por diversos censos.

Los motivos que habrían guiado a ambos hermanos a realizar el intercambio de sus respectivos condados han sido largamente debatidos en la historiografía, y hoy en día podemos hablar de dos planteamientos diferentes, aunque no excluyentes. El primero, habrían sido los cargos de conciencia que arrastraba Pere al retener el título de conde de Empúries en contra de la voluntad del Papa Juan XII, quien pensaba que tras la muerte de Malgaulí el condado debería haber pasado al Hospital de San Juan de Jerusalén, debido a los legítimos derechos de Ramon de Empúries, descendiente de los antiguos condes, y prior de Cataluña. La ley establecía que, para que Ramon de

123El documento original está fechado en “Quinto Idus Jannuari, anno Domini millessimo trecentesimo

quadragesimo primo”. Lo cual, quiere decir el 9 de febrero de 1341. La documentación que lleva la fecha encabezada por “anno domini” nos indica el uso del calendario florentino de la Encarnación, en el cual, el cómputo del año se iniciaba el 25 de marzo. Por lo tanto, trasladando la fecha de 9 de febrero al calendario actual, deberíamos sumar un año. Por este motivo, la mayor parte de la bibliografía que hemos consultado opta por utilizar la fecha de 9 de febrero de 1342. MARTÍNEZ ELCACHO, Albert (2014). “Pro Crosis Argenti…”; GORT JUANPERE, Ezequiel. Història de Falset…; ROMERO TALLAFIGO, Manuel y PALET PLAJA, Mª Teresa. Les nostres arrels…”.; ROMERO TALLAFIGO, Manuel. “Un libro de “Ius Sigilis” de Cancillería…”.

124En los últimos años, se ha debatido en la historiografía acerca de la razón por la cual Pere tuvo que

aportar 70.000 libras barcelonesas a la permuta de los condados. Algunas de las explicaciones que se han propuesto giran en torno a la gran cantidad de deudas asociadas al condado de Empúries, derivadas de los sobornos que hizo Jaume II a los pretendientes al título para que renunciaran a él, y otras deudas contraídas por el conde Magaulí, el anterior señor de Empúries. Al haber intercambiado los condados, Pere se desquitaba de esta pesada carga económica, que debería satisfacer su hermano, Ramon Berenguer. Por este motivo, le habría compensado con las 70.000 libras barcelonesas. Por otra parte, también se ha barajado la posibilidad de que dicha suma de dinero fuese una valoración de una actividad económica en concreto que existía en el condado de Prades y la baronía de Entença, que añadía un valor extra al condado. Esta actividad económica habrían sido las minas de plata de Falset, las cuales empezaron a ser activamente explotadas nada más intitularse Pere conde, en 1342.

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Empúries hubiese podido heredar, debería haber obtenido una dispensa papal para renunciar a sus cargos como prior de Cataluña del orden del Hospital, cosa que no sucedió porque el Papa estaba interesado en que el condado pasase a formar parte del patrimonio eclesiástico. Con lo cual, el condado de Empúries recayó en la persona de Hug de Cardona en 1323, quien sería conde tan solamente dos años, ya que en 1325 cambió125 su título de conde de Empúries con Pere –que ya era conde de Ribagorça–, por la baronía que éste tenía en Pego, y por las villas de Xalon y Laguart en Valencia. Mediante un privilegio real de Jaume II, el infante Pere sería intitulado conde de Empúries el mismo año de 1325, dejando fuera del juego de las herencias a Ramon d’Empúries. Esta teoría ha sido defendida por autores como J. Ernesto Martínez Ferrando o Eufemià Fort y Cogul, y casaría perfectamente con el carácter piadoso y religioso del infante Pere. De hecho, Fort y Cogul relacionaría los mismos cargos de conciencia con la fundación del hospital en el Coll de Balaguer, haciendo honor al testamento de Malgaulí, el día 8 de noviembre de 1344, tan solo dos años después de la permuta con su hermano Ramon Berenguer.

