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Outcome 06: Safe and suitable premises Theme: Effective Services
“La violencia de género guarda relación también con el constructo social de lo que significa ser hombre o mujer. Cuando una persona se aparta de lo que se considera conducta “normal” se
convierte en objeto de violencia. Esto es especialmente grave cuando se combina con discriminación en razón de la orientación sexual o la identidad de género (Amnistía Internacional, 2002 p. 15). Luego de exponer significados acerca de la violencia, desde diferentes miradas, es preciso delimitar un poco más el contenido de este trabajo, de acuerdo con mis intereses reales. La violencia se ejerce entre distintas personas y por múltiples razones, una de ellas es debido al sexo.
En 1996, el libro “Violencia de géneros, un problema de derechos humanos”, estipula por violencia de género el ejercicio de la violencia que refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre hombres y mujeres, y que perpetúa la subordinación y desvalorización de lo femenino frente a lo masculino. Ésta se caracteriza por responder al patriarcado como sistema simbólico que determina un conjunto de prácticas cotidianas concretas, que niegan los derechos de las mujeres y reproducen el desequilibrio y la inequidad existentes entre los sexos. La diferencia entre este tipo de violencia y otras formas de agresión y coerción estriba en que en este caso el factor de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer.
A lo largo de la historia, las distintas formas de violencia se han manifestado en las sociedades como producto de la dominación que determinados sectores o grupos ejercen sobre otros. En este contexto, la violencia de género es un mecanismo social clave para perpetuar la subordinación de las mujeres, puesto que, debido a que el poder se considera patrimonio genérico de los varones (Amorós, 1990), la hegemonía masculina se basa en el control social de lo femenino. Por lo tanto, las violaciones a los derechos humanos de las mujeres se relacionan directa o indirectamente con el sistema de género y los valores culturales dominantes (Rico, 1996, p. 9).
A esto se añade, la Organización Panamericana de la Salud, con su documento del año 2000, donde afirma que la violencia basada en el género (VBG) es uno de los abusos contra los derechos humanos y uno de los problemas de salud pública más difundidos en el mundo actual, que afecta a una de cada tres mujeres. Es también una manifestación extrema de la desigualdad relacionada con el género, impuesta a las mujeres y a las niñas a causa de su posición subordinada dentro de la sociedad. Las consecuencias de la VBG a menudo son devastadoras y prolongadas, y afectan la salud física y el bienestar mental de las mujeres y niñas. Al mismo tiempo, sus repercusiones ponen en peligro el desarrollo social de otros niños en la familia, de la familia como unidad, de las comunidades donde viven las personas afectadas y de la sociedad en general. (García, 2000, p. 6)
La violencia de género constituye una violación del derecho a la identidad, puesto que refuerza y reproduce la subordinación de la mujer al varón, así como la distorsión del ser humano; del derecho al afecto, debido a que la violencia es la antítesis de toda manifestación de esa índole; del derecho a la paz y a relaciones personales enriquecedoras, ya que es una forma negativa de resolución de conflictos; del derecho a la protección, debido a que crea una situación de desamparo, que no proviene sólo del esposo y la familia sino también del Estado, que niega protección a las mujeres, y de la sociedad que invisibiliza el problema; del derecho al desarrollo personal, puesto que las víctimas sufren una parálisis psicológica que les impide desarrollar su potencial creativo; del derecho a la participación social y política, debido a que coarta la realización de actividades extradomésticas (con excepción de las mínimas relacionadas con los roles tradicionales), como la participación en organizaciones, grupos o reuniones; del derecho a la libertad de expresión, y del derecho a una salud física y mental óptima (Rico, 1996, p. 9).
Según la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, retomada en un documento publicado por Amnistía Internacional en el año 2004, la violencia basada en el género, incluye las amenazas, la coacción y la privación arbitraria de la libertad, dondequiera que se produzcan, tanto en la vida pública como en la privada. Y plantea algunos de los elementos para determinar si un acto de violencia está basado en el género, a partir de la causa o motivo (por ejemplo, insultos sobre el género claramente expresados durante la violencia); las circunstancias o contexto (por ejemplo, abusos contra mujeres de cierto grupo dentro de un conflicto armado); el acto mismo, la forma que adopta el abuso (por ejemplo, actos manifiestamente sexuales, desnudo forzoso, mutilación de partes sexuales del cuerpo); las consecuencias del abuso (embarazo, vergüenza y victimización secundaria de la sobreviviente por su comunidad como consecuencia de haberse cometido una infracción contra el “honor”); la disponibilidad y accesibilidad de los recursos y las dificultades para interponerlos (por ejemplo, las dificultades que encuentran las mujeres para interponer recursos judiciales por la falta de asistencia jurídica, la necesidad de apoyo de un familiar varón, la necesidad de centrarse en el cuidado de las personas a su cargo y la falta de servicios de salud apropiados) (Amnistía Internacional, 2004, p. 27).
Finalmente, es importante reconocer que la violación de los derechos de las mujeres y la violencia de género no son problemas nuevos; suponen conductas que hasta hace muy poco eran socialmente aceptadas y que, por estar circunscritas en general al ámbito de la vida privada, eran muy poco conocidas. Hoy se hacen evidentes por medio de la gestión de organizaciones como Amnistía Internacional y las Naciones Unidas para quienes el tema de la mujer cobra cada vez mayor importancia en cuanto a derechos humanos se refiere.