DL N ° 28544 Ley de Concesiones Eléctricas.
DS Nº 009-93 Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Ley N ° 26734 Ley de Creación del OSINERG.
Ley N ° 26876 Ley Antimonopolio.
DS Nº norma técnica 020-97-EM de la calidad de los servicios de electricidad. Las leyes que establecen el reconocimiento, exploración y explotación de recursos geotérmicos son:
La Ley Orgánica de los recursos geotérmicos.
2.7.1 Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos:
La Ley Orgánica de los recursos geotérmicos, 26848 Ley NE, se promulgó el 29 de febrero de 1997 y menciona la norma con respecto a la utilización de los recursos geotérmicos del suelo y el subsuelo del territorio nacional. El marco jurídico favorable a la inversión privada. Se recalca que nuestro país cuenta con alrededor de 300 sectores de aguas termales entre 49 ° C y 89 ° C, que se encuentra a lo largo de la Cordillera Occidental y en menor proporción en los valles interandinos y en la zona oriental.
A través de esta ley, el Estado promueve el desarrollo racional de los recursos geotérmicos con el objetivo de garantizar el suministro de energía necesaria para el crecimiento económico, el bienestar de la población y la diversificación eficiente de las fuentes de energía en el país y precaución en el desarrollo de actividades, el acceso y la libre competencia, de conformidad con la ley.
El Ministerio de Energía y Minas, en representación del Estado, es responsable del desarrollo, propuesta y ejecución de la política del subsector, así como dictar las demás normas pertinentes.
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG) es responsable de asegurar el cumplimiento de esta Ley.
El uso de los recursos se concede a través de derechos geotérmicos, bajo las modalidades de autorización y concesión, cuya disposición obliga a su trabajo, que consiste principalmente en el cumplimiento de los programas de trabajo y los compromisos de inversión. La concesión de recursos geotérmicos es una propiedad y confiere a su titular un derecho sujeto a esta ley.
En esta ley se considera el reconocimiento de la actividad geotérmica, la exploración y la explotación de recursos geotérmicos.
2.7.2 Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos:
El Ministerio de Energía y Minas regula el mencionado acto por medio del Decreto Supremo 072-2006-EM, que entró en vigor el 24 de diciembre de 2006, que regula el régimen fiscal a aplicar en el marco de garantías para la promoción de la inversión. (Robield, 2009)
La regulación se compone de 8 títulos, que versan sobre la actividad geotérmica, los derechos y obligaciones de los titulares, la extinción de la energía geotérmica, la jurisdicción administrativa, procedimientos, protección del medio ambiente y las garantías de la promoción de la inversión.
2.7.3 Normativa Internacional de recursos Geotérmicos:
La normativa depende del país que pretende explotar el recurso geotérmico, estos establecen diferentes normas de acuerdo a estándares propios, sin embargo las leyes establecidas se refieren a los siguientes puntos[6]:
Procedimientos para la obtención de permisos de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación.
Procedimientos para la autorización de instalaciones de producción y líneas.
Procedimientos para obtener el reconocimiento de instalación en régimen especial.
Procedimientos de evaluación de impacto ambiental. 2.7.4 Energía geotérmica: Contaminación y corrosión:
La energía geotérmica ocasiona menor impacto ambiental comparado con los existentes en las centrales térmicas de combustibles fósiles y nucleares, incluso más bajas que las producidas por otras fuentes de energía renovables. Los gases y residuos que produce son muy bajos en comparación con otros recursos de energía térmica, además de utilizar un terreno reducido.[6]
Ninguna instalación que utiliza energía geotérmica necesita quemar combustibles por lo tanto no contribuye a la emisión de gases de efecto invernadero.[1]
a) Contaminación:
Los datos obtenidos de 85 centrales geotérmicas con una capacidad operativa de 6,648 MWe en 11 países, que representan el 85 por ciento de la capacidad geotérmica en 2001, indican un promedio ponderado de emisiones de CO2 de 122 g/kWh. En Estados Unidos quien es el mayor generador de electricidad en el mundo, reporto 91 g/kWh en el 2008.[9].
Figura 40: Emisiones de CO2 por fuente de energía primaria en los Estados Unidos [10]
Las centrales geotérmicas tienden a usar menos agua por unidad de energía producida, estas utilizan solo 20 litros de agua fresca por megavatio hora generado aproximadamente, mientras que las centrales binarias enfriadas con aire no usan agua fresca. El agua desechada de las torres de enfriamiento posee una temperatura más elevada que la temperatura del medio ambiente, convirtiéndola en un contaminante térmico potencial cuando se descarga a los ríos y lagos cercanos.[9]
b) Corrosión:
Es necesario conocer la composición salina del recurso antes de diseñar la instalación geotérmica por distintas razones[6]:
El fluido en el almacén geotérmico puede estar saturado de sales, por lo que al enfriarse estas sales precipitan y se pueden producir incrustaciones, lo que provoca problemas como estrangulación progresiva del pozo de extracción y mal funcionamiento de bombas, válvulas, etc.
Si el fluido tiene una alta concentración de sales y/o sustancias tóxicas, se deberá evitar cualquier tipo de vertido a las aguas superficiales.
Cuando el fluido geotérmico presenta líquido dominante es necesario realizar el proceso de separación del vapor, como consecuencia la salmuera que se obtiene
presenta contenido de sílice (SiO2), carbonato de calcio (CaCO3), hierro (Fe), cloruros (Cl), etc. y sólidos que arrastra desde el reservorio como consecuencia de su alto contenido de sales y la alta temperatura esta salmuera es altamente corrosiva. Las incrustaciones que se produce es uno de los principales problemas en la explotación de los recursos geotérmicos. Estas se forman con mayor frecuencia en los siguientes equipos[3]:
Tuberías de inyección.
Separador y Flasher.
Incrustaciones debidas a la formación de gotas de agua desde el vapor en turbinas y líneas de vapor.
CAPÍTULO III: DISEÑO DE LA PLANTA GEOTERMICA