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Buenos Aires, 25 de noviembre de 2016

VISTO:

el Decreto Nº 433/16 y el EE-2016-10738712-DGRFISS, y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación del Visto tramita la aprobación del gasto por los trabajos necesarios de "Construcción, montaje, habilitación y puesta en marcha de gasoducto y ramal - 1° Etapa, Parte 1°", en el Hospital de Salud Mental Braulio Moyano, encuadrados oportunamente en el Decreto N° 556/10 y su modificatorio Decreto N° 752/10, realizados por la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA, por la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS UNO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($930.401,43), quedando así finalizadas las tareas oportunamente encomendadas;

Que mediante Decreto N° 433/GCBA/2016 -publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, BOCBA N° 4941-, se establecen los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70, y se derogan los Decretos N° 556/GCBA/2010 y N° 752/GCBA/2010;

Que por RESOL-2016-416-SSASS, -comunicada por NO-2016-20147353-DGADCYP- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Decreto 433/16; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y ¨Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que el presente trámite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo;

Que consta en el actuado NO-2016-9656442-HNBM, de fecha 30.03.2016, cursada por la Directora del efector, mediante la cual solicita las tareas de marras;

Que en función de ello la Dirección General Recursos Físicos en Salud, a través de la NO-2016-09957901-DGRFISS -Orden 3-, solicita la autorización para realizar los trabajos mencionados, al titular de la Subsecretaría Atención Hospitalaria;

Que mediante NO-2016-10677561-SSAH, Orden 4, se presta el aval correspondiente; Que a través del IF-2016-11342420-DGRFISS, -Orden 5-, la Dirección General Recursos Físicos en Salud, área técnica con competencia en la materia, pone de manifiesto que "...La necesidad de realizar los trabajos... resulta esencial y primordial a los fines de garantizar la prestación de los servicios de salud a los ciudadanos que se atienden en el Hospital Neuropsiquiátrico Braulio Moyano, así como del equipo de salud", y propone su encuadre en el marco del Decreto Nº 556/10 y modificatorio Decreto Nº 752/10, para gastos de imprescindible necesidad, y extrema excepción, vigentes al momento;

Que obra en Orden 7 la conformidad del entonces titular de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud mediante IF-2016-15182107-SSASS;

Que en Orden 9 se vincula el Pliego de Especificaciones Técnicas;

Que se vinculan invitaciones a cotizar para el día 01.07.2016, retiradas en sede de la unidad de organización propiciante, por parte de cuatro (4) agentes autorizados, - Órdenes 13/16-, planilla con el retiro de las condiciones de los trabajos a realizar por parte de cuatro (4) Cooperativas de Trabajo, e igual número de ofertas presentadas, según Acta de Apertura -Orden 22-;

Que en Orden 23 obra informe técnico, en el cual se deja constancia que las ofertas se ajustan en presentar lo solicitado en PET;

Que mediante RESOL-2016-1417-MSGC, -Orden 32-, esta Ministra de Salud, encomendó los trabajos por la suma de Pesos Tres Millones Novecientos Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Nueve con Setenta y Tres Centavos ($3.909.249,73), a la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA, dado que: "... cumple con las especificaciones técnicas y el precio se encuentra dentro de los valores estimados". Económicamente, es la oferta más conveniente;

Que en Orden 37 obra la notificación de la empresa contratada, de fecha 01.08.2016; Que en Orden 38 se vincula Acta de Inicio de fecha 10.08.2016, -donde consta que el plazo de ejecución de las trabajos es de noventa (90) días-, suscripta por la Directora del efector, el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, y la Cooperativa contratada;

Que en Orden 42 obra Nota de la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA solicitando pagos parciales, situación contemplada en el PET, Punto 2.22, y el Certificado N° 1, por la suma de Pesos Setecientos Ochenta y Un Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve Con Noventa y Cinco Centavos ($781.849,95);

Que a través de la DI-2016-131-DGRFISS, Orden 43, la Dirección General de Recursos Físicos en Salud aprobó en esa instancia a la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA, trabajos realizados por la suma correspondiente a la primera certificación;

Que al respecto la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto emitió IF- 2016-20966377-DGADCYP;

Que mediante RESOL-2016-96-SSPLSAN, suscripta POYEA, el Subsecretario Administración del Sistema de Salud, aprobó tareas por la suma de Pesos Dos Millones Ciento Noventa y Seis Mil Novecientos Noventa y Ocho con Treinta y Cinco Centavos ($2.196.998,35), correspondiente a la segunda certificación;

Que obra vinculada en Orden 84, Acta de Recepción de Trabajos, de fecha 08.11.2016, suscripta por la Directora del Efector, el titular y personal de la orgánica que propicia los presentes, y la Cooperativa adjudicataria, dejando constancia que a partir de la fecha comienza a regir el plazo de garantía de doce (12) meses;

Que en función de ello la Dirección General Recursos Físicos en Salud, reconoce a la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA, los trabajos realizados por la suma de Pesos Novecientos Treinta Mil Cuatrocientos Uno con Cuarenta y Tres Centavos ($930.401,43), mediante DI-2016-256-DGRFISS, - Orden 85-;

Que la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto ha verificado que la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA, se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores;

Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados de acuerdo con lo establecido en el Decreto-2015-363-AJG, rectificado por Decreto- 2016-141-AJG;

Que el presente trámite encuadra en las previsiones del Anexo I, del Decreto Nº 433/16, en cuanto a la aprobación del gasto que se propicia y al monto total autorizado para el corriente mes;

Que se realizó la imputación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Anexo I, Punto 5 del Decreto N° 433/16,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por los trabajos realizados para la "Construcción, montaje, habilitación y puesta en marcha de gasoducto y ramal - 1° Etapa, Parte 1°", en el Hospital de Salud Mental Braulio Moyano, en el marco del Decreto N° 433/16, realizados por la COOPERATIVA DE TRABAJO EVITA LIMITADA, por la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS UNO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($930.401,43), quedando así finalizadas las tareas oportunamente encomendadas.

Artículo 2°.- Dicho gasto se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción.

Artículo 3º.- Instrúyase a la Dirección General Recursos Físicos en Salud para que resguarde la documentación que avale la garantía de los trabajos efectuados de acuerdo con las normas vigentes en la materia.

Artículo 4º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud Bou Pérez