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Size of SFGs in different wavelengths and its evolution with redshift

2.4 Results

2.4.3 Size of SFGs in different wavelengths and its evolution with redshift

Están obligados a cotizar al régimen general de la seguridad social los empresarios y los trabajadores que realicen su actividad por cuenta de los primeros.

La obligación de cotizar nace con el comienzo de la prestación de trabajo, incluido el periodo de prueba, y se mantiene todo el periodo que el trabajador esté de alta en el régimen general de la seguridad social.

Las cotizaciones a la seguridad social comprenden dos tipos de aportaciones: - aportaciones de los empresarios

- aportación de los trabajadores.

El empresario esta obligado de cumplir con la cotización e ingresar en la seguridad social sus aportaciones y las del trabajador.

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Base de cotización X tipo de cotización = base liquida a ingresar

La cotización es un porcentaje que se aplica sobre la base de cotización para obtener la cuota liquida a ingresar.

Ese porcentaje se denomina tipo de cotización y es fijado anualmente por el gobierno.

La cotización a la seguridad social esta directamente relacionada con el salario, a mayor salario mayor cotización

CALCULO DE LAS BASES DE COTIZACIÓN

Para calcular la aportación de cada trabajador a la seguridad social se han de calcular primero las bases de cotización a las cuales aplicar los tipos de cotización

Existen los siguientes tipos de bases de cotización:

- base de cotización por contingencias comunes (BCCC) : destinada a cubrir las situaciones de enfermedad común y accidente no laboral.

- Bases de cotización por contingencias profesionales: destinada a cubrir accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Dentro de esta base hay dos conceptos a distinguir:

 IT: cobertura por incapacidad temporal

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Esta cotización es solo a cargo del empresario.

- Base de cotización por desempleo, formación profesional y fondo de garantía salarial (D, FP. FOGASA):

 Desempleo: cobertura del subsidio de desempleo.

 Formación profesional: cobertura de formación de trabajadores.

 Fogasa: cobertura de los salarios que no se abonen a los trabajadores.

- Base de cotización por horas extras:

 Estructurales y no estructurales: cotizan como contingencias comunes

 Fuerza mayor: cotizan por tipos reducidos.

Base de cotización por contingencias comunes

Está constituida por todas las percepciones económicas de carácter mensual recibidas por el trabajador en dinero o en especie, y que retribuyan el trabajo y los periodos de descanso.

Para el cálculo de la base de cotización de un trabajador con retribución mensual se seguirán los siguientes pasos:

1. Se suman las cuantías de las percepciones salariales (salario base, complementos,…) pero sin tener en cuenta ni las horas extras ni las pagas extraordinarias o de beneficios.

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2. Al apartado anterior se le sumarán las cantidades de las percepciones no

saláriales que excedan del límite permitido por la seguridad social para su no cotización. No se suma todo el complemento, solamente el exceso.

La seguridad social, para evitar el abuso en la retribución de carácter no salarial por parte de los empresarios, establece un límite máximo para cada concepto no salarial que permanecerá exento de cotización, si el valor es mayor que ese máximo, ese exceso será considerado salarial y estará sujeto a cotización.

3. Sumar al apartado anterior parte proporcional de paga extraordinaria. Se incluirían otras pagas como la de beneficios.

Valor anual de pagas extras

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La fórmula mas común sería:

Valor de la paga x numero de pagas en el año

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4. Comprobar que el valor calculado como base de cotización esta comprendida dentro del mínimo y máximo del grupo de cotización correspondiente al trabajador que aparece en la tabla unida a continuación. Si esta por encima se cotizará por el máximo que parece en la tabla, si esta por debajo, se cotizará por el mínimo que aparece en la tabla.

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Grupo de

Cotización Categorías Profesionales Bases mínimas Bases máximas

1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores

1.045,20

Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 867,00 Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

3 Jefes Administrativos y de taller 748,20Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

4 Ayudantes no Titulados 748,20Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

5 Oficiales Administrativos 748,20Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

6 Subalternos 748,20Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

7 Auxiliares Administrativos 748,20Euros/mes 3.262,50 Euros/mes

8 Oficiales de primera y segunda 24,94 Euros/día 108,75 Euros/día

9 Oficiales de tercera y Especialistas 24,94 Euros/día 108,75 Euros/día

10 Peones 24,94 Euros/día 108,75 Euros/día

11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquier que sea su categoría profesional 24,94 Euros/día 108,75 Euros/día

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Ejemplo

Las retribuciones mensuales de un trabajador perteneciente al grupo 1 son:

- salario base : 1500€ - antigüedad: 70€ - incentivos: 120 €

- tiene derecho a 2 pagas extras de valor cada una igual a un mes de salario base.

Calcular las bases de cotización de este trabajador

BC Contingencias Comunes

Paso 1: Suma de conceptos salariales 1500 € + 70€ + 120€ = 1690 €

Paso 2: Suma de excesos de conceptos extra salariales

Paso 3: Parte proporcional paga extraordinaria (1500€ * 2) / 12 = 250 €

Paso 4: comprobación de valor mínimo y máximo

Se encuentra dentro de los máximos y mínimos para el grupo 1 Bccc = 1690+250 = 1940 €

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Calculo en caso de retribución diaria.

Para su cálculo de la base de cotización para un trabajador con retribución diaria se seguirán los siguientes pasos:

1. Se suman las cuantías de las percepciones salariales (salario base, complementos,…) pero sin tener en cuenta ni las horas extras ni las pagas extraordinarias o de beneficios.