Por otra parte, existe una visión más práctica del asunto que explicaría el intercambio de 1342 a través de motivos económicos y que ha sido defendida por Santiago Sobrequés y Romero Tallafigo. Las pesadas cargas que suponían para la hacienda de Pere las deudas contraídas con los herederos de Malgaulí y con los habitantes de Empúries habrían justificado el intercambio en aras de conseguir una liberación económica. Además, se ha especulado sobre el conocimiento que Pere podría tener a priori de las posibilidades de las minas de la baronía de Entença, lo que haría subir el valor del condado de Prades respecto a la tasación de Empúries, de mayor tradición histórica y situado en una de las zonas más fértiles del Principado de Cataluña.126 Al final, el infante Pere fue reconocido como conde de Prades el 9 de abril de 1342 y trasladó su residencia al castillo de Falset, en el que pasaría largas temporadas, consolidando a la villa como la capital del condado de las Montañas de Prades y la baronía de Entença. Desde allí, el conde Pere llevó a cabo una activa política

125Se cree que las razones de este intercambio podrían haber estado pactadas de antemano entre Hug de

Cardona y Jaume II, debido a la inmensa desproporción del mismo: Empúries era mucho más valioso que los territorios que recibió Hug. Esto podría a su vez explicarse por el papel activo que tuvo el rey Jaume II para que Hug de Cardona obtuviera el condado en 1323, oponiéndose a las pretensiones de Ramon de Empúries. MARTÍNEZ ELCACHO, Albert (2014). “Pro Crosis Argenti…”. p. 178.

126Podrán verse todas estas cuestiones ampliamente expuestas en MARTÍNEZ ELCACHO, Albert

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gestionada desde la cancillería, que funcionaba como un verdadero órgano de gobierno y administración para el condado de Prades y también para el resto de sus señoríos: el condado de Ribagorça y diversos territorios en el reino de Valencia. En lo que respecta a la baronía de Entença, la historiografía le habría otorgado al conde Pere la compra del castillo de Garcia, el lugar de Les Pinyeres y El Masroig al marido viudo de Berenguera de Montcada, Bernat Jordà, señor de Illa (Rosselló), quedando éstos plenamente integrados en la baronía de Entença y el condado de Prades a partir de 1344.127 Unos años más tarde, en 1348, habría comprado el Coll de Balaguer y dispuesto las órdenes para construir en la explanada adyacente el Hospital de l’Infant, un edificio destinado a dar cobijo a pobres, enfermos y viajeros que, posteriormente, se transformaría en la semilla poblacional del actual término de L’Hospitalet de l’Infant. También el término de Tivissa, se recompró el Masriudoms, unas tierras que le habían sido ofrecidas a Ramon de Riudoms en el siglo XII como recompensa por la labor de fijar pobladores en Vandellòs.128

Con estas nuevas incorporaciones, la configuración territorial de la baronía d’Entença quedaba prácticamente fijada en unos límites concretos, que se mantendrían más o menos constantes durante el resto de la Edad Media y durante la Edad Moderna. En lo tocante al condado de Prades, existe un documento encontrado en la cancillería condal titulado [Levador antiguo de las rentas del Condado de las Montañas de Prades],129 datado entre un momento indeterminado entre 1342 y 1349, en el que se describieron todos aquellos territorios de las Montañas de Prades en dónde el Conde poseía jurisdicción, plena o compartida. Aquellos lugares que integraban el Condado en los que tenía la jurisdicción alta y baja, el mero y mixto imperio, así como el derecho de impuestos y rentas eran: la villa de Prades, el lugar de Ulldemolins, el lugar de Albarca, el lugar de les Esplugues, la villa de Cornudella, el castillo y lugar de Siurana, el lugar del Arbolí, la villa del Aleixar, el mas de Regina, el lugar de Rocabruna, el mas de Pujols (Maspujols), el lugar de Selvià, el lugar de Vilaplana, el lugar de la Mussara, el lugar de la Febró, el lugar de Capafons, el lugar de Mont-ral, el

127Sobre el momento exacto de la adquisición de estos feudos existen discrepancias, las cuales

expondremos en profundidad unas páginas más adelante.