2. Al apartado anterior se le sumarán las cantidades de las percepciones no saláriales que excedan del límite permitido por la seguridad social para su no cotización. No se suma todo el complemento, solamente el exceso.

3. Sumar al apartado anterior parte proporcional de paga extraordinaria. Se incluirían otras pagas como la de beneficios.

Valor anual de pagas extras 365

4. comprobar que la base de cotización esta comprendida dentro del mínimo y máximo de la categoría profesional correspondiente al trabajador. Si esta por encima se cotizará por el máximo que parece en la tabla, si esta por debajo, se cotizará por el mínimo que aparece en la tabla.

5. la base diaria de cotización se multiplicará por el número real de días del mes que se trate ( 28, 29, 30 , 31)

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Ejemplo

Un trabajador del grupo de cotización 9 tiene derecho a percibir:

- un salario base de 36 € diarios - un plus de antigüedad de 5 € diarios

- 2 pagas extras anuales de una cuantía igual a un día de salario * 30

Calcular la base de cotización de contingencias comunes mes de enero:

Paso 1

Salario base + antigüedad 36 € +5 € = 41 €

Paso 2

Al no haber percepciones no salariales es 0 = 41 €

Paso 3

Prorrata de paga extra

36€ x30 días x 2 pagas = 5.91 € 365

41 + 5.91= 46.91 € diarios.

Paso 4

Comprobar si esta ente max y min. del grupo 9

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Base de cotización por contingencias profesionales

La base por contingencias profesionales (BCCP), también llamada base de At y EP (Accidente de trabajo y enfermedad profesional) y la base por conceptos de recaudación conjunta (desempleo, formación profesional y FOGASA) son exactamente iguales, es decir, sus valores van a coincidir siempre.

Se calcula de la siguiente forma:

BCCC del mes + el valor de las horas extraordinarias

El valor de la BCCC proviene de los cálculos explicados en el apartado anterior Se toma la BCCC una vez comparada con los valores de máximos y mínimos de la tabla 1.

El caculo de la BCCP es indiferente la retribución diaria o mensual

Una vez realizado el cálculo, se han de compara en valor obtenido con los facilitados en la siguiente tabla:

TOPES PARA BASE DE CONTINGENCIAS PROFEISONALES

Máximo 3.262,50

Mínimo 748.20

Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales.

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Pasos para el cálculo:

Paso 1

Coger la base de contingencias comunes, que salió del último paso (una vez comparada con el mínimo y máximo de su grupo y redondeada.)

Paso 2

Sumar al paso anterior el valor de las horas extras realizadas en el mes

Paso 3

Comprobar que el valor calculado como base de cotización esta comprendida dentro del mínimo y máximo del grupo de cotización correspondiente al trabajador que aparece en la tabla unida a continuación. Si esta por encima se cotizará por el máximo que parece en la tabla, si esta por debajo, se cotizará por el mínimo que aparece en la tabla.

Base adicional de cotización por horas extras

Diferenciamos tres tipos de horas extras:

• Las debidas a fuerza mayor: Son las que se realizan como consecuencia de circunstancias excepcionales como por ejemplo incendios, inundaciones, etc. • Estructurales: Son las que se realizan por acontecimientos o situaciones no

previsibles para la empresa. Ej: rotura de una máquina.

• No estructurales: Son aquéllas que no responden a ninguna de estas finalidades.

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Las dos últimas cotizan igual que la base de cotización por contingencias comunes, mientras que las debidas a fuerza mayor cotizan de forma espacial

Para calcular la base basta con indicar el valor en € de las horas extras realizadas por el trabajador ese mes.

Existirán dos bases, una para fuerza mayor con el valor de horas extras de fuerza mayor y otra llamada otras horas, con el valor de las horas estructurales y no estructurales.

Ejemplo

Las retribuciones mensuales de un trabajador perteneciente al grupo 1 son:

- salario base : 1500€ - antigüedad: 70€ - incentivos: 120 €

- horas extras no estructurales: 60 € - horas extra fuerza mayor: 30 €

- tiene derecho a 2 pagas extras de valor cada una igual a un mes de salario base.

Calcular las bases de cotización de este trabajador

BC Contingencias Comunes

Paso 1: Suma de conceptos salariales 1500 € + 70€ + 120€ = 1690 €

Paso 2: Suma de excesos de conceptos extra salariales

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(1500€ * 2) / 12 = 250 €

Paso 4: comprobación de valor mínimo y máximo

Se encuentra dentro de los máximos y mínimos para el grupo 1 Bccc = 1690+250 = 1940 €

BC contingencias profesionales

Paso 2 profesionales

Bccc + horas extra no estructurales + horas extras causa mayor 1940 € + 60 € + 30 € = 2030 €

Paso 3 profesionales

Se encuentra dentro de los máximos y mínimos

Bccp: 2030 €

BC Horas Extraordinarias

Horas extras no estructurales: 60 € Horas extras fuerza mayor: 30 €

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CALCULO DE LA CUOTA DE DEDUCCIÓN

Una vez que ya conocemos las bases de cotización del trabajador, el siguiente paso es calcular sus deducciones.

Para el cálculo de la cantidad a deducir de su nómina basta con aplicar los tipos de cotización fijados para los trabajadores a la base de cotización correspondientes.

